Descargar

La licencia social en la actividad minera

Enviado por jtejada2


    Durante los últimos años las Empresas Mineras de nuestro País vienen desarrollando una honda preocupación por mantener relaciones armoniosas con las comunidades o entorno social aledaño a sus operaciones o Unidades de Producción Minera, este importante rol que va de la mano de una verdadera "Política del Buen Vecino", el desarrollo sostenible de las actividades de exploración y explotación de minerales; y el cuidado intensivo del medio ambiente, permitirá la "aprobación" de la comunidad o del entorno social a dicha actividad, la misma que podemos denominar: Licencia Social.

    Aventurándonos a realizar una definición de la Licencia Social en la Actividad Minera, podríamos decir que: es la aprobación tácita reflejada en el conjunto de aptitudes, acciones y actividades de reconocimiento o aceptación de las actividades mineras o actividad empresarial minera por parte de La Comunidad o Entorno Social. Esto no es más que un gran esfuerzo en el que se conjugan tres actores:

    EL ESTADO: asumiendo su rol como Autoridad, promoviendo y ejecutando el desarrollo de actividades sociales (construcción de hospitales, carreteras, colegios, servicios públicos, etc.), brindando la legislación adecuada y estable para el desarrollo de las actividades mineras; y el cuidado del medio ambiente etc.;

    LA MINA o LA EMPRESA MINERA: generando inversión, empleo, infraestructura y con ello divisas a nuestro País y;

    LA COMUNIDAD o ENTORNO SOCIAL: que congrega todo un movimiento social, cultural y político al que se suma el medio ambiente.

    Dentro de este conjunto de actores, el comportamiento de la Comunidad o Entorno Social (Actor Determinante); reflejado en acciones y aptitudes de aceptación o negación a la convivencia con las actividades mineras; es el que determinará la aprobación o desaprobación de la Licencia Social.

    Lamentablemente y casi en la mayoría de casos las Empresas Mineras se encuentran frente a un entorno social influenciado por paradigmas que van en contra del desarrollo de las operaciones mineras (Clima Antiminero), esto es debido a que "el comportamiento de las poblaciones; sea este positivo o negativo; tiene una fuente muy importante en los paradigmas. Cambiarlos es una tarea muy ardua y en otros casos, es bueno aprovecharlos para conseguir desarrollar iniciativas tendientes a crear proyectos sociales de desarrollo sostenible

    ¿Pero, cuáles son estos paradigmas sociales dominantes en contra de las actividades mineras; que muchas veces son impulsados por grupos ambientalistas, ONGs, aspirantes a cargos públicos o políticos con la finalidad de conseguir votos u otros?

    Entre los principales paradigmas sociales dominantes en contra de las actividades mineras podemos mencionar los siguientes:

    • La minería compra tierras a muy bajo precio.
    • Contamina.
    • Viola los derechos humanos y abusa del poder.
    • Da poca oportunidad de empleo.
    • Los recursos naturales son de propiedad privada de los habitantes de la zona de exploración y explotación.
    • La minería no puede convivir con la agricultura,
    • Etc.

    Ante esta realidad, dentro de la Responsabilidad Social que le corresponde a las empresas mineras es la de promover el cambio de paradigmas de las Comunidades para provocar su propio desarrollo, corresponde desarrollar iniciativas y estrategias que consideren propuestas de beneficio sostenible, mejoramiento de la reputación de la minería, mejorar y compartir los niveles de información y comunicación, dejar que las Comunidades tomen sus propias decisiones y consolidar la participación de las mineras asumiendo un rol de liderazgo, pero no responsable pasivo de los cambios"

    La aprobación tácita de La Licencia Social es el resultado de un proceso de diálogo continuo y comunicación permanente entre la Empresa Minera y la Comunidad en el que se establece como política: cumplir todo lo que se promete. No es un proceso administrativo que culmina con la expedición de algún certificado, documento u otro, ni se sustenta en el cumplimiento de normas legales sino en el reconocimiento y aceptación de la convivencia: Empresa Minera – Comunidad por parte de la población, la misma que puede ser otorgada permanentemente, desaprobada en cualquier momento y muy difícil de recuperarla.

