1.- Cuál es el concepto de la unión de hecho?
r.- es el hecho por el cual un hombre y una mujer solteros hacen vida marital en forma mas o menos duradera y estable y con todas las apariencia de un matrimonio, para alcanzar los fines atribuidos a este.
2.-Cómo se llama la unión de hecho?
r.- concubinato o unión cuncubinaria.
3.-Cuáles son los efectos que produce la unión de hecho?
- Hijos nacidos después de 180 días de la unión se refutan hijos del varón
- Si no hubiere escritura de separación de bienes, los adquiridos durante la unión se reputan bienes de ambos
- Derecho de una de las partes a solicitar la declaratoria de ausencia de otra y una vez declarada pedir la cesación de la unión de hecho.
- En caso de fallecimiento de alguno de ellos, el sobreviviente puede pedir la liquidación del haber común.
- Sujeción del hombre y la mujer a los derechos y obligaciones de los cónyuges durante el matrimonio.
- El hombre y la mujer se heredan recíprocamente ab- istestato en los mismos casos que para los cónyuges.
5.- Cuáles son los efectos de la unión de hecho no singular?
- Cuando la unión de hecho establecida no fuere singular porque uno de los dos estaba unido en matrimonio anterior. La unión surtirá pleno efecto legal a favor de la persona que hubiere actuado de buena fe y de los hijos habidos en la unión sin perjuicio de los derechos legales de la esposa e hijos del matrimonio.
6.-. Qué efectos produce la separación?
r.- una vez debidamente registrada. Deja en libertad de estado del hombre y a la mujer sin perjudicar la obligación de ambos con los hijos.
7.- Cuál es el concepto de la paternidad?
r.- es la calidad de padre que una persona tiene con respecto a la otra, que es su hijo.
8.-.- Qué es la filiación jurídicamente?
r.-es el vinculo jurídico existente entre los progenitores y su hijo; pero ese vinculo puede constituirse no solo por la procreación sino también por la adopción .
9.- Dónde se realiza la inscripción de la filiación?
r.- en el libro de nacimientos del respectivo registro civil.
10.-.-Qué es el reconocimiento de la paternidad?
r.- el acto por el cual el padre o la madre de un hijo o ambos conjunta o separadamente y de manera voluntaria o forzosa, manifiestan en forma prescrita por la ley que una persona es hijo o hija suya.
11.- Qué es el reconocimiento voluntario?
r.- es el acto por el cual el padre o la madre, o ambos a la vez admiten como propios los hijos nacidos fuera del matrimonio.
12.-.-Qué es el reconocimiento judicial?
r.-es el acto ,por el cual los progenitores admiten o son obligados a admitir, ante un juez competente, que una persona determinada es hijo o hija suya gracias a la acción promovida con ese fin por el propio descendiente o por su representante legal.
13.-Contra quién debe ejercerse la acción de reconocimiento?
r.- debe dirigirse contra el presunto padre o madre, y si estos ya hubieren fallecido se ejercitara contra sus herederos.
14.- Quienes pueden ejercer la acción de reconocimiento forzoso?
- El hijo que no ha sido reconocido voluntariamente con las formalidades legales
- Si el hijo es mayor de edad lo puede hacer personalmente
- Los menores de edad representados por sus tutores
- Los descendientes del hijo que se trata
- El padre o la madre que lo hayan reconocido.
15.-Cómo es derecho de reconocimiento forzoso?
r.-este derecho es imprescriptible
16.- En qué consiste el reconocimiento por confesión judicial?
r.- el hijo o en su caso la persona que lo represente solicita al juez que el supuesto padre o madre sean citados para declarar bajo juramento si creen serlo debiendo expresar en la citación el objeto de ella.- la confesión es personal.
17.-En qué consiste el reconocimiento forzoso?
r.-el hijo por si o por representante legal puede demandar en juicio ordinario al supuesto padre para obtener el reconocimiento donde se presume la paternidad.
18.-Qué otras pruebas admite el código de familia?
