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Libertad, intimidad y seguridad invidual ante la intervención estatal


    edu.red DILIGENCIAS INJERENTES EN DERECHOS FUNDAMENTALES I. Modelo inquisitivo/modelo acusatorio: La reubicación de los sujetos procesales. El Fiscal como dueño del procedimiento preliminar. La figura del Juez de garantías. II. Diligencias injerentes en derechos fundamentales. Principios inspiradores: A) Principio de legalidad: Previsión legislativa (presupuesto formal) Calidad en la ley

    edu.red DILIGENCIAS INJERENTES EN DERECHOS FUNDAMENTALES B) Principio de proporcionalidad: Consagración constitucional Contenido: Principio de idoneidad o necesidad: cualitativa y cuantitativamente Principio de necesidad o subsidiariedad Principio de proporcionalidad en sentido estricto. Gravedad del hecho delictivo. C) Jurisdiccionalidad. Resolución motivada

    edu.red EL CACHEO O REGISTRO SUPERFICIAL DE PERSONAS I. Concepto Registro superficial de las ropas o pertenencias de una persona con la finalidad de hallar algún objeto peligroso o relacionado con el cuerpo del delito. (*Caso práctico sobre distinción entre cacheo superficial e intervención corporal) II. Su afectación al derecho a la libertad ambulatoria Cobertura legal: arts. 175 y 176 CPPRD Sospechas fundadas: motivos razonables (art. 175 CPPRD) Prohibición cacheos indiscriminados y preventivos (excepción: art. 177 CPPRD) Insuficiencia corazonadas policiales (*Caso sobre “sospechas fundadas” como presupuesto para la práctica del cacheo policial)

    edu.red EL CACHEO O REGISTRO SUPERFICIAL DE PERSONAS III. Garantías en su ejecución: Respeto del pudor y dignidad de las personas. Exigencias: Practicado por persona del mismo sexo Que se practique en sitio reservado Prohibición posturas degradantes o humillantes Que se practique separadamente (*Caso sobre la forma de practicar el cacheo y su posible incidencia en el derecho a la intimidad) IV. Su valor probatorio: lectura acta (art. 176 CPPRD)

    edu.red LAS INTERVENCIONES CORPORALES I.Concepto y clases: A) Inspecciones corporales: reconocimiento del cuerpo humano (inspecciones vaginales…). Afectación derecho a la intimidad corporal B) Intervenciones corporales (en sentido estricto): extracción del cuerpo de elementos externos o internos (extracción de sangre, orina….). Afectación derecho a la integridad física: Leves Graves

    edu.red LAS INTERVENCIONES CORPORALES II. Derechos fundamentales afectados Derecho a la integridad física: protección frente a cualquier tipo de intervención que carezca del consentimiento del sujeto. No es necesaria la afectación de la salud Prohibición de las que representen un quebranto para la salud (cfr. art. 99, párrafo segundo, CPPRD) Prohibición de las que representen un trato inhumano o degradante (reconocimiento dignidad de la persona: art. 10 CPPRD).

    edu.red LAS INTERVENCIONES CORPORALES Derecho a la intimidad personal y corporal No identificación con el recato o pudor Afectación en función de la finalidad de la medida (lo que se pretende conocer). STCE 207/1996. Derecho a la libertad personal Derecho a no declarar, a no declarar contra sí mismo y a la presunción de inocencia. No afectación (*Caso sobre intervenciones corporales y afectación derechos fundamentales)

    edu.red LAS INTERVENCIONES CORPORALES III. Principio de legalidad Cobertura legal: art. 99 CPPRD (extracción de sangre, fluidos en general y otros estudios corporales) Calidad de la ley: Casos en que puede acordarse Procedimiento de adopción Garantías del imputado Consecuencias del no sometimiento voluntario Utilización o no de vis fisica. (*Examinar si la legislación dominicana cumple estas exigencias)

    edu.red LAS INTERVENCIONES CORPORALES IV. Principio de jurisdiccionalidad Regla general (art. 99 CPPRD): autorización judicial Excepcionalmente: ministerio público/funcionarios auxiliares. Peligro de demora (art. 99 CPPRD). V. Garantías de su ejecución y práctica Realización por personal médico o sanitario Presencia persona confianza Respetar cadena custodia. Garantizar autenticidad