    "Hoy no es suficiente para una empresa minera cumplir con la ley o contar con el aval del gobierno, la comunidad ocupa un rol decisivo que debe tomarse muy en cuenta si quiere hacer minería en una región. Para ello es conveniente que las empresas tengan comunicación, dialogo y permitan la participación de la comunidad donde se llevará a cabo un proyecto minero, porque los habitantes de ese territorio pueden considerar que otras actividades económicas sean más adecuadas para su desarrollo regional"

    La convivencia: Empresa Minera – Comunidad, debe ser considerada como un esfuerzo de inversión social, evitando el paternalismo y el concepto errado de que la Empresa Minera debe resolver todos los problemas y está obligada ha asumir facultades y obligaciones propias de la gestión social del Estado, como es: la construcción de carreteras, hospitales, colegios, servicios públicos, brindar asistencia medica, educación etc. y que en la mayoría de casos es confundido por el comunero como una obligación que recae directamente en la Empresa Minera, todo esto debido a que el Estado muchas veces es considerado como un actor ausente por la perdida de credibilidad y porque en casi en la mayoría de los casos las actividades mineras se desarrollan en lugares inhóspitos en los que ni siquiera se conoce el concepto de Estado y de Autoridad, motivo por el cual equivocadamente la población percibe en la Empresa Minera al agente que solucionara sus problemas de empleo, servicios públicos, obras de infraestructura social y todos los existentes: "El Paternalismo"

    "La comunidad no se siente representada por sus gobernantes y pone en duda todo lo que de ellos venga, quiere conocer por sí misma el cumplimiento que de la ley está haciendo la empresa, la exigencia de la comunidad no se queda allí, pide además que la empresa deje en la comunidad los beneficios económicos que piensa le corresponden.

    De ahí surge uno de los principales problemas, la comunidad percibe a la empresa minera como la única que obtiene beneficios y la comunidad próxima solo recibe los efectos negativos de la actividad"

    Siempre que una gran empresa minera tiene una presencia física en una localidad especifica, se amplían las expectativas de la comunidad que lo rodea, estas expectativas y demandas que giran entorno a la zona de operaciones crea serios retos socioeconómicos a las Empresas Mineras, las cuales deben enfrentarlas como una "conducta corporativa de verdadero desarrollo en el tiempo" y una buena inversión a largo plazo que facilitaría las relaciones armoniosas con la población que debe considerar dichos actos como gestos de inversión social con el objetivo de prevenir situaciones de conflicto, sin que la Empresa Minera asuma roles que competen única y exclusivamente al Estado.

    CONDUCTAS Y ACCIONES DE LOS ACTORES

    EMPRESA MINERA Genera Empleo – Infraestructura – Asume Conducta Corporativa de Verdadero Desarrollo En El Tiempo – Realiza Gestos de Inversión Social.

    ESTADO Autoridad – Regulación – Estabilidad Jurídica – Respuesta a Requerimientos Sociales.

    COMUNIDAD Participación Cívica.

    En ese sentido, las Empresas Mineras asumen un rol que va más allá de la simple obtención de ganancias o utilidades gracias a la exploración y explotación de minerales, este nuevo rol se enmarca en el concepto de la Responsabilidad Social.

    "La Responsabilidad Social de las Empresas, son las acciones, decisiones y compromisos que asume la Empresa, con el objeto de integrarse en forma efectiva con su entorno, para contribuir a elevar los niveles de desarrollo social, protección del medio ambiente y respeto a los derechos humanos, en un marco global de calidad y viabilidad"

    El concepto de la Responsabilidad Social de las Empresas se ha ido imponiendo en el escenario mundial. Si bien se reconoce que el Estado es el encargado de definir e implementar las políticas públicas, que marcan el rumbo hacia donde orientar los esfuerzos complementarios de los demás sectores, también se asume la dificultad de los Estados modernos de resolver la magnitud y complejidad creciente de las problemáticas actuales que aquejan a los diversos sectores,

    especialmente los de menores recursos, que están quedando al margen de los beneficios de la modernidad.

