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Tema de finanzas y presupuesto público


  1. Finanzas públicas
  2. Gasto público
  3. Impuesto
  4. Tributación
  5. Deuda
  6. Presupuesto publico
  7. Casos
  8. Bibliografía

FINANZAS PÚBLICAS

La ciencia de las Finanzas Públicas atiende todo lo relacionado con la forma de satisfacer las necesidades que demande la comunidad de personas que integran un Estado, se inclinan a cubrir las exigencias del colectivo, donde predomina el interés general.

  • Actividad Financiera del Estado:

  • Función de las finanzas públicas.

  • Elementos que la Integran:

  • Las Necesidades Públicas

  • Servicios Públicos

  • Gasto Público

  • Recursos Públicos

  • Renta Nacional

GASTO PÚBLICO

Es el gasto que realizan los gobiernos a través de inversiones públicas. Un aumento en el gasto público producirá un aumento en el nivel de renta nacional, y una reducción tendrá el efecto contrario.

Gasto Programable:

Es el agregado que más se relaciona con la estrategia para conservar la política fiscal, requerida para contribuir al logro de los objetivos de la política económica.

Clasificación del Gasto Público:

  • Gastos funcionales

  • Gastos Económicos

Factores que determinan la composición del gasto público:

  • Factores demográficos

  • Cambios Sociológicos

  • Factores tecnológicos

  • Factores ambientales

Financiamiento del gasto público:

Costear los servicios públicos no es un problema de dinero para el Estado, porque éste tiene la máquina para hacer billetes; el problema reside en la necesidad de diversificar recursos de un uso hacia otro. Para que el Estado produzca bienes y servicios, el país tiene que dejar de producir otros.

IMPUESTO

Es la prestación de dinero o en especies que establece el estado conforme a la ley, con carácter obligatorio, a cargo de personas físicas y morales para cubrir el gasto publico y sin que haya para ellas contraprestaciones o beneficio especial, directo e inmediato.

Actualmente en el país se aplican los siguientes impuestos (no petroleros).

IVA (Impuesto al Valor Agregado)

IDB (Impuesto al Débito Bancario) (De aplicación temporal)

ISLR (Impuesto sobre la renta)

IAE (Impuesto a los Activos Empresariales)

IAEA (Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas)

ISDRC (Impuesto sobre Sucesiones, Donaciones y Ramos Conexos)

TF (Timbres Fiscales)

ISCMT (Impuesto Sobre Cigarrillos y Manufactura de Tabaco)

EORNF (Estatuto Orgánico de la Renta Nacional Fósforos).

Clasificación de los impuestos:

  • Impuestos Directos

  • Impuestos Indirectos

  • Impuestos Progresivos

  • Impuestos Regresivos

  • Tasas

Tasas:

Es la prestación pecuniaria exigida compulsivamente por el estado y relacionada con la prestación efectiva o potencial de una actividad de interés publico que afecta al obligado. Se destaca especialmente el carácter obligatorio de la tasa, ya que desde el momento de que el estado organiza el servicio y lo pone a disposición del particular este no puede rehusar al pago aun cuando no haga uso de aquel, porque los servicios tienen en mira el interés general.

Diferencia de las tasas con los impuestos:

El criterio de diferenciación radica en la naturaleza de la relación entre el llamado organismo publico y el usuario del servicio o la persona a quien le interesa la actividad, y en ese sentido debe analizarse si hay de por medio una relación contractual (pago fundado en la voluntad de las partes) o una relación legal (pago por mandato de ley; independiente de la voluntad individual). Si la relación por consiguiente es contractual habrá ingreso de derecho privado (impuestos) y si es legal será tasa.

TRIBUTACIÓN

Características del poder tributario:

  • Abstracto

  • Irrenunciable

  • Permanente

  • Indelegable

Principios del sistema tributario:

  • Neutralidad

  • Justicia o equidad

  • Suficiencia

  • Economicidad

  • Elasticidad

DEUDA

División de la Deuda:

  • Deuda Consolidada

  • Deuda Flotante

  • Deuda Interna

  • Deuda Externa

  • Deuda Directa

  • Deuda Indirecta

  • Deuda Negociable

PRESUPUESTO PUBLICO

Situaciones Presentes en el Presupuesto Público:

  • Presupuestos deficitarios

  • Presupuestos superávit

Requisitos del presupuesto público:

1. El presupuesto debe ser agregable y desagregable en centros de producción.

2. Las relaciones entre los recursos asignados y los productos resultantes de esa asignación deben ser perfectamente definidas.

3. Una parte de la producción expresada en el presupuesto es un requisito directo de las políticas y otra parte sólo es un requisito indirecto de tales políticas.

