La información en Salud es de interés público; como se refiere Seijas Rengifo; "No todos los deberes de la relación están a cargo del médico; la buena fe es inherente al médico y al paciente, de ahí que el paciente tenga la obligación de informar con lealtad su sintomatología y seguir el tratamiento, y comunicar asimismo si decide consultar a otro profesional"; toda persona está obligada a proporcionar a la autoridad de salud la información que le sea exigible de acuerdo a ley (Artículo XIV, Ley General de Salud); ésta incluye información para la elaboración de las estadísticas, la evaluación de los recursos en salud y otros estudios especiales que sean necesarios realizar y concurran al conocimiento de los problemas de salud o de las medidas para enfrentarlos (Artículo 117°, Ley General de Salud); queda exceptuada la información que pueda afectar la intimidad personal y familiar o la imagen propia, la seguridad nacional, las relaciones exteriores y aquéllas que se refieren a aspectos protegidos por las normas de propiedad industrial, de conformidad con la ley de la materia (Artículo 120°, Ley General de Salud).
Como derecho, a la dignidad implica la facultad que tiene el ser humano de ser acreedor de derechos y beneficiario de la más alta protección por parte de la sociedad; por su dignidad, el ser humano merece atención especial por parte del derecho; de esta manera, el Código de Ética y Deontología del Colegio Médico del Perú (Artículo 55°) establece que la mayor garantía de una actuación del médico en interés del paciente, es el reconocimiento y respeto de su derecho a su dignidad; sustentado en el derecho a la igualdad, ninguna persona puede ser discriminada o marginada por motivos de su salud; se prohíbe la discriminación por razón de enfermedad o padecimiento, independientemente del tipo, gravedad o consecuencia del mal que le afectase (Artículo 15°, inciso e, de la Ley General de Salud).
Auditoria de la Salud para el Mejoramiento de la Calidad en los Servicios de Salud
En nuestro medio, la auditoría en salud se viene realizando en la mayoría de las organizaciones de salud, de modo permanente; sin embrago, con el devenir del tiempo, se han desarrollado diferentes metodologías, procesos y procedimientos, lo cual dificulta establecer los estándares correspondientes; es por este motivo, que resulta necesario contar con una norma que establezca los ámbitos de competencia y determine los procesos de Auditoria de Salud para el mejoramiento continuo de la calidad en las organizaciones de salud y para ello se estipula la norma técnica de auditoria en salud para el mejoramiento de la calidad en los servicios que establece al marco normativo para el desarrollo de la auditoria en salud, en el contexto de gestión de la salud, asimismo establece los ámbitos de competencia para el desarrollo de la auditoría en salud; la presente norma técnica es de aplicación en el ámbito del Sistema nacional coordinado y descentralizado de salud; Ministerio de Salud, ESSALUD, Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú; así como a otras entidades públicas y no públicas.
En todos los asuntos relacionados a la salud, el Auditor Médico debe aplicar los principios a continuación como son la auditoria legal que debe llevarse a cabo de acuerdo con disposiciones legales establecidas para regular su funcionamiento, la auditoria en salud se dirige a la mejora de la calidad de la atención de los pacientes implementando recomendaciones que posibiliten mejoras por parte de la dirección de la entidad auditada; y el Auditor Médico debe mantener el máximo grado de independencia (imparcialidad) posible, a pesar de circunstancias de amistad y relaciones personales con otros funcionarios o trabajadores y para ampliar su función, los auditores deben conservar su independencia y objetividad; el código de ética profesional constituye un grupo de reglas heterónomas, es decir, son obligatorias en función del vínculo jurídico que las une; sin embargo, este conjunto de normas sólo son guías mínimas de orientación, puesto que el deber concreto en situaciones particulares que afronta cada auditor, reside en los principios generales de los propios códigos y en los principios de la ética inscritos al interior del hombre.
