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Estructura ontológica del sujeto práctico kantiano (página 2)


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11. La Facultad apetitiva superior está constituida por la unión de apetencia y Razón, pero lo que moviliza a la facultad apetitiva en este caso no es el elemento sensible, sino el elemento racional, la razón pura, cuya tarea no es otra que la representación de la ley moral, la cual se expresa para el hombre a través del imperativo categórico, cuya triple formulación la reduce Kant al siguiente mandato: actúa de tal manera que la máxima de tu acción pueda convertirse en ley universal. Como dijimos esa ley es un mandato porque en el ente humano la Razón no es el único fundamento de determinación de la voluntad (CRPr: §1), ya que éste por su propia naturaleza dual, racional-sensible, obedece también y casi principalmente a las inclinaciones. A la facultad apetitiva superior la identifica Kant con la Voluntad en sentido estricto y con la razón práctica misma, la cual, en tanto se da a sí misma una ley, es libre, libre tanto en el sentido de la independencia, que es la libertad negativa (Freiheit), como en el sentido de la autonomía, que es la libertad positiva (Autonomie). La autonomía consiste en un darse leyes a sí mismo, es decir, en la autolegislación, y esto es sobre la base de la libertad práctica que es la libertad en sentido positivo[13]Es, pues, la autonomía, la propiedad de la Voluntad de ser una ley para sí misma (FMC: 56), y es lo que permite a Kant afirmar el aparente contrasentido de que "Voluntad libre y Voluntad sometida a la ley moral son una y la misma cosa" (ibídem). La facultad apetitiva superior es posible en virtud de una ley que es puramente formal —la ley moral y del sentimiento de respeto (Gefühl der Achtung) (CRPr: §3). El sentimiento de respeto hace posible no sólo la facultad apetitiva superior, sino que también es lo que permite la unidad del sujeto moral. En la Fundamentación de la Metafísica de las Costumbres, Kant define el respeto como "…la conciencia de la subordinación de la voluntad a la ley sin la mediación de otros influjos sensibles…" Y cómo opera el sentimiento de respeto, lo explica Kant en la exposición que hace de los móviles de la razón práctica, en el capitulo III de la Analítica (CRPr), en los siguientes términos: la ley moral como móvil en la determinación de la voluntad produce en el sujeto un efecto que es de naturaleza doble: directamente negativo e indirectamente positivo. Ese efecto es ciertamente un sentimiento, pero tal sentimiento es ostensivo de un carácter muy especial que lo diferencia de la otra gama de sentimientos humanos, y es que él es el único sentimiento que es provocado por la Razón y, por consiguiente, se puede conocer a priori en ambos casos. Justamente, como sentimiento que es, tiene su origen en la sensibilidad (CRPr: 83), pero como es el único sentimiento ocasionado por la representación de la ley moral, está exclusivamente al servicio de la Razón práctica pura y nunca es efecto de otros móviles provenientes de la sensibilidad. [Por eso, ante una persona sagaz que sin miramientos ni escrúpulos cosecha éxitos "por todos los medios posibles", se puede incluso hasta llegar a sentir admiración, pero nunca respeto]. Se dice que es un sentimiento negativo porque el respeto a la ley "humilla" o perjudica las inclinaciones[14]y genera por lo tanto un sentimiento de displacer, en tanto el sujeto sensible se siente frustrado respecto de la satisfacción de sus apetencias. Este sentimiento consiste, pues, en la "humillación" que padece quien compara su propensión sensible con la ley moral, pues al así medirse, la ley moral rebaja las pretensiones de su autoapreciación. Pero en tanto el sentimiento de respeto a la ley moral frustra las apetencias sensoriales y con ello somete al sujeto sensorial, ese sometimiento es la subordinación de ese sujeto a la razón, y así pues, una exaltación de él mismo en tanto persona moral, lo cual es placentero. De ese modo el sentimiento de respeto se torna en un sentimiento positivo que, aunque indirecto, permite y fomenta la actividad moral. Mas no por esto el sentimiento de respeto es causa de la ley moral, sino efecto de ésta; y en tanto sentimiento positivo, es móvil subjetivo de la moralidad del sujeto que lo impulsa a hacerse máximas concordantes con la ley moral (Ibíd. 86), pues el sentimiento de respeto es "respeto" por la ley moral. Si la ley moral no provocara en el sujeto ese sentimiento, ella no sería subjetivamente el móvil de la acción; podría haber concordancia de la máxima con la ley moral pero sólo como legalidad, mas no como moralidad, o como diría Kant, concordancia con la letra de la ley mas no con su espíritu (Ibíd. 79).Kant entiende por móvil de la acción "lo que mueve" a la voluntad a la acción. En el caso de la voluntad ética lo que la mueve es el sentimiento de respeto, es decir, la conciencia de la ley. El móvil de la acción es pues lo que mueve a la voluntad de un ser cuya razón no se conforma necesariamente con la ley moral objetiva (Ibíd. 79), en virtud de su naturaleza, que no es solamente racional sino que también es sensible y, por tanto, tiene también otros móviles para la determinación de su voluntad, pues la voluntad humana (en sentido amplio), está, por así decirlo, como entre dos aguas: por un lado, las inclinaciones sensibles que la impulsan a perseguir lo que le complace; por el otro, la ley moral que le reclama constantemente su observancia. En esta lucha, las apetencias sensibles tienen casi siempre su triunfo asegurado, pues el efecto que de ellas se deriva como móvil no causa displacer en el sujeto. Dejar que la apetencia sensible determine el arbitrio, no exige ningún esfuerzo; es un simple dejarse llevar: un goce. Elegir la ley moral, en cambio, como motivo determinante de la voluntad, requiere un ánimo templado, pues para ello hay que renunciar a lo placentero; exige un dominio de la sensibilidad que ciertamente es posible pensar pero del cual parece no haber ejemplos, porque la completa adecuación de la voluntad a la ley moral es la santidad, y esta perfección probablemente no puede ser alcanzada por ningún ser racional en el mundo, ya que lo sensible le es consustancial al hombre, pues el ente racional —dice Kant— por ser una criatura dependiente de aquello que requiere para estar totalmente satisfecho con su estado, "no puede estar totalmente libre nunca de pasiones e inclinaciones" (Ibíd. 91).Por consiguiente, la obtención del bien supremo, que es el objeto necesario de una voluntad determinada por la ley moral (Ibíd. 130), tampoco será completamente posible en este mundo, pues la condición para el mismo es la absoluta conformidad de las intenciones con esa ley (Ibíd.). De allí que la idea de la inmortalidad del alma sea uno de los fundamentos necesarios para la moralidad. Pues gracias a ella la persona tiene la esperanza de constatar la plenitud de su perfección moral en algún momento del curso de su existencia.12. Para finalizar, y a manera de conclusión, podemos afirmar que Kant no concibe al sujeto como un ente substancial. Precisamente, en la Dialéctica Trascendental (CRP), donde hace la investigación de las tres ideas trascendentales: Alma, Mundo y Dios, Kant despeja el problema de los paralogismos que se presentan con respecto a la idea de alma (sujeto) y demuestra que éstos se producen como consecuencia de pensar y concebir al alma como un ente substancial, como persona. Y en el parágrafo 46 de los Prolegómenos sostiene que lo que persiste después de separados los accidentes, lo sustancial mismo, nos es desconocido. Pero lo anterior no nos autoriza a pensar al sujeto como un agregado de fuerzas yuxtapuestas, sino que esas fuerzas están dispuestas en relaciones de fundamentación recíproca, que es, justamente, lo que les da unidad. La unidad del sujeto práctico resulta de la conexión entre la Razón y la sensibilidad a través del sentimiento de respeto, siendo éste último producido por un concepto moral a priori: el concepto de deber, definido por Kant como "la necesidad de una acción por respeto a la ley" (FMC: 26).Con la precedente exposición espero haber dado alguna cuenta de lo que es la estructura del sujeto práctico en la doctrina kantiana: un ente finito, receptáculo de dos fuerzas antagónicas: razón y sensibilidad; y aguijoneado por ambas al saber y a la acción, pero destinado solamente a conocer fenómenos y a obrar sobre ese mundo fenoménico, ya que el conocimiento de la cosa en sí le está vedado.

