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La suspensión de la venta en pública subasta de bienes muebles embargados


  1. Introducción
  2. Planteamiento del problema
  3. Diseño metodológico
  4. Bibliografía

Introducción

Los embargos son mecanismos legales que permiten al acreedor colocar bajo la custodia de la justicia los bienes propiedad de su deudor, con la finalidad de ponerlos en venta pública para cobrar su acreencia y los gastos incurridos en el procedimiento de ejecución. Es decir, se trata de una vía legal que permite la ejecución de una obligación de pago contenida en un título ejecutorio emanado de un Notario Público o de un Juez, y su instrumentación se ha realizado un procedimiento previo que ha conllevado gastos para el acreedor.

En la práctica cotidiana, se ha podido observar que la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, dicta muchas ordenanzas suspendiendo la venta en pública subasta de bienes muebles que han sido objeto de un embargo ejecutivo, en virtud de acciones de referimiento interpuestas por los propios deudores y por terceras personas que alegan ser los propietarios de los bienes embargados y que recibirían un perjuicio si se venden los mismos.

El problema observado pone de relieve que la realización del embargo en el domicilio de los padres o familiares del deudor, la falta de titularidad de la propiedad de los bienes embargados, el pago de la deuda reclamada, o la seriedad de una acción principal en nulidad del embargo, están dentro de las diversas causas que inciden para que la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago haya ordenado la suspensión de la venta en pública subasta de los bienes muebles embargados bajo la posesión del deudor.

Desde esa perspectiva, se considera que la suspensión ordenada por el Juez Presidente de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, afecta los intereses pecuniarios del acreedor, ya que legalmente le impide vender los bienes muebles y efectos mobiliarios que han sido embargado al deudor en el domicilio que éste ha declarado en los documentos que justifican el crédito que se reclama, lo que a su vez evita que éstos puedan obtener el pago de su acreencia y de los gastos incurridos en el procedimiento.

CAPÍTULO I.

Planteamiento del problema

1.1. Contextualización del Problema.

Los embargos son vías o mecanismos legales que permiten al titular de un crédito económico indisponer los bienes muebles y efectos mobiliarios de su deudor y colocarlos bajo la custodia de la justicia, con la finalidad de que luego de cumplir con las formalidades procesales correspondientes sean vendidos en pública y así cobrar su acreencia y los gastos incurridos en el procedimiento de ejecución. De esa manera los embargos constituyen la vía procesalmente más idónea para ejecutar un crédito en contra del patrimonio del deudor para hacer efectivo el pago de la acreencia reclamada.

La ejecución del embargo perseguido por el acreedor debe realizarse en el domicilio del deudor, ya que sus bienes muebles constituyen la garantía real para que el crédito pueda ser ejecutado, pues se trata de una obligación pecuniaria que recae sobre los bienes patrimoniales y no sobre la persona propiamente dicha. De esto se desprende que la materialización de esta vía de ejecución debe realizarse en el domicilio o residencia del deudor ya que en sentido general en este lugar es pueden estar sus bienes.

Sin embargo, en la práctica cotidiana se ha podido observar que gran parte de los embargos realizados en la ciudad de Santiago de los Caballeros están siendo ejecutados en domicilios o residencias que no corresponden a las de la persona deudora, sino de terceras personas que aunque mantienen un vínculo familiar con el deudor, no tienen ninguna relación crediticia con el acreedor o ejecutante del embargo. En otras palabras, muchos de estos embargos están siendo ejecutados sobre los bienes muebles propiedad de los familiares del embargado.

Esa situación ha conllevado que en virtud del apoderamiento judicial realizado por la parte interesada, la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de Santiago, haya tenido que dictar varias ordenanzas o decisiones judiciales ordenando la suspensión de la venta en pública subasta de los bienes muebles embargados en domicilios de familiares de los embargados, los cuales en muchos de esos casos alegan ser los propietarios de los bienes en cuestión.

El problema observado pone de relieve que la realización del embargo en el domicilio de los padres o familiares del deudor, la falta de titularidad de la propiedad de los bienes embargados, el pago de la deuda reclamada, o la seriedad de una acción principal en nulidad del embargo, están dentro de las diversas causas que inciden para que la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago haya ordenado la suspensión de la venta en pública subasta de los bienes muebles embargados bajo la posesión del deudor.

Desde esa perspectiva, se considera que la suspensión ordenada por el Juez Presidente de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, afecta los intereses pecuniarios del acreedor, ya que legalmente le impide vender los bienes muebles y efectos mobiliarios que han sido embargado al deudor en el domicilio que éste ha declarado en los documentos que justifican el crédito reclamado, lo que a su vez evita que éstos puedan obtener el pago de su acreencia y de los gastos incurridos en el procedimiento, perdiendo así la inversión realizada.

1.2. Formulación del Problema:

Del planteamiento del problema descrito surge la siguiente interrogante:

¿Cuáles situaciones justificaron la suspensión condicional de la venta en pública subasta?

1.3 Sistematización del Problema:

Con relación a la problemática establecida han surgido a las siguientes interrogantes:

  • 1. ¿Cuáles requisitos se tomaron en cuenta para suspender la venta en pública subasta de bienes muebles embargados?

