La responsabilidad del tribunal de cuentas en la transparencia de la gestión de los gobiernos
Enviado por Ileana Turner Montenegro
MISIÓN cuentas, de manera eficiente, con probidad, transparencia, independencia e imparcialidad en salvaguarda del Patrimonio Público frente a las irregularidades que se cometan en su perjuicio."
OBJETIVOS recuperados. Llevar los procesos de responsabilidad patrimonial con la debida celeridad y eficiencia procesal, a fin de declarar responsable a los agentes y empleados de manejo que lesionen el patrimonio estatal.
•Es jurisdiccional. •De competencia privativa.
Independiente de los tres órganos del Estado. Independiente en los aspectos administrativos, presupuestarios y funcionales. No ejerce control fiscalizador. Las resoluciones que dicta son recurribles ante el mismo Tribunal.
Sus fallos hacen tránsito a cosa juzgada. La responsabilidad patrimonial que declara es totalmente distinta a la responsabilidad penal que ventila el Órgano Judicial o la responsabilidad administrativa que dirime la institución correspondiente.
Su actividad juzgadora se deriva de las objeciones o reparos formulados en las auditorías de la Contraloría General de la República o en la rendición de cuentas que se efectúen ante ella.
de Dominicana Corte de Cuentas de El Salvador Tribunal Superior de Cuentas Honduras Tribunal de Cuentas de Brasil
1. 2. 3. Comprobar que el presupuesto de la Unión Europea se ejecute correctamente, es decir los ingresos y gastos sean legales y claros. Garantiza la sana gestión financiera. Tiene la facultad de investigar la documentación de cualquier persona u organización que gestione ingresos o gastos. 12
Hacienda Pública en general, la ejecución del presupuesto en particular económica de las declaraciones de responsabilidad administrativa y patrimonial.
públicos y la determinación del enriquecimiento. Ejercita sus postulados constitucionales y legales. 14
juzgar las cuentas de los administradores y demás responsables de dinero, bienes y valores públicos.
LEY DE CUENTAS CONSTITUCIÓN POLÍTICA 14 DE NOVIEMBRE DE 2008
El Tribunal de Cuentas se compondrá de tres Magistrados los cuales serán designados para un período de diez años así: uno por el Órgano Legislativo, otro por el Órgano Ejecutivo y el tercero por la Corte Suprema de Justicia. La Ley determinará la creación y funcionamiento del Tribunal de Cuentas.
Artículo 17: Toda persona que reciba, maneje, custodie o administre fondos o bienes públicos, está en la obligación de rendir cuentas a las Contraloría General, en la forma y plazo que ésta, mediante reglamento, determine. Esta obligación alcanza a las personas que administren , por orden de una entidad pública, fondos o bienes pertenecientes a terceros y a los representantes de las sociedades o asociaciones que reciban subsidios de dichas entidades públicas. Para los fines de esta Ley, la condición de empleado de manejo alcanza, además, a todo servidor público o empleado de una empresa estatal facultado por la Ley para contraer obligaciones económicas, ordenar gastos y extinguir créditos a nombre o en representación de una entidad o dependencia del Estado o empresa estatal. Artículo 18: Rendición de cuentas, para los fines de esta Ley, es el informe rendido por la persona a que se refiere el Artículo anterior, sobre la actuación relacionada con los fondos y bienes que recibe, maneje, custodie o administre, dentro de un período determinado, e incluye el informe financiero correspondiente a la respectiva dependencia estatal. La Contraloría cuando lo estime necesario, podrá solicitar el envío de los comprobantes respectivos. Artículo 20: Cuando la persona, al ser requerida por la Contraloría, no presente el estado de su cuenta con la documentación y valores que la sustentan, se presumirá que existe faltante por el momento correspondiente.
