Por esta vía, Ecuador, adoptó niveles de 10% 15% y 20% que se aplicaron en el pasado a la importación de productos indispensables para nuestra economía, que no se producían internamente, pero que al producirse en Colombia y/o Venezuela, recibían esa protección en nuestro mercado, con el consiguiente costo país que ello significaba.
Esta realidad, a la postre, generó una situación de “política arancelaria incómoda y contradictoria”, por lo que a mediados del 2004, empezó a manejarse la idea de la “Flexibilización de la Decisión 370 que no era sino modificar aquellos aranceles que estaban estorbando o perjudicando, principalmente a Ecuador, puesto que Perú estaba por fuera de esta política y Venezuela al salirse del proceso andino, se marginó de este compromiso: El proceso de flexibilización de la Decisión 370 finalmente derivó en el 2007, en lo que hoy es en realidad es, la suspensión temporal o definitiva del Arancel Externo Común en la Comunidad Andina, mediante la Decisión 669.
Es en base a la decisión antes indicada que las reformas realizadas al arancel de importación han sido factibles de hacerse, sin violentar la normativa andina.
Con base a lo señalado, es evidente advertir, que al no existir un Arancel Externo Común, mal puede haber o hablarse de diferimientos arancelarios, en vista que este concepto, está legalmente vinculado a la aplicación del Arancel Externo Común, por lo desde la primera reforma, lo que Ecuador está haciendo es “modificaciones a su arancel de importación”.
SITUACIÓN COMPARATIVA ENTRE ARANCEL ANTERIOR Y ACTUAL
La comparación de las dos estructuras, la vigente y la anterior permiten tener una idea más clara de los cambios producidos. El siguiente cuadro contiene el resultado de esta comparación.
Cuadro 1
MATRIZ COMPARATIVA
Arancel anterior con el arancel vigente
Vigente | 0 | 3 | 5 | 10 | 15 | 20 | 25 | 30 | 35 | TOT |
Anterior | No | No | No | No | No | No | No | No | No | No |
0 | 471 | 3 | 1 | 8 | 7 | 490 | ||||
3 | 34 | 5 | 39 | |||||||
5 | 1476 | 835 | 12 | 7 | 1 | 2331 | ||||
10 | 299 | 170 | 723 | 63 | 7 | 1262 | ||||
15 | 78 | 89 | 2 | 1021 | 101 | 45 | 1 | 1337 | ||
20 | 20 | 6 | 1 | 1155 | 151 | 417 | 1750 | |||
35 | 1 | 19 | 20 | |||||||
Total | 2378 | 5 | 1103 | 740 | 1099 | 1271 | 196 | 418 | 19 | 7229 |
Fuente: Arancel anterior – Decreto 693 y reformas al 14 oct 2007
Arancel actual – Reformas a partir del 15 de octubre del 2007 hasta julio de 2008 (Quinta reforma)
Elaboración: mar/MRECI
Para objeto de la comparación, la primera columna contiene los niveles correspondientes al arancel anterior y la primera fila, los aranceles vigentes a partir de la última reforma. En consecuencia, la última columna contiene la estructura arancelaria anterior y la última fila contiene la estructura arancelaria en base a la quinta reforma o actual.
En primer término, el promedio arancelario se redujo de 11.08 % a 10.08 %, es decir, bajó un punto. Pese al aumento de arancel que experimentaron un centenar de subpartidas. La Moda, es decir la el nivel arancelario con mayor frecuencia pasó del 5 % anterior (2.331 items) al 0% actual (2.378) items.
Los cambios más significativos se analiza a continuación, en función de los niveles de arancel:
0% para materias primas, insumos y bienes de capital no producidos en Ecuador
Los productos sujetos a 0 % de arancel pasaron de 490 items a 2.378, es decir, productos comprendidos en 1.888 items, que tenían un arancel del 5% o más se beneficiaron con la reducción al 0%. De este grupo, el más importante correspondió 1.476 items que tenían 5% de arancel y que corresponden en su mayoría a materias primas, insumos y bienes de capital no producidos y considerados indispensables para mover el aparato productivo del país. Estos son en esencia, los productos que las reformas pretenden estimular a fin de que la rebaja arancelaria permita aumentar sus importaciones y con ello generar el crecimiento de la producción nacional, que es el objetivo principal de las reformas.