- De los grupos sanguíneos
- Marcadores genéticos
- Cualquier otro método de exclusión o confirmación de la paternidad que pueda desarrollarse en el futuro.
19.-Quién puede hacer la impugnación de la paternidad?
r.- solamente el padre dentro del primer año del nacimiento el supuesto hijo o desde que tuvo conocimiento del hecho.
20.- Cómo probarse la impugnación de la maternidad?
r.- comprobándose falso parto o suplantación del pretendido hijo al verdadero;
- Que nunca ocurrió ese parto del cual nació tal hijo
- Que el parto ocurrió pero el hijo nacido fue sustituido por otro.
21.- Cómo se puede manifestar la paternidad incierta?
r.- en los hijos nacidos después de los trescientos días de haberse disuelto el matrimonio o la unión de hecho. Ante la ley no tiene padre cierto hasta que haya sido reconocido por su padre por cualquiera de los medios legales.
22.- Cómo se puede manifestar la paternidad dudosa?
R.- cuando la mujer contrae matrimonio antes de los trescientos días de haberse disuelto el matrimonio anterior a la unión de hecho y da a luz dentro de dicho termino entonces no sabrá quien es su padre.
23.- Qué es el hijo póstumo?
r.- es el que nace después de muerto el padre, pero que haya nacido antes de expirar los 300 días siguientes a dicha muerte.
24.- Cuándo cesan los derechos de los padres respecto a sus hijos?
- Cuando por mala conducta del padre o madre hayan sido sacados sus hijos del poder y confiados a otra persona.
- Cuando el hijo haya sido llevado por sus padres a una casa de expósitos o abandonado de otra manera.
25.- Qué son la relaciones patrimoniales de la patria potestad?
r.-son los derechos de los bienes o sea el derecho de representación, usufructo y administración de bienes.
26.- Quién ejercerá este derecho?
r.- lo harán el padre y la madre conjuntamente y uno solo de ellos cuando ejerza la patria potestad autorizada por el juez correspondiente.
27.- Quiénes están sujetos a la patria potestad?
r.- todos los hijos menores de edad.
28.- Cómo puede ser la incapacidad?
- Absoluta ( si son impúberes, dementes o sordomudos)
- Relativa ( si son púberes mayores de 12 años las mujeres y mayores de 14 los varones.
29.- Cuáles son los derechos de las relaciones patrimoniales de la patria potestad?
- De representación ( en juicio o fuera de el)
- De usufructo sobre los bienes del hijo
- De administrar los bienes del hijo.
30.- Cuáles son los derechos de representación?
r.- En juicio o fuera de el ;
- Actos judiciales:
- si se trata del peculio profesional o industrial, no necesita representación.
- En todos los demás casos debe comparecer en juicio representado por sus padres que este ejerciendo la patria potestad
- Actos extrajudiciales :
- No puede ejecutar acto jurídico alguno sin autorización de sus padres.
31.- Qué son los derechos de usufructo sobre los bienes del hijo?
R.- es el derecho de los padres sobre el usufructo de todos los bienes del hijo.
32.- Cuándo los padres quedan privados de la facultad de administrar los bienes de los hijos?
- Cuando sean culpables de dolo o de grave negligencia habitual
- Cuando se le suspenda por vía judicial la patria potestad
32.- Cuáles son los modos para terminar la patria potestad?
- Por extinción
- Y la perdida de la misma
33.- Qué es la emancipación?
r.- hecho que pone fin a la patria potestad. La salida del hijo de la patria potestad.
34.- Qué es la emancipación voluntaria?
r.- es la que se produce mediante la voluntad de los padres y del hijo manifestada en escritura publica.
35.- Cuáles son los requisitos para que se produzcan la emancipación voluntaria?
- Voluntad de ambos padres
- Consentimiento del hija a emancipar
- Que el hijo sea mayor de 18 años
- Que el acto coste en escritura publica
- Que la escritura se inscriba en el registro civil.
36.- Cómo se produce la emancipación legal?