"Funcionario público",de Gubernamental" o unpúblico", cualquier de empleado del Estado de sus y de los que han sido seleccionados, designados El Tribunal "OficialCuentas es"Servidor organismofuncionario o control posteriorentidades, incluidoscarácter jurisdiccional o que electos para desempeñar actividades o funciones en nombre del Estado o al servicio del Estado, en todos sus niveles jerárquicos. permite cumplir al Estado con el adecuado juzgamiento de las supuestas irregularidades contenidas en los reparos formulados por la Contraloría General de la República en las cuentas de los empleados y agentes de manejo de los fondos y los gastos públicos. Definición obtenida de la Convención Interamericana contra la Corrupción – Artículo I – Definiciones
Derecho Penal: Autoridad Pública orden público sanción punitiva Privación de Libertad y días multa. Ej.: Jueces de Circuito –Código Penal (Ley 14 de mayo de 2007 y Leyes Especiales) -Justicia penal ordinaria. Derecho Administrativo: Autoridad Pública orden público Imponer sanción administrativa Ej.: Corregidores imponen multas y arrestos -Código Administrativo -Justicia Especial de Cuentas Ley 67 de 2008 Ley 38 de 2000 Constitución Política, Art. 281.
ATRIBUCIONES DE LOS MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL DE CUENTAS Juzgar la responsabilidad patrimonial derivada de supuestas irregularidades, contenidas en los reparos formulados por la Contraloría General de la República a los empleados y agentes de manejo de fondos y bienes públicos. ATRIBUCIONES DE LOS MAGISTRADOS Y JUECES DEL ÓRGANO JUDICIAL DEL RAMO DE LO PENAL Juzgan la responsabilidad penal de cualquier persona que haya infringido La norma sustantiva penal configuradora de delitos, ya sea por acción u omisión. El hecho punible puede ser investigado Mediante denuncia de cualquier persona, de oficio o por Querella interpuesta por persona legitimada para ello.
EMPLEADO DE MANEJO Es todo servidor público que mediante las diversas acciones u omisiones como: fiscalizar… ejecute lesión Patrimonial en el manejo de bienes o fondos públicos AGENTE DE MANEJO Toda persona natural o jurídica que mediante diversas acciones como recibir… o por cualquier ejecute lesión Patrimonial con relación a los caudales del Estado directa o supletoriamente, RECIBIR RECAUDAR MANEJAR ADMINISTRAR INVERTIR CUSTODIAR CUIDAR CONTROLAR APROBAR AUTORIZAR PAGAR
JURISDICCIÓN DE CUENTAS JUSTICIA ORDINARIAPENAL
NIVEL POLÍTICO DIRECTIVO PLENO NIVEL COORDINADOR SECRETARÍA NIVEL ASESOR OFICINA DE ASESORÍA LEGAL OFICINA DE GENERAL OFICINA DE PLANIFICACIÓN RELACIONES PÚBLICAS OFICINA DE TRANSPARENCIA OFICINA DE COOPERACIÓN TÉCNICA Y ASISTENCIA INTERNACIONAL NIVEL FISCALIZADOR OFICINA DE FISCALIZACIÓN DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA OFICINA DE AUDITORÍA INTERNA NIVEL AUXILIAR DE APOYO NIVEL OPERATIVO DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS SECRETARÍA ADMINISTRATIVA UNIDAD DE INFORMÁTICA SECRETARÍA DE TRÁMITES JUDICIALES UNIDAD DE ESTADÍSTICA DE PROCESOS JUZGADOS DE CUENTAS UNIDAD DE ARCHIVO DE PROCESO DE CUENTAS DIRECCIÓN DE BIENES CAUTELADOS, AUDITORÍA Y SERVICIOS TÉCNICOS OFICINAS REGIONALES
ALVARO L. VISUETTI ZEBALLOS
una vez la Contraloría General de la República empleados de manejo o detecte irregularidades •Practicar las pruebas y las diligencias que sean contenidos en los reparos de las cuentas o en las investigaciones que haya realizado la Contraloría perjudiquen fondos o bienes públicos. proceso de Cuentas. •Instruye la investigación penal relativa al Código descubrir los autores sobre los delitos que afecten indagatoria y en la etapa plenaria del proceso penal. ATRIBUCIONES DEL FISCAL DE CUENTAS El Fiscal de Cuentas tiene las siguientes funciones: •Instruir la investigación patrimonial correspondiente formule reparos en las cuentas de los agentes y que afecten fondos y bienes públicos. necesarias para comprobar o esclarecer los hechos General de la República sobre irregularidades que •Ejerce la acusación pública en la etapa plenaria •Solicitar Responsabilidad Patrimonial. ATRIBUCIONES DEL FISCAL ANTICORRUPCIÓN El Fiscal Anticorrupción tiene las siguientes funciones: Penal de los Delitos contra la Administración Pública. •Practica pruebas para esclarecer el hecho punible y bienes públicos o bienes del Estado. •Ejercer la acusación pública al momento de ordenar •Solicitar Responsabilidad Penal.
