Pues bien, una posición como la anterior resulta, en mi opinión, sorprendentemente incoherente, una vez que se aclara un par de malentendidos. Uno es que objetivismo moral no es lo mismo que absolutismo moral. El absolutista (como la iglesia católica) pretende que existen verdades morales que están más allá de la discusión racional: verdades absolutas. Pero lo que el objetivista sostiene es que hay principios morales que pretenden valer objetivamente porque son el resultado de un discurso racional y, obviamente, están abiertos a la discusión racional. El otro malentendido es que una cosa es sostener que hay verdades morales en el sentido de verdades absolutas o incluso en el sentido de "verdades científicas", y otra afirmar que cabe un discurso racional a propósito de la moral. Ferrajoli parece haber identificado erróneamente ambas posturas y de ahí, insisto, lo insostenible de su posición. Pues cuando él dice que los derechos fundamentales son simplemente "normas jurídicas que deben ser observadas", ¿acaso no tiene sentido preguntarle por qué deben ser observadas? ¿Y cabría aceptar -comprender- alguna respuesta a esa pregunta que no contuviese razones morales objetivas? Por otro lado, cuando afirma que los derechos fundamentales han sido configurados "por la experiencia histórica" como la ley del más débil, ¿no cabría fácilmente replicarle que por qué hemos de aceptar el criterio de la experiencia histórica? ¿No está también aquí presuponiendo un objetivismo moral, al igual que cuando recurre a otros conceptos morales como "oprimidos", "opresores", etc.? Finalmente, si los derechos fundamentales son simplemente convenciones jurídicas, ¿por qué van a valer más allá del consenso? ¿Por qué el consenso (¿qué otra cosa es una convención?) establecido por ciertas normas jurídicas va a estar por encima de otros consensos?
Para decirlo rápidamente: el Derecho del mundo globalizado debe estructurarse a partir de ciertos principios (jurídicos) de carácter universal. Y esos principios tienen su base en una moral de carácter universal. Desligar, de la manera radical que sugiere Ferrajoli, el discurso jurídico del discurso moral es, me parece, un serio error y, además, un error que perjudica esencialmente al pensamiento de izquierda, empeñado en la transformación del mundo en un sentido más igualitario.
8) La situación del mundo globalizado probablemente no sea sostenible a medio y largo plazo. No es nada obvio que nuestra manera de vivir (la de los habitantes de los países ricos, o la de muchos de ellos) sea compatible con la preservación de la vida en el planeta. Y tampoco hay por qué pensar que la actual situación en la que una minoría de individuos vive en la opulencia, mientras que la mayoría (que incluye a casi el 80 por ciento de la humanidad) padece graves carencias, puede durar de manera indefinida. Pero, en todo caso, y con independencia de que se pudiera o no proseguir así, lo que parece indudable es que la situación es injusta. Y que es injusta quiere decir aquí que lo es según los criterios de justicia que aceptarían si no todos, al menos una buena parte de los habitantes de los países ricos. ¿Pues cómo pensar que es justo un mundo en el que las oportunidades que se les ofrecen a los individuos dependen de manera fundamental de hechos tan azarosos como el nacimiento en una u otra área geográfica, dentro de uno u otro grupo social, familiar, etc.? ¿No va eso en contra del carácter "universal" de los derechos humanos como quiera que se entienda lo de universal?
