Indice1. Introducción 2. Qué es la flexibilidad laboral 3. Bases ideológicas de la flexibilidad 4. Los instrumentos de la flexibilidad. El caso Argentino 5. El futuro de la reforma en curso 6. Artículos de diarios
El proceso de reformas estructurales de los mercados de trabajo que han acometido con éxito los países avanzados para reforzar la competitividad de sus empresas, elevar la productividad del trabajo, reformular sobre bases más equitativas los principios operativos de la seguridad social y conjurar el desempleo, se ha conocido bajo el nombre de "flexibilidad laboral". En ninguno de aquellos países esta expresión ha suscitado, como en la Argentina, un ambiente de crispación con posiciones tan encontradas y debates tan apasionados. Partidarios y opositores de la flexibilidad ocultan detrás de esta antítesis aparentemente irreductible un preocupante desconocimiento, no solamente de los contornos conceptuales de aquella expresión, sino también -y esto es más grave- de las reglas y principios que gobiernan el funcionamiento de nuestro mercado de trabajo. La pérdida de la neutralidad política del concepto de flexibilidad del trabajo y la utilización eufemística por el Gobierno de la expresión modernización del mercado laboral para referirse al mismo fenómeno, aconsejan un retorno reflexivo a sus fuentes teóricas -sistemáticamente olvidadas al calor de la liza política y social- y una crítica sosegada pero profunda de los aciertos y fracasos de nuestro sistema laboral histórico.
2. Qué es la flexibilidad laboral
El verdadero objetivo de la flexibilidad del trabajo no es otro que la sustitución, progresiva y controlada, de las regulaciones laborales homogéneas -sea que provengan de la Ley o de los convenios colectivos- por otras regulaciones, más particulares y específicas (de fuente estatal o provenientes de la autonomía colectiva), que permitan a las unidades productivas adaptarse, con mayor velocidad y eficacia, a los cambios de mercado, de la tecnología o de la organización del trabajo. No son pues ni la casualidad, ni el esnobismo, el ánimo de revancha social, o las tentaciones antiobreras de los gobiernos, como así tampoco el apetito de mayores beneficios empresariales, los que explican la emergencia de este fenómeno; se trata más bien de que el mundo del trabajo ha certificado el cambio radical e irreversible del contexto económico y productivo, y asumido al mismo tiempo que el entramado normativo/institucional hasta ahora vigente -basado en regulaciones homogéneas, uniformes e indefectiblemente meliorativas- resulta ya notoriamente disfuncional respecto del nuevo escenario, caracterizado por la apertura de la economía, la recurrencia de los períodos recesivos, la creciente internacionalización de los intercambios, la caída de la inflación y el aumento del desempleo. En los países avanzados, aquellas regulaciones laborales -cuya sustitución progresiva se debate hoy en la Argentina- cimentaron su fama en la eficacia con que -durante al menos tres décadas- acompañaron un período de crecimiento económico continuo, con baja inflación y pleno empleo, al amparo de una marcada estabilidad de los mercados y la tecnología. Es comprensible por tanto el que este modelo -que permitió a las clases trabajadoras alcanzar cotas de bienestar nunca antes conocidas- haya sido defendido tenazmente por los sindicatos y partidos políticos afines. Pero la profundidad de la crisis disuadirá pronto a las fuerzas progresistas de la defensa numantina de aquel sistema; no solamente a causa del dramático cambio del contexto económico, sino además porque se irá cayendo en cuenta de que el rechazo de la flexibilidad es potencialmente capaz de poner en cuestión las principales fuentes de bienestar de los trabajadores y sus verdaderas conquistas: el empleo y la seguridad social.
