“ES LA BASE PARA LA ESTRUCTURACIÓN DE UN SISTEMA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL, CONSTITUYE LA BASE LEGAL PARA LA REALIZACIÓN DEL GASTO PÚBLICO. LA CONFIGURACIÓN DE LAS CUENTAS CONTABLES DEBE SER COMPATIBLE CON LAS CLASIFICACIONES PRESUPUESTARIAS, PARA LOGRAR LA ADECUADA INTERRELACIÓN ENTRE EL PROCESO FISCAL Y LA CONTABILIDAD, PARA ASÍ ANALIZAR EL COMPORTAMIENTO DE INGRESOS Y EGRESOS” “ES UN PLAN FINANCIERO Y DE ACCIÓN PROGRAMADA QUE FACILITA LA COORDINACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DEL GOBIERNO, BUSCANDO LA EFICIENCIA Y LA ECONOMÍA Y ESTABLECIENDO LOS ADECUADOS CONTROLES FISCALES” EL PRESUPUESTO PÚBLICO
SISTEMA MEDIANTE EL CUAL SE ELABORA, APRUEBA, COORDINA LA EJECUCIÓN, CONTROLA Y EVALÚA LA PRODUCCIÓN PÚBLICA (BIEN O SERVICIO) DE UNA INSTITUCIÓN, SECTOR O REGIÓN EN FUNCIÓN DE LAS POLÍTICAS DE DESARROLLO PREVISTAS EN LOS PLANES ” (Asociación Venezolana de Presupuesto Público, 1995) EL PRESUPUESTO PÚBLICO
EXPRESA LOS PLANES NACIONALES, REGIONALES Y LOCALES, ELABORADOS DENTRO DE LAS LÍNEAS GENERALES DEL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL DE LA NACIÓN, APROBADOS POR LA ASAMBLEA NACIONAL PRESUPUESTO PÚBLICO METAS DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL, INSTITUCIONAL DE VENEZUELA LEY DEL MARCO PLURIANUAL DEL PRESUPUESTO LEY ORGÁNICA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DEL SECTOR PÚBLICO BASTIDAS, 2003 CAPTAR ASIGNAR EL PRESUPUESTO PÚBLICO
“ES UN INSTRUMENTO DE LA PLANIFICACIÓN EXPRESADO EN TÉRMINOS FINANCIEROS, EN EL CUAL SE REFLEJAN LOS GASTOS Y APLICACIONES ASÍ COMO LOS INGRESOS Y FUENTES DE RECURSOS, QUE UN ORGANISMO, SECTOR, MUNICIPIO, ESTADO O NACIÓN, TENDRÁ DURANTE UN PERÍODO DETERMINADO CON BASE EN POLÍTICAS ESPECÍFICAS QUE DERIVAN EN OBEJTIVOS DEFINIDOS PARA LAS DIVERSAS ÁREAS QUE INTERACTÚAN EN LA ACCIÓN DE GOBIERNO” (Bastidas, 2003) HERRAMIENTA PLANIFICAR LAS ACTIVIDADES ASPECTOS CUALITATIVOS Y CUANTITATIVOS CURSO A SEGUIR DURANTE UN AÑO FISCAL PROYECTOS PROGRAMAS METAS CON BASE PERMITE INCORPORA TRAZANDO EL PRESUPUESTO PÚBLICO
QUÉ ES LA ONAPRE? La Oficina Nacional de Presupuesto es el órgano rector del Sistema Presupuestario Público, creado con la finalidad de cumplir las atribuciones que le confiere el artículo 21 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público (LOAFSP, Gaceta Oficial N° 37.029, del 5 de septiembre de 2000).