• Solicitar la ampliación o la complementación del examen, del los reparos a la Contraloría General de • Remitir una Vista Fiscal al Tribunal de Cuentas, luego de concluída la investigación ción razonada de los motivos de hecho y de recomendada. plenaria del proceso patrimonial que se la ampliación. ampliación del sumario. investigación con la Vista Fiscal. •El Fiscal ejerce la acusación pública en el Penal según sea el caso. ATRIBUCIONES DEL FISCAL DE CUENTAS informe o de la auditoría que fundamentó la República, cuando sea necesario. patrimonial. En dicha vista hará una explica- derecho que justifiquen la medida procesal • Ejercer la acusación pública en la etapa surta ante el Tribunal de Cuentas. ATRIBUCIONES DEL FISCAL ANTICORRUPCIÓN •En el nuevo Sistema Acusatorio se elimina •En el Sistema vigente, el Juez puede solicitar •El Fiscal Anticorrupción también concluye la Plenario ante los Magistrados o Jueces en lo
• Asegurar que se cumpla con la garantía tigación. Tribunal de Cuentas.(Secuestro) • Promover las acciones o los recursos dentes de acuerdo con la Ley. comisión de delitos por el empleado o el agente de manejo, cuyas cuentas fueron General de la República, o por cualquier personal o servidor público en contra de los cuando no lo haya hecho la Contraloría • Investigar cumpliendo con el Debido Artículo 32 de la Constitución Política. realizar un Secuestro Penal. Inconstitucional. o investigar en la Contraloría para que inves- • La acción penal conlleva la imposición de daños y perjuicios de la víctima. • La acción de cuenta recae sobre el intereses del Estado. ATRIBUCIONES DEL FISCAL DE CUENTAS del debido proceso de cuentas, en la inves- • Promover las acciones cautelares ante el constitucionales o legales que sean proce- • Dar aviso al Ministerio Público de la posible objeto de reparos por parte de la Contraloría fondos o bienes públicos. Lo anterior procede General de la República. patrimonio de la persona que afecta los ATRIBUCIONES DEL FISCAL ANTICORRUPCIÓN Proceso (Artículo 1950 del Código Judicial) • El Fiscal solicita autorización al Juez para • Medida cautelar secuestro (Recurso de • El Fiscal puede compulsar copia de lo actuado tigue posible Lesión Patrimonial. penas y se extiende a la indemnización de los
CUENTAS
Vinculados: Carlota Correa Monto de la Lesión: B/. 40,000.00 Entidad Afectada: Consulado de Panamá en otro país Irregularidad: Pago de viáticos contingentes para el servidor exterior que no le correspondían.
Vinculados: Luis Pérez, Everardo Jaén Monto de la Lesión: B/. 58,938.40 Entidad Afectada: Municipio Ana Tejeira, Lineth Pereíra Irregularidad: Uso indebido de fondos asignados para proyectos en la población