- Por la muerte de ambos padres o el que ejerce la patria potestad
- Matrimonio del hijo
- Cumplir los 21 años
37.- Quiénes son las personas que pueden promover la acción sobre la perdida o suspensión de la patria potestad?
- Los ascendentes del menor
- Sus parientes colaterales dentro del cuarto grado de consanguinidad
- El ministerio publico
38.- Qué es la adopción?
R. acto jurídico destinado a crear entre adoptante y adoptado los derechos y obligaciones que establece la ley.
39 . Cuál es la finalidad de la adopción?
r.- es proteger al menor de edad que carece de padres o cuyos progenitores no cuentan con los medios necesarios para criarlos y educarlos en forma adecuada.
40.- Cuáles son las prohibiciones del registrador civil?
r. solamente podrá revelar o certificar la relación de adopción. Por orden judicial.
41.- Quiénes no pueden adoptar?
- Ninguno de los cónyuges sin el consentimiento del otro
- Los tutores a las personas que están sujetas a su tutela
- Las personas que hayan ejercido tutelas. Mientras no hayan dado cuentas de sus administración
- Quienes hayan sido privado o suspendidos del ejercicio de la patria potestad.
42.- Quiénes no pueden ser adoptados?
r.- los concebidos y no nacidos.
43.Quiénes pueden declarar la nulidad de la adopción?
r. el juez competente.
TERCER EXAMEN
1.- QUE SE ENTIENDE POR ALIMENTOS?
R.- es todo lo indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia medica de una persona. así como su educación e instrucción si es menor de edad.
2.- SEGÚN LA CAUSA POR LO QUE SE DAN LOS ALIMENTOS COMO SE CLASIFICAN?
R.- en legales: son los que se deben por mandato de ley
Voluntarios; se dan por acuerdos de las partes.
3.- COMO CLASIFICA LOS ALIMENTOS EL CÓDIGO CIVIL?,
- Congruos:
- Necesarios: lo que basta para sustentar la vida
- Provisionales: se dan mientras se dicta la sentencia definitiva.
- Definitivos: son lo que se dicta cuando la sentencia queda firme.
4.- CUALES SON LAS CONDICIONES PARA LA OBLIGACIÓN DE DAR ALIMENTOS?
- Que el demandante se halle en estado de necesidad.
- Que el demandado este en una situación económica que le permita dar alimentos.
- Que el demandante sea una de las personas a quienes la ley otorga el derecho de exigir alimentos.
5.- PERSONAS A QUIENES SE DEBE ALIMENTOS?
- Al cónyuge y descendientes consanguíneos
- Al hijo invalido aun cuando fuere mayor de edad
- Al padre y madre consanguíneos
- A los abuelos y demás ascendientes consanguíneos
- A los hermanos consanguíneos inválidos o menores
- A quien hizo una donación cuantiosa si no hubiese sido rescindida.
- A la persona con quien el testador vivió como si fuera su cónyuge durante los cinco años que precedieron de su muerte o quien haya tenido hijos.
- El adoptante al adoptado y este aquel.
6.- REGLAS QUE RIGEN LA OBLIGACIÓN ALIMENTICIA?
- La concurrencia de varios alimentarios con diverso titulo
- concurrencia de varios alimentarios con el mismo titulo
- concurrencia de una sola persona de varios títulos para pedir alimentos
- concurrencia de varias personas en la obligación de dar alimentos
- capacidad legal para demandar alimentos
- forma en que deben pagarse los alimentos
- prescripción de la acción del alimentario.
- tiempo durante el cual se deben los alimentos.
7.- CUALES SON LAS CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO DE DAR ALIMENTOS?
- Es reciproco
- Es personalísimo
- Es instrasferible, innegociable e irrenunciable.
- Es incompensable
- Es inembargable.
8.-CUALES SON LOS CARACTERES DEL JUICIO DE ALIMENTOS?
- La demanda de alimentos se tramita por el juicio ordinario, pero las sentencias pronunciadas contra el demandado solo son apelables en el efecto devolutivo.
- Contra la sentencia definitiva de segunda instancia solo procede el recurso de casación por quebran tamiento de forma.