Amén de la reducción anterior, se observa también que productos comprendidos en 299 items que tenían 10%, 78 que tenían 15% y 20 que estaban sujetos al 20% de arancel, también fueron beneficiados con la reducción al 0%. Este grupo es el mejo ejemplo de lo ya señalado en el sentido de que muchos aranceles aplicados anteriormente por Ecuador, obedecían a una situación ajena a nuestra realidad económica y productiva. Finalmente, cabe señalar que de los CKDs comprendidos en 39 items, importados especialmente por las empresas ensambladoras de vehículos, que anteriormente pagaban 3% de arancel, 34 se beneficiaron de la reducción al 0%.
5%
Los productos sujetos al 5% de arancel pasaron de 2.331 item a 1.103, sin embargo, la reducción al 5% se produjo únicamente para 265 items considerando las solicitudes formuladas por los gremios y siempre que el producto cuya reducción se solicitó se enmarque dentro de los lineamientos de política antes indicados y el hecho de que la reducción de aranceles no afecte o distorsione los aranceles vigentes para el resto de ítems que forman parte de un capítulo o subcapítulo. Se tuvo especial cuidado en los casos en que el item solicitado correspondía a las llamadas partidas bolsas o residuales, las cuales, por obvias razones deben tener un arancel igual o superior al resto a fin de evitar desvíos o falsas clasificaciones.
10 %
La reducción al 10% de arancel es mínima, apenas 4 items experimentaron una rebaja a este nivel, el cual más bien mantuvo el arancel anterior para un total de 723 items.
Aumentos de arancel
Un total de 824 items experimentaron una subida del arancel. De estos, los aumentos más importantes tiene que ver con la creación de dos nuevos niveles de arancel que antes no teníamos; me refiero a los niveles del 25% y 30 %, que fueron creados con el objeto de aumentar la protección a la producción nacional en los casos de existencia de la misma, hasta un techo límite dado por el arancel que Ecuador consolidó en la Organización Mundial de Comercio, en oportunidad de su adhesión. Este aumento se hizo también para compensar el costo fiscal de las reformas, encareciendo la importación de algunos productos de consumo inmediato o de consumo duradero, especialmente si revestían la característica de ser suntuarios o no indispensables para la economía.
Respecto a los aumento, lo que si hay que resaltar es que unos pocos ítems subieron del 0% y dicha subida si es preocupante por los efectos que pueden tener en sus importaciones, algunos de ellos como el caso de teléfonos celulares o productos afines, antes que mejorar la recaudación pueden derivar en contrabando con los efectos nocivos que ello conlleva para nuestra economía.
Finalmente se observa que la industria automotriz mantuvo su arancel del 35 % para la importación de automotores, respecto del cual, un solo item se benefició con la reducción del 35% al 10% de arancel para favorecer la importación de un determinado tipo de vehículo que no se produce internamente.
IMPACTO EN LAS IMPORTACIONES
Considerando que un aumento o disminución de la tarifa arancelaria tiene un efecto directo en la demanda de importaciones, es importante analizar el impacto que la reforma arancelaria ha tenido en ésta importante variable macroeconómica, para lo cual se ha utilizado el valor correspondientes a las importaciones realizadas entre enero y mayo de los años 2007 y 2008.
Reducción al 0%
Cuadro 2
Comportamiento de importaciones
Productos cuyo arancel se redujo al 0%
Valor CIF en miles de dólares
Períodos enero a mayo 2007 y 2008
0% Actual | |||
Ant. | items | Imp tot07 | Imp tot08 |
0 | 471 | 1.705 | 1.667 |
3 | 34 | 347 | 242 |
5 | 1476 | 901 | 1.009 |
10 | 299 | 340 | 398 |
15 | 78 | 28 | 42 |
20 | 20 | 10 | 106 |
35 |
|
|
|
total | 2378 | 3.331 | 3.464 |
Este cuadro contiene las importaciones de los bienes que fueron objeto de reducción arancelaria al 0%. Las importaciones de estos bienes apenas crecieron un 4% en relación al año anterior. Los crecimientos más importantes corresponden a los productos que anteriormente estaban sujetos a aranceles del 5 y 10% en alrededor de 160 millones de dólares. Se supone que este crecimiento, por corresponder a materias primas, insumos y bienes de capital no producidos en el país e importantes para el sector productivo, generarán u crecimiento significativo en la producción nacional, lo cual significaría que uno de los principales objetivos de la reforma, se está logrando, especialmente el efecto deseado se observa en los bienes que hoy pagan 0% y antes pagaban 15% y 20%, en los cuales, el aumento de las importaciones en el primer caso se duplicó y en el segundo se quintuplicó.
