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Normas Ecuatorianas de Contabilidad N°26 (página 2)

Enviado por Jackson Garcia


Partes: 1, 2

71.- Los siguientes ejemplos recogen sucesos que pueden caber dentro de la definición de reestructuración:

a) venta o liquidación de una línea de actividad;

b) la clausura de un emplazamiento de la empresa en un país o región, o bien la reubicación de las actividades que se ejercían en un país o región a otros distintos;

c) los cambios en la estructura de la gerencia, como por ejemplo la eliminación de un nivel o escala de directivos empresariales, y

d) las reorganizaciones importantes, que tienen un efecto significativo sobre la naturaleza y enfoque de las actividades de la empresa.

72.- Se reconocerá una provisión por costos de reestructuración, solo cuando se cumplan las condiciones generales de reconocimiento de provisiones establecidas en el párrafo 15. En los párrafos 73 a 84 se determina cómo aplicar los criterios generales de reconocimiento al caso de las reestructuraciones.

73.- Surge, para la empresa, una obligación asumida, por causa de una reestructuración, solo cuando:

a) Tiene un plan formal y detallado para proceder a la reestructuración, en el que se identifican, al menos:

i) las actividades empresariales, o parte de las mismas, implicadas;

ii) las principales ubicaciones afectadas;

iii) la ubicación, función y número aproximado de los empleados que serán indemnizados tras prescindir de sus servicios;

iv) los desembolsos que se llevarán a cabo, y

v) las fechas en las que el plan será implementado

b) ha producido una expectativa válida entre los afectados, en el sentido de que la reestructuración se llevará a cabo, ya sea por haber comenzado a implementar el plan o por haber anunciado sus principales características a los mismos.

74.- La evidencia de que la empresa ha empezado a llevar a cabo el plan de reestructuración podría venir dada, por ejemplo, por un plan de desmantelamiento de las instalaciones o de venta de los activos correspondientes, y también por el anuncio público de las principales características del plan. El anuncio público del plan detallado de reestructuración constituirá una obligación asumida para reestructuras, solo si se hace de tal manera y con suficiente detalle (es decir, dando a conocer las principales características del mismo), que sea capaz de producir expectativas válidas entre los terceros implicados, esto es, entre los clientes, proveedores y empleados (o sus representantes), sobre el hecho de que la empresa va a llevar efectivamente a cabo la reestructuración.

75.- Para que el plan sea suficiente como para dar lugar a una obligación asumida por la entidad, al comunicárselo a los que resulten afectados por él, es necesario que su implantación esté planeada para dar comienzo en cuanto sea posible, y además que el calendario de actuaciones haga improbable cualquier cambio significativo sobre lo inicialmente previsto. Si, por el contrario, se espera que transcurra un largo período de tiempo antes de que la reestructuración comience, o bien que la reestructuración requiera un intervalo de tiempo no razonable por dilatado, es improbable que el plan produzca expectativas válidas, entre los terceros afectados, sobre el hecho de que la empresa está comprometida en una reestructuración, puesto que el calendario de actuaciones da a la entidad oportunidades para cambiar sus planes iniciales.

76.- Si la decisión de reestructuración ha sido tomada, por la gerencia o el órgano de administración de la empresa, antes de la fecha del balance general, no dará lugar a la existencia de una obligación asumida, a menos que la citada empresa, para ese momento haya:

a) empezando a implementar el plan de reestructuración, o bien

b) anunciando las principales características del plan de reestructuración, a todos los que vayan a resultar afectados por el mismo, de una manera suficientemente concreta como para producir, en los mismos, expectativas válidas en el sentido de que la empresa va a llevar a cabo la reestructuración.

En algunos casos, la empresa comienza a implementar el plan de reestructuración, o procede a anunciar sus principales características a los afectados por el mismo, después de la fecha del balance de situación general. En tal caso puede ser obligatoria la información complementaria al respecto, según lo establecido por la NEC 4, Contingencias y hechos ocurridos después de la fecha del balance, siempre y cuando sea de tal importancia la reestructuración que la falta de información pueda afectar a la capacidad de los usuarios de los estados financieros para realizar las evaluaciones apropiadas para tomar decisiones.

77.- Una obligación asumida no se genera solo por la decisión tomada por la gerencia de la empresa, no obstante puede surgir de otros sucesos asociados con tal decisión. Por ejemplo, las negociaciones con los representantes de los empleados para discutir las indemnizaciones por despido colectivo, o con posibles compradores para la venta de las instalaciones que constituyen una operación pueden haber producido acuerdo firmes que para su efectividad necesiten solo la aprobación correspondiente del Directorio o la administración. Una vez que se ha conseguido esta aprobación, y ha sido comunicada a los terceros implicados, la empresa tiene una obligación asumida para reestructurar, siempre y cuando se cumplan las condiciones del párrafo 73.