4. El presupuesto debe expresar la red de producción donde cada producto es condicionado y, a la vez, condiciona a otros productos de la red, existiendo así unas determinadas relaciones de coherencia entre las diversas producciones que se presupuestan.

Principios del presupuesto público:

  • Programación

  • Equilibrio

  • Flexibilidad

  • Continuidad

  • Periodicidad

  • Especificación

  • Claridad

  • Acuciosidad

  • Unidad

  • Exclusividad

  • Universalidad

  • Integralidad

Tipos de clasificación presupuestaria:

De los Recursos (Ingresos Públicos):

  • De acuerdo a su periodicidad

  • Económica

  • Por sector de Origen

De los egresos públicos: (gastos públicos):

  • Institucional

  • Económica

  • Regional

  • Por naturaleza de gastos

  • Sectorial

  • Mixta

Tipos de Presupuesto Público:

  • Presupuesto Tradicional

  • Presupuesto por Programas

  • Sistema de PlaneamientoProgramación– Presupuestación (PPBS)

  • Presupuesto Base Cero

Diferencias entre el sistema tradicional y el sistema base cero:

TRADICIONAL

BASE CERO

Se inicia con un importe monetario ya existente.

Se inicia con el importe monetario en cero.

Principia definiendo los rubros y partidas presupuestarias que se deben gastar en el próximo período.

Principia haciendo un diagnóstico, definiendo una misión y objetivos, los cuales posteriormente se cuantificarán, según las mejores alternativas.

Evalúa la relación costo-beneficio de nuevas actividades.

Evalúa la relación costo-beneficio en todo el sistema.

No examina alternativas óptimas ante cierta situación.

Analiza y evalúa diferentes alternativas con el objeto de escoger la mejor.

Se elabora para las actividades que incluyen tanto los costos directos como indirectos.

Se elabora únicamente en actividades que implican costos indirectos.

Ventajas del presupuesto Base Cero:

  • Ahorros significativos y se aplicarían los recursos en forma equitativa y justa.

  • Reduce los esfuerzos al identificar los paquetes con sus actividades.

  • El importe del presupuesto seria el deseado y eliminaría gastos innecesarios

  • Permite hacer una clara diferencia entre las actividades que son productivas y las que no son.

  • Brinda la oportunidad de integrar el personal en torno a unos objetivos deseados.

Limitaciones del presupuesto Base Cero:

  • El desconocimiento de la técnica de las personas que trabajan en las empresas

  • A las personas no les gusta que las controlen.

  • Debido al mayor número de personas que deben participar en su formulación algunas podrían considerar al sistema como algo intrascendente.

  • En los primeros años el proceso de formulación conlleva tiempo y ello puede verse como pérdida de tiempo.

  • Puede haber demasiado subjetivismo

Acerca de la rectificación y reprogramación presupuestaria:

  • Modificaciones Presupuestarias

  • Tipos de Modificaciones Presupuestarias

  • Reprogramaciones Presupuestarias

Tipos de Modificaciones Presupuestarias:

  • Créditos Adicionales

  • Rectificaciones

  • Insubsistencias o anulaciones de crédito

  • Ajustes en los Créditos por reducción de ingresos

  • Traspasos de Créditos

  • Reprogramación de contratos de Obras

Ley del Presupuesto Público

Esta ley es el núcleo motor a través del cual el gobierno electo busca conseguir las metas que persigue tanto en materia Fiscal, Monetaria y Cambiaria.

La ley Presupuestal tiene, por su contenido, una singular capacidad para afectar el tejido socioeconómico de un país. Se decide que cantidad de recursos se asignará a las distintas actividades tales como Educación, Salud, Defensa, Justicia, etc.

En esta Ley se decide que tipo de actividades productivas o de consumo pagarán más o menos impuestos, que ingresos (Salarios, ganancias, rentas, etc.) serán los que estarán gravados y cuales no lo estarán.

Instituciones públicas que ayudan al desarrollo de la economía:

  • OCEPRE

  • SENIAT

  • Comisión de Finanzas de la Asamblea Nacional

  • Ministerio de Planificación y Desarrollo (CORDIPLAN)

  • Banco Central de Venezuela (BCV)

  • Fondo de Inversión para la Estabilización Macroeconómica

CASOS

CASO 1: REFORMA TRIBUTARIA EXCLUYE OBSERVACIONES DEL OFICIALÍSMO

La Reforma del Impuesto del Valor Agregado (IVA) que entregó el Ministerio de Finanzas a la Asamblea Nacional no incluye las observaciones que realizan los representantes del oficialismo. La propuesta prevé un incremento de la olicuota de 14.5% a 16%, así como la eliminación de las exenciones a alimentos como: mortadela, salchicha, jamón endiablado, mantequilla, azúcar, aceite y agua mineral no gaseosa embotellada.