- Las sentencias firmes que recaen en juicios no producen el efecto de cosa juzgada, o sea que no impiden que se vuelva a iniciar otro juicio sobre el mismo asunto, si han cambiado las cosa entre el alimentante y alimentario.
9.- EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE DAR ALIMENTOS?
- Cuando el deudor se pone en estado de poder darlos sin desatender sus necesidades alimenticias.
- Cuando quien los recibe deja de necesitarlos
- En caso de injuria falta o daño grave del alimentario contra el alimentante.
- Cuando el cónyuge que lo recibe hubiere incurrido en abandono voluntario y malicioso del hogar.
- Cuando el alimentario observare mala conducta, fuere un vago declarado o hiciere vida disoluta.
- Cuando los alimentarios menores de edad alcanzaran su mayoría de edad.
10.-CAUSAS DE LA TERMINACIÓN DEL MATRIMONIO?
- Por fallecimiento de uno de los cónyuges
- Por la presunción de la muerte de uno de los cónyuges declarada de conformidad a la ley.
- Por la declaratoria de nulidad del matrimonio
- Por sentencia firme que declare el divorcio.
11.- CONCEPTO DE NULIDAD DE MATRIMONIO?
R.- Es la destrucción legal del vinculo imperfectamente establecido.
12.- QUE ES EL MATRIMONIO INEXISTENTE?
R.- Es aquel el cual falta una condición de existencia, sin la cual no puede concebirse jurídica ni materialmente.
13.- QUE ES EL MATRIMONIO NULO?
R.- Que ha tenido existencia jurídica pero la falta una de las condiciones validez.
14.- POR QUIEN NECESITA SER DECLARADA LA NULIDAD?
R.- Por los Tribunales y mientras no se declare, el matrimonio produce todos los efectos que esta destinado a producir.
15.- CUALES SON LOS CARACTERES DE NULIDAD DEL MATRIMONIO?
- Están taxativamente determinados por la ley
- La acción para pedirla no prescribe, salvo algunas excepciones.
- No admite la clasificación de absoluta y relativa como la nulidad de los demás actos.
16.- CAUSAS DE LA NULIDAD DEL MATRIMONIO?
- Los impedimentos dirimentes, sean absolutos o relativos.
- Los vicios del consentimiento de los contrayentes.
17.- CUANDO ES ANULABLE EL MATRIMONIO?
- Cuando se contrajere por quienes carecen de la circunstancia necesaria de aptitud señalada en el párrafo del C.V. ART.16
- Cuando se contrajere mediante error en la persona, coacción, intimidación que vicie el consentimiento.
- Por impotencia absoluta que impida la relación marital.
18.- QUE PERSONAS PUEDEN PEDIR LA NULIDAD Y PLAZO QUE PUEDEN HACERLO?
- El cónyuge afectado ( dentro del plazo de seis meses, si es la falta de edad o impotencia dentro de 30 días de haber cesado la causa )
- El fiscal del juzgado de letras de familia del domicilio de los cónyuges.
- Cualquier persona que tuviere interés en ella
19.- EFECTOS DE LA NULIDAD DEL MATRIMONIO?
R.- La nulidad una vez declarada por sentencia firme, da derecho a que las partes sean restituidas al estado que tenían al momento del acto o contrato.
20.- QUE ES EL MATRIMONIO PUTATIVO?
R.- Es el que ha sido declarado nulo pero produce los mismos efectos del valido hasta el momento en que la correspondiente sentencia queda firme.
21.- QUE SIGNIFICA PUTARE?
R.-Palabra latina, que significa reputar, suponer, creer.
22.- QUE ES EL ERROR DE HECHO Y DE DERECHO EN EL MATRIMONIO PUTATIVO?
R.- si el cónyuge no sabia que con quien se caso es su tío es un error de hecho y por lo mismo es de buena fe.
R.- Pero si lo sabia e ignoraba que ese parentesco es un impedimento para su matrimonio. Es error de derecho y por lo tanto es cónyuge es de mala fe.