78.- En algunos casos, la decisión última de la reestructuración descansa en el Directorio o Junta de Accionistas entre cuyos miembros se incluyen representantes de intereses distintos de los que corresponden a la Administración (por ejemplo, de empleados), o bien es preciso informar convenientemente a tales representantes antes de que el órgano de administración tome la decisión. En tanto en cuanto la decisión tomada por este órgano implica la comunicación a los anteriores representantes, pueden dar lugar a una obligación asumida para reestructurar.

79.- No surge ningún tipo de obligación para la empresa por causa de la desapropiación de una de sus operaciones, hasta que la empresa se ha comprometido en vender, es decir, hasta que exista un compromiso firme de venta.

80.- Incluso en el caso de que la empresa haya tomado la decisión de vender una determinada operación, y haya anunciado públicamente su decisión, no estará comprometida a la venta hasta que haya identificado al comprador y exista un compromiso firme, la empresa puede cambiar sus intenciones iniciales, y por otra parte tendrá que tomar otro curso de acción si no puede encontrar un comprador que le ofrezca condiciones aceptables. Cuando se contempla la venta de una operación, como una parte de la reestructuración, se comprobará, en primer lugar, el posible deterioro del valor de los activos pertenecientes a la misma, atendiendo a lo establecido en la NEC 27, Deterioro del Valor de los Activos. En este caso hay que tener en cuenta que, al ser la venta solo una parte de la reestructuración, podría aparecer una obligación asumida por otros aspectos de la reestructuración antes de que existiera un compromiso firme de venta.

81.- La provisión por reestructuración debe incluir solo los desembolsos que surjan directamente de la reestructuración, que son aquellos que de forma simultánea están:

a) necesariamente impuestos por la reestructuración, y

b) no asociados con las actividades que continúan en la empresa.

82.- Una provisión por reestructuración no incluye costos tales como los de:

a) formación o reubicación del personal que permanezca dentro de la empresa;

b) comercialización o publicidad, e

c) inversión en nuevos sistemas informáticos o redes de distribución

Tales desembolsos tienen relación con la gestión futura de la actividad, y por tanto no son pasivos derivados de la reestructuración en la fecha del balance de situación general. Tales gastos o inversiones se tratarán, contablemente, de la misma manera que si se produjeron con independencia de la reestructuración.

83.- las pérdidas identificables, derivadas de la operación de las actividades afectadas por la reestructuración, no se incluirán en el importe de la provisión, salvo que estén relacionadas con un contrato de carácter oneroso, tal y como se define en el párrafo 11.

84.- Como se exige en el párrafo 52, las posibles ganancias derivadas de la venta de actividades no se tendrán en consideración al medir el importe de la provisión por reestructuración, incluso aunque las mismas se consideren como una parte integrante de la propia reestructuración.

Información a revelar

85.- Para cada tipo de provisión, la empresa debe informar acerca de:

a) el valor en libros al principio y al final del período;

b) las dotaciones efectuadas en el período, incluyendo también los incrementos en las provisiones existentes;

c) los importes utilizados (esto es, aplicados o cargados contra la provisión) en el transcurso del período;

d) los importes no utilizados que han sido objeto de liquidación o reversión en el período, y

e) el aumento, durante el período, en los saldos objetos de descuento, por causa de los intereses acumulados, así como el efecto que haya podido tener cualquier eventual cambio en la tasa de descuento.

No es preciso suministrar información comparativa.

86.- La empresa debe revelar, por cada tipo de provisión, información sobre los siguientes extremos:

a) una breve descripción de la naturaleza de la obligación contraída, así como el calendario esperado de las salidas de beneficios económicos, producidos por la misma.

b) una indicación acerca de las incertidumbres relativas al importe o al calendario de las salidas de recursos que producirá la provisión. En los casos en que sea necesario para suministrar la información adecuada, la empresa debe revelar la información correspondiente a las principales hipótesis realizadas sobre los sucesos futuros a los que se refiere el párrafo 49.

c) el importe de cualquier eventual reembolso, informando además de la cuantía de los activos que hayan sido reconocidos para recoger los eventuales reembolsos esperados.

87.- A menos que la posibilidad de una eventual salida de recursos para liquidarla sea remota, la empresa debe dar, para cada tipo de pasivo contingente en la fecha del balance de situación general, una breve descripción de la naturaleza del mismo y, cuando fuese posible:

a) una estimación de sus efectos financieros, medidos según lo establecido en los párrafos 37 a 53;

b) una indicación de las incertidumbres relacionadas con el importe o el calendario de las salidas de recursos correspondientes, y

c) la posibilidad de obtener eventuales reembolsos.

