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La unión economica y monetaria

Enviado por ignaciosylvester


    1. El Euro: una moneda única para Europa 3. ¿Por qué una moneda única? 4. Los criterios de convergencia 5. Las tres fases de la Unión Económica y Monetaria 6. La introducción del Euro 7. ¿Cuándo entrará en vigor? 8. Calendario de la introduccion del euro: 1996-1998-1999-2000-2001-2002 9. Billetes Euro

    1. El Euro: una moneda única para Europa

    La Unión Económica y Monetaria Europea (UEM) que, a veces, se le llama Unión Monetaria Europea (UME), significa una moneda única y un Banco Central Europeo, totalmente independiente, que diseñará la política monetaria común. El BCE empezará a funcionar el 1 de julio de 1998. Hoy hay un germen que se llama Instituto Monetario Europeo (IME).

    La Unión Económica y Monetaria (UEM) y su evolución lógica, la introducción de una moneda única, constituye un compromiso fundamental del Tratado de Maastricht. En Maastricht, los Estados miembros lograron ponerse de acuerdo sobre los motivos por los cuales necesitamos una UEM así como sobre los medios que habrán de emplearse para llegar a ella.

    2. Antecedentes

    La UEM es una vieja aspiración de la Unión Europea. Desde finales de la década de los sesenta se han sucedido las iniciativas para avanzar en esta dirección, si bien siempre se han visto frustradas por la inexistencia de un compromiso político firme y la falta de convergencia económica.

    La propuesta que alcanzó mejores resultados, al menos durante un cierto período de tiempo, fue la del establecimiento de un Sistema Monetario Europeo (SME) en marzo de 1979, en el que participaban todas las monedas de los Estados miembros en aquella fecha, a excepción de la libra esterlina.

    El elemento central del SME era el ecu, definido como una cesta o media ponderada de las monedas de los Estados miembros Participantes en el SME.

    El SME constituía un sistema de tipos de cambio estables pero ajustables. Cada moneda tenía un tipo de cambio central en relación con el ecu y a partir de estos tipos centrales se elaboraba una tabla de tipos de cambio bilaterales (o parrilla de paridades) en la que cada moneda tenía igualmente un tipo de cambio central con respecto a cada una de las demás monedas participantes, permitiéndosele fluctuar en una banda en torno a este tipo central. Los bancos centrales estaban obligados a intervenir en apoyo de su moneda cuando se preveía que su tipo de cambio pudiera sobrepasar los márgenes de dicha banda.

    Este sistema obtuvo excelentes resultados en sus primeros años de funcionamiento, dando paso a una zona de estabilidad monetaria en Europa, que ha favorecido el crecimiento y la inversión. No obstante, el SME estuvo sometido desde 1992 a importantes tensiones en los mercados de cambio, lo que obligó en agosto de 1993 a ampliar los márgenes de fluctuación de las monedas hasta el 15% (al alza o a la baja), frente a los márgenes iniciales del 2,25% y 6% (según la moneda).

     3. ¿Por qué una moneda única?

    La UEM se justifica por la necesidad de culminar el mercado único, es decir, el programa adoptado en 1985 para la supresión de los obstáculos a la libre circulación de bienes, servicios, personas y capitales. La moneda única constituye pues el complemento lógico y esencial del mercado común y de la liberalización de los movimientos de capitales.

    Efectivamente, para aprovechar todas las ventajas que se derivan del mercado único es necesario acabar con los costes de las operaciones de cambio de moneda así como con la incertidumbre que introduce en las relaciones comerciales la inestabilidad de los tipos de cambio.

    Para hacernos una idea de los costes que supone el cambio de moneda se suele repetir el ejemplo de la persona que sale de su país con una determinada cantidad de dinero en el bolsillo, en moneda de su país, y decide recorrer todos los países de la Unión Europea. Cada vez que cruza una frontera, cambia el dinero a la moneda del país en el que entra pero, una vez en dicho país, decide no comprar nada. Pasa por tanto al país siguiente y realiza la misma operación. Cuando acaba de recorrer todos los países y vuelve al suyo se encuentran conque le queda tan sólo la mitad del dinero con el que salió, y esto, sin haber realizado ninguna compra.