    edu.red LAS INTERVENCIONES CORPORALES VI. El imputado como destinatario de la medida Sospechas fundadas Prohibición intervenciones corporales prospectivas Art. 99 CPPRD: imputado VII. Principio de proporcionalidad (*Caso sobre examen del juicio de necesidad de la intervención corporal)

    edu.red LAS INTERVENCIONES CORPORALES VIII. Negativa del sujeto al sometimiento voluntario: consecuencias jurídicas Indicio de culpabilidad Delito de desobediencia (modalidad de coerción indirecta) Utilización vis física (coerción directa): Previsión legislativa Prohibición tratos vejatorios o degradantes Solución legislación dominicana: prohibición vis fisica (cfr. art. 107 CPPRD) (*Caso sobre no sometimiento voluntario)

    edu.red REGISTRO DE MORADAS Y LUGARES PRIVADOS I. Derecho a la inviolabilidad domiciliaria Art. 8.3 CRD. Delegación legislador ordinario. Concepto constitucional de domicilio. Vinculación inviolabilidad domiciliaria con el derecho a la vida privada y a la intimidad personal (STCE 22/1984). II. Jurisdiccionalidad Regla general autorización judicial (art. 180 CPPRD). Alcance de la autorización: entrada y/o registro

    edu.red REGISTRO DE MORADAS Y LUGARES PRIVADOS Excepciones (art. 181 CPPRD): Cuando sea necesario para evitar la comisión de una infracción En respuesta a un pedido de auxilio Cuando se persigue a un sospechoso que se introdujo a una vivienda ajena (*Plantear supuestos problemáticos de entrada y registro sin autorización judicial)

    edu.red REGISTRO DE MORADAS Y LUGARES PRIVADOS III. Concepto de recinto privado: destinado a Habitación Otros fines particulares (*Planteamiento de casos problemáticos sobre concepto de recinto privado) IV. Principio de justicia rogada: Solicitud ministerio público Solicitud directa policial: casos de urgencia (art. 180 CPPRD)

    edu.red REGISTRO DE MORADAS Y LUGARES PRIVADOS V. Contenido orden de allanamiento Indicación del juez o tribunal Indicación morada o lugar objeto registro Autoridad designada para el registro Motivo preciso del registro, objetos o personas que se espera encontrar y diligencias a practicar Fecha y lugar de expedición + Plasmación indicios Conexión entre delito investigado y sujeto afectado Identificación del delito (*Examen del contenido de diferentes solicitudes de registro domiciliario)

    edu.red REGISTRO DE MORADAS Y LUGARES PRIVADOS VI. Los hallazgos casuales Concepto Soluciones: Principio de especialidad: suspensión registro + nueva solicitud judicial Principio de extensión: validez. No necesidad nueva autorización. Supuesto de delito flagrante. Vía intermedia: Novación total del tipo penal: nueva autorización Adición o suma: no necesidad autorización (*Planteamiento caso sobre hallazgos casuales)

    edu.red REGISTRO DE MORADAS Y LUGARES PRIVADOS VII. Tiempo para su realización Plazo de vigencia orden de allanamiento: 15 días (art. 182, párrafo último, CPPRD) Horario: Regla general: 6 a.m/6 p.m. Noche: supuestos excepcionales (art. 179 CPPRD) VIII. Procedimiento 1.Notificación orden de allanamiento (art. 183 CPPRD) 2.Forma. Utilización fuerza física (art. 183 CPPRD)

    edu.red REGISTRO DE MORADAS Y LUGARES PRIVADOS 3. Presencia del notificado en el registro Notificado/imputado Notificado/no imputado 4. Realización de operaciones técnicas y participación de testigos o peritos (art. 185 CPPRD) 5. Documentación de la diligencia: acta. Contenido 6. Eficacia probatoria: lectura acta

    edu.red REGISTRO DE LOCALES PÚBLICOS Concepto de locales públicos: dependencias estatales, locales comerciales, o destinados al esparcimiento público o al culto religioso (art. 184 CPPRD). No autorización judicial Excepción: zonas privadas o reservadas destinadas a morada de estos locales. Presencia del encargado o responsable del local Eficacia probatoria: lectura acta.