88.- Para determinar qué provisiones o qué pasivos contingentes pueden agregarse en cada uno de los tipos o clases, es necesario considerar si la naturaleza de las partidas es lo suficientemente similar como para admitir una información común que las abarque todas, para cumplir con los requisitos establecidos en los párrafos 86, a) y b), y 87, a) y b). De esta forma, puede resultar apropiado considerar como un solo tipo de provisión los importes relativos a las garantías comunes y las referidas a reclamaciones judiciales. Además, se revelará las contingencias con organismos de control.

89.- Cuando nacen, de un mismo conjunto de circunstancias, una provisión y un pasivo contingente, la empresa redactará las revelaciones complementarias exigidas por los párrafos 85 a 87, de manera que se muestren la relación existente entre una y otra.

90.- En el caso de que sea probable la entrada de beneficios económicos, la empresa debe incluir en las notas una breve descripción de la naturaleza de los activos contingentes correspondientes, existentes en la fecha del balance y, cuando ello sea posible, una estimación de sus efectos financieros, medidos utilizando los principios establecidos para las provisiones en los párrafos 37 a 53.

91.- Es muy importante que, la información que se suministre sobre los activos de carácter contingente, evite las indicaciones que puedan confundir respecto a la posibilidad de la obtención de los ingresos correspondientes.

92.- En aquellos casos en los que no se revele la información exigida por los párrafos 86 y 89, porque no sea posible hacerlo, este hecho debe ser revelado en las notas correspondientes.

93.- En ciertos casos posibles, pero extremadamente raros en la práctica, puede esperarse que la información a revelar relativa a algunos de los extremos exigidos en los párrafos 85 a 90, perjudique seriamente a la posición de la empresa, en disputas con terceros relativas a las situaciones que contemplan las provisiones, los pasivos contingentes o los activos de igual naturaleza. En tales casos, no es preciso que la empresa revele esta información, pero debe describir la naturaleza genérica de la disputa, junto con el hecho de que se ha omitido la información y las razones que han llevado a tomar la decisión.

Fecha de vigencia

94.- Esta Norma de Contabilidad entra en vigor para los estados financieros que correspondan a períodos que inicien él o después del 1ro de enero del 2002. se estimula su aplicación previa.

95.- Esta norma deroga aquellas partes de la NEC 4. Contingencias y Hechos Ocurridos después de la Fecha del Balance, que se refieran a las contingencias.

Apéndice

Apéndice A

TABLAS – Provisiones, Pasivos Contingentes, Activos Contingentes y Reembolsos

El propósito de este Apéndice es el de resumir las principales exigencias de la Norma. No forma parte de la Norma y debe entenderse en el contexto del articulado completo de la misma.

Provisiones y Pasivos Contingentes

En el caso de que, como consecuencia de sucesos pasados, pueda producirse una salida de recursos económicos que incorporen beneficios económicos para pagar: a) una obligación presente, o b) una obligación posible, cuya existencia ha de ser confirmada solo por la ocurrencia, o en su caso por la no ocurrencia, de uno o más eventos inciertos en el futuro, que no están enteramente bajo el control de la empresa.

Existe una obligación presente que probablemente exija una salida de recursos.

Existe una obligación posible, o una obligación presente, que puede o no exigir una salida de recursos

Existe una obligación posible, o una obligación presente en la que se considera remota la posibilidad de salida de recursos.

Se procede a reconocer una provisión (párrafo 15).

Se exige revelar información complementaria sobre la provisión (párrafos 85 y 86)

No se reconoce provisión (párrafo 28).

Se exige revelar información complementaria sobre el pasivo contingente (párrafo 87).

No se reconoce provisión (párrafo 28).

No se exige revelar información complementaria (párrafo 87).

También aparece un pasivo contingente en el caso, extremadamente raro de que exista una obligación que no pueda ser reconocida en los estados financieros porque no pueda ser valorada con fiabilidad. Se exige información complementaria sobre este tipo de pasivo contingente.

Activos contingentes

En el caso de que, como consecuencia de sucesos pasados exista un activo posible, cuya existencia ha de ser confirmada solo por la ocurrencia, o en su caso por la no ocurrencia, de uno o más eventos inciertos en el futuro, que no están enteramente bajo el control de la empresa.

La entrada de beneficios económicos es prácticamente cierta.

La entrada de beneficios económicos es probable, pero no prácticamente cierta.

La entrada de beneficios económicos no es probable

El activo no es de carácter contingente

No se reconoce ningún activo (párrafo 32)

Se exige revelar información complementaria (párrafo 90)

No se reconoce ningún activo (párrafo 32).

No se exige revelar información complementaria (párrafo 90)

Reembolsos

Se espera que una parte o la totalidad de los desembolsos necesarios para liquidar una provisión sean reembolsados a la empresa por un tercero.

La empresa no ha contraído obligaciones por la parte del desembolso que ha de ser reembolsado por el tercero.

La empresa está obligada por la parte de la deuda cuyo reembolso se espera, y además está prácticamente segura de que recibirá el desembolso cuando pague la provisión.