  • 2. ¿Cuáles sanciones pecuniarias puede imponerse contra la persona que ejecuta incorrectamente el embargo?

  • 3. ¿Cuál es el procedimiento para solicitar la suspensión de la venta en pública subasta de los bienes muebles embargados?

  • 4. ¿Cuántas demandas en solicitud de suspensión de la venta en pública subasta de bienes muebles embargados fueron conocidas por la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de Santiago en el Período Enero – Junio del año 2013?

  • 5. ¿Cuántas de las demandas en suspensión de la venta en pública subasta de bienes muebles embargados fueron acogidas por la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de Santiago en el Período Enero – Junio del año 2013?

1.4. Objetivos.

1.4.1. Objetivo General:

Analizar los factores que inciden para que la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de Santiago, acoja las demandas en suspensión de la venta en pública subasta de bienes muebles embargados en el Período Enero – Junio del año 2013.

1.4.2. Objetivos Específicos:

  • 1. Determinar los requisitos para suspender la venta en pública subasta de bienes muebles embargados.

  • 2. Indicar las sanciones pecuniarias puede imponerse contra la persona que ejecuta incorrectamente el embargo

  • 3. Describir el procedimiento para solicitar la suspensión de la venta en pública subasta de los bienes muebles embargados.

  • 4.  Enumerar las demandas en suspensión de la venta en pública subasta de bienes muebles embargados que fueron acogidas por la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de Santiago en el Período Enero – Junio del año 2013.

  • 5. Indicar la cantidad de demandas en suspensión de la venta en pública subasta de bienes muebles embargados que fueron acogidas por la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de Santiago en el Período Enero – Junio del año 2013.

1.5. Justificación de la investigación:

La suspensión de la venta en pública subasta procura impedir que los bienes muebles embargados sean puestos en mano de la justicia a través de un procedimiento pública de licitación que tiene por objeto la cobranza de una acreencia adeudada por otra persona. Es decir, se procura evitar que los bienes que han sido trasladados de un domicilio sean puestos en venta en pública subasta, pues quien ejerce esta acción en la mayoría de las veces no tiene ningún vínculo jurídico con la parte embargante, sino un vínculo familiar con la persona embargada.

La investigación presentada se ha hecho para indicar los requisitos que deben tomarse en cuenta para ejecutar los embargos conservatorios y los ejecutorios contra los bienes patrimoniales del deudor, los cuales deben ser realizados observando los procedimientos legales y la naturaleza jurídica del crédito que justifica la ejecución en cuestión.

En adición a lo anterior, la investigación también permitirá conocer las causas que están incidiendo para que la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de Santiago suspenda de pleno derecho la venta en pública subasta de los bienes muebles embargados, así como las sanciones pecuniarias que se imponen a las personas que ejercen los embargos sin observar los procedimientos legales establecidos.

En el ámbito metodológico, la investigación realizada analizará todo el procedimiento que se está llevando a cabo en el Distrito Judicial de Santiago para solicitar la suspensión de la venta en pública subasta, lo cual puede servir de marco de referencia procesal para conocer los aspectos prácticos de las etapas procesales que deben cumplirse y los requisitos que se toman en cuenta para ordenar esa medida.

Los resultados del estudio pueden servir de pauta para prevenir errores procesales que pueden identificarse en la realización de los indicados procedimientos de ejecución, así como para conocer los mecanismos accesorios que robustecen la seriedad de la demanda en suspensión interpuesta ante la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia.

1.5. Límites y Alcance de la Investigación:

La investigación se ha delimitado siguiendo los siguientes criterios:

Tema: La Suspensión de la Venta en Pública Subasta de Bienes Muebles objeto de Embargo.

Espacio: Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de Santiago.

Período: Enero – Junio 2013.

1.7 Variables.

En este trabajo de investigación serán estudiadas principalmente dos tipos de variables que por su dimensión metodológica enfocarán toda la problemática de estudio. Estas son la variable independiente y dependiente.

1.8 Hipótesis.

En sentido general, la hipótesis son las proposiciones que permiten establecer la forma cómo ocurre un determinado fenómeno. En este caso, la hipótesis de esta investigación es que la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago está suspendiendo gran parte de las ventas en pública subasta porque los embargantes están ejecutando esas vías procesales en domicilios diferentes a los de los deudores, y también sobre bienes muebles que no pertenecen o no forman parte del patrimonio de éstos.

Diseño metodológico

La investigación se ha delimitado siguiendo los siguientes criterios:

Tema: La Suspensión de la Venta en Pública Subasta de Bienes Muebles objeto de Embargo.

Espacio: Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de Santiago.

Período: Enero – Junio 2013.

Para la presente utilizaremos la metodología de investigación explicativa. Basados, en buscar el por qué de los hechos mediante el establecimiento de relaciones causa- efecto, es decir, además de describir o acercarnos a un problema, intentaremos encontrar las causas del mismo.

Esta investigación engloba además otros métodos de investigación: exploración, descripción y correlación o asociación, aspectos que hacen más estructurada la investigación, porque le proporciona un sentido de entendimiento al fenómeno que hacemos referencias

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Autor:

Ing.+Lic. Yunior Andrés Castillo S.

edu.red

Santiago de los Caballeros,

República Dominicana,

2014.