    La moneda única permitirá igualmente fomentar la inversión y el empleo y consolidar a la Unión Europea como la mayor potencia comercial del mundo.

     4. Los criterios de convergencia

    Para que la unión monetaria sea estable y creíble, sólo deben participar en ella aquellos países cuya gestión económica sea correcta. Para ello, los Estados miembros se han comprometido a mejorar sus resultados económicos aproximándolos a los obtenidos por los países más eficientes. Es lo que se conoce como convergencia.

    Con objeto de evaluar si el grado de convergencia es suficiente, el Tratado de Maastricht ha establecido los llamados criterios de convergencia o normas de gestión que han de seguir los diferentes Estados miembros para poder participar en la unión monetaria.

    Estos criterios de convergencia hacen referencia a los principales indicadores económicos: estabilidad de precios, tipos de interés a largo plazo, estabilidad de los tipos de cambio, déficit público y deuda pública. Todos los Estados miembros han de desarrollar su gestión económica de forma tal que estos indicadores no difieran en exceso de los alcanzados por los Estados miembros con mejores resultados. En concreto éstas son las referencias:

    • Estabilidad de precios: la tasa de inflación no podrá exceder en más de un 1,5% la tasa media de los tres Estados que tengan una inflación más baja.
    • Tipos de interés a largo plazo: no podrán superar el 2% de la media de los tipos de los tres Estados que los tengan más bajos.
    • Estabilidad de los tipos de cambio: la moneda nacional no podrá haber sido devaluada durante los dos años anteriores y deberá permanecer dentro del margen de fluctuación previsto en el SME.
    • Déficit público: el déficit presupuestario nacional deberá ser igual o inferior al 3% del PNB.
    • Deuda pública: no podrá exceder del 60% del PNB.

     Calendario de la uem en el parlamento europeo

    1990

    1 de julio

    Inicio de la primera fase de la Unión Económica y Monetaria (UEM). Se liberalizan plenamente los movimientos de capital en los países de la Unión (salvo aquellos que disfrutan de un período transitorio).

    1993

    1 de enero

    Plena realización del mercado único.

    1 de noviembre

    Se completa la composición de la cesta del ecu. Entra en vigor al tratado de la Unión Europea, firmado en Maastricht.

    1994

    1 de enero

    Inicio de la segunda fase de la UEM. Creación del Instituto Monetario Europeo (IME) en Frankfurt. Refuerzo de la coordinación de políticas económicas a escala europea. Lucha contra los «déficit excesivos» y política de convergencia económica en los Estados miembros.

    1995

    31 de mayo

    La Comisión adopta el Libro Verde sobre la moneda única (modelo de referencia para el paso a la moneda única).

    15 y 16 de diciembre

    Consejo Europeo de Madrid. Se acuerda el nombre de «euro» para la moneda única. Se fija el programa técnico de introducción del euro y el calendario para el paso a la moneda única en 1999 (conclusión del proceso prevista para el año 2002).

    1997

    16 y 17 de junio

    Consejo Europeo de Amsterdam. Acuerdo definitivo sobre el marco jurídico para la utilización del euro, el Pacto de estabilidad y crecimiento y el régimen que sucederá al SME. Se da a conocer el diseño de las monedas en euros.

    1998

    17, 18 y 19 de marzo

    Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios (ECON): Nuevo examen del informe VON WOGAU sobre convergencia, y audiencia de expertos sobre el informe económico anual (informe GASOLIBA I BÖHM), el 17 de marzo por la tarde); aprobación del informe RANDZIO-PLATH (A4-0110/98) sobre control democrático en la tercera fase de la UEM el 18 de marzo;

    25 de marzo

    ECON: Presentación por parte del Presidente de la Comisión, Sr. Jacques SANTER, o del Miembro de la comisión Sr. Yves-Thibault DE SILGUY del informe sobre convergencia de la Comisión (11.00 horas);

    26 de marzo

    Subcomisión de Asuntos Monetarios: Presentación del informe del IME sobre convergencia por el Dr. Wim DUISENBEG (9.00 horas);