La empresa está obligada por la parte de la deuda cuyo reembolso se espera, pero el reembolso no es prácticamente seguro cuando la empresa pague la provisión.

La entidad no tiene responsabilidad por el importe que ha de ser reembolsado (párrafo 58).

El reembolso es objeto de reconocimiento, como activo independiente, en el balance de situación general, y el ingreso correspondiente puede ser compensado con el gasto relacionado en el estado de resultados. El importe reconocido como reembolso esperado no superará al pasivo correspondiente (párrafos 54 y 55).

El reembolso esperado no se reconoce como un activo (párrafo 54)

No se exige revelar información

Se revela información sobre las condiciones de reembolso a la vez que del importe del mismo (párrafo 86 c).

Se revela información a sobre el reembolso esperado (párrafo 86 c).

Apéndice B

Árbol de Decisión

El propósito perseguido, con este árbol de decisión, es el de resumir los principales requisitos para el reconocimiento de provisiones y pasivos contingentes contenidas en la Norma. El árbol de decisión no es parte integrante de la Norma y debe entenderse en el contexto del articulado completo de la misma.

Nota: En algunos casos raros no queda claro si existe o no una obligación en el momento presente. En tales circunstancias, se considera que un suceso ocurrido en el pasado ha dado origen a una obligación

presente si, teniendo en cuenta toda la evidencia disponible, existe una probabilidad mayor de que se haya incurrido en la obligación, en la fecha del balance general, que de lo contrario (párrafo 16 de la Norma).

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Apéndice C

Ejemplos de Reconocimiento de Provisiones

Este apéndice no forma parte de la Norma, es meramente ilustrativo acerca de la aplicación de la misma, con la finalidad de ayudar a clarificar su significado.

Todas las empresas de los ejemplos que siguen cierran su período contable a 31 de diciembre. En todos los casos existe la suposición de que puede hacerse una estimación fiable de todas las salidas de recursos esperadas. En algunos ejemplos, las circunstancias que se describen pudieran haber producido pérdidas por deterioro en el valor de algunos activos, pero este extremo particular no es objeto de tratamiento en este Apéndice.

Las referencias cruzadas que se indican en los ejemplos indican los párrafos de la Norma que son particularmente relevantes. El apéndice debe leerse en el contexto de la redacción global de la Norma.

En los casos donde el efecto del valor temporal del dinero es significativo, las referencias a la "mejor estimación" se entienden efectuadas al valor presente de la partida correspondiente.

Ejemplo 1: Garantías sobre productos vendidos

Una empresa de manufacturas ofrece, a los compradores de su producto, garantías en el momento de realizar sus adquisiciones. En virtud de las condiciones del contrato de venta, la empresa manufacturera se compromete a subsanar, por medio de la reparación o de la sustitución de los productos, los defectos de fabricación que se pongan de manifiesto en el transcurso de tres años desde el momento de la transacción. Según la experiencia pasada, es probable (es decir, es más posible su ocurrencia que lo contrario) que se presenten algunas reclamaciones en el período de garantía.

Obligación presente como consecuencia de un suceso pasado que ha dado origen a la misma: el suceso que da origen a la obligación es la venta del producto con garantía, la cual hace que se produzca una obligación legal.

Una salida de recursos que incorporan beneficios económicos: resulta probable para el conjunto de las garantías a los compradores (véase el párrafo 25).

Conclusión: Se reconocerá una provisión por el importe de la mejor estimación de los costos de reparar o sustituir los productos vendidos antes de la fecha del balance (véanse los párrafos 15 y 25).

Ejemplo 2A: Caso de legislación, referente a terrenos contaminados, cuya aprobación es prácticamente segura.

Una empresa petrolífera produce contaminación, pero no sanea los terrenos que ha utilizado más que cuando la legislación del país en el que opera obliga a ello. Un determinado país en el cual tiene operaciones no cuenta, hasta el momento presente, con legislación que le obligue al saneamiento de los terrenos utilizados. Sin embargo, es prácticamente seguro que, poco después del 31 de diciembre del año 2000, se aprobará en el país en cuestión una ley, ahora en proyecto, que obligará a la empresa a sanear y limpiar los terrenos ya contaminados.

Obligación presente como consecuencia de un suceso pasado que ha dado origen a la misma: el suceso que da origen a la obligación es la contaminación de los terrenos, a causa de la práctica seguridad de la aprobación de la legislación que exige su saneamiento y limpieza.

Salida de recursos que incorporan beneficios económicos: Probable.

Conclusión: Se reconocerá la oportuna provisión, por importe de la mejor estimación de los costos de saneamiento y limpieza de los terrenos (véanse los párrafos 15 y 23).

Ejemplo 2B: Caso de una obligación asumida para sanear terrenos contaminados

Una empresa petrolera, que produce contaminación en los terrenos que explota, opera en un país en donde no existe legislación medioambiental. No obstante, la empresa cuenta con una bien conocida política medioambiental, según la cual toma bajo su responsabilidad la limpieza de toda la contaminación que produzca su actividad. La empresa hace honor a sus compromisos.