Cuadro 3
Comportamiento de importaciones
Productos cuyo arancel se redujo al 5 %
Valor CIF en miles de dólares
Períodos enero a mayo 2007 y 2008
aran | ITEMS | 5 % ACTUAL | |
anterior |
| en-my 07 | en-my 08 |
0 | 3 | 45.043 | 7.563 |
3 |
|
| |
5 | 835 | 423.548 | 421.291 |
10 | 170 | 247.520 | 183.082 |
15 | 89 | 63.198 | 66.635 |
20 | 6 | 8.047 | 2.314 |
35 |
|
| |
Total | 1103 | 787.358 | 680.886 |
En general, las importaciones de los productos sujetos al 5 % se redujeron, en este período, en 107 millones de dólares; sin embargo, lo más significativo es la reducción de las importaciones en aquellos ítems que experimentaron una reducción arancelaria del 10% al 5% y del 20 al 5%, cuyos montos se redujeron significativamente, con lo cual se comprueba que en estos casos, la reducción del arancel no contribuyó a un crecimiento de las importaciones.
Por el contrario, se observa que la importación de los tres ítems que subieron del 0% al 5 %, sus importaciones se redujeron de 45 millones a 7.5 millones de dólares, destacando principalmente la reducción de importación de los productos comprendidos en las partidas 8443.32.11 y 8529.90.90 especificados en la siguiente tabla, que corresponden a productos indispensables en toda actividad económica o productiva propenso a una innovación tecnológica constante y consecuentemente a una reposición permanente. Como se observa en la tabla, solamente el primer rubro registró producción nacional, consecuentemente, los dos ítems restantes fueron objeto de aumento con el propósito de lograr una mayor recaudación, situación que no se ha podido lograr por lo menos en los primeros cinco meses de esta reforma.
Tabla 1 Productos cuyo arancel aumentó del 0% al 5 % Con efecto negativo en sus importaciones | |||||||
NAN10D653 | DESCRIP 653 | ANT-APLIC | Prop | SOLICITUDES | PROD | Imp MUNDO07 | Imp MMUNDO08 |
8207900000 | – Los demás útiles intercambiables | 0 | 5 | CIP (CE), CIC(CE) | PROD | 319,13 | 501,94 |
8443321100 | Las demás máquinas impresoras, copiadoras y de fax. Del tipo de las utilizadas para impresión sobre discos compactos | 0 | 5 | 14.098,50 | 18,51 | ||
8529909000 | Partes y piezas para los aparatos emisores de radiodifusión o televisión , aparatos de radar, receptores de radiodifusión y monitores y receptores de televisión. | 0 | 5 | 30.625,88 | 7.043,16 |
Fuente: Base de datos elaborada por el CTI
Elaboración: mar/MRECI
Cuadro 4
Comportamiento de importaciones
Productos cuyo arancel se redujo al 10 %
Valor CIF en miles de dólares
Períodos enero a mayo 2007 y 2008
Arancel | 10 % vigente | ||
| items | Imp en-my 07 | Imp en-my 08 |
0 | 1 | 880 | 479 |
3 | |||
5 | 12 | 3.949 | 19.429 |
10 | 723 | 268.054 | 276.637 |
15 | 2 | 3.547 | 3.870 |
20 | 1 | 819 | 1.262 |
35 | 1 | 14.848 | 2.093 |
Total | 740 | 292.100 | 303.773 |
No se observa mayor novedad respecto a las importaciones registradas en este período. El aumento es mínimo, apenas 11 millones de dólares y el más significativo corresponde irónicamente a las importaciones de los bienes que experimentaron un aumento del arancel en cinco puntos, al pasar del 5% anterior al 0% actual y cuyas importaciones aumentaron de 3.9 millones de dólares a 19.4 millones de dólares, con un efecto contrario al esperado, puesto que la subida de arancel se produjo debido a la existencia de producción nacional. La siguiente tabla contiene la especificación de estos productos.
