Descargar

El Vaticano: La responsabilidad internacional del Papa (página 2)

Enviado por Marisol Sterling


Partes: 1, 2

La Secretaría de Estado representa a la Santa Sede en las relaciones diplomáticas con las potencias extranjeras.

La Guardia suiza Pontificia: se ocupa de la seguridad interna y de la protección del Papa; la plaza de San Pedro está sometida a la autoridad de la policía italiana. Castel Gandolfo, el palacio de verano del Papa en las afueras de Roma, al igual que otras edificaciones situadas en la capital italiana pero fuera del Vaticano, está dotado con el derecho de extraterritorialidad.

Los órganos de gobierno del Estado de la Ciudad del Vaticano no forman parte de la Curia Romana, sino que tiene un ordenamiento jurídico específico (Ley Fundamental del Estado de la Ciudad del Vaticano). El segundo al mando del gobierno del Vaticano, después del Papa, es el Secretario de Estado quien es el vocero del Papa

La Santa Sede o Sede Apostólica

La esencia del Estado del Vaticano se fundamenta en su unión con la Santa Sede, de manera que el Papa esta a la cabeza de ella, y es el ente central y supremo de la Iglesia Católica y Jefe del Estado Vaticano. La Doctrina católica sostiene ambos extremos y predica del Papa una serie de principios, los cuales son la Supremacía y plenitud de las potestades del Régimen (Poder Legislativo, Ejecutivo y Judicial) y de magisterios (la función y autoridad de enseñar que tienen el Papa -Magisterio Pontificio-). Estos son algunos principios que sostiene la supremacía de la sede apostólica (Santa Sede)

  • El Papa tiene derecho a ser universal.

  • Que el titulo es único en el mundo.

  • Que nadie se atreva condenar a quien apele a la sede apostólica.

La diplomacia pontificia

La Iglesia Católica es la única institución religiosa que puede establecer relaciones diplomáticas oficiales con otros países miembros soberanos de la comunidad internacional.

La Diplomacia Pontificia es el arte y la ciencia por los que la iglesia y el estado regulan sus relaciones mutuas por medio de representantes oficiales y de acuerdo con las normas del derecho publico eclesiástico y del derecho publico internacional con el fin de mantener y fomentar una fructífera armonía entre el bienestar religioso, moral y social de los pueblos.

La Iglesia católica viene a significar la comunión religiosa mundial fundada por cristo que tiene como cabeza visible al papa, es por eso que la ciudad del vaticano esta reconocida por el Derecho internacional como Estado Soberano.

A partir del Congreso de Viena, del año 1815, el derecho internacional reconoce a la Santa Sede el derecho de legación, y lo ha ratificado sucesivamente con el Convenio de Viena, del año 1961.

Algunas menciones históricas, acerca de cómo se han constituido las relaciones diplomáticas entre los Estados, pueden ayudar a situar mejor la función de la legación de la Iglesia.

Antes del siglo XVI, no existían representaciones diplomáticas estables de un Estado en otros Estados. El siglo XVI ha visto nacer, en Europa, las representaciones permanentes, o sea, las Embajadas, con el fin de favorecer un intercambio, en condición de coordinar los intereses de un determinado Estado, cuidando "las relaciones bilaterales entre el Estado acreditado (Estado que envía) y el Estado receptor (Estado que recibe)". Las finalidades que perseguian eran y siguen siendo múltiples, como: evitar las hostilidades, cuidar las relaciones bilaterales, estimular los intereses económicos, culturales y militares.

Desde el término de la Segunda Guerra Mundial, se ha creado y desarrollado una nueva forma de representaciones, la multilateral, que reviste un carácter permanente, de cada Estado en las Organizaciones internacionales.

La representación diplomática específica de la Santa Sede en los Estados

El Código Canónico; es la ley de la Iglesia. El Código de Derecho Canónico es la compilación oficial de leyes de la Iglesia Católica, trata sobre toda materia que se refiera a la misión de la Iglesia y a las relaciones entre personas en la misma. Por ejemplo: normas para la celebración de los sacramentos, la organización de la vida religiosa, las obligaciones y derechos de los fieles, la administración de las propiedades de la Iglesia. El código canónico en su Art. 365 Numeral 1 establece: "Al Legado pontificio, que ejerce a la vez su legación ante los Estados según las normas de derecho internacional, le compete el oficio peculiar de: 1) promover y fomentar las relaciones entre la Sede Apostólica y las Autoridades del Estado; 2) tratar aquellas cuestiones que se refieren a las relaciones entre la Iglesia y el Estado; y, de modo particular, trabajar en la negociación de concordatos, y otras convenciones de este tipo, y cuidar de que se lleven a la práctica."

El camino de la diplomacia de la Iglesia ha sido semejante a aquel de la diplomacia internacional. En el siglo XVI, la Santa Sede ha instituido sus primeras representaciones diplomáticas estables, que ha llamado Nunciaturas Apostólicas cumpliendo estas funciones políticas y eclesiásticas a través de la persona del Nuncio, formando así la peculiaridad de la diplomacia de la Santa Sede.