Obligación presente como consecuencia de un suceso que ha dado origen a la misma: El suceso que ha dado origen al compromiso es la contaminación de los terrenos, produciendo una obligación asumida, puesto que la conducta de la empresa ha creado una expectativa válida, ante los afectados, de que procederá al saneamiento de la contaminación causada.

Una salida de recursos que incorporan beneficios económicos: Probable.

Conclusión: Se reconocerá la oportuna provisión, por importe de la mejor estimación de los costos de saneamiento y limpieza de los terrenos (véanse tanto el párrafo 11, para la definición de obligación asumida, como los párrafos 15 y 18).

Ejemplo 3: Plataforma petrolífera marina

Una empresa explota un yacimiento marino, y la concesión que tiene para hacerlo le exige retirar la plataforma petrolífera al final del período de producción y restaurar el fondo marino. El noventa por ciento de los eventuales costos tienen relación con la retirada de la plataforma y con la restauración de los daños causados por la instalación, mientras que solo el diez por ciento de los citados costos se deriva de la extracción del crudo. En la fecha del balance de situación general, ha sido construida e instalada la plataforma, pero no se ha comenzado la extracción de petróleo.

Obligación presente como consecuencia de un suceso pasado que ha dado origen a la misma: Es la construcción e instalación de la plataforma, según las condiciones de la concesión, el suceso que produce la obligación legal de retirarla y restaurar el fondo marino, y por tanto este es el suceso que da origen a la obligación. A la fecha de cierre del período, no obstante, no hay ninguna obligación de reparar los daños que se deriven de la extracción del crudo.

Una salida de recursos que incorporan beneficios económicos: Probable.

Conclusión: Se reconocerá una provisión, por importe del noventa por ciento de la mejor estimación de los eventuales costos, que corresponde a los de retirada de la plataforma petrolífera y restauración de los daños causados por su construcción e instalación (véase el párrafo 15). Estos costos se sumarán al diez por ciento de los costos, que surgirán por la obtención del crudo, se reconocerán a medida que el petróleo sea extraído.

Ejemplo 4: Reembolso de las ventas a voluntad del cliente.

Un almacén de venta al detalle tiene la política de reembolsar las ventas a los clientes que no estén satisfechos con ellas, incluso en los casos en que no hay obligación legal de hacerlo. Esta práctica de reembolso a voluntad del cliente es ampliamente conocida.

Obligación presente como consecuencia de un suceso pasado que ha dado origen a la misma: El suceso que da origen al compromiso es la venta del producto, de la que surge la obligación asumida, puesto que el comportamiento pasado del almacén ha dado pie a la creación de una expectativa válida por parte de los clientes, a los que éste reembolsa a voluntad sus compras.

Salida de recursos que incorporan beneficios económicos: Probable, puesto que una determinada proporción de los bienes se devuelven y reembolsan (véase el párrafo 25).

Conclusión: Se reconocerá una provisión por importe de la mejor estimación de los costos de los reembolsos a efectuar (véanse tanto el párrafo 11, para la definición de obligación asumida, como los párrafos 15, 18 y 25).

Ejemplo 5A: Cierre de una división, que no se llevará a cabo antes de la fecha de cierre del balance general

El 12 de diciembre del año 2000, el Directorio de la empresa decidió cerrar una de sus divisiones. Con anterioridad al cierre de ese período contable (que tuvo lugar el 31 de diciembre del año 2000) ni se comunicó la decisión a ninguno de los afectados ni se tomó ninguna otra medida para llevar a cabo la clausura decidida.

Obligación presente como consecuencia de un suceso pasado que ha dado origen a la misma: No ha habido ningún suceso que de origen a compromisos, y por tanto no existe obligación alguna.

Conclusión: No se reconocerá provisión alguna (véanse los párrafos 15 y 73).

Ejemplo 5B: Cierre de una división, que ha sido objeto de comunicación o implementación antes de la fecha de cierre del período

El 12 de diciembre del año 2000, el Directorio tomó una decisión de cerrar la división que fabricaba un producto en particular. El 20 de diciembre del mismo año se acordó, por parte del Directorio, un plan detallado para implementar el cierre: se mandaron cartas a los clientes avisándoles de que se buscará una fuente alternativa de suministro, a la vez que se mandaron los correspondientes avisos para el personal que prestaba sus servicios en la división.

Obligación presente como consecuencia de un suceso pasado que ha dado origen a la misma: El suceso que ha dado origen a la obligación es la comunicación realizada a los clientes y al personal de la división, lo cual ha dado lugar a una obligación asumida desde esa fecha, puesto que ha creado una expectativa válida respecto a la clausura de la división y a sus efectos.