ALCANCE POLÍTICO POLÍCAS DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y SERVICIOS (POLÍTICA ECONÓMICA, SOCIAL, FISCAL) POLÍTICAS DE ADMINISTRACIÓN PRESUPUESTARIA (POLÍTICA SALARIAL, INVERSIÓN PÚBLICA, CRÉDITO PÚBLICO) ALCANCE ADMINISTRATIVO PLANEAR, DIRIGIR, COORDINAR, INFORMAR, SUPERVISAR, EVALUAR Y PRESUPUESTAR LAS ACTIVIDADES A CARGO DE LA ENTIDAD PÚBLICA ALCANCE CONCEPTUAL DEL PRESUPUESTO PÚBLICO
EFECTO ECONÓMICO: EL INGRESO PÚBLICO TRIBUTARIO TIENE UNA FUNCIÓN DE CONTRACCIÓN DE LA DEMANDA Y UN EFECTO DE REDISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS. EFECTO FINANCIERO: EL PRESUPUESTO SIGNIFICA ORIGEN Y DESTINO DE FLUJOS FINANCIEROS ALCANCE JURÍDICO SE ESTABLECEN NORMAS QUE REGULAN LA EJECUCIÓN Y EVALUACIÓN Y FIJAN RESPONSABILIDADES POR EL MANEJO DEL PRESUPUESTO ALCANCE ECONÓMICO Y FINANCIERO
EL PRESUPUESTO ES UN INSTRUMENTO PARA CUMPLIR EL PLAN DE LA NACIÓN, POR LO TANTO, DEBE FORMULARSE, SANCIONARSE Y EJECUTARSE EN FORMA TAL QUE ASEGURE EL LOGRO DE LOS OBJETIVOS PREVISTOS EN EL PLAN. ES UNA HERRAMIENTA DE ADMINISTRACIÓN, PLANIFICACIÓN, CONTROL, GESTIÓN GUBERNAMENTAL Y JURÍDICA. OFRECE UN ESPACIO PARA LA COORDINACIÓN DE LAS ACCIONES RELATIVAS A ASUNTOS POLÍTICOS, ECONÓMICOS Y SOCIALES. IMPORTANCIA DEL PRESUPUESTO PÚBLICO
SIRVE DE SOPORTE PARA LA ASIGNACIÓN DE RECURSOS Y PROVEE LA BASE LEGAL PARA LA REALIZACIÓN DEL GASTO PÚBLICO. ES UN INSTRUMENTO PARA LA TOMA DE DECISIONES EN EL SECTOR PÚBLICO. DELIMITA Y ESPECIFICA CON CLARIDAD LAS UNIDADES O FUNCIONARIOS RESPONSABLES DE EJECUTAR LOS PROGRAMAS Y PROYECTOS, ESTABLECIENDO ASÍ LA BASE PARA VIGILAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS MANDATOS ESTABLECIDOS EN EL PRESUPUESTO.
SEMEJANZAS SE ELABORAN PARA BUSCAR EFICIENCIA Y ECONOMÍA EN SU EJECUCIÓN DEBEN PERMITIR LA FLEXIBILIDAD SE DEBE EJERCER UNA ACCIÓN DE CONTROL SON ELABORADOS CON BASE EN UN PROYECTO SE REALIZAN GENERALMENTE PARA UN PERIDO DE UN AÑO ESTÁN EXPRESADOS EN TÉRMINOS FÍSICOS Y FINANCIEROS RELACIÓN CON EL PRESUPUESTO PRIVADO
DIFERENCIAS CUMPLIMIENTO DE LAS METAS DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL DEL PAÍS SE REINVIERTEN EN LA SOCIEDAD EL PRESUPUESTO ES DE CONOCIMIENTO PÚBLICO RIGIDA (CEÑIRSE A LO ESTABLECIDO EN LA LEY) LA ACCIÓN CONTROL ES MÁS RIGUROSA AFECTAN LA POLÍTICA FISCAL, ECONÓMICA Y CAMBIARIA SE FORMULA CON EQUILIBRIO PRESUPUESTO POR PROYECTOS PRESUPUESTO PÚBLICO PRESUPUESTO PRIVADO OBJETIVO ALCANZAR LA MAYOR RENTABILIDAD SOBRE LA INVERSIÓN INCREMENTAN EL PATRIMONIO DE LA EMPRESA EL PRESUPUESTO ES DE CONOCIMIENTO PRIVADO ES FLEXIBLE LA ACCIÓN CONTROL ES MENOS RIGUROSA AFECTAN A LA EMPRESA Y SU ENTORNO SE OBTIENE PARA DETERMINAR EL NIVEL MÍNIMO DE ACTIVIDAD CUALQUIERA EXCEDENTES DE INGRESOS SOBRE GASTOS DIFUSIÓN DE LA INFORMACIÓN FLEXIBILIDAD EN SU FORMULACIÓN CONTROL INFLUENCIA DE LAS DECISIONES PUNTO DE EQUILIBRIO TÉCNICA PRESUPUESTARIA
