- El mercado accionario
- Las transacciones en acciones
- El método del costo para el registro de inversiones accionarias especulativas
- Bibliografía
El mercado accionario
Cuando se organiza una sociedad anónima, en la Escritura de Constitución (Estatutos) se estipula el número de acciones que han sido autorizadas para la emisión, así como también el valor de cada una de ellas.
Una acción es un título de propiedad de carácter negociable representativo de una parte alícuota del patrimonio de una sociedad o empresa. La acción otorga derechos a sus titulares quienes pueden ejercerlos colectiva o individualmente.
Las acciones pueden ser ordinarias, preferentes o privilegiadas, Una acción es preferencial cuando tiene la prioridad en el pago de dividendos o en el reembolso del capital, en caso de liquidación. La acción privilegiada tiene un beneficio económico adicional por un peridodo determinado.
La Bolsa de Valores
La Bolsa de Valores es un establecimiento mercantil de carácter privado, vigilado por la Superintendencia de Valores (del Ministerio de Hacienda y Crédito Publico) y encargada de poner en contacto a oferentes y demandantes de títulos valores mediante la intervención de instituciones especializadas y autorizadas para ello, denominadas Comisionistas de Bolsa.
La BVC se encuentra dividida en cinco módulos de transacción e información denominados: Renta Variable, Deuda Pública, Divisas y Operaciones a Plazo de Cumplimiento Financiero. El mercado de renta variable se refiere a títulos valores cuya rentabilidad no está asociada a una tasa de interés específica y está compuesto por acciones, bonos convertibles en acciones, derechos de suscripción y títulos provenientes de procesos de titularización.
El Valor en Bolsa, es el resultado del corretaje de las acciones en el mercado de valores y se utiliza mucho para apreciar valores agregados o primas por colocación de las acciones en el mercado. Mientras algunas compañías trabajan con un valor un tanto menor que el Valor en Bolsa, otras lo hacen utilizando el precio promedio anual, semestral o trimestral que arroja la venta de sus acciones hasta el momento de la última declaratoria de los dividendos. Es también muy importante para la calificación de alta, media o baja Bursatilidad, que determina su capacidad de enajenación en Bolsa, a la vez que señala una gran incidencia sobre la liquidez esperada por cualquier plan de capitalización.
Frecuentemente, el mercado de las acciones distorsiona la base de negociación de las acciones, razón por la cual los empresarios recurren a estimaciones del precio de las acciones de su empresa. Cuando se trata de definir el precio o valor de las acciones para determinada negociación, es necesario analizar los diferentes sistemas existentes, lo cual tiene efectos para la fijación del capital, las negociaciones de acciones, etc…
El precio de una acción se considera sobrevalorado cuando
El precio ofrecido supera al precio promedio del mercado
El precio publicado experimenta un aumento acelerado y sostenido sin que existan fundamentos financieros o estratégicos que lo respalden, sino únicamente por "expectativas"
El precio de la acción se mantiene constante o al alza mientras la rentabilidad de la compañía muestra una tendencia a la baja. Puede ser que el mercado aun no ha incorporado al precio de la acción alguna noticia negativa sobre el sector al que pertenece la compañía.
El precio de una acción se considera subvaluado cuando
El precio de la acción es menor que su valor en libros
La relación entre el precio del mercado de la acción y la utilidad por acción que la compañía ha generado es baja, con respecto al promedio del mercado
Los indicadores financieros de la compañía muestran una tendencia al alza de la rentabilidad y el prelcio de la acción se mantiene constante o a la baja.
El Valor Contable de las Acciones
El Valor Nominal, es el fijado en la Escritura de Constitución y se refiere al valor de las alícuotas en que se divide el capital social de apertura de la empresa.
El Valor Intrínseco, es el resultado de dividir el patrimonio por el número de acciones y es útil para efectos de comparación con el de la Bolsa de Valores y para la aplicación del método de participación patrimonial en sociedades que tengan subordinadas.
El Valor Fiscal, es el precio por el cual se deben incluir las acciones en la declaración de renta y es igual al costo fiscal ajustado por el índice de inflación.
El Valor Patrimonial, es el estimado por la aplicación de métodos técnicos de valoración. Según exigencias de las Superintendencias, es la base para el cálculo de la prima mediante su ajuste por el índice de precios.
Ejercicio: La compañía Sigo al Comodín S.A., recientemente formada, ha sido constituida con un Capital Autorizado de Mil Millones de Pesos, consistentes en 10.000 acciones cada una con un valor nominal de $ 100.000 y cuyo monto podrá ser recaudado mediante la emisión y venta de dichas acciones. El primer asiento de esta empresa antes de vender cualquier acción, es:
Ejercicio: La compañía Sigo al Comodín S.A., vende 1000 acciones al contado y 4000 a crédito, recibiendo por lo menos el 20% como cuota inicial al momento de la suscripción y el resto del siguiente modo:
Tomás Mejía 1000 acciones, al contado
Salvador Terán 1000 acciones, 20% al contado, 40% a 6 meses y 40% a nueve meses
Pedro Duba 1000 acciones, 30% al contado, 40% a 6 meses y 30% a nueve meses
Alexis Borrero 1000 acciones, 40% al contado, 40% a 6 meses y 20% a nueve meses
Son 1900 al contado y 2100 a crédito (1200 a 6 meses y 900 a 9 meses). Los asientos son:
Lo que estará representado en el Libro Mayor (aquí, en cuentas T) por los siguientes registros:
Las transacciones en acciones
El valor nominal de una acción establece un precio límite y ninguna sociedad anónima puede emitir sus acciones a un precio inferior, aunque ya emitido, el precio de las acciones queda sujeto al precio del mercado. Cuando se requiere capitalizar una sociedad anónima, debe definirse si el capital se conseguirá de los actuales accionistas o de nuevos. Si es de los existentes, se tienen dos opciones: o se recibe el aporte en efectivo o se utiliza el sistema de entregarles los dividendos por pagar mediante acciones en cuyo caso, se debe aclarar si las acciones entregadas son preferenciales o son privilegiadas.
Normalmente, la capitalización proveniente de todos los accionistas existentes se efectúa en idénticas proporciones y no tiene importancia si la nueva emisión es por valor nominal o con prima, pues el valor intrínseco resultante para cada acción afecta o compensa a todos por igual. Sin embargo, en el caso de accionistas ingresados en diferentes momentos de la empresa, no todos pagan la misma prima ya que a los nuevos les corresponden menores participaciones adicionales sobre el patrimonio debido a las revalorizaciones, y a los superávits, reservas y utilidades acumuladas. En este caso, los accionistas que hayan hecho el pago en valoraciones más altas de las acciones, tendrán que el costo pagado no estaría compensado proporcionalmente con el incremento del valor patrimonial intrínseco. En consecuencia, es necesario fijar el valor con prima basado en una valoración técnica de la empresa.
Dividendos en Acciones
Ejercicio: La compañía Sigo al Comodín S.A., durante su segundo año de existencia obtuvo utilidades por $ 192.000.000 destinando el 33% al impuesto de renta, el 10% a la reserva legal obligatoria y declaró dividendo en acciones por $ 50.800.000 y