Salida de recursos que incorporan beneficios económicos: Probable.

Conclusión: Se reconocerá una provisión a 31 de diciembre del año 2000, por el importe de la mejor estimación de los costos que se derivarán del cierre de la división (véanse los párrafos 15 y 73).

Ejemplo 6: Obligación legal de colocar filtros para el humo

Según la legislación recién aprobada, la empresa está obligada a colocar filtros para el humo en las chimeneas de sus fábricas antes del 30 de junio del año 2000. La empresa no ha colocado tales filtros:

a) a la fecha del balance general, el 31 de diciembre del año 1999.

Obligación presente como consecuencia de un suceso pasado que ha dado origen a la misma: No hay evento alguno que de origen a la obligación de incurrir en el costo de los filtros para el humo ni en las multas que la legislación prevea de no colocarlos.

Conclusión: No se reconocerá provisión por el costo de los filtros para el humo (véanse los párrafos 15 y 18 a 20).

b) a la fecha del balance general, el 31 de diciembre del año 2000

Obligación presente como consecuencia de un suceso pasado que ha dado origen a la misma: No se ha producido todavía ningún suceso que haya dado origen a una obligación en lo que se refiere a los costos de colocar los filtros para el humo, puesto que no se ha procedido a colocarlos. No obstante, y en virtud de lo que prevea la legislación, ha podido surgir una obligación de pago de multas o sanciones, puesto que se ha producido el suceso que da origen a la sanción (el incumplimiento de las Normas de funcionamiento en las fábricas).

Salida de recursos que incorporan beneficios económicos: La evaluación de la probabilidad de incurrir en multas o sanciones por el incumplimiento de las Normas de funcionamiento en las fábricas, depende de los detalles concretos de la legislación, así como de la seriedad del régimen de vigilancia y aplicación de la normativa.

Conclusión: No se reconocerá provisión alguna por los costos de los filtros para el humo. No obstante, se ha de reconocer una provisión por importe de la mejor estimación de las multas o sanciones, siempre que haya más posibilidad de que sean impuestas a la empresa que de lo contrario (véanse los párrafos 15 y 18 a 20).

Ejemplo 7: Actualización formativa del personal como consecuencia de cambios en el sistema de impuesto a la renta.

El gobierno ha introducido ciertos cambios en el sistema del impuesto a la Renta de las empresas. Como consecuencias de tales cambios, una empresa del sector de servicios financieros puede encontrar necesario actualizar los conocimientos de una gran parte de sus empleados en las áreas comercial y administrativa, para asegurarse de que se seguirá observando la regulación que atañe a los servicios financieros. En la fecha del balance general, no se han llevado a cabo acciones formativas.

Obligación presente como consecuencia de un suceso pasado que ha dado origen a la misma: No ha habido ningún suceso que de origen a compromisos (en concreto no se han producido las acciones formativas), y por tanto no existe obligación alguna.

Conclusión: No se reconocerá provisión alguna (véanse los párrafos 15 y 18 a 20).

Ejemplo 8: Un contrato de carácter oneroso

La empresa opera, con ganancias, una fábrica que tiene alquilada mediante un acuerdo de arrendamiento operativo. Durante el mes de diciembre del año 2000, la empresa traslada su operación a una nueva fábrica. El arrendamiento de la vieja fábrica estará en vigencia durante los próximos cuatro años, y no puede ser cancelado antes de esa fecha, ni la fábrica puede ser realquilada a terceros.

Obligación presente como consecuencia de un suceso pasado que ha dado origen a la misma: El suceso en el que tiene su origen la obligación, de tipo legal, es la firma del contrato de arrendamiento.

Salida de recursos que incorporan beneficios económicos: Cuando el arrendamiento se convierte en oneroso, es probable la salida de recursos que incorporan beneficios económicos (hasta ese momento, la empresa contabilizará al arrendamiento siguiendo las disposiciones de la Norma relacionada con Arrendamientos).

Conclusión: Se reconocerá una provisión, por importe de la mejor estimación de los pagos inevitables que se deriven del arrendamiento de la fábrica abandonada (véanse los párrafos 5.c. 15 y 67).

Ejemplo 9: Un aval individual

En el año 1999, la empresa A otorgó un aval sobre ciertos préstamos tomados por la empresa B, cuya situación financiera a la sazón era excelente. En el año 2000, la posición financiera de la empresa B se deterioró, de forma que a 30 de junio de ese año la empresa B solicitó entrar en una situación concursal.

a) a 31 de diciembre de 1999

Obligación presente como consecuencia de un suceso pasado que ha dado origen a la misma: El suceso que da origen a la obligación, de tipo legal, es la prestación del aval.

Salida de recursos que incorporan beneficios económicos: No es probable una salida de recursos a 31 de diciembre de 1999.

