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La distribución del poder en Perú


Partes: 1, 2

    1. El Poder nacional
    2. La Constitución Política de 1993.
    3. El problema del poder en el Perú: La descentralización.
    4. Bibliografía

    El Poder nacional

    El Estado Peruano, que conceptualmente es la Nación Peruana jurídicamente organizada, es la entidad que ejerce el gobierno en la República del Perú. La estructura del Estado está definida en la Constitución política del Perú aprobada en mediante el referéndum y promulgada a finales de 1993 y vigente desde el 1 de enero de 1994.

    Artículo Nro 43

    La República del Perú es democrática, social, independiente y soberana.

    El Estado es uno e indivisible.

    Su gobierno es unitario, representativo y descentralizado, y se organiza según el principio de la separación de poderes.

    Constitución Política del Perú

    En la carta magna está establecido que la República del Perú es democrática, social, independiente y soberana. Su gobierno es unitario, representativo y organizado según el principio de separación de poderes es ejercido por un Estado unitario.

    ¿Qué es el Poder Nacional, y cómo está dividido?

    El Poder Nacional es una de las tres ramas que constituyen el Poder Público. Se divide en: Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral.

    ¿Cuáles son las atribuciones del Poder Ejecutivo y quién lo representa?

    El Poder Ejecutivo lo ejerce el Presidente(a), dos Vicepresidentes(as) y los (o las) Ministros(as). Sus atribuciones son las siguientes:

    • Cumplir y hacer cumplir la Constitución y las Leyes.

    • Dirigir la acción del Gobierno.

    • Nombrar y remover al Vicepresidente(a) Ejecutivo(a), a los Ministros(as).

    • Dirigir las relaciones exteriores de la República y celebrar y ratificar los tratados convenios o acuerdos internacionales.

    • Dirigir la Fuerza Armada Nacional en su carácter de Comandante en Jefe, ejercer la suprema autoridad jerárquica de ella y fijar un contingente.

    • Ejercer el mando supremo de la Fuerza Armada Nacional promover sus oficiales a partir del grado de Coronel(a) o Capitán(a) de Navío y nombrarlos(as) para los cargos que les sean privativos.

    • Declarar los estados de excepción y decretar la restricción de garantías en los casos previstos en la constitución.

    • Dictar, previa autorización por una ley habilitante, decretos con fuerza de ley.

    • Convocar la Asamblea Nacional a sesiones extraordinarias.

    • Reglamentar total o parcialmente las leyes, sin alterar su espíritu, propósito y razón.

    • Administrar la Hacienda Pública Nacional.

    • Negociar los empréstitos nacionales.

    • Decretar créditos adicionales al presupuesto, previa autorización de la Asamblea Nacional o de la Comisión Delegada.

    • Celebrar los contratos de interés nacional conforme a la Constitución y a la ley.

    • Designar, previa autorización de la Asamblea Nacional o de la Comisión Delegada, al Procurador(a) General de la República y a los jefes(as) de las comisiones diplomáticas permanentes.

    • Nombrar y remover a aquellos funcionarios(as) cuya designación le atribuyen la Constitución y la ley.

    • Dirigir a la Asamblea Nacional, personalmente o por intermedio del Vicepresidente(a) Ejecutivo(a), informes o mensajes especiales.

    • Formular el Plan Nacional de Desarrollo y dirigir su ejecución previa aprobación del Congreso.

    • Conceder indultos.

    • Fijar el número, organización, y competencia de los ministerios y otros organismos de la Administración Pública Nacional, así como también la organización y funcionamiento del Consejo de Ministros, dentro de los principios y lineamientos señalados por la correspondiente ley orgánica.

    • Disolver la Asamblea Nacional en el supuesto establecido en la Constitución.

    • Convocar referendos en los casos previstos en la constitución.

    • Convocar y presidir el Consejo de Defensa de la Nación.

    • Las demás que le señale la Constitución y la ley.

    edu.red

    ¿Cuáles son las atribuciones del Poder Legislativo y quién lo representa?

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