23.- EFECTOS DEL MATRIMONIO PUTATIVO?
- Si ambos cónyuges son de buena fe.( produce todos los efectos civiles mientras subsista.)
- Si solo uno de los cónyuges es de buena fe.( únicamente respecto a el y los hijos produce efectos el matrimonio)
- Si ambos cónyuges son de mala fe.( el matrimonio solo produce efectos respecto a los hijos)
24.- EFECTOS RESPETO A LOS HIJOS?
R.- Al declarar la nulidad del matrimonio, el juez competente dispondrá quien cuidara y ejercerá la patria potestad de los hijos teniendo en cuenta el grado de culpabilidad de los cónyuges y velando por el bienestar y seguridad de aquellos.(cuando ambos cónyuges son de buena fe)
*Si solo uno de los cónyuges es de buena fe. El solo ejercería la patria potestad el otro la pierde.
*Si ambos son de mala fe. Los dos pierden la patria potestad, y habría que darles un tutor a los hijos.
25.- EFECTOS RESPETO A LOS BIENES?
R.- Si hubiere bienes comunes la comunidad quedara disuelta, pero el cónyuge de mala fe no tendrá la participación en ellos, sin perjuicio de la acción para reclamar daños y perjuicios por parte del cónyuge de buena fe.
26.- MEDIDAS PROVISIONALES DURANTE EL JUICIO DE NULIDAD?
- La separación provisional de los cónyuges.
- El deposito de la mujer, cuando ella misma o el marido le pidieren.
- El deposito de los hijos en poder de uno de los cónyuges, de ambos o de un tercero.
- Señalamiento de alimentos que deberá suministrar el cónyuge que tuviere posibilidad para ello, al que no tenga bienes suficientes para cubrir las necesidades.
- Dictar las medidas necesarias para que el marido contra quien se dedujere la demanda de nulidad del matrimonio, no perjudique a la mujer en la admón. De los bienes.
27.- CUAL ES EL CONCEPTO DE LA UNIÓN DE HECHO?
R.- Se define como una medida provisional que autoriza la ley en interés de los hijos de un matrimonio mal avenido, para regular las relaciones entre estos y sus padres mientras los cónyuges se reconcilian o se disuelve el matrimonio.
28.- CUANDO SE PUEDE PEDIR LA SEPARACIÓN DE HECHO?
R.- La separación no podrá pedirse si no después de un año, contado desde la fecha en que se celebro el matrimonio.
29.-CUAL ES EL CONCEPTO DE DEL DIVORCIO?
R.- En sentido propio: C.C. y C. De familia es la disolución del matrimonio por una sentencia judicial, ya sea mediante una demanda de uno de los cónyuges fundada en causa legal o a solicitud de ambos, de mutuo acuerdo y sin alegar causa alguna.
En sentido mas amplio: es la separación legal de los cónyuges, ya sea que haya disolución del vinculo matrimonial o no.
30.- DIFERENCIAS ENTRE NULIDAD DE MATRIMONIO Y DIVORCIO?
R.- NULIDAD:
- carece de requisito de validez
- sus causas son anteriores al matrimonio
- su causa es distinta a la del divorcio
DIVORCIO:
- supone matrimonio valido
- sus causas son posteriores a la celebración del matrimonio.
31.-CONCEPTO DE LA ACCIÓN DEL DIVORCIO?
R.- Es la facultad que tiene el cónyuge inocente de comparecer ante la autoridad judicial competente pidiendo la disolución del matrimonio por existir algunas de las causas previstas por la ley.
32.- CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES DE LA ACCIÓN DEL DIVORCIO?
- Es personalísimo: ( solo puede ejercerla el cónyuge )
- Es irrenunciable: ( en forma anticipada)
- Es prescriptible: ( no podrá entablarse después de una año desde que se tuvo conocimiento de la causa que lo motiva)
33.- SON CAUSAS DE DIVORCIO?