3. Bases ideológicas de la flexibilidad
Desde los intentos liberales por devolver a la autonomía individual un protagonismo regulatorio excluyente, hasta los más moderados que reclaman el control sindical de los procesos de reforma laboral y la reformulación de los instrumentos y las estrategias de intervención del Estado, la flexibilidad admite un abanico ideológico relativamente amplio. Para algunos, la flexibilidad laboral se identifica primordialmente con la búsqueda por las empresas de los mecanismos institucionales más eficaces y de menor coste para ajustar sus plantillas de trabajadores (al alza, a la baja o por medio de la movilidad interna) en función de la fase del ciclo económico que atraviesan, con el objeto de asegurar su pervivencia en el mundo de los negocios y el mantenimiento de los niveles de empleo. Para quienes gustan de poner el acento sobre aspectos macroeconómicos, la flexibilidad del trabajo aparece como la respuesta de los sistemas de empleo y de relaciones laborales a la turbulencia, incertidumbre y variabilidad de los mercados, y -fundamentalmente- al vertiginoso cambio tecnológico, características de las economías capitalistas de las dos últimas décadas. Es, desde esta óptica, un proceso que tiende a asegurar, bajo premisas más realistas y equitativas, el mantenimiento de los canales institucionales de redistribución de la renta nacional que, en definitiva, sustentan la actividad económica. En el plano político, la flexibilidad expresa la idea de reformulación de los principios de solidaridad y universalidad que vertebraron al primitivo Estado del Bienestar, al hilo de la crisis que hoy parece cuestionar la viabilidad de esta forma de Estado. Un proceso que coincide -quizá no casualmente- con el retroceso de los partidos de la izquierda democrática, la crisis ideológica y estratégica de los sindicatos y demás organizaciones progresistas, y un cierto reflujo de los principios neoliberales. En el plano social, en definitiva, la flexibilidad laboral toma buena nota de la emergencia de nuevos movimientos sociales, de la diversificación de las demandas de bienestar y de la pérdida de homogeneidad de las clases trabajadoras, y, en esta dirección, apunta a desarrollar nuevos mecanismos de solidaridad y redistribución que superen los esquemas clásicos de intervención estatal y de fijación centralizada de las condiciones de trabajo.
4. Los instrumentos de la flexibilidad. El caso Argentino
Pero cuales sean los instrumentos para alcanzar los objetivos de la flexibilidad, dependerá no solamente de la orientación ideológica de la operación de reforma sino también del grado de intervención del Estado en las relaciones laborales y el empleo, de los niveles de autonomía de los agentes sociales y del desarrollo de la negociación colectiva. En el caso argentino, cualquier reforma debería partir admitiendo el envejecimiento de algunos rasgos estructurales de nuestro sistema laboral – especialmente de nuestro Derecho del Trabajo- tales como el sacrificio de las potestades reguladoras individuales, la permanente imposición de una voluntad externa a la libertad contractual del empresario y del trabajador, la correlativa inderogabilidad de las normas convencionales por las partes individuales, y la indisponibilidad de las normas legales por los convenios colectivos. El necesario proceso de renovación normativa antes aludido se encuentra fuertemente desalentado en la Argentina no tanto por estas rigideces jurídicas sino también por el despliegue de prácticas y comportamientos conservadores que han ahondado la desprotección efectiva de los trabajadores, como hoy expresan, preocupantemente, las altas tasas de trabajo clandestino, el desempleo, la caída de los salarios reales y la modificación unilateral de las condiciones de trabajo en algunos sectores de actividad. Cualquier intento flexibilizador con base en la reformulación del complejo cuadro de fuentes del Derecho del Trabajo -que supondría la atribución de un poder normativo mayor y más selectivo a la autonomía colectiva- estará condenado al fracaso si no se acomete inmediatamente por los interesados una reforma profunda de la estructura sindical argentina y del sistema de negociación colectiva. Dicho en otros términos, la flexibilidad negociada -a la que aspira el Gobierno no alcanzará sus metas en la medida que no se asegure la vigencia irrestricta de los derechos de libertad sindical -seriamente amenazados por la ley vigente- se desarrolle una cultura de negociación colectiva libre, abierta, no intervenida, descentralizada y democrática, y se garantice, simultáneamente, el libre ejercicio del derecho de huelga.
5. El futuro de la reforma en curso
No es seguro que las medidas anunciadas recientemente por el Gobierno argentino apunten en esta dirección, conocido como es que la intangibilidad del modelo sindical histórico ha sido la concesión política más evidente, inexplicable y costosa del proceso de reformas iniciado en 1991. Tampoco parece probable que la mano invisible que el Gobierno confía que sacará a la negociación colectiva de su atraso y mediocridad opere el prodigio de abrir nuevos ámbitos, ampliar la legitimación a otros sujetos sindicales y descentralizar territorialmente la negociación, como la economía argentina reclama. Finalmente, es incierto el futuro de una reforma que nace al amparo de las prisas impuestas por el crecimiento del desempleo. Quienes la impulsan debieran reconocer más abiertamente que, al lado de este problema, el sistema laboral argentino adeuda a la economía la superación de la baja productividad del factor trabajo, al sistema político la democratización de las organizaciones de intereses y de sus relaciones recíprocas, y al sistema social una contribución decisiva a la eliminación de la pobreza y la marginación, fenómenos que arraigan en la inequidad social intrínseca del modelo de desarrollo económico.
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