Cada Auditor Médico, debe tener como propósito ser el mejor en su especialidad y propender a su desarrollo profesional permanente, tenemos como atributos del Auditor el entrenamiento técnico y la capacidad profesional, su independencia y autonomía, el debido cuidado profesional y sobre todo la confidencialidad; asimismo la auditoria en salud es una herramienta del componente de garantía y mejoramiento del Sistema de Gestión de la calidad de salud; y para llevar a cabo la auditoria en salud, el Ministerio de salud, como ente rector, a través de la Dirección General de Salud de las personas (Dirección Ejecutiva de Calidad de Salud); dispondrá las normas, lineamientos, disposiciones, métodos y procedimientos correspondientes como marco de referencia técnica para su ejecución.
Las Organizaciones en Salud, en función a su naturaleza aplican las normas establecidas con sus respectivas atribuciones a nivel central estableciendo las normas de auditoría de salud, controlando el cumplimiento de los criterios y estándares institucionales y conducir el Sistema de Auditoria en Salud; y se puede apreciar que en nivel regional se va a detectar e identificar las no conformidades reales y potenciales en los procesos asistenciales y de administración relacionadas con la atención de salud, haciendo el seguimiento de la implementación de las medidas correctivas y preventivas resultantes para la mejora de la calidad; y por último a nivel local se van a detectar e identificar las no conformidades reales y potenciales en los procesos asistenciales y de administración relacionados con la atención de salud, recomendándose las medidas correctivas y preventivas que deberán ser aplicadas y desde luego verificándose posteriormente la eficacia de su aplicación para la mejora de la calidad de los mismos; asimismo elaborar el informe de auditoría con el debido sustento técnico normativo y elevarlo al área auditada y las instancias correspondientes; optimizando mediante el desarrollo de la auditoria, la calidad de los documentos referenciales de los procesos asistenciales y de administración de las actividades directamente relacionadas con la atención de la salud; asimismo designar y conformar los equipos de auditoria de acuerdo a lo estipulado en la norma técnica de auditoría de salud, y también es sustancial planificar, organizar, supervisar y evaluar las actividades de Auditoria de Salud de acuerdo a su nivel de competencia e implementar procesos de auditoría en salud en forma periódica dando prioridad a las auditorías programadas por su carácter preventivo.
Por último, los equipos auditores están conformados por miembros internos y/o externos de la Organización a propuesta del órgano de gestión de calidad o el que haga sus veces en la Organización de salud; el número de equipos auditores conformado dependerá del criterio organizacional, de acuerdo al número de unidades funcionales con las que cuenta y de las necesidades identificadas; el equipo auditor podrá organizarse en un Comité de Auditoría si así lo decide la organización de salud y se constituirá el equipo auditor en función al tipo de auditoría o al caso materia de auditoría, contemplando en su composición a uno o más peritos para la auditoria de casos; y la constitución de los equipos auditores deberá contar la aprobación del órgano de gestión de la calidad o quien haga sus veces, a fin de que pueda precederse a su formalización mediante Resolución Directoral, u otro documento oficial emitido por la dirección en los casos de establecimientos no públicos.
Cada uno de los actos médicos, esto es, aquellas ocasiones en las que el médico está frente al paciente, tiene consecuencias físicas, psicológicas y legales; y el derecho médico es una nueva forma de estudiar jurídicamente las consecuencias del desarrollo, aplicación y práctica de las ciencias de la salud en el ser humano.
Es de consideración especial en la investigación la denominada relación médico-paciente, en la cual se estudian estas relaciones interpersonales entre el médico y el paciente; ya sea un menor de edad, un enfermo mental y un paciente que se encuentre en la etapa terminal de su enfermedad.
La auditoría médica es fundamental en los servicios de salud, de modo permanente dado que se han desarrollado distintas metodologías, procesos y procedimientos para el mejoramiento continuo de la salud mediante normas técnicas y aplicándose principios de auditoria legal implementándose recomendaciones que brinde las garantías y el mejoramiento del sistema de gestión de la calidad de la salud.
BARSALLO BURGA, José Colegio Médico del Perú
Historia de la Medicina Peruana en el Siglo
XX Lima Editorial Fondo Editorial
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FERNÁNDEZ SESSAREGO, Carlos La Relación Jurídica del Médico con el
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GIGLIO BASTO, Celia El Derecho Médico en el Perú. Lima. Tesis
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VARSI ROSPLIGIOSI, Enrique Derecho Médico Peruano. Universidad de
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Autor:
Jesús Guillermo Montoya Ortlieb
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