    edu.red SECUESTRO DE CORRESPONDENCIA I. Derecho a la inviolabilidad de la correspondencia: art. 8.9 CRD II. Presupuestos constitucionales y legales del secuestro de la correspondencia Principio de legalidad: cobertura legal (art. 191 CPPRD). Parquedad legislativa. Principio de exclusividad jurisdiccional. Monopolio jurisdiccional Objeto del secuestro: concepto de correspondencia epistolar y telegráfica (*Planteamiento caso sobre apertura de paquetes postales)

    edu.red SECUESTRO DE CORRESPONDENCIA Principio de intervención indiciaria Principio de proporcionalidad. Art. 191 CPPR: “que sea útil para el descubrimiento de la verdad” = idoneidad Contenido resolución judicial: Objeto Sujetos afectados Finalidad medida III. Duración de la medida. Aplicación analógica plazo 30 días de la intervención telecomunicaciones

    edu.red SECUESTRO DE CORRESPONDENCIA IV. Procedimiento de secuestro, apertura y examen de la correspondencia (*Caso sobre presencia del interesado en el acto de apertura de la correspondencia) Quien y como debe procederse a la apertura de la correspondencia Quien debe estar presente en el acto de la apertura Como debe documentarse el acto de apertura Quien y como debe custodiarse la correspondencia Cuando deberá devolverse a su destinatario

    edu.red SECUESTRO DE OBJETOS Y DOCUMENTOS Obligación legal de entrega (art. 186 CPPRD) Secuestro: medida de aseguramiento de fuentes de prueba Objetos excluidos del secuestro Orden judicial de secuestro. Contenido: a) tipo o clase de objetos, b) relevancia Procedimiento Conservación de efectos o documentos Destino efectos secuestrados Clausura de locales y aseguramiento cosas muebles

    edu.red INTERCEPTACIÓN DE TELECOMUNICACIONES I. Derecho al secreto de las comunicaciones privadas Art. 8.9 CRD Concepto constitucional de secreto: carácter formal. Alcanza su contenido y el propio proceso de comunicación (STEDH caso MALONE 27 septiembre 1983) II. Previsión legislativa de la interceptación Cobertura legal: art. 192 CPPRD Calidad de la ley. Garantías mínimas

    edu.red INTERCEPTACIÓN DE TELECOMUNICACIONES Personas susceptibles de ser sometidas a interceptación Naturaleza infracciones penales Límite de duración Condiciones transcripción conversaciones Precauciones para asegurar autenticidad Circunstancias para proceder a su destrucción o borrado Carácter excepcional (art. 192 CPPRD) III. Reserva jurisdiccional Principio de exclusividad jurisdiccional (art. 192 CPPRD)

    edu.red INTERCEPTACIÓN DE TELECOMUNICACIONES Elementos objetivos: Intervención de la conversación: conocimiento de su contenido y grabación Comptage o pen register (recuento) Comunicaciones, mensajes, datos, imágenes o sonidos transmitidos a través de redes públicas o privadas de telecomunicaciones (*Planteamiento caso sobre la determinación del alcance del secreto de las comunicación y la necesidad de resolución judicial)

    edu.red INTERCEPTACIÓN DE TELECOMUNICACIONES Elementos subjetivos Imputado. Prohibición de interceptaciones a efectos exploratorios Indicios (*Planteamiento caso sobre la calidad de los indicios necesarios para acordar judicialmente una intervención de las telecomunicaciones privadas) Terceros no imputados Interceptación comunicaciones del abogado

    edu.red INTERCEPTACIÓN DE TELECOMUNICACIONES IV. Resolución judicial: contenido Identificación de los medios a interceptar Hecho que motiva la medida (principio de especialidad) + Objeto de la intervención Persona afectada Indicios que conectan la persona con el delito investigado Teléfono que se interviene Tipo de comunicaciones: las que recibe o las que realiza, o ambas Duración medida

    edu.red INTERCEPTACIÓN DE TELECOMUNICACIONES V. Los hallazgos casuales Diferentes soluciones. STCE 49/1996: control judicial (*Planteamiento de un caso de hallazgos casuales y debate sobre su validez en el ámbito del proceso penal dominicano). VI. Duración de la medida: límites temporales Renovación cada 30 días Control y autorización judicial. No automatismo

    edu.red INTERCEPTACIÓN DE TELECOMUNICACIONES VII. Procedimiento de ejecución y adquisición de resultados Transcripción de las comunicaciones Persona que debe realizarla Selección de conversaciones Custodia Eficacia probatoria Reproducción grabación juicio oral Lectura trascripción (valor complementario) Destrucción