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Violencia intrafamiliar o doméstica (página 2)


Partes: 1, 2

  • Prohibir la conciliación en materia de violencia de género y dar mayor cobertura de seguridad a las medidas cautelares especificadas por la 14-94 y la 24-97.

  • Elaborar protocolos policiales y sanitarios que sirvan de referente a los profesionales de estas ramas, a la hora de abordar la problemática de la violencia de género.

  • Medicina Forense:

    • Asegurar que el sistema de registro judicial sea homologado con el registro de Patología Forense de manera que incluya los feminicidios, seguidos del suicidio del feminicida, como casos de la justicia.

    • Establecer la gratuidad de los servicios médicos y legales para quienes recurren a las leyes 14-94 y 24-97.

    • Elaborar protocolos policiales y sanitarios que sirva de referente a los profesionales de estas ramas, a la hora de abordar la problemática de la violencia de género.

    • Fortalecer los mecanismos de prevención de feminicidios, tales como ampliación de Departamentos y personal especializado en la atención a casos de violencia contra la mujer y violencia intrafamiliar, registro de datos de reincidencia, etc.

    • Coordinar acciones de atención a masculinos agresores de mujeres, con la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social.

    Secretaría de Estado de Educación

    • Incorporar en el sistema educativo, el Principio de la Igualdad, las relaciones de cooperación entre los sexos y la no tolerancia hacia las actitudes y comportamientos que generen violencia de género.

    • Incorporar en los programas educativos el fomento de resolución pacífica de conflictos.

    • Fomentar la investigación sobre el feminicidio en el país.

    • Fomentar el desarrollo de una cultura de gestión que tengan en cuenta el género en las empresas y las burocracias (incluida la ayuda internacional), para reemplazar a las culturas de predominio masculino y, además, apoyar la realización de estudios multidisciplinarios de las masculinidades y los roles masculinos, especialmente la investigación sobre las condiciones sociales y culturales que producen una masculinidad violenta y patriarcal.

    Organizaciones No Gubernamentales

    • Promover el desarrollo de alianzas entre las Organizaciones de mujeres, en el ámbito nacional e internacional, así como con todas aquellas instituciones que están llamadas a intervenir en los casos de violencia a mujeres, para coordinar y proyectar unidas un activismo para la lucha, encaminado a eliminar la violencia de la vida de las mujeres. Así como las coordinaciones de Abogacía que mantengan el reclamo en la sociedad entera sobre los derechos de las humanas y de la niñez.

    • Crear espacios de coordinación interinstitucional con otras ONG y OG, que implementen las acciones comunes para la erradicación de la violencia.

    Bibliografía

    • LEY 24-97 SOBRE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, 14 DE NOVIEMBRE DE 1996.

    • CEPEDA, Zobeyda y POLA, María Jesús. 1999. Posibilidades desde la Ley 24-97 contra la violencia intrafamiliar. Guías Legales para uso de las Personas Prestatarias de Servicios y Atención a Mujeres Sobrevivientes de Violencia de Género. Primera parte. Editada por PROFAMILIA.

    • COLLADO D. Y NUÑEZ N. 1998. "Estudio Jurídico de la Situación Actual de la Mujer Dominicana", Memoria Final para optar por el título de Licenciadas en Derecho, PUCMM. Santiago.

    • KAUFMAN, Michael. (1989). Hombres placer, poder y cambio. Editora Taller. Santo Domingo.

    • Lagarde, Marcela, 1999, Una mirada feminista en el umbral del milenio, Instituto de Estudios de la Mujer/Facultad de Filosofía y Letras/Universidad Nacional, Costa Rica.

    • LUCIANO, Dinnys. 1996. "La violencia contra las mujeres en la República Dominicana". Aquelarre, Santo Domingo, República Dominicana.

    • MATA, Mildred y POLA Z., María Jesús. (2001). Sistematización de Indicadores de Violencia Doméstica y Sexual en República Dominicana. OXFAM/CEAPA/NAM. Santiago, República Dominicana.

    • Monárrez, Julia E., 2000, "La cultura del feminicidio en Ciudad Juárez, 1993-1999", en Frontera Norte, núm. 23, vol. 12, enero-junio, pp. 87-117.

    • III Informe Internacional "Violencia contra la mujer en las relaciones de pareja", elaborado por el Centro Reina Sofía, en base al estudio realizado en conjunto en 135 países del mundo. EFE | elcaribe.com.do | 30-04-2010.

    • René Garraud. Doctrinólogo Frances más estudiados por los abogados y abogadas en nuestro país. Traité Theorique et Practique du Droit Penal Francais. Francia. Edición de 1924.

    • República Dominicana, Ley 24-97 de Violencia Contra la Mujer. Artículos Citados en la Investigación: 3, 4 y 7.

    Anexos

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    Autor:

    Ing.+Lic. Yunior Andrés Castillo S.

    Santiago de los Caballeros,

    República Dominicana

    2014.

    Partes: 1, 2
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