    31 de marzo (Estrasburgo)

    ECON: Presentación del informe VON WOGAU y del informe GASOLIBA I BÖHM sobre el informe económico anual;

    1 de abril (Estrasburgo)

    Sesión plenaria: Aprobación del informe GASOLIBA I BÖHM;

    14 de abril

    ECON: Informe sobre la convergencia: reunión con los miembros de Parlamentos nacionales (por la tarde);

    15 de abril

    ECON: Votaciones de los informes VON WOGAU y GASOLIBA I BÖHM (a las 10.00 horas);

    21 de abril

    Consejo ECOFIN en Luxemburgo

    29 y 30 de abril

    Aprobación de los informes VON WOGAU y GASOLIBA I BÖHM en el Pleno (Bruselas);

    1 de mayo

    Consejo ECOFIN en Bruselas: recomendaciones sobre la lista de paises para la zona "Euro"

    2 de mayo

    ECON: Examen de las recomendaciones del Consejo ECOFIN sobre convergencia a las 8.00 horas – Sesión plenaria: votación de las recomendaciones del Consejo ECOFIN (10.00-12.30 horas, Bruselas);

    3 de mayo

    El Consejo Europeo reunido en Bruselas fija definitivamente los paises de la zona "Euro" y establece las orientaciones para la fijacion de la paridad entre monedas.

    7 y 8 de mayo

    Audiencia de la Comisión Económica y Monetaria del Parlamento Europeo con los candidatos para el Comité ejecutivo del BCE

    14 de mayo

    Voto en la sesión plenaria de los miembros del Comité ejecutivo del BCE..

    3 de junio

    La Comision Economica y Monetaria del P.E. adopta el informe sobre los actos de legislacion derivada para la puesta en marcha del BCE

    5 de junio

    Consejo ECOFIN en Bruselas

    15-16 de junio

    Consejo Europeo de Cardiff

    16-17 de junio

    El P.E. vota en sesión plenaria el informe sobre los actos de legislación derivada para la puesta en marcha del BCE

    Antes del 1 de Enero de 1999

    Preparación final del BCE y el SEBC. El Consejo adoptará legislación relativa a la clave de reparto para la suscripción de capital, la recogida de datos estadísticos, las reservas mínimas, la consulta del BCE y las sanciones y multas que pueden imponerse a las entidades. El BCE y el SEBC se prepararán para la fase operacional: creación del BCE, adopción del marco regulador, puesta a prueba de la política monetaria, etc.

    1999

    1 de Enero

    Inicio de la tercera fase de la UEM. El Consejo fijará irrevocablemente los tipos de conversión de las monedas de los países participantes, entre sí y con respecto al euro. El euro se convertirá en una moneda de pleno derecho y la cesta oficial del ecu dejará de existir. Entrará en vigor el reglamento del Consejo por el que se establece el marco jurídico para la introducción del euro.

    A partir del 1 de Enero

    El SEBC definirá y aplicará la política monetaria única en euros y llevará a cabo en la misma moneda las operaciones de cambio. Los Estados miembros realizarán las nuevas emisiones de deuda pública en euros.

    1999 – 2002

    Del 1 de Enero de 1999 al 1 de Enero de 2002

    El SEBC cambiará las monedas aplicando los tipos de cambio fijados irrevocablemente. El SEBC y las autoridades públicas de los Estados miembros supervisarán el paso a la moneda única en los sectores bancario y financiero y ayudarán a todos los sectores económicos a prepararse para el cambio.

    1 de Enero de 2002 como máximo

    El SEBC pondrá gradualmente en circulación billetes en euros y retirará los billetes nacionales. Los Estados miembros pondrán gradualmente en circulación monedas en euros y retirarán las nacionales. — FIN DEL PROCESO —

    1 de Julio de 2002 como máximo

    Fin de la transición al euro para todos los Estados miembros participantes.

    El cumplimiento de todos estos criterios es obligado para los Estados miembros que deseen acceder a la tercera fase de la UEM.