INCLUYE UNA PROGRAMACIÓN DETALLADA. REQUIERE DE UN PROYECTO Y ESTÁ CONTENIDO EN UN PLAN. EL PERIODO PRESUPUESTARIO ES DE DURACIÓN ANUAL. SE FORMULA, EJECUTA Y CONTROLA BAJO LA TÉCNICA DE PRESUPUESTO POR PROYECTOS. TIENE CARÁCTER DE LEY. CUENTA CON CLASIFICADORES DE INGRESOS Y GASTOS ENLAZADOS Y CONSOLIDADOS. CARACTERÍSTICAS DEL PRESUPUESTO PÚBLICO
COMO ALGO INHERENTE A SU NATURALEZA, DEBEN SER FLEXIBLES. SUS DATOS DEBEN ESTAR FUNDAMENTADOS EN ESTUDIOS, ANÁLISIS E INVESTIGACIONES. PERMITE LA DETERMINACIÓN DE RESPONSABILIDADES PÚBLICAS SE COMPORTA COMO UN ELEMENTO OPERATIVO DINÁMICO
PREVER INGRESOS Y GASTOS FUTUROS PARA ANTICIPARSE A LAS NECESIDADES DEL ENTE. TRASFORMAR LAS POLÍTICAS DEL GOBIERNO EN PROGRAMAS DE ACCIÓN POR MEDIO DE LA ASIGNACIÓN DE RECURSOS. PROVEER LA ESTRUCTURA PARA LAS CUENTAS PÚBLICAS Y LA CONTABILIDAD FISCAL. PERMITIR LA EVALUACIÓN PERIÓDICA DE LA GESTIÓN GUBERNAMENTAL FACILITAR EL PROCESO ADMINISTRATIVO. PROVEER LA BASE LEGAL PARA LA REALIZACIÓN DEL GASTO PÚBLICO. OBJETIVOS DEL PRESUPUESTO PÚBLICO
CUMPLIR CON LOS PLANES DE LA NACIÓN A LARGO, MEDIANO Y CORTO PLAZO. COORDINAR LAS DECISIONES POLÍTICAS, ECONÓMICAS Y SOCIALES. COORDINAR LAS ACTIVIDADES DE ORGANISMOS GUBERNAMENTALES ESTABLECER UNA RELACIÓN ENTRE LOS FINES POR CUMPLIR Y LOS MEDIOS CON QUE ALCANZARLOS. MINIMIZAR COSTOS, AL DARLE EL MEJOR USO A LOS RECURSOS. FACILITAR EL CONTROL. FACILITAR LA DELEGACIÓN DE AUTORIDAD Y FIJAR LA RESPONSABILIDAD FINANCIERA. PERMITIR QUE EL PÚBLICO CONOZCA LOS PROGRAMAS DE GOBIERNO. OBJETIVOS DEL PRESUPUESTO PÚBLICO
EN LOS PRESUPUESTOS SE INDICARÁN LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS QUE TENGAN A SU CARGO LA PRODUCCIÓN DE BIENES Y SERVICIOS PREVISTA. EN LOS CASOS DE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA CON LA PARTICIPACIÓN DE DIFERENTES UNIDADES ADMINISTRATIVAS DE UNO O VARIOS ÓRGANOS PÚBLICOS, SE INDICARÁ LA ACTIVIDAD QUE A CADA UNO DE ELLOS CORRESPONDA Y LOS RECURSOS ASIGNADOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS METAS PREVISTAS. RESPONSABILIDAD PRESUPUESTARIA
ASÍ MISMO, SE DESIGNARÁN A LOS FUNCIONARIOS ENCARGADOS DE LAS METAS Y OBJETIVOS PRESUPUESTARIOS QUIENES RESPONDERÁN POR EL CUMPLIMIENTO DE LOS MISMOS Y EL EFICIENTE USO DE LOS RECURSOS ASIGNADOS (Arts. 17 y 18 LOAF).
ADMINISTRACIÓN CENTRAL EJECUTA CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS (GASTOS) NO TIENE CONTABILIDAD PATRIMONIAL, ES DECIR SÓLO EJECUTA GASTOS Y NO GENERA INGRESOS (EXCEPTO EL MINISTERIO DE FINANZAS) LO NO GASTADO SE REINTEGRA ALA TESORERÍA NACIONAL. CARACTERÍSTICAS DEL SECTOR PÚBLICO
ENTES DESCENTRALIZADOS SIN FINES EMPRESARIALES SE CREAN POR LEY (DERECHO PÚBLICO) NO REALIZAN ACTIVIDADES DE PRODUCCIÓN DE BIENES O SERVICIOS DESTINADOS A LA VENTA RECIBEN DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL APORTES PRESUPUESTARIOS TIENEN CONTABILIDAD PATRIMONIAL
ENTES DESCENTRALIZADOS CON FINES EMPRESARIALES SE RIGEN POR EL DERECHO PRIVADO SU ACTIVIDAD PRINCIPAL ES LA PRODUCCIÓN DE BIENES O SERVICIOS DESTINADOS A LA VENTA Y CUYOS INGRESOS PROVENGAN FUNDAMENTALMENTE DE ESA ACTIVIDAD TIENEN CAPITAL EN ACCIONES LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DEL SECTOR PÚBLICO ARTÍCULOS: 6 Y 7 CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ARTÍCULO: 167 CARACTERÍSTICAS DEL SECTOR PÚBLICO
GOBERNACIONES PRESUPUESTO DE INGRESOS = SITUADO CONSTITUCIONAL + FONDO INTERGUBERNAMENTAL PARA LA DESCENTRALIZACIÓN (FIDES) + LEY DE ASIGNACIONES ESPECIALES PRESUPUESTO DE GASTOS LA LEY DE PRESUPUESTO ES APROBADA POR EL CONSEJO LEGISLATIVO REGIONAL MUNICIPIOS PRESUPUESTO DE INGRESOS = SITUADO MUNICIPAL + INGRESOS PROPIOS EL PRESUPUESTO ES APROBADO POR LA CÁMARA MUNICIPAL MEDIANTE UNA ORDENANZA
SISTEMA PRESUPUESTARIO (ART. 9 LOAFSP) ESTÁ INTEGRADO POR EL CONJUNTO DE PRINCIPIOS, ÓRGANOS, NORMAS Y PROCEDIMIENTOS QUE RIGEN EL PROCESO PRESUPUESTARIO DE LOS ENTES Y ÓRGANOS DEL SECTOR PÚBLICO ORGANISMOS QUE PARTICIPAN OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO (ART. 20 Y 21 LOAFSP) UNIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS ORGANISMOS DEL SECTOR PÚBLICO MINISTERIO DE FINANZAS MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO ASAMBLEA NACIONAL CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA ORGANISMOS DEL SECTOR PÚBLICO QUE PARTICIPAN EN EL SISTEMA PRESUPUESTARIO
OFICINA NACIONAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA OFICINA NACIONAL DE TESORERÍA OFICINA NACIONAL DE CRÉDITO PÚBLICO OFICINA CENTRAL DE PERSONAL OFICINA NACIONAL DE AUDITORÍA BANCO CENTRAL DE VENEZUELA OTROS ORGANISMOS ORGANISMOS DEL SECTOR PÚBLICO QUE PARTICIPAN EN EL SISTEMA PRESUPUESTARIO
EL CICLO PRESUPUESTARIO FORMULACIÓN DISCUSIÓN SANCIÓN PROMULGACIÓN EJECUCIÓN EVALUACIÓN Y CONTROL
EL CICLO PRESUPUESTARIO
EL CICLO PRESUPUESTARIO
(SECCIÓN CUARTA DEL CAPÍTULO II LOAFSP Y SECCIÓN TERCERA DEL CAPÍTULO III REGLAMENTO N° 1 LOAFSP) ELABORACIÓN DE LOS LINEAMIENTOS GENERALES Y LA POLÍTICA PRESUPUESTARIA PREVIA DISTRIBUCIÓN DE LA POLÍTICA PRESUPUESTARIA PREVIA ENTRE LAS CATEGORÍA PRESUPUESTARIAS ELABORACIÓN DE LOS ANTEPROYECTOS PRELIMINARES Y DEFINITIVOS DE PRESUPUESTO, POR LOS RESPECTIVOS RESPONSABLES ANÁLISIS, AJUSTES Y CONSOLIDACIONES DE LOS ANTEPROYECTOS EN DIFERENTES NIVELES APROBACIÓN POR MAXIMAS AUTORIDADES APROBACIÓN Y AJUSTES POR ENTES DE ADSCRIPCIÓN APROBACIÓN Y AJUSTES POR OFICINA DE PRESUPUESTO FORMULACIÓN
(ARTÍCULOS: 38, 39, 40, 41 Y 42 LOAFSP) APROBACIÓN POR EL EJECUTIVO PRESENTACIÓN AL LEGISLATIVO PROCESO DE SANCIÓN PROCESO DE PROMULGACIÓN PUBLICACIÓN EN GACETA OFICIAL (DENTRO DE LOS 10 DIAS SIGUIENTES) ANTES DEL 15 DE OCTUBRE ANTES DEL 15 DE DICIEMBRE PRESUPUESTO RECONDUCIDO ANTES DEL 31 DE MARZO DISCUSIÓN, SANCIÓN Y PROMULGACIÓN
(SECCIÓN QUINTA DEL CAPÍTULO II LOAFSP Y SECCIÓN QUINTA, SEXTA Y SEPTIMA DEL CAPÍTULO III REGLAMENTO N° 1 LOAFSP) DISTRIBUCIÓN GENERAL DISTRIBUCIÓN ADMINISTRATIVA PROGRAMACIÓN DE LA EJECUCIÓN FÍSICA Y FINANCIERA SOLICITUD DE BIENES Y SERVICIOS RECEPCIÓN Y UTILIZACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS PAGOS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS Y REPROGRAMACIÓN DE LA EJECUCIÓN EJECUCIÓN
(Gp:) EJECUCIÓN (Gp:) FÍSICA (Gp:) FINANCIERA (Gp:) SISTEMA ADMINISTRATIVO (Gp:) SISTEMA OPERATIVO (Gp:) GASTOS (Gp:) INGRESOS (Gp:) CAUSACIÓN (Gp:) COMPROMISO (Gp:) GASTO CAUSADO (Gp:) PAGO (Gp:) LIQUIDACIÓN (Gp:) RECAUDACIÓN
MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS Las modificaciones presupuestarias consisten en cambios que se efectúan a los créditos asignados a los programas, subprogramas, proyectos, obras, partidas, subpartidas, genéricas, específicas y subespecíficas que expresamente se señalen en la Ley de Presupuesto y su respectiva Distribución General de cada año, para los diferentes organismos. Dichas modificaciones pueden ser consecuencia de: Subestimaciones o sobreestimaciones de los créditos asignados originalmente en la Ley de Presupuesto y en la Distribución General
Subestimaciones o sobreestimaciones de los créditos asignados originalmente en la Ley de Presupuesto y en la Distribución General. Incorporación de nuevos programas. Reajuste de gastos acordados por el Presidente de la República, con miras a un uso más racional de los mismos o motivado por situaciones de tipo coyuntural no previstas. Alteración de las metas o volúmenes de trabajo en los programas que desarrolla el organismo. Gastos no previstos.
Créditos Adicionales: Son incrementos a los créditos presupuestarios que se acuerdan a los programas, subprogramas, proyectos, obras, partidas, subpartidas, genéricas, específicas y subespecíficas que expresamente señalen la Ley de Presupuesto y la Distribución General de cada año. El Ejecutivo Nacional, al tramitar la modificación presupuestaria en referencia, debe demostrar que el Tesoro Nacional dispondrá de los recursos para atender la erogación
Son incrementos de créditos presupuestarios que se acuerdan a los programas, subprogramas, obras, partidas y subpartidas, genéricas, específicas y subespecíficas de los organismos ordenadores de compromisos y pagos, para gastos necesarios no previstos o que resulten insuficientes. La fuente de financiamiento es la partida "Rectificaciones al Presupuesto" prevista en la Ley de Presupuesto anual; por ello, el uso de esa partida aumenta los créditos del organismo, pero no al total de las asignaciones acordadas en dicha Ley. Rectificaciones:
(SECCIÓN SEPTIMA DEL CAPÍTULO II LOAFSP) REGISTRO DE LAS OPERACIONES FÍSCIAS Y FINANCIERAS EVALUACIÓN DE LA LEGALIDAD DE LAS OPERACIONES DETERMINACIÓN DE LAS DIFERENCIAS ENTRE LO PROGRAMADO Y EJECUTADO ANÁLISIS DE LAS CAUSAS EVALUACIÓN Y CONTROL
CONCLUSIONES En conclusión, el estado requiere de una alta organización para el manejo de sus finanzas, para lo cual ha creado una serie de instituciones y leyes que proveen la forma de ejecutarlas, para así cumplir con los planes de obtención y gasto de los recursos con los que costea los servicios a sus ciudadanos Podemos concluir que la Política Fiscal es de gran importancia para el desarrollo económico de cualquier nación, esta debe ser adaptada a las realidades de cada nación, cuidadosamente estudiada y ser aplicada con la más estricta disciplina, a fin de lograr los objetivos de crecimiento económico y desarrollo que persigue la Teoría Económica
La elaboración del presupuesto nacional requiere de mecanismos y leyes para su ejecución, de modo que se garantice la mas optima utilización de los recursos con que cuenta la nación y la aplicación en cada uno de los entes destinados o que tienen la misión final de invertir dichos recursos CONCLUSIONES