Las figuras que, actualmente, en nombre de la Santa Sede, ejercen dichas relaciones diplomáticas son diversas, recogidas bajo el nombre de Legados Pontificios. El Código de Derecho Canónico, en el can. 365 1, prevé que su tarea en los Estados sea la de proteger los derechos de la Iglesia, siguiendo las normas del derecho internacional.

Además de los Nuncios, acerca de los cuales ya hemos especificado la función de representación, tanto en las Iglesias como en los Estados, existen los enviados de la Sede Apostólica, que pueden ser "enviados en Misión pontificia como Delegados u Observadores ante los Organismos internacionales o ante las Conferencias y Reuniones"

La Nunciatura es la Misión Diplomática acreditada por la Santa Sede ante otros Estados o sujetos de Derecho Internacional, con la misión de mantener y fomentar las relaciones bilaterales. En la mayoría de los países católicos se reconoce al Nuncio, sea cual fuere su antigüedad, la calidad de Decano del Cuerpo Diplomático; En los países en que no se reconoce esta calidad, la Santa Sede designa lo que se llama los Pro Nuncios o Internuncios, enviando "Delegados Apostólicos" en los países en que no mantiene relaciones diplomáticas. Y en los organismos internacionales, la Santa Sede mantiene la práctica de acreditar Misiones Observadoras.

El Nuncio es por lo general un obispo o arzobispo y si es nombrado Cardenal cesa de inmediato en sus funciones diplomáticas. Ello por decisión de la Iglesia y no por ninguna situación de Derecho o Práctica Diplomática.

El objetivo de la diplomacia de la Santa Sede

La actividad diplomática de la Santa Sede, que se desarrolla en todo el mundo, tiene finalidades espirituales; su fin comprende todas aquellas cuestiones que afectan el interés inmediato de la iglesia en sus relaciones con los diversos estados, esta especialmente relacionada con la salvaguarda y libre ejercicio de las leyes divinas eclesiásticas, en amistosa cooperación con el poder civil, a fin de asegurar a la iglesia la libertad de acción en el cumplimiento de su mandato universal a favor de la humanidad, así mismo para prestar colaboración y el bienestar internacional basado en la justicia; porque el objetivo, es la búsqueda del bien de cada hombre y de la sociedad.

La función diplomática pontificia está inspirada en la convicción de que se puede "construir nuestra existencia y las relaciones entre los pueblos, sobre la base del respeto y de la auténtica fraternidad, en la conciencia de que tal fraternidad supone un Padre común de todos los hombres" a partir del reconocimiento y la tutela de la dignidad de la persona humana, basada en la naturaleza común a todos, que sobrepasa a las diversas culturas.

Conclusión

Por lo antes expuesto podemos decir que la Santa Sede es considerada, al menos, en el ámbito internacional, como uno de los sujetos de derecho internacional público. Asimismo, que es la única autoridad que ostenta la iglesia católica, la Santa Sede, es su autoridad moral y la solidez de sus principios. En consecuencia, ésta no busca la representación sino una participación activa en todos los foros internacionales que estime pertinente, con el fin de llevar el fermento del evangelio a dichos foros.

De esta forma, la Santa Sede con una atención vigilante, muestra su preocupación e interés en seguir de cerca los problemas que la humanidad debe enfrentar hoy en día, por cierto todos ellos de la máxima importancia, tales como, el desarme y la paz, la colaboración internacional en los dominios de la cultura y de los graves problemas humanitarios que constituyen el subdesarrollo, el hambre y los refugiados.

Destacamos también, el interés y la preocupación con que la Santa Sede ha estado atenta a las cuestiones relacionadas con la familia, justicia y el respeto a los derechos inalienables de los hombres, como son los Derechos Humano.

Sólo nos resta señalar que "la Iglesia Católica debe estar atenta a los signos de los tiempos" y tales signos, exigen de ella una participación activa no solamente en las cuestiones directas y esenciales vinculadas al espíritu y a la fe, sino que en aquellas otras, ciertamente más contingentes que parecen ser el rasgo distintivo de nuestros tiempos.

Pues la diplomacia estimula, por lo tanto, la construcción de la casa común. En perseguir tal objetivo, "la diplomacia es en cierto modo, el arte de la esperanza, vive de la esperanza y busca discernir aun los signos más débiles. La diplomacia tiene que dar esperanza". Una esperanza que procede, no de teorías, sino de la certeza, que nace del hecho de que Dios se ha hecho hombre: la Esperanza se ha encarnado y "ha venido a vivir en el mundo, en el corazón de la familia humana".

 

 

 

Autor:

Marisol Sterling

Pablo E. Solano

Elio Soto

Abril-2009

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION SUPERIOR

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL "ROMULO GALLEGOS"

AREA DE CIENCIAS POLITICAS Y JURIDICAS

PROGRAMA MUNICIPALIZADO DE DERECHO

FUNDACION MISION SUCRE

ALDEA UNIVERSITARIA "Mercedes de Perez Freites" (MPF)

Barcelona-Edo. Anzoátegui

Unidad Curricular: Principio Constitucional y Comparado

Prof: Dra. Mirian Tuche

Partes: 1, 2
 Página anterior Volver al principio del trabajoPágina siguiente