Descargar

El pensamiento feminista sobre el derecho: un recorrido desde Carol Gilligan a Tove Stang Dahl


Partes: 1, 2

    1. Introducción
    2. El Derecho como expresión masculina y el feminismo cultural de Gilligan
    3. El feminismo radical de MacKinnon y el Derecho como instrumento de opresión sexual
    4. La familia entre lo público y el análisis de Okin
    5. Teoría feminista como teoría crítica y desconstructiva
    6. El derecho al femenino y la escuela escandinava: una nueva jurisprudencia sociológica 

    Alezzandra Facchi. Universidad de Milán (Derecho Político – Unidad 8)

    Introducción:

    El denominador común  del pensamiento feminista es el empeño por mejorar la situación de la mujer, como pluralidad, heterogeneidad y conflictividad caracterizan los presupuestos de elección de ética y política.

    Años 80 á Países anglosajonesáGiro del feminismo á sobre todo EEUU a partir de la autonomía de varios elementos sociales.

    Siglo XXá 1° fase del Mov. Feminista = afirmación de la igualdad entre sexos y reformas que eliminen discriminación entre H y M., salir de la inferioridad, la subordinación y exclusión de las mujeres.

    Fines de los 70 áreconocimientos y valoración de los caracteres femeninos biológicos, psicológicos morales y culturales, reivindicación de la propia diversidad, diferenciar los caracteres masculinos para no hacer difícil el camino de la mujer.

    Establecer claramente la ® conceptual entre igualdad y diferencia. Iris Marion Young = "el ideal asimilacionaista presupone que la igualdad social significa tratar a todos sobre la base de los mismos principios, reglas y criterios; la política  de la diferencia sostiene en vez de lo afirmado, que la igualdad, ya que es participación e inclusión de todos los grupos, puede requerir a veces un tratamiento diferenciado de los grupos oprimidos o desfavorecidos".

    Muchos tratamientos han demostrado la universalidad y los paradigmas occidentales conectados siempre con la perspectiva masculina. Esto es lo que el feminismo quiere evitar para eliminar la exclusión femenina de aquellas prácticas culturales dominantes.

    Dentro del movimiento feminista existen grupos internos, con valores y exigencias diferentes de la idea original del feminismo histórico que no querían reproducir distorsiones de censura dentro de la cultura masculina, y no crear un sujeto-mujer falsamente universal y neutro. Pedían una apertura a aquella idea de mujer blanca occidental, heterosexual, de clase media, laica o de religión cristiana y construir una filosofía posmoderna.

    Como se ve la pluralidad y heterogeneidad, no fueron los únicos factores del Mov. Feminista, sino también la constante dificultad para mantener una unidad interna y externa.

    En la búsqueda de alternativas al "imperialismo cultural", el análisis de los fenómenos sociales pasa a través de la deconstrucción de su conceptualización y construcción simbólica por categorías masculinas y por la propuesta de una adecuación a la perspectiva femenina.

    Martha Nussbaum: "Piden a la comunidad científica no someterse a la tiranía de la costumbre y a las ideas difusas sobre lo que es natural, sino buscar la verdad en todas sus formas".

    Los estudios de género apuestan a llevar nuevas contribuciones a la ciencia dentro de su complejidad, que miran hacia un cambio profundo de naturaleza epistemológica de la estructura y de la categoría del conocimiento.

    La adopción de puntos de vista femeninos dentro de la ciencia jurídica, tiene la característica de la reflexión del derecho en abarcarlos confines de la disciplina tradicional.

    El derecho como expresión masculina y el feminismo cultural de Gilligan:

    Para el Mov. Feminista el derecho constituye un objeto ambiguo y controvertido, las opiniones respecto a su función, a su utilidad para la mujer es visto como una de las expresiones más radicales y "peligrosas" de la cultura masculina y a la vez un instrumento de potente mejora.

    En la primera fase del feminismo, se han logrado derechos como: derecho al voto, el acceso al trabajo, la paridad dentro de la familia, etc., todas ellas han eliminado las desigualdades formales.

    Sin embargo estas reformas han tenido algunos efectos negativos, en lo que respecta derecho de familia o del trabajo, por no considerar atentamente las condiciones de vida reales de las mujeres, los recursos con que cuentan o las condiciones de poder o división del trabajo dentro de la familia, además los modelos de igualdad no son compartidos por el resto de las mujeres.

    Pero también hay que reconocer las intervenciones políticas que reconocen tratamientos diferenciados para trabajadoras embarazadas, para la crianza de sus hijos, pero también facilitan el acceso femenino a puestos que antes solo era privilegio de los hombres. Cierto grupo de feministas rechazan reglas proteccionistas.

    Partes: 1, 2
    Página siguiente