9) Llevar las instituciones jurídico-políticas del constitucionalismo (las instituciones surgidas para implementar la protección de los derechos humanos y asegurar un ejercicio democrático del poder) al ámbito mundial no es precisamente una empresa fácil. Es una exigencia moral cuyo éxito (como ocurre con todas las empresas morales) no está para nada asegurado. Pero, en todo caso, una precondición para el éxito es trazarse ideas claras sobre los fines a los que se aspira y sobre los medios de los que se dispone. El mundo puede ser todo lo complejo que se quiera, pero la solución a algunos de sus problemas (la solución teórica) es relativamente simple. Si el mayor mal que aqueja a la humanidad es la profunda desigualdad económica entre sus habitantes, entonces lo primero que habría que hacer es procurar asegurar a todos los individuos un mínimo de ingresos, o sea, una renta básica universal, que se percibiría con independencia de cualquier circunstancia geográfica o de cualquier otra naturaleza (incluido el nivel de riqueza). La objeción más obvia a ese tipo de planteamiento (sobre la "renta básica" se está discutiendo desde hace un par de décadas) es su falta de realismo: ¿de dónde obtener los recursos para ello? Y la contestación podría ser que de un impuesto universal que podría tener, por ejemplo, las características de la llamada "tasa Tobin".
10) Desde el punto de vista del entramado social (en el nivel estatal, supraestatal o infraestatal) pueden encontrarse individuos de cuatro tipos fundamentales que quizás podríamos designar así: los avispados-desaprensivos (para abreviar: avispados), los idiotas, los parias y los cívicos. Los primeros son los que logran situarse en una posición de ventaja, porque saben aprovechar sus oportunidades y actúan sin muchos frenos morales. Los segundos, los idiotas, pueden pertenecer al campo de los privilegiados o de los desaventajados, pero no son conscientes de su posición o no quieren serlo: parece ser que en su sentido originario -en la Grecia clásica- el "idiota" era el individuo que no se interesaba por las cosas públicas, por los asuntos de la ciudad, de la polis. Los parias son los que se encuentran en una situación de profunda desventaja, pero no por su propia culpa, sino por la acción combinada de los avispados y de los idiotas. Los cívicos, en fin, tratan de que no haya, en la medida de lo posible, ni privilegiados ni desaventajados; para ello procuran poner límites a los avispados, despabilar a los idiotas y redimir a los parias. La globalización ha contribuido, hasta ahora, a enardecer los ánimos de los avispados, y a que aumente considerablemente el número de los idiotas (en los países ricos) y de los parias (en los pobres). Pero lo que el mundo necesita, obviamente, son ciudadanos cívicos. Y el Derecho (no cualquier Derecho, sino un Derecho imbuido de los valores del constitucionalismo) es, probablemente, uno de los instrumentos más potentes con el que cuentan para llevar a cabo la ingente tarea de civilizar el mundo.
Referencias bibliográficas:
Aguiló-Atienza-Ruiz Manero 2007: Joseph Aguiló, Manuel Atienza y Juan Ruiz Manero, Fragmentos para una teoría de la Constitución, Iustel, Madrid.
Capella 2005: Juan Ramón Capella, "La globalización: ante una encrucijada político-jurídica", en Law and justice in a global society, Anales de la Cátedra Francisco Suárez, Granada.
Dworkin : Ronald Dworkin, Law´Empire
Ferrajoli 2005: Luigi Ferrajoli, "La crisis de la democracia en la era de la globalización", en Law and justice in a global society, Anales de la Cátedra Francisco Suárez, Granada.
-Ferrajoli 2008: Luigi Ferrajoli, "Derechos fundamentales, universalismo y multiculturalismo", en Claves de Razón Práctica, nº 184, julio/agosto.
Ferrarese 2000: Maria Rosaria Ferrarese, Le istituzioni della globalizzazione, Il Mulino, Bolonia.
-Ferrarese 2006: Maria Rosaria Ferrarese, Diritto sconfinato. Inventiva giuridica e spazi nel mondo globale, Ed. Laterza, Bari-Roma
Guastini 2003: Ricardo Guastini, "La del ordenamiento jurídico: el caso italiano", en Miguel Carbonell (edición de), Neoconstitucionalismo(s), Trotta, Madrid
Laporta 2005: Francisco Laporta, "Globalización e imperio de la ley. Un texto provisional para el debate con algunas dudas y perplejidades de un viejo westfaliano", en Law and justice in a global society, Anales de la Cátedra Francisco Suárez, Granada.
Autor:
Pablo Turmero
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