    La entrada en esta tercera fase, no obstante, no puede suponer una relajación en las normas de política económica seguidas por los miembros hasta ese momento y por ello se prevé la formalización de un compromiso entre los países participantes para seguir avanzando en esta dirección a través del llamado Pacto de Estabilidad, compromiso que prevé asimismo la posibilidad de aplicar sanciones a los países que se alejen de los objetivos perseguidos.

    5. Las tres fases de la Unión Económica y Monetaria

    En junio de 1988, el Consejo Europeo encargó a un comité de expertos, presidido por Jacques Delors, el estudio de las etapas que deberían seguirse hasta la UEM.

    El informe aprobado en este comité proponía un plan en tres etapas que, partiendo de una mayor coordinación en materia económica y monetaria, desembocaba en la adopción de una moneda única y la creación del Banco Central Europeo.

    La segunda fase de la UEM se inició el 1 de enero de 1994 con la creación del Instituto Monetario Europeo, cuyas funciones consisten en reforzar la coordinación de las políticas monetarias, promover el papel del ecu y preparar la creación del Banco Central Europeo para la tercera fase, cuyo inicio tendrá lugar el 1 de enero de 1999.

    En virtud de unos protocolos anejos al Tratado, el Reino Unido y Dinamarca se reservan el derecho a no pasar a ]a tercera fase, incluso si cumplen con los criterios establecidos.

    Es el nombre que se ha dado a la futura moneda única participantes en la Unión Económica y Monetaria Europea. El 1 de julio del año 2002 reemplazará totalmente a las monedas nacionales.

    6. La introducción del Euro

    Los Jefes de Estado o de Gobierno de los diferentes Estados miembros, reunidos en el Consejo Europeo de Madrid en diciembre de 1995, decidieron el nombre de la moneda única, así como el calendario para su introducción.

    La moneda única se llamará euro y su introducción se realizará según el calendario siguiente:

    • A principios de 1998, los Jefes de Estado o de Gobierno, reunidos en el Consejo Europeo, determinarán, de acuerdo con el procedimiento señalado en el Tratado de Maastricht, los países que participarán en la UEM, es decir, los Estados miembros que hayan conseguido alcanzar en esa fecha un alto grado de convergencia.
    • El 1 de enero de 1999 se constituirá de forma efectiva la UEM entre dichos países y se fijarán de forma irrevocable los tipos de cambio entre el euro y las monedas de los países participantes.

    Algunos meses antes se creará el Banco Central Europeo, que será independiente de los gobiernos y adoptará la política monetaria del conjunto de los Estados que participen en esta unión monetaria. Los Estados que en ese momento no hayan podido formar parte de ese bloque se unirán a ellos en cuanto sus resultados económicos se lo permitan.

    • Como muy tarde a partir del 1 de enero del 2002, y durante un corto periodo (no más de seis meses), se pondrán en circulación los nuevos billetes y monedas denominados en euros y se retirarán las antiguas monedas nacionales.

    7. ¿Cuándo entrará en vigor?La respuesta es compleja. A partir de 1999, el Banco Central Europeo, los bancos centrales de los Estados miembros, y el sistema financiero comenzarán a operar en euros; pero la moneda y los billetes no existirán todavía. Habrá que esperar hasta el año 2002 para que entre los ciudadanos circulen los billetes y monedas.

    Durante el periodo transitorio (desde 1 de enero de 1999 hasta no más tarde del 1 de enero 2002), el euro no existirá en forma de billetes y monedas, pero sí lo hará como una moneda "virtual" para cualquier transacción financiera.

    8. Calendario de la introduccion del euro

    Año 1996 El Consejo Europeo de Ministros de Economía y Finanzas adopta formalmente las decisiones de la Cumbre de Madrid de diciembre de 1995.

