- Poder Nacional y su división
- El poder electoral y sus atribuciones
- El poder ciudadano y sus atribuciones
- Conclusión
- Bibliografía
Introducción
En el siguiente trabajo veremos y aprenderemos acerca de nuestro país, específicamente de los Poderes Públicos.
Veremos como esta dividido el Poder Nacional, a demás, que atribuciones y autoridades tiene dichos poderes y quienes los representan y su administración.
Le invitamos al lector a ver ó observar como funcionan dichos poderes en nuestro país; para que pueda saber como debe actuar y manejarse en el territorio nacional, ya que es para su beneficio.
Poder Nacional y su división
El Poder Nacional es una de las tres ramas que constituyen el Poder Público. Se divide en: Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral.
ATRIBUCIONES DEL PODER EJECUTIVO Y AUTORIDADES QUE LO REPRESENTAN
El Poder Ejecutivo lo ejerce el Presidente(a), un Vicepresidente(a) Ejecutivo(a) y alo (ola las) Ministros(a). Sus atribuciones son las siguientes:
Cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes.
Nombrar y remover al Vicepresidente(a) Ejecutivo(a), a los Ministros (as).
Dirigir las relaciones exteriores de la República y celebrar y ratificar los tratados convenios o acuerdos internacionales.
Dirigir la Fuerza Armada Nacional en su carácter de Comandante en Jefe, ejercer la suprema autoridad jerárquica de ella y fijar un contingente.
Ejercer el mando supremo de la Fuerza Armada Nacional, promover sus oficiales a partir del grado de Coronel(a) o Capitán(a) de Navío y nombrarlos (as) para los cargos que les sean privativos.
Declarar los estados de excepción y decretar la restricción de garantías en los cargos previstos en la constitución.
Dictar, previa autorización por una ley habilitante, decretos con fuerza de ley.
Convocar la Asamblea Nacional a sesiones extraordinarias.
Reglamentar total o parcialmente las leyes, sin alterar su espíritu, propósito y razón.
Administrar la Hacienda Pública Nacional.
Negociar los empréstitos nacionales.
Decretar créditos adicionales al presupuesto, previa autorización de la Asamblea Nacional o de la Comisión delegada.
Celebrar los contratos de interés nacional conforme a la Constitución Nacional y a la Ley.
Designar, previa autorización de la Asamblea Nacional o de la Comisión Delegada, el Procurador(a) general de la República y a los jefes(as) de las comisiones diplomáticas permanentes.
Nombrar y remover a aquellos funcionarios(as) cuya designación le atribuyen la Constitución y la ley.
Dirigir a la Asamblea Nacional, personalmente o por intermedio del Vicepresidente(a) Ejecutivo(a), informes o mensajes especiales.
Formular el Plan Nacional de Desarrollo y dirigir su ejecución previa aprobación de la asamblea Nacional.
Fijar el número, organización, y competencia de los ministros y otros organismos de la Administración Pública Nacional, así como también la organización y funcionamiento del Consejo de Ministros, dentro de los principios y lineamientos señalados por la correspondiente ley orgánica.
Disolver la Asamblea Nacional en el supuesto establecido en la Constitución.
Convocar referendos en los casos previstos en la constitución.
Convocar y presidir el Consejo de Defensa de la Nación.
Las demás que le señale la constitución y la ley.
PODER LEGISLATIVO: ATRIBUCIONES Y AUTORIDADES QUE LO REPRESENTAN
Legislar en materias de la competencia nacional y sobre el funcionamiento de las distintas ramas de Poder Nacional.
Proponer enmiendas y reformas a la Constitución, en los términos establecidos en ella.
Ejercer funciones de control sobre el Gobierno y la Administración Pública Nacional, en los términos consagrados en la Constitución y la ley. Los elementos comprobatorios obtenidos en el ejercicio de ésta función, tendrán valor probatorio, en las condiciones que la ley establezca.
Organizar y promover la participación ciudadana en los asuntos de su competencia.
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