Conclusión: No se reconocerá provisión alguna (véanse los párrafos 15 y 24). El aval se presentará como un pasivo contingente, en una nota a los estados financieros, salvo que la posibilidad de que haya una salida de recursos sea remota (véase el párrafo 86).

b) a 31 de diciembre del 2000

Obligación presente como consecuencia de un suceso pasado que ha dado origen a la misma: el suceso que da origen a la obligación, de tipo legal, es la prestación del aval.

Salida de recursos que incorporan beneficios económicos: a 31 de diciembre del año 2000 es probable una salida de recursos, que incorporen beneficios económicos, para cancelar la obligación.

Conclusión: Se reconocerá una provisión, por el importe de la mejor estimación de la obligación (véanse los párrafos 15 y 24).

Nota: Este ejemplo contempla una garantía individual. Si la empresa tiene una cartera de avales similares, puede evaluarla en su conjunto al proceder a la determinación de la probabilidad de salida de recursos que incorporen beneficios económicos (véase el párrafo 24). Cuando la empresa haya obtenido comisiones por los avales prestados, el importe de tales ingresos se reconocerá utilizando las disposiciones de la NEC 9, Ingresos.

Ejemplo 10: Un caso judicial

Tras la celebración de una boda, en el año 2000, murieron diez personas posiblemente a causa de comida en malas condiciones, que había sido elaborada con productos vendidos por la empresa. Se emprendieron reclamaciones legales contra la empresa solicitando indemnización por daños, cuya responsabilidad no esta aceptada. Hasta la fecha de aprobación de los estados financieros del ejercicio cerrado el 31 de diciembre del año 2000, los abogados de la empresa eran de la opinión de que la entidad probablemente no sería declarada culpable, y por tanto no tendría que afrontar ninguna responsabilidad. Sin embargo, cuando la empresa estaba elaborando sus estados financieros correspondientes al período contable cerrado el 31 de diciembre del año 2001, los abogados opinaban que, tras los últimos desarrollos del proceso judicial, era probable que la empresa fuera encontrada culpable.

a) a 31 de diciembre del 2000

Obligación presente como consecuencia de un suceso pasado que ha dado origen a la misma: A partir de la evidencia disponible, en la fecha de la aprobación de los estados financieros por parte del órgano de gestión de la empresa, no existe obligación alguna a consecuencia de sucesos pasados.

Conclusión: No se reconocerá provisión alguna (véanse los párrafos 16 y 17), la reclamación será presentada como un pasivo contingente en las notas, a menos que la probabilidad de salida de recursos se considere remota (véase el párrafo 87).

b) a 31 de diciembre del 2001

Obligación presente como consecuencia de un suceso pasado que ha dado origen a la misma: A partir de la evidencia disponible, existe una obligación presente.

Una salida de recursos que incorporan beneficios económicos: Probable.

Conclusión: Se reconocerá una provisión, por importe de la mejor estimación de los costos que supondrá cancelar la obligación que surja del proceso judicial (véanse los párrafos 15 a 17).

Ejemplo 11: Mantenimiento y reparaciones

Algunos activos requieren, además del mantenimiento rutinario, desembolsos sustanciales cada varios años para importantes reacondicionamientos o reparaciones, así como sustitución de sus principales componentes. En la NEC 12, Propiedades, planta y equipo, se proporcionan guías para distribuir la inversión realizada en un activo, entre las partes que lo componen, en el caso de que tales partes tengan diferentes vidas útiles o suministren beneficios económicos con patrones diferentes.

Ejemplo 11A: Costos de renovación, en caso de que no exista obligación legal de hacerla

Un horno cuenta con un revestimiento que necesita ser repuesto cada cinco años, por razones técnicas. En la fecha del balance de situación general, el revestimiento en cuestión ha estado en uso durante los últimos tres años.

Obligación presente como consecuencia de un suceso pasado que ha dado origen a la misma: No hay obligación presente alguna

Conclusión: No se reconocerá ninguna provisión (véanse los párrafos 15 y 18 a 20).

El costo de reemplazar el revestimiento no se reconoce porque, en la fecha del balance de situación general, no existe ninguna obligación de renovación que sea independiente de las actuaciones futuras de la compañía, ya que incluso la intención de incurrir en el costo de reemplazo del revestimiento depende de que la entidad se decida por continuar explotando el antiguo o hacer la reposición. En lugar de reconocer una provisión, la depreciación del revestimiento tendrá en cuenta su ritmo de consumo, esto es, el costo será distribuido entre cinco años. Por lo tanto, los costos de reemplazar el viejo revestimiento serán capitalizados, y el consumo correspondiente a cada nueva inversión será mostrado como un gasto por depreciación a lo largo de los siguientes cinco años.

Ejemplo 11B: Costos de renovación, en el caso de que exista obligación legal de hacerla

Una determinada compañía aérea está obligada, por ley, a someter a revisión las aeronaves cada tres años.