- La infidelidad manifiesta y publica de cualesquiera de los cónyuges
- Los malos tratos de obra, injurias graves y trato cruel de uno de los cónyuges contra el otro o contra los hijos.
- El atentado de uno de los cónyuges contra la vida del otro o de los hijos
- El abandono manifiesto e injustificado de uno de los cónyuges por mas de dos años sin comunicación con el otro.
- Toda conducta de uno de los cónyuges tendente a corromper o pervertir al otro o los descendientes
- El uso habitual de drogas heroicas y estupefacientes por parte de uno de los cónyuges.
- La negativa injustificada de uno de los cónyuges a cumplir para con el otro o para con los hijos comunes
- La separación de hecho de uno de los cónyuges durante dos años consecutivos.
34.- MEDIDAS PROVISIONALES DURANTE EL JUICIO DE DIVORCIO?
R.- son las mismas que en la nulidad del matrimonio.
35.-CONCEPTO DEL DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO?
R.- Es la disolución del vinculo matrimonial por sentencia judicial a solicitud de ambos cónyuges de común acuerdo.
36.- REQUISITOS DEL DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO?
- Que hayan transcurrido dos años desde que se celebro el matrimonio
- Que los cónyuges sean mayores de edad
- Que la solicitud se presente personalmente por los cónyuges.
- La solicitud debe ser por escrito
- La solicitud debe ser presentada al juez de familia del domicilio de los cónyuges.
- La solicitud debe ir acompañada de los siguientes documentos:
- certificación del registro civil que conste la edad de los cónyuges y su calidad de casados
37.- CUALES SON LOS EFECTOS DEL DIVORCIO?
- testimonio de la escritura publica en que hagan declaración de los bienes en comunes.
- Efecto respecto a la persona de los cónyuges
- la disolución del vinculo matrimonial que deja en liberta a los cónyuges para contraer nuevo matrimonio.
- la mujer inocente gozara de una pensión alimenticia que pagara el marido culpable,
- se extingue el derecho que cada uno de los esposos tiene de suceder ab- intestato, como también se extinguen los derechos y obligaciones entre los cónyuges.
2.Efecto respecto a los hijos.
- el divorcio no modifica los derechos de los hijos del matrimonio
- la privación de la patria potestad y de sus derechos no exime al cónyuge culpable del cumplimiento de las obligaciones que la ley impone respecto a sus hijos.
3.Efectos respeto de los bienes.
- Cuando los cónyuges han pactado la comunidad de bienes, esta queda disuelta y tendrá lugar la partición.
- Otro efecto es que el régimen de comunidad de bienes adoptado por los cónyuges queda disuelto.
38.- EL OBJETO DE LAS MEDIDAS EN LOS JUICIOS DE DIVORCIO Y NULIDAD DE MATRIMONIO DE LA MUJER EMBARAZADA?
R.- Con el objeto de evitar cualquier duda sobre el hecho y las circunstancias del parto o sobre la identidad del recién nacido, estas reglas están destinadas a evitar que la mujer de mala fe, valiéndose de un falso embarazo o de un falso parto, trate de obtener ventajas patrimoniales o de otro orden en perjuicio de su marido.
39.- OBLIGACIÓN DE LA MUJER?
R.- L a mujer que se encuentre en las condiciones arribas mencionadas tiene la obligación de denunciar el hecho de su embarazo al marido, por escrito y por medio e la autoridad judicial del lugar donde ella reside.
40.-DERECHOS DEL MARIDO?
R.- A consecuencia de esta denuncia o aun si ella, el marido tiene el derecho de enviar a la mujer una compañera de buena razón que le sirva de guarda y además una matrona que inspeccione el parto.
41.- QUE ES LA TUTELA?
R.- Es un cargo impuesto a ciertas personas para protección de aquellas que siendo emancipadas, no pueden dirigirse a si mismas ni administrar sus bienes, ya sea a causa de su minoría de edad o de haber sido declarados en estado de interdicción.
42.-CARACTERÍSTICAS DE LA TUTELA?
