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Cultura Jurídica


Partes: 1, 2, 3, 4

  1. Introducción
  2. Cultura Jurídica
  3. Introducción al estudio de las categorías del Estado y el Derecho
  4. Aproximación a categorías generales del Derecho
  5. Conclusiones
  6. Bibliografía

edu.red

-Curso introductorio-

"El Derecho ejercido por ignorantes se parece al crimen".

José Martí.

Introducción

La asignatura "Cultura Jurídica" perteneciente al curso Introductorio de la Carrera de Derecho, tiene como objetivo básico formar en el estudiante las nociones elementales que le permitan un acercamiento panorámico a las categorías más generales de la carrera, de modo que contribuya, desde el inicio de la misma, a orientarse en la amplia gama de conceptos, principios y doctrinas jurídicas que irá recibiendo en su formación académica y profesional. Es necesario, además, que el estudiante conozca las exigencias de la carrera, para ello a modo de PREAMBULO, se le dan a conocer las concepciones que al respecto emite la comisión Nacional de Carrera:

"La Carrera de Derecho tiene el objetivo de brindar la formación profesional básica e integral del Jurista que deberá desempeñarse en los dos grandes campos de acción que se explicitan en el Modelo del Profesional.

Ese Jurista debe adquirir una formación científica y orgánica. En tanto el Derecho no es una simple sumatoria de normas jurídicas, sino un sistema normativo orgánico y coherente, que obedece a principios, regulaciones y conexiones que le brindan su carácter científico y técnico, el Jurista no puede formarse – como lo fue durante muchos años y todavía sucede en gran parte del mundo – como un simple conocedor e intérprete más o menos agudo del ordenamiento jurídico positivo, lo cual hace de él un simple practicón o un normatólogo.

La carrera se caracteriza, por el contrario, por apuntar hacia la formación científica, doctrinal y técnica básica del jurista, en directa y declarada reacción antinormativista kelseniana.

El Plan de Estudios se vértebra sobre la base de cinco años académicos y se organiza disminuyendo gradualmente, de año en año, la actividad académica pura (clases en el aula) para elevar el tiempo de trabajo independiente y de práctica integradora, amen del trabajo científico.

En ese último sentido, la actividad investigativa se instrumenta a través de la participación en dos trabajos de curso evaluables: uno en segundo año sobre materias de formación básica, y otro en cuarto año sobre materias terminales, pero además, esa actividad científica se incrementa desde tercer año con la participación en investigaciones de la Facultad y, eventualmente, con su conclusión en el Trabajo de Diploma todo lo cual tributa sistemáticamente, a la Disciplina Integradora.

La relación entre la teoría y la práctica, viejo nudo conceptual de la formación profesional a escala mundial, se resuelve como quedó explicitado en los fundamentos introductorios, mediante la consideración de la práctica como Disciplina Integradora, de modo que ella no es un apéndice o impostación en la formación profesional, sino un momento gnoseológico de la misma; justamente el que corresponde a la elevación hacia lo concreto pensado a partir del dominio de las necesarias abstracciones teóricas.

En función de su sentido de formación científica y no simplemente normativista, las actividades docentes durante la Carrera se caracterizan por el empleo de los métodos activos de enseñanza, que eviten el dogmatismo, memorismo, oralidad y vacuidad repetitiva. Sin embargo, ello no queda únicamente a la excelencia pedagógica personal de cada profesor, sino que se instrumenta en los programas de Disciplinas y Asignaturas, en las formas de evaluación y en la articulación del proceso docente que se apoya en formas de docencia activa, disminuyendo en lo posible las tradicionales conferencias, en favor de clases activas como Seminarios, Clases Mixtas, Clases Prácticas, Consultas etc., en todas las cuales se desplieguen, necesariamente, esas formas activas de enseñar y aprender. Al mismo tiempo, en la confección de los objetivos se cuida de disminuir los puramente reproductivos, en favor de aquellos que requieren un esfuerzo creador por parte del estudiante.

Las formas de evaluación se integran a ese mismo objetivo cardinal, evitándose, cuando es posible, el examen final, en favor de otras formas más sistemáticas, orgánicas, permanentes y activas de evaluación, como son, entre otras, las evaluaciones regulares y constantes de las Clases Mixtas, de los Seminarios, Clases Prácticas, Trabajos de Curso; Trabajos de Control en clase y extraclase, pruebas parciales, amen, por supuesto, de la evaluación de la práctica como Disciplina Integradora.

Estas dinámicas docentes contribuyen también al objetivo declarado y perseguido de obtener un Jurista con irreprochable capacidad de comunicación profesional, tanto oral como escrita, que pueda manejar la información científico técnica actualizada, que pueda hacerlo además, al menos en una lengua extrajera y que para todo su trabajo profesional pueda apoyarse exitosamente en los aportes de la computación, en general, y en particular en sus ricas aplicaciones al campo del Derecho.

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