Descargar

Amnistía (Caso Alberto Dahik) (página 3)

Enviado por Arturo Clery


Partes: 1, 2, 3

Añade que el caso del economista Dahik constituye uno de los más claros ejemplos de aquella judicialización de la política, causante de una realidad que ha propiciado el irrespeto a los derechos humanos.

En su petitorio, el Presidente de la República argumenta que está consciente que la amnistía no procede por delitos cometidos contra la administración pública, como es el caso que se le acusa a Alberto Dahik, pero enfatiza que esa fue la forma mafiosa en que la partidocracia funcionó, acusando a sus enemigos políticos de delitos de peculado que no habían cometido, por lo que sostener que no procede la amnistía en este caso, por tratarse de una acción pública por peculado, sería impedir que se investiguen las verdaderas casusas de la persecución al ex Vicepresidente, que se originaron en divergencias personales y luchas de espacios de poder, como el país debe recordar.

Procedimiento

De conformidad con lo previsto en el artículo 96 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, las peticiones de amnistía serán dirigidas al Presidente de la Asamblea Nacional, quien las pondrá en conocimiento del Consejo de Administración Legislativa a fin de que verifique el cumplimiento de los requisitos y la pertinencia de la solicitud, emita el dictamen previo de admisibilidad y establezca la prioridad para su tratamiento.

La Secretaria o Secretario del Consejo de Administración Legislativa, inmediatamente después de admitido el trámite, remitirá a la Comisión de Justicia y Estructura del Estado la petición, con la documentación relacionada con la misma y la resolución en la que conste la fecha de inicio del tratamiento de estas causas. La mencionada comisión, con el voto de la mayoría de sus miembros, emitirá el informe favorable o desfavorable. En caso de informe desfavorable, ordenará el archivo de la solicitud.

El pedido del Jefe de Estado se sustenta en lo establecido en el numeral 13 del artículo 120 de la Constitución, que entre las atribuciones de la Asamblea contempla "conceder amnistía por delitos políticos e indultos por motivos humanitarios, con el voto favorable de las dos terceras partes de sus integrantes. No se concederán por delitos cometidos contra la administración pública ni por genocidio, tortura, desaparición forzada de personas, secuestro y homicidio por razones políticas o de conciencia".

Tomado de andes.info.ec

3 sep 2010  

Ejecutivo oficializa pedido de amnistía a favor de Alberto Dahik

QUITO.- Mediante oficio No. T. 5454-SNJ-10-1317, dirigido al titular de la Legislatura ecuatoriana, Fernando Cordero, el presidente Rafael Correa  formalizó su pedido  para que se trámite la amnistía a favor de Alberto Dahik Garzozi, ex vicepresidente de la República.

El presidente Correa formuló este pedido en el marco de su informe a la nación, el pasado 10 de agosto. En su solicitud, ej jefe de Estado señala que el  caso Dahik constituye uno de los más claros ejemplos de "aquella judicialización de la política, causante de una realidad que ha propiciado el irrespeto a los derechos humanos".

En su petitorio, el Ejecutivo  argumenta que está consciente que la amnistía no procede por delitos cometidos contra la administración pública, como es el caso que se le acusa a Alberto Dahik, pero enfatiza que "esa fue la forma mafiosa en

que la partidocracia funcionó, acusando a sus enemigos políticos de delitos de peculado que no habían cometido".

En este sentido afirma que "sostener que no procede la amnistía  sería impedir que se investiguen las verdaderas casusas de la persecución al ex vicepresidente, que se originaron en divergencias personales y luchas de espacios de poder, como el país debe recordar".

De conformidad con lo previsto en el artículo 96 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, las peticiones de amnistía serán dirigidas al presidente de la Asamblea Nacional, quien las pondrá en conocimiento del Consejo de Administración Legislativa a fin de que verifique el cumplimiento de los requisitos y la pertinencia de la solicitud, emita el dictamen previo de admisibilidad y establezca la prioridad para su tratamiento.

La Secretaria o Secretario del Consejo de Administración Legislativa, inmediatamente después de admitido el trámite, remitirá a la Comisión de Justicia y Estructura del Estado la petición, con la documentación relacionada con la misma y la resolución en la que conste la fecha de inicio del tratamiento de estas causas. La mencionada comisión, con el voto de la mayoría de sus miembros, emitirá el informe favorable o desfavorable. En caso de informe desfavorable, ordenará el archivo de la solicitud.

El pedido del Jefe de Estado se sustenta en lo establecido en el numeral 13 del artículo 120 de la Constitución, que entre las atribuciones de la Asamblea contempla "conceder amnistía por delitos políticos e indultos por motivos humanitarios, con el voto favorable de las dos terceras partes de sus integrantes. No se concederán por delitos cometidos contra la administración pública ni por genocidio, tortura, desaparición forzada de personas, secuestro y homicidio por razones políticas o de conciencia

Tomado www.eluniverso.com

3 septiembre, 2010

Rafael Correa oficializa pedido de amnistía a favor de Alberto Dahik

edu.red

QUITO.- El presidente Rafael Correa formalizó ante la Asamblea Nacional el pedido de amnistía para el ex vicepresidente de la República, Alberto Dahik, y será el Consejo Administrativo de la Legislatura (CAL) el que resolverá el trámite correspondiente.

En carta dirigida al presidente de la Asamblea Nacional, Fernando Cordero, la tarde del miércoles, el mandatario señala que uno de los mayores logros del Gobierno que preside ha sido cambiar las instituciones políticas y jurídicas de la República.