También se reduce las exenciones para el transporte aéreo nacional, entradas a espectáculos culturales y deportivos mayores a 2 unidades Tributarias, el consumo de electricidad cuando supere las 500 Kilovatios al mes y el servicio de agua mayor a 100 m3.

El Presidente de la Comisión de Finanzas, Rodrigo Cabezas, insiste que la Reforma será aprobada en la primera discusión con los condicionamientos de la bancada oficialista. "Los diputados de la fuerza del cambio tienen sus observaciones que se están discutiendo en el interior de la bancada". Aunque varios parlamentarios del oficialismo han manifestado su desacuerdo con el incremento de la tasa y con la eliminación de algunas exenciones, Cabezas asegura que la reforma será aprobada con los votos del MVR. "Soy optimista, porque sigo la tendencia de Felipe Pérez".

El Ejecutivo entregó el martes en la tarde la propuesta y se estima que hoy será repartida entre los parlamentarios, de manera que será la próxima semana cuando se realice la primera discusión.

Según Cabezas se requerirán de sesiones extraordinarios para aprobar las modificaciones en el tributo.

Los cambios en el Impuesto al Débito Bancario (IDB), que ya se aprobaron en primera discusión serán consultados con todos los sectores del próximo 25 de Julio.

El Presidente de la Comisión expreso que cuando la administración de Rafael Caldera solicitó una reforma similar hizo objeciones debido a que no tenía visión global. "En estos momentos vemos lo global y lo estructural".

CASO 2: OTRA QUERELLA AL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

El diputado Elias Mata (Causa Radical) introdujo otra querella ante el TSJ por el dinero que no se depositó en el Fondo de Inversión para Estabilización Macroeconómica, en este caso por los 698,8 millardos de bolívares que forman parte de la mitad del excedente de los ingresos petroleros percibidos por encima de $9 por barril en el tercer trimestre de 2001.

El parlamentario explico que esta denuncia se suma a la que presento a la máxima instancia judicial por los 2,3 billones de bolívares que no se acumularon en el FIEM por el dinero que entro por las exportaciones de crudo en el cuarto trimestre de 2000 y en el primer semestre de 2001.

El Contralor General de la República, Clodosbaldo Russián, evitó hacer cualquier declaración con respecto al caso, debido a que su despacho también realiza una investigación sobre el Fondo de Estabilización.

El funcionario aseguró que esa averiguación está adelantada: "Tan pronto concluyamos, con el mayor gusto la vamos a enviar tanto a la Comisión de la Contraloría como a la Fiscalía General de la Republica".

Russián prometió que "no quedará nada oculto".

Aprovecho para negar que la ex tesorera Leyda Betancourt, que ahora trabaja en la contraloría este al frente de la investigación.

CASO 3: VENEZUELA, EL FONDO DE ESTABILIZACIÓN MACROECONÓMICA

La diferencia entre el precio de la cesta venezolana y la meta de realización (venta) del petróleo establecido en el Presupuesto de la Nación es lo que alimenta el Fondo de Estabilización Macroeconómica. La idea es que esta diferencia se utilice nuevamente cuando las cotizaciones del crudo sean bajas y, de esta manera, resolver coyunturas de déficit fiscal…

La Ley que regula el Fondo establece como condición que el excedente que se dé en la cesta petrolera debe ser igual o superior al promedio del precio de realización de los últimos cinco años (14,67 dólares por barril).

Trimestralmente, el Banco Central de Venezuela y Pdvsa revisan el precio y si es igual o mayor que los últimos cinco años se depositan los recursos en el Fondo.

En 1994, 1995, 1996, 1997 y 1998 el precio de realización para las exportaciones de hidrocarburos fue de 13,23, 14,84, 18,39, 16,32 y 10,57 dólares el barril, respectivamente

BIBLIOGRAFÍA

  • Enciclopedia Microsoft® Encarta® 2002. © 1993-2001 Microsoft Corporation.

  • VAN HORNE, James C. Fundamentos de Administración Financiera. Editorial Prentice Hill. 8va Edición. 1994. 837 Págs.

 

 

Autor:

Chávez, Daysi

Quintero, Victoria

Rengel, Adriana

Profesor:

Ing. Andrés E. Blanco

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL POLITÉCNICA

"ANTONIO JOSÉ DE SUCRE"

VICE-RECTORADO PUERTO ORDAZ

DEPARTAMENTO DE INGENIERÍA INDUSTRIAL

INGENIERÍA FINANCIERA

CIUDAD GUAYANA, FEBRERO DE 2009