- Es un cargo obligatorio
- Es un cargo personal e indelegable
- Es un cargo establecido a favor de los menores o incapaces
- Solo se sujeta a tutela al que no esta bajo patria potestad
- Las disposiciones legales que sujetan este cargo son de orden publico.
- Las funciones de sus titulares se extienden tanto al cuidado de las personas de los menores como al de sus bienes.
- No se puede dar tutor al que ya lo tiene.
43.- CUALES SON LAS CLASES DE TUTELA?
- Testamentaria ( la que se constituye por testamento)
- Legitima ( la que se confiere por ley)
- Judicial u oficiosa ( la que confiere el juez a falta de la testamentaria y la legitima)
44.- EN LA TUTELA TESTAMENTARIA PERSONAS QUE PUEDEN NOMBRAR TUTOR?
- El padre o la madre sobreviviente, para los hijos que estén bajo su patria potestad.
- El abuelo o la abuela, para los nietos que estan bajo su tutela legitima.
- Cualquier testador, para la persona que instituya heredero.
45.- EN LA TUTELA LEGITIMA DEL MENOR PERSONAS QUE CORRESPONDEN Y CUANDO TIENE LUGAR?
Tiene Lugar.
- Cuando falta o expira la testamentaria
- Cuando viviendo el padre o la madre, es emancipado el menor.
CORRESPONDE.
- Al abuelo paterno
- Al abuelo materno
- A la abuela paterna
- A la abuela materna
- A los hermanos del pupilo y a los tíos sin distinción de sexo.
CASO ESPECIAL DE LA TUTELA.
CONFORME AL ART.278 del C.F. los directores o superiores de los establecimientos de asistencia social, que acojan menores o incapacitados son tutores y representantes legales de los mismos desde el momento de su ingreso.
46.- LA TUTELA JUDICIAL CUANDO TIENE LUGAR?
R.- como ya se dijo, la tutela judicial o dativa tiene lugar cuando faltan la testamentaria y la legitima es decir, cuando nadie le han nombrado tutor al menor ni este tiene parientes llamados por la ley para el cargo.
47.- COMO PUEDEN SER LOS TUTORES JUDICIALES?
- Definitivo. (
- Interino ( * cuando se retarda por cualquier motivo el discernimiento de una tutela.
*Cuando durante el ejercicio de la tutela sobreviene un obstáculo que por algún tiempo impida al tutor seguir ejerciendo el cargo)
48.- FORMALIDADES PARA EL NOMBRAMIENTO DE UN TUTOR JUDICIAL?
R.- El juez debe oír al fiscal y a los parientes del pupilo. Si hay curador adjunto puede preferirlo para esos cargos.
Observación: cuando se trata de tutor interino, puede el juez nombrarlo de oficio y sin necesidad de oír al fiscal ni a los parientes del pupilo.
49.- CAUSAS DE INHABILIDAD PARA SER TUTOR O PROTUTOR?
- El menor de edad y el incapacitado, es decir el demente o loco, aunque no haya sido declarado en interdicción.
- Quien hubiere sido condenado por robo, hurto, estafa, falsedad y delitos contra la honestidad y otros delitos del orden común que merezca pena mayor de dos años.
- Quien hubiere sido removido de otro tutela, o no hubiere sido rendido cuentas de su administración, o habiéndolas rendidos no estuviere aprobada.
- El ebrio consuetudinario, el vago, y el notoria mala conducta.
- El fallido o concursado, mientras no halla tenido su rehabilitación,
- Quien tenga litigio propio o de sus ascendientes, descendientes o cónyuge, con el menor incapacitado.
- Quien haya perdido el ejercicio de la patria potestad.
- El acreedor o deudor del menor por una cantidad apreciable.
- Quien no tenga domicilio en la republica.
- El ciego y el que padezca de enfermedad grave incurable o contagiosa.
- El padrastro o madrastra.
- Quienes no sepan leer o escribir.
RECOPILADO UNIDAD DE CAPACITACION REGISTRO CIVIL HONDURAS
Jorge Fernando Martínez Gabourel
Oficial Capacitación Registro Civil Honduras