Hace referencia al poder que en aquel entonces tenía, a su juicio, "el otro partido político más influyente del país, personalizado en León Febres Cordero, quien se dedicó a perseguir judicialmente a todo aquel que obstaculizaba su voracidad de poder".

El caso del ex vicepresidente constitucional, Alberto Dahik, constituye uno de los más claros ejemplos de aquella judicialización de la política, causante de una realidad que ha propiciado el irrespeto a los derechos humanos, añade.

Correa señala que tiene conocimiento que la documentación completa referente al pedido de amnistía fue conocida por la Asamblea Nacional Constituyente y se encuentra en los archivos de la actual Asamblea Nacional, junto con sendos informes al respecto.

Por lo que formalizó pedido que hizo el pasado 10 de agosto ante la Asamblea Nacional, para que se de paso a la amnistía a favor de Alberto Dahik, "que estoy seguro contribuirá a la reconciliación de la República".Este pedido lo fundamentó Correa en lo dispuesto por el numeral 13 del artículo 120 de la Constitución.

Dijo estar consciente que la amnistía no procede por delitos cometidos contra la administración pública, como es el caso que se le acusa a Alberto Dahik.Pero esa fue la forma mafiosa en que la partidocracia funcionó acusando a sus enemigos políticos de delitos de peculado que no habían cometido, para que no opere ni siquiera una amnistía después de quince años.

"Sostener, dijo, que no procede conceder la amnistía en este caso por tratarse de una acción pública por peculado, sería impedir que se investiguen las verdaderas causas de la persecución al ex vicepresidente, que se originaron en divergencias personales y luchas de espacios de poder, como el país debe recordar".

Según el trámite legislativo, el CAL deberá verificar el cumplimiento de los requisitos y la pertinencia de la solicitud, emitir el dictamen previo de admisibilidad y enviarlo a la Comisión de Justicia, que preside María Paula Romo, quien se ha mostrado opuesta a este pedido.

Tomado de www.eltiempo.com.ec

03 de septiembre /2010

edu.red

Se oficializa el pedido de amnistía a Alberto Dahik

Ayer, en horas de la tarde, la secretaría de la Asamblea Nacional recibió el pedido oficial de amnistía hecho por el presidente de la República, Rafael Correa, en favor del ex vicepresidente ecuatoriano, Alberto Dahik.

 

El ex vicepresidente indicó que desconoce las

Esta solicitud fue enviada al principal de la legislatura, Fernando Cordero, quien dará a conocer a los asambleístas y posteriormente poner en conocimiento a la Comisión de Justicia, que deberá emitir un informe sobre el tema.

El pedido del Ejecutivo se basa en que Dahik es uno de los más claros ejemplos de la judicialización de la política en la época de la partidocracia, según lo señaló el pasado 11 de agosto durante el informe del Presidente.

"El caso del economista Alberto Dahik, ex vicepresidente Constitucional de la República, constituye uno de los más claros ejemplos de aquella judicialización de la política, causante de una realidad que ha propiciado el irrespeto a los Derechos Humanos", señala la solicitud.

Además en el oficio remitido, Correa asegura que la amnistía para el ex funcionario "contribuirá a la reconciliación de la República".

El Jefe de Estado indica que la acusación de peculado sobre Dahik, es "la forma mafiosa en que la partidocracia funcionó: acusando a sus enemigos políticos de delitos de peculado que no habían cometido, para que no opere ni siquiera una amnistía después de 15 años". (RET)

Conclusiones

  • DAHIK FUE EXILIADO INJUSTAMENTE PORQ FUE JUZGADO SIN UNA AUTORIZACIÓN PREVIA DEL CONGRESO Y FUE SOMETIDO A UN JUICIO PENAL, ALGO CONSTITUCIONALMENTE INADMISIBLE.

  • DAHIK NO COMETIO NINGUN DELITO DE PECULADO, POR LO TANTO COMO ES POSIBLE QUE SE LE HALLA LEVANTADO UN JUICIO DEL CUAL YA EXISTEN VARIOS INFORMES LOS CUALES DEMUESTRAN QUE NO TIENE NINGUNA CUESTION PENDIENTE EN LA CONTRALORIA.

Recomendaciones

  • QUE SE SOMETA NUEVAMENTE A UN ESTUDIO MINUSIOSO EL CASO DEL EXMANDATARIO ALBERTO DAHIK PARA DETERMINAR Y AUTORIZAR SU REGRESO A NUESTRO PAIS, PROPUESTO ESTO POR EL PRESIDENTE RAFAEL CORREA, LO CUAL APOYAMOS ROTUNDAMENTE.

  • QUE SE SANCIONEN A AQUELLAS PERSONAS QUE SIN NINGUN MOTIVO COMENZARON EL JUICIO CONTRA DAHIK INCLUIDOS LOS JUECES DE ESE ENTONCES, YA QUE PASARON POR ALTO VARIAS DISPOSICIONES QUE LA CONSTITUCION DE ESE ENTONCES ESTABLECIA.

Bibliografía

 

 

Autor:

Roxana Baquerizo

Diana Mejillón

Ruben Soriano

Nestor Calle

Tutor:

Arturo Clery

2010

Santa Elena

FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS

CARRERA DE INGENIERIA MARKETING

Partes: 1, 2, 3
 Página anterior Volver al principio del trabajoPágina siguiente