Tabla 2 Productos cuyo arancel aumentó del 5% al 10 % Con efecto contrario al esperado | |||||||
NAN10D653 | DESCRIP 653 | ANT-APLIC | Prop | SOLICITUDES | PROD | MUNDO07 | MMUNDO08 |
0301940000 | – – Atunes comunes o de aleta azul (Thunnus thynnus) | 5 | 10 | MAGAP ( OF 080556 SDEA) | PROD |
|
|
0301950000 | – – Atunes del sur (Thunnus maccoyii) | 5 | 10 | PROD |
|
| |
4802540000 | – – De peso inferior a 40 g/m2 | 5 | 10 | PROD | 315,98 | 556,18 | |
7312900000 | – Los demás | 5 | 10 | DISTRIBUIDORA PROAÑO, CIC(CE) | PROD | 469,61 | 662,09 |
8417802000 | – – Hornos para productos cerámicos | 5 | 10 | CIC(CE) | PROD |
| 1,99 |
8417809000 | – – Los demás | 5 | 10 | LG ROMERO METALTRONIC | PROD | 1.572,85 | 16.558,07 |
8419899100 | – – – – De evaporación | 5 | 10 | CNP(CE) | PROD | 265,38 | 277,24 |
8421199000 | – – – Las demás | 5 | 10 | PROD | 615,89 | 1.147,85 | |
8426121000 | – – – Pórticos móviles sobre neumáticos | 5 | 10 | PROD |
|
| |
8474399000 | – – – Los demás | 5 | 10 | Cámara Contrucción | PROD | 252,16 | 47,40 |
8474809000 | – – Los demás | 5 | 10 | Cámara Contrucción | PROD | 448,65 | 100,10 |
8479892000 | – – – Humectadores y deshumectadores (excepto los aparatos de las partidas 84.15 u 84.24) | 5 | 10 | PROD | 9,39 | 78,78 |
AUMENTOS DE ARANCEL
Cuadro 5
Comportamiento de importaciones
Productos cuyo arancel se aumentó a 15%, 20%, 25% y 30%
Valor CIF en millones de dólares
Períodos enero a mayo 2007 y 2008
Vigente |
| 15 |
|
| 20 |
|
| 25 |
|
| 30 |
|
anterior | items | M07 | M08 | items | M07 | M08 | items | M07 | M08 | items | M07 | M08 |
0 | 8 | 158 | 109 | 7 | 11 | 7 | ||||||
3 | ||||||||||||
5 | 7 | 11 | 17 | 1 | 11 | 1 | ||||||
10 | 63 | 26 | 43 | 7 | 1 | 2 | ||||||
15 | 1021 | 543 | 645 | 101 | 48 | 51 | 45 | 24 | 24 | 1 | 0 | 0 |
20 | 1155 | 584 | 680 | 151 | 40 | 42 | 417 | 134 | 153 | |||
Total | 1099 | 738 | 814 | 1271 | 656 | 741 | 196 | 64 | 66 | 418 | 134 | 153 |
Según el cuadro anterior, el aumento de arancel al 15 o más por ciento, no generó una disminución de las importaciones; por el contrario, aumentaron, levemente, pero no produjeron el efecto esperado. Si eso es lo ocurrido, se supone que dichos bienes son necesarios y lamentablemente, su demanda no puede ser satisfecha íntegramente por la producción nacional.
[1] El Decreto no recoge ningún enunciado u objetivo respecto a la producción nacional existente, por lo que se supone que en el caso de materias primas, insumos y bienes de capital producidos en el país, si no se aumentaba su arancel, debía por lo menos conservar el que tenían antes de las reformas.
Autor:
Marco Arias Rivadeneira
24 de Julio de 2008
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