    Todos los Estados miembros comienzan campañas de información a continuación de la Mesa Redonda celebrada en enero y de la consiguiente puesta en marcha, en el ámbito nacional, de los acuerdos alcanzados en la misma. El Instituto Monetario Europeo (IME) tendrá que especificar antes de que acabe el año la regulación y estructura logística y organizativa necesarias para que el Banco Central Europeo y el Sistema de Bancos Centrales Europeos lleve a cabo su cometido en la tercera fase de la Unión Monetaria (especialmente los instrumentos de política monetaria). La Comisión Europea propondrá la legislación necesaria para el cambio de las monedas nacionales al euro (por ejemplo, reglas de redondeo, continuidad de las cláusulas contractuales, etc.). Los Estados miembros están tratando durante el crucial año de 1997. Año 1997 Fecha económica decisiva para que los Estados miembros alcancen los cinco criterios de convergencia (inflación, tipo de cambio, tipo de interés, déficit público y deuda pública). Año 1998 En el TUE se dice que "tan pronto como sea posible", pero no más tarde del 1 de julio, el Consejo Europeo decidirá los Estados miembros participantes. Hay un peligro de inestabilidad entre el momento que se deciden los países que entran y el de la fijación de las paridades. Para evitarlo, en la reunión informal de ECOFIN que ha tenido lugar el pasado sábado, día 5 de abril de 1997, el ministro belga de finanzas, Philip Maystadt, explicaba que, para evitar la especulación en los mercados, se está estudiando el siguiente calendario: Día 1 de mayo: los ministros de Finanzas preparan el terreno. Día 2: los jefes de estado y de Gobierno decidirán qué países cumplen los criterios de Maastricht y, por tanto, formarán parte de la UEM desde el 1 de enero de 1999. Día 3: Se nombran los directivos del Banco Central Europeo y se fijan de manera irreversible los tipos de cambio. (Este calendario se ha dado por definitivo, con la posible excepción de lo referente al BCE). Una vez fijados los tipos de cambio, la UME ha comenzado. De hecho (aunque hasta el 1.1.2002 no de derecho), ya habrá una sola moneda (el euro) con fracciones no decimales (peseta, franco francés, marco, etc.). Abundando sobre la idea de fracciones no decimales, si se fija en euro en 163 pesetas, 1 peseta es 1/163 de euro. 1/1,63 = 0,61 cent. Una moneda de peseta es equivalente a que se hubiera acuñado una moneda de 0,61 cent. Es a este tipo de valores a los que llamamos no decimales. En el sistema monetario decimal se suele dividir en céntimos o décimos. El Comité Ejecutivo del Banco Central Europeo estará formado por un mínimo de 4 miembros, máximo 6; se eligen por ocho años no renovables. Asimismo, fijarán el día para la introducción de los billetes y monedas en euros. El Sistema Europeo de Bancos Centrales comenzará la fabricación de billetes en euros (5; 10; 20; 50; 100; 200 y 500 euros). El Consejo Europeo y los Estados participantes comenzarán la fabricación de monedas en euros (0,01; 0,02; 0,05; 0,1; 0,5; 1 y 2 euros). Se creará el Banco Central Europeo será y tendrá que definir su política monetaria. El Consejo Europeo tiene que adoptar la legislación secundaria (pautas para la suscripción de capital propio del Banco Central Europeo, recogida de información estadística, reservas mínimas, consultas del Banco Central Europeo). El 31 de diciembre concluirá la segunda fase de la Unión Económica y Monetaria. Años 1999-2001 El 1 de enero de 1999 comenzará la tercera fase de la Unión Económica y Monetaria Europea. Fijación irrevocable de los tipos de conversión entre monedas participantes y el euro. Un ECU se convertirá en un euro. Las monedas nacionales de los miembros participantes continúan en circulación como moneda de curso legal, como una fracción o múltiplo del euro. Entrada en vigor de un nuevo estatus (pendiente de definir) para las monedas de los países de la Unión Europea no participantes. El establecimiento por el Banco Central Europeo de la política monetaria, operaciones de cambio exterior, sistema de pago interbancario y para grandes empresas (TARGET), y medidas de nueva deuda pública negociable en Euros. Últimos preparativos de las economías nacionales con vistas al inicio de las operaciones del sector privado y la administración. Año 2002 El 1 de enero del 2002, los billetes y monedas en euros comenzarán a circular. Comienza la retirada de los billetes y monedas nacionales participantes. El conjunto de cuentas bancarias será transformado en euros. Finaliza la consideración como monedas de curso legal de las monedas nacionales participantes (No más tarde del 1 de julio). Cambio completo de la administración pública (No más tarde del 1 de julio).