    Ante esa situación La Responsabilidad Social de las Empresas se presenta como un objeto integrador entre la Mina, La Comunidad y otros y, como un concepto complejo que comprende diversos componentes:

    • Ética empresarial
    • Calidad de vida laboral
    • Medio Ambiente
    • Compromiso con la Comunidad

    "Toda empresa es un agente continuo de cambio social. Sus acciones tienen incidencia económica, social, cultural al interno de la organización y sobre todo en su entorno inmediato. Con ello están implicados los accionistas, directivos, sus trabajadores, los usuarios y consumidores de sus productos o servicios, la comunidad donde esta asentada la Empresa y las poblaciones afectadas en general por sus practicas productivas y comerciales".

    El sábado 13 de diciembre de 2003 se publicó en el diario oficial "El Peruano" el D.S. N° 042-2003-EM que establece: el Compromiso Previo de las Empresas Mineras para el Desarrollo de Actividades Mineras. Esta norma marca la línea de la nueva política aplicada al aprovechamiento de recursos naturales sustentada en la necesidad del Estado de asegurar la continuidad y prosperidad de las actividades mineras, como uno de los más importantes medios con los que cuenta para el desarrollo económico y social de nuestro País, estableciendo disposiciones que se incorporan a los procedimientos que deben seguir las Empresas Mineras para realizar las actividades de exploración y explotación de minerales en coordinación con la población y evitar daños al medio ambiente. Para ello; las Empresas Mineras; se obligan a realizar sus actividades productivas estableciendo; mediante una Declaración Jurada; políticas de cuidado intensivo del medio ambiente; respecto a las autoridades, instituciones, cultura y costumbres locales y, manteniendo una relación amigable con la población y de dialogo continuo con las autoridades regionales, locales y organismos representativos

    de la localidad que se encuentran en el entorno de la zona de operaciones, propiciando y fomentando además el desarrollo local y la generación de puestos laborales en beneficio de los miembros de la comunidad.

    Esta norma imperativa, que obliga a las empresas mineras o titulares de concesiones mineras ha establecer aptitudes frente a las poblaciones o entorno social a las operaciones mineras y en beneficio de estas, es una acertada disposición del Ejecutivo representada por Ministerio de Energía y Minas que beneficiará no sólo a las poblaciones aledañas a las actividades mineras y a la Empresa misma, sino a las relaciones entre ellas, propiciando conductas y/o aptitudes no sólo corporativas, en beneficio de la comunidad, sino imperativas, generando confianza en la población o comunidades con la finalidad de obtener la tan deseada Licencia Social.

    Bibliografía:

    Guida de Gastelumendi; Consultora en Responsabilidad Social. Texto citado en el Primer Estudio de RSE en Panamá, encargado por CEDIS y el PNUD.

    Guillermo Manrique F; "Paradigmas Sociales Dominantes y Minería", Revista Minería del Instituto de Ingenieros de Minas del Perú.

    Sánchez Mejía, Glodomiro; Congresista de la República, "Responsabilidad Social y Minería"; Diario Oficial "El Peruano" publicado el martes 11 de noviembre de 2003.

    Sonia Osay; "Derecho De La Sustentabilidad y La Licencia Social en Minería", Ponencia en el V Encuentro Latinoamericano y del Caribe de Legislación Minera, 11 y 12 de Noviembre del 2003, Buenos Aires – Argentina.

     

     

     

    Autor:

    Jaime Tejada Gurmendi,

    Abogado, especialista en Derecho Minero, egresado de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad de San Martín de Porres, cursando estudios de Maestría en Derecho Civil y Comercial en la Sección de Post Grado en Derecho de la Universidad de San Martín de Porres, Profesor de Derecho Minero y de los Hidrocarburos en la misma Universidad; Jefe de Propiedades Mineras de Volcan Compañía Minera S.A.A, Lima – Perú.