Obligación presente como consecuencia de un suceso pasado que ha dado origen a la misma: No hay obligación presente alguna.

Conclusión: No se reconocerá ninguna provisión (véanse los párrafos 15 y 18 a 20).

El costo de revisar la aeronave no tiene que reconocer como provisión por las mismas razones dadas respecto a los costos del revestimiento del horno, en el ejemplo 11A, que no se reconocían por anticipado como provisión. Por tanto, ni siquiera cuando existe obligación legal de hacer la revisión hace un pasivo, puesto que la obligación en cuestión no es independiente de las actuaciones futuras de la empresa: la entidad puede evitar el desembolso futuro con las actuaciones correspondientes, por ejemplo vendiendo el aparato antes de que se cumpla el plazo de hacer la revisión. En lugar de reconocer provisión alguna, la amortización de la aeronave habrá de tener en cuenta la incidencia futura de esos costos extras de mantenimiento, esto es, habrá de procederse a amortizar en tres años un costo similar al previsto para la revisión.

Apéndice D

Ejemplos de información a revelar sobre provisiones

Este Apéndice tiene carácter ilustrativo y no forma parte de la Norma. El propósito del Apéndice es ilustrar la aplicación de las reglas contenidas en la misma, con la finalidad de ayudar a clarificar su significado.

En primer lugar se suministran dos ejemplos de la información en notas exigida por el párrafo 86.

Ejemplo 1 Garantías

Una empresa manufacturera ofrece garantías, en el momento de la venta, para sus tres líneas de producto. Según las condiciones de la garantía, la empresa se compromete a reparar o sustituir los artículos que no funcionen de forma satisfactoria en un período de dos años desde el momento de la venta. En la fecha del balance de situación general se ha procedido ha reconocer una provisión por importe de 60.000. El anterior importe no ha sido objeto de descuento, puesto que el efecto de la actualización es insignificante. La información complementaria que se revela a través de las notas es la siguiente:

Se ha dotado una provisión de 60.000 para cubrir las reclamaciones por la garantía de los productos vendidos a lo largo de los últimos tres períodos. Se espera aplicar la mayoría de este importe en el próximo período para cubrir las reclamaciones que se presenten, y la totalidad del saldo será utilizado en los próximos dos años a partir de la fecha del balance de situación.

Ejemplo 2 Costos de desmantelamiento

En el año 2000, cierta empresa implicada en actividades con energía nuclear ha reconocido una provisión por desmantelamiento de las instalaciones por importe por 300 millones. El importe de la cita provisión ha sido estimado utilizando la hipótesis de que el desmantelamiento tendrá lugar en un plazo de 60-70 años. No obstante, cabe la posibilidad de que no tenga lugar hasta un plazo de 100-110 años, en cuyo caso el valor presente de los costos quedaría reducido de manera significativa. Se revela la siguiente información complementaria en las notas:

Se ha dotado una provisión de 300 millones por costos de desmantelamiento. Se espera incurrir en los citados costos entre los años 2060 y 2070, no obstante es posible que el citado desmantelamiento no tenga lugar hasta los años 2100-2110. Si los costos se hubieran medido utilizado esta última expectativa, el importe de la provisión se hubiera reducido, por efecto del descuento de las cantidades, en 136 millones. El importe de la provisión ha sido estimado teniendo en cuenta la tecnología y los precios existentes en la actualidad, y utilizando un tipo de descuento real del 2 por ciento.

En segundo lugar se ofrece un ejemplo de la información en notas exigidas por el párrafo 93, donde alguna de la información requerida no es suministrada porque puede esperarse que perjudique seriamente la posición de la empresa.

Ejemplo 3 Información no revelada por ser perjudicial para la empresa

Cierta empresa está envuelta en una disputa con un competidor, el cual alega que ésta ha infringido su derecho de utilizar determinadas patentes y reclama daños y perjuicios por 100 millones. La empresa ha procedido a reconocer una provisión, por el importe de la mejor estimación de la obligación, pero no revela ninguno de los datos exigidos por los párrafos 85 y 86 de la Norma. Se ofrece la siguiente información complementaria en las notas:

Está en proceso un litigio con un competidor, quien alega que la empresa ha infringido su derecho a utilizar determinadas patentes y reclama daños y perjuicios por importe de 100 millones. No se detalla la información exigida por la NEC 26, Provisiones, activos contingentes y pasivos contingentes, puesto que la revelación de los datos correspondientes puede esperarse que perjudique seriamente el desenlace del litigio. La gerencia de la empresa es de la opinión de que la compañía podrá defender con éxito su posición en el proceso.

 

 

Autor:

Jackson García

 

[1] La interpretación del término “probable” en esta Norma (esto es, “mayor posibilidad de que un evento se presente que de lo contrario”), no es necesariamente de aplicación a otras Normas Ecuatorianas de Contabilidad

Partes: 1, 2
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