    9. Billetes Euro

    Los principales elementos del diseño del euro se han modificado, con carácter previo a la elaboración de las planchas que permitirán imprimir los billetes reales, para corregir aquellos rasgos arquitectónicos que pudieran introducir referencias claras a estructuras reales y también para incluir a las islas Baleares y Canarias, ausentes del mapa de Europa inicialmente seleccionado.

    Por motivos de seguridad, las reproducciones que ahora ha difundido el Instituto Monetario Europeo (IME) no muestran todos los detalles que serán incorporados en última instancia, pero los nuevos bocetos serán la base del trabajo técnico adicional que permitirá al Sistema Europeo de Bancos Centrales poner en circulación los billetes del euro antes del 1 de enero del 2002.

    Los billetes son siete, de 5, 10, 20, 50, 100, 200 y 500 euros. Las denominaciones tienen colores diferentes y también tamaños y señales táctiles especiales, pensando en las personas invidentes o con facultades visuales mermadas.

    La elección efectuada por el IME se ha basado en una maqueta inspirada en el tema Épocas y estilos de Europa porque "reúne, de una forma armoniosa, la evolución de la técnica, el arte y los medios de comunicación en Europa a través de los siglos, y simboliza el nacimiento de la nueva Europa unificada, depositaria de una herencia cultural común, así como la visión de un futuro común para el siglo próximo, es decir, para el nuevo milenio" (Comunicado de prensa del IME, 13/12/96).

    El grafismo seleccionado responde a las características siguientes:

    • están representadas las 7 épocas de la historia de la cultura europea: clásica (billete de 5 euro), románica (10 euro), gótica (20 euro), renacimiento (50 euro), barroco y rococó (100 euro), arquitectura del hierro y del vidrio (200 euro), arquitectura moderna del siglo XX (500 euro);
    • estas 7 épocas están representadas por los estilos arquitectónicos respectivos: los tres grandes elementos arquitectónicos representados – las ventanas, los pórticos y los puentes – no son atribuibles a un monumento o a un país en particular, pero son representativos de los estilos arquitectónicos que se han dado en una gran parte de Europa;
    • el anverso de cada billete representa las ventanas y los pórticos – que simbolizan "el espíritu abierto y de cooperación que reina en el seno de la Unión Europea" – y las doce estrellas de la Unión Europea, que transmiten "el dinamismo y la armonía de la Europa de hoy" (Comunicado de prensa del IME, 13/12/96);
    • el reverso de cada billete representa un puente (sobre el perfil de un mapa de Europa desde el Atlántico a los Urales) que es característico del periodo de la historia de Europa evocado por el billete: "metafóricamente, el puente simboliza el lazo que une no solamente los pueblos europeos entre ellos, sino también a Europa con el resto del mundo",

    Los diferentes billetes representan también los siguientes motivos:

    • el nombre de la moneda EURO, a la vez en caracteres latinos (EURO) y griegos (EURW);
    • la bandera de la Unión Europea, que podría ser remplazada por un signo distintivo de cada nación: esta decisión debía haber sido tomada en el Consejo Europeo de Amsterdam (16 y 17 de junio de 1997) pero no se ha llegado a ninguna posición común por el momento;
    • las iniciales del Banco Central Europeo (autoridad emisora), en las cinco variantes posibles: BCE, ECB, EZB, EKT, EKP;
    • la firma del Presidente del BCE, ubicada al lado de estas iniciales

    Los billetes euro serán los más seguros y difíciles de falsificar entre los que se emiten actualmente. El papel contiene fibras fluorescentes y un dibujo de diversos tonos. La imitación de este último exige por parte del falsificador un trabajo adicional, porque no puede reproducirlo fácilmente a la vez que lo copia o imprime.

    (Para ver grafico faltante hace clic en menu superior "bajar trabajo")

     

     

    Autor:

    Ignacio Sylvester

    Lic. Adm. de Empresas 1er. Año