Siglas usadas

CJ = Crítica del Juicio

CRP = Crítica de la Razón Pura

CRPr = Crítica de la Razón Práctica

A = primera edición del la CRP

B = segunda edición del la CRP

MC = Metafísica de las costumbres

FMC = Fundamentación de la Metafísica de las Costumbres

Bibliografía

Kant, Immanuel:

  • Crítica de la Razón Pura. Ediciones Alfaguara. Madrid,1988. Traducción de Pedro Ribas.

Versión alemana "KRITIK DER REINEN VERNUNFT". Felix Meiner Verlag, Philosophische Bibliotek, Band 37. Hamburg, 1956.

  • Crítica de la Razón Práctica. Ediciones Losada. Buenos Aires, 1961. Traducción de J. Rovira A.

Versión alemana KRITIK DER PRAKTISCHEN VERNUNFT. Felix Meiner Verlag, Philosophische Bibliotek, Band 38. Hamburg, 1974.

  • Crítica de la facultad de juzgar. Monte Ávila Editores. Caracas, 1992. Traducción de Pablo Oyarzún.

  • Fundamentación de la Metafísica de las Costumbres. Colección Austral. Espasa Calpe. Buenos Aires, 1946. Traducción de Manuel García Morente.

Versión alemana GRUNDLEGUNG ZUR METAPHYSIK DER SITTEN. Felix Meiner Verlag, Philosophische Bibliotek, Band 41. Hamburg, 1957.

  • Metafísica de las Costumbres. Editorial TECNOS. Madrid, 1989. Traducción de Adela Cortina

Aristóteles:

Ética Nicomaquea. Editorial Gredos. España, 1985.

Bréhier, Emile:

Historia de la Filosofía. Editorial Tecnos. Madrid, 1988.

Cassirer, Ernesto:

Kant, vida y doctrina. Fondo de Cultura Económica, México, 1985.

