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Evaluación del impacto ambiental de las máquinas y ecotecnología


Partes: 1, 2, 3, 4, 5

    1. Introducción e Institucionalidad del Derecho Ambiental
    2. Esferas Específicas de Protección del Medio Ambiente y el Uso Racional de los Recursos Naturales
    3. La Implicación de un Proyecto Técnico Sostenible
    4. Evaluación del Impacto Ambiental
    5. Perspectivas de las Máquinas Agrícolas e Implementos
    6. Ecotecnología y su impacto en la Agricultura actual
    7. Bibliografía

    RESUMEN DE LAS CONFERENCIAS IMPARTIDAS EN LA MAESTRÍA DE MÁQUINAS AGRÍCOLAS.

    Tema 1:

    Introducción e Institucionalidad del Derecho Ambiental

    1.1 – Definiciones Importantes.

    Por su importancia se considera esencial presentar la definición de Medio Ambiente

    Es un sistema de elementos abióticos, bióticos y socioeconómicos con quien interactúa el hombre, a la vez que se adapta al mismo, lo transforma y lo utiliza para satisfacer sus necesidades.

    El enfoque sistemático de la problemática ambiental se basa principalmente en que en las sociedades capitalistas industrializadas han entendido el desarrollo, como un crecimiento lineal divorciado de factores naturales y se han desarrollado de una forma u otra, viendo en la naturaleza un almacén inagotable, de donde se podría extraer todo lo necesario para el logro de su desarrollo económico y hacia el cual se puede lanzar a su vez todo los desechos de la actividad humana.

    Evolución Histórica del Estudio Ambiental.

    La idea prevaleciente en las ciencias naturales en la primera mitad del siglo XVIII era de la inmutabilidad de la naturaleza. La historia de la civilización era vista con un pasado, un presente y un futuro, donde los acontecimientos se sucedían en el tiempo. La tarea principal de las ciencias naturales consistía en dominar el material que se tenía a mano. En la mayor parte de las ramas hubo que empezar por lo más elemental.

    En el siglo XIX la geología nos mostró no sólo las edades geológicas de la tierra sino aquellos huéspedes no parecidos a los que nos acompañan hoy y que demuestran al hombre y demostraron que la naturaleza está sujeta a cambios, a un constante nacer y morir. El desarrollo económico del siglo XIX, estaba marcado por una burguesía en ascenso, ávida de recursos naturales, las limitaciones de las ciencias naturales que no permitían un estudio sistémico de la naturaleza y el hecho real de que la misma era capaz de enfrentar y restablecerse de los daños o impactos ambientales, también marcó el hecho de que la legislación del momento estuviera dirigida a asegurar la explotación de la flora y la fauna y su protección se mantuviera dentro de los límites de las utilidades.

    A mediados del siglo XX, vemos nuestro planeta por primera vez desde el espacio. Desde el espacio vemos una esfera pequeña y frágil, dominada no por la actividad y las obras humanas, sino por un conjunto de tierras, océanos y espacios verdes, la incapacidad humana de encuadrar su actividad en ese conjunto está modificando, principalmente el sistema planetario.

    El Derecho Ambiental cobra vida a partir de la Conferencia Mundial sobre Medio Humano efectuada en 1972 en Estocolmo, a partir de allí se comenzó a apreciar que la eficacia de la norma jurídica que aborda la problemática ambiental está determinada por la capacidad que tenga la misma de abordar con carácter sistémico cada recurso o componente que pueda consumir.

    La existencia de los organismos y especies vegetales y animales que pueblan la tierra, surgieron como resultado de un proceso largo y complejo en que la contingencia desempeño un papel capital.

    El Derecho Ambiental es el conjunto de normas jurídicas, que regulan las conductas humanas, que pueden influir de manera relevante en los procesos de interacción que tienen lugar entre los sistemas de los organismos vivos (bióticos) y sus sistema de ambiente (abióticos) mediante la generación de efectos, de los que se esperan una modificación significativa de las condiciones de existencia de dichos organismos.

    En Cuba los conceptos básicos, lo podemos encontrar en la Ley 81 del Medio Ambiente, estos son:

    Agricultura Sostenible: Es un sistema de producción agropecuaria que permite obtener producciones estables de forma económicamente viable y socialmente aceptable, en armonía con el medio ambiente.

    Áreas Protegidas: Son las partes determinadas del territorio nacional declaradas con arreglo a la legislación vigente, de relevancia ecológica, social, histórica – cultural para la nación y en algunos casos de relevancia internacional, especialmente consagradas, mediante un manejo eficaz, a la protección y mantenimiento de la diversidad biológica.

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