- Definición de matrimonio
- Matrimonio en la República Bolivariana de Venezuela
- Características
- Clases de matrimonios en la legislación venezolana
- Requisitos del matrimonio en la legislación venezolana
- Matrimonio en la República Árabe Siria
- Fases esenciales del matrimonio islámico en Siria
- Referencias bibliográficas
- De los bienes en el Derecho Real
Definición de matrimonio
El matrimonio es una forma de relación humana aprobada social y culturalmente, por lo general asociada a la definición y formación de una familia. Según el Diccionario de la Lengua Española (2001, p.996) lo define como la unión de hombre y mujer concertada mediante determinados ritos o formalidades legales. En el catolicismo, sacramente por el cual el hombre y la mujer se ligan perpetuamente con arreglo a las prescripciones de la iglesia. Ahora bien, la palabra matrimonio puede tomarse en el sentido de vínculo o estado conyugal y también en sentido del acto por el cual se origina y constituye esa relación, el vinculo matrimonial.
De acuerdo a esta opinión, la más aceptada, al menos del punto de vista sociológico, la palabra matrimonio deriva de la frase matrem muniens, que significa defensa, protección de la madre tiene el matrimonio por función, garantizar el cumplimiento de los deberes del hombre, hacia la madre de sus hijos.
Matrimonio en la República Bolivariana de Venezuela
1.1 DEFINICIÓN DE MATRIMONIO EN LA LEGISLACIÓN VENEZOLANA.
El matrimonio en la legislación venezolana esta previsto en el artículo 44 del Código Civil, el cual establece que:
El matrimonio no puede contraerse sino entre un solo hombre y una sola mujer. La ley no reconoce otro matrimonio contraído en Venezuela sino el que se reglamenta por el presente Título, siendo el único que producirá efectos legales, tanto respecto de las personas como respecto de los bienes.
De tal manera, que el matrimonio es una relación entre dos o más personas con un reconocimiento social, cultural o jurídico. Tiene por fin proporcionar un marco de protección mutua o de protección de la descendencia. Puede ser motivado por intereses personales, económicos, sentimentales, de protección de la familia o como medio para obtener algunas ventajas sociales.
El matrimonio puede ser civil o religioso y dependiendo de la religión o del ordenamiento jurídico los derechos, deberes y requisitos del matrimonio son distintos. Ahora bien, no todas las sociedades establecen la distinción entre matrimonio civil y religioso
Según Grisantti (2001, p. 88),
Su importancia asciende al campo social y moral. Pues bien, la gran relevancia que tiene el matrimonio en el aspecto moral, social y jurídico genera la necesidad de que la ley fije de modo preciso con toda rigidez, los requisitos que deben cumplir sean para su perfeccionamiento a pesar de ser el matrimonio una institución de orden publico, indiscutiblemente la relación de los requisitos necesarios para contraerlos, no siempre producen su nulidad como sucedería si se aplicara una estructura lógica jurídica.
De igual forma, Rombola y Rebuiras (2005, p.633)
Lo definen como la unión de un hombre y una mujer, bajo las normas previstas por la ley para la validez de dicha institución. Su celebración implica la creación de vínculos de parentesco de afinidad por el vínculo conyugal, la obligación y el derecho de cohabitación entre los cónyuges, y la aplicación de un régimen patrimonial específico. El matrimonio es por origen, un contrato y ciertamente una institución social, base principal de la civilización.
En efecto, el matrimonio puede tomarse en el sentido de vínculo o estado conyugal y también en el sentido del acto por el cual se origina y constituye esa relación, el vínculo matrimonial.
Es por ello, que la primera condición para la validez del matrimonio es la legalidad. La segunda, es el consentimiento de los cónyuges y la tercera, es la libertad de todo impedimento de prohibición cuya vinculación lleva consigo la nulidad del matrimonio.
Es por lo antes expuesto, que las condiciones de validez intrínsecas y extrínsecas del matrimonio se rigen por el derecho del lugar de su celebración, aunque los contrayentes hubiesen dejado su domicilio para no sujetarse a las normas que en él rigen.
De manera que, las definiciones anteriores, se evidencia la legalidad y la permanencia como notas características del matrimonio, y además, su finalidad integral. Así se diría que el matrimonio es la unión legal de un hombre y una mujer para establecer entre ellos una plena y perpetua comunidad de vida.
Características
Respecto a la Naturaleza Jurídica del Matrimonio no hay unidad de criterio entre los autores, hay quienes piensan que el matrimonio es un contrato, opinión muy común entre los civilistas. Por el contrario, hay quienes creen que el matrimonio es solo una institución social.
El Matrimonio en Venezuela, es un contrato visto como una institución social. El matrimonio es la base fundamental de la familia. En él los contrayentes deben ser capaces, con la capacidad especial para contraer matrimonio, deben prestar su consentimiento.
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