Cortina, Adela:

Estudio preliminar a la traducción de la Metafísica de las Costumbres. Ed. Tecnos. Madrid, 1989.

Daval, Roger:

La metafísica de Kant. Revista DIKAIOSYNE No.3, editada por el "Grupo Investigador Logos: Filosofía, Derecho y Sociedad". Centro de Investigaciones Jurídicas. Universidad de los Andes. Mérida – Venezuela, 2000.

Fraile, Guillermo:

Historia de la Filosofía. Biblioteca de Autores Cristianos. Madrid,1965.

Heidegger, Martín:

Schelling y la libertad humana. Monte Ávila Editores. Caracas. Vezuela, 1985

Hume, David:

Tratado de la naturaleza humana. Editorial Orbis. España, 1984.

Platón:

La República. Obras completas. Universidad Central de Venezuela. Caracas, 1980.

Rosales, Alberto:

Siete ensayos sobre Kant. Ediciones del Consejo de Estudios de Postgrado. Universidad de los Andes. Mérida – Venezuela, 1993.

 

 

Autor:

Margarita Belandria*

Universidad de Los Andes

Mérida – Venezuela

 

[1] Se entiende por “ánimo humano” todo el plexo existencial que se designa con el nombre de alma o espíritu humano, es decir, toda esa capacidad que tiene el ser humano de pensar, sentir, etc. Kant define el alma como el principio vital del hombre en el uso de sus fuerzas (MC: 384) Y dice que aunque nos esté permitido en perspectiva teórica distinguir en el hombre el alma y el cuerpo como sus disposiciones naturales, no está permitido, sin embargo, pensarlos como diferentes sustancias (Ibíd. 419).

[2] La palabra RAZON es usada por Kant con dos acepciones distintas: en un sentido amplio designa toda la facultad de pensar, esto es, la facultad superior de conocimiento, a diferencia de la sensibilidad como facultad inferior (cf. B 863 y B 730). Kant define el pensar como un conocimiento mediante conceptos (B94). Dicha facultad de pensar comprende: 1) El Entendimiento como facultad de los conceptos en general, entre ellos los conceptos puros o categorías. 2) La facultad de juzgar, cuya tarea es aplicar los conceptos a otros conceptos y a las intuiciones. 3) La Razón en sentido estricto, que es la facultad de razonar o inferir, la cual es también la sede de conceptos a priori que Kant llama Ideas: alma, mundo, Dios, y las ideas que de ellas se derivan. Kant usa también la palabra ENTENDIMIENTO en dos sentidos: para designar tanto al Entendimiento propiamente dicho, como a la razón en sentido amplio.

[3] En carta fechada el 21 de febrero de 1772. (Revista Filosofía No. 2. Pstrado de Filosofía. ULA, 1991. Traducción de Alberto Arvelo Ramos). Esa carta no es, como afirma Bréhier, el único documento que revela el pensamiento de Kant durante esos diez años de reflexión silenciosa que precedieron a la Crítica de la Razón Pura, porque de esa época, según Alberto Rosales, hay innumerables reflexiones así como Lecciones sobre el tema.

[4] Experiencia es, según Kant, una clase de conocimiento que exige la presencia del pensamiento, y consiste en una composición de lo que recibimos a través de las impresiones sensibles y de la aplicación de la facultad de conocer excitada por esas impresiones (CRP: Intr. I).

[5] Representación es según Kant un término genérico que abarca tanto a la intuición, como al concepto y a la idea (A 320 y B 377). Kant usa este término en el mismo sentido que lo usó la tradición pero lo extiende a todos los actos o manifestaciones cognoscitivas del ente humano.

[6] Cf. Alberto Rosales: “Siete ensayos sobre Kant”. Consejo de Publicaciones. ULA, Mérida, 1993. Así como el Seminario sobre la ética kantiana dictado en la Maestría de Filosofía (ULA) en ese mismo año. Alberto Rosales es un destacado filósofo venezolano con una larga trayectoria en la investigación de la doctrina kantiana, entre otras especialidades filosóficas. Actualmente es coordinador en Venezuela del Círculo Latinoamericano de Fenomenología.

[7] Ibídem, p.151.

[8] Es muy corriente el uso de la palabra intuición para designar lo que propiamente podría denominarse como "pálpito" o "corazonada". No es este, pues, el sentido filosófico-kantiano de ese término.

[9] Heidegger, Martín: Schelling y la libertad humana, p. 56

[10] Representación, ver la nota 5.

[11] 1 La palabra regla está usada aquí con su sentido genérico de “precepto práctico”; sus especies son: máximas, imperativos hipotéticos e imperativo categórico.

[12] Hume, David: Tratado de la naturaleza humana, p.617.

[13] Al respecto véase mi trabajo “Kant: la libertad como condición de posibilidad de la ley moral”. Anuario de Derecho No. 19 ULA. Mérida, 1997.

[14] Inclinación o tendencia es el término usado por Kant para significar el apetito habitual de naturaleza sensible (MC: 212). Consiste en la dependencia que tiene la facultad apetitiva respecto de las sensaciones: hambre, sed, sexo, fama, poder, honores, etc. (FMC: 34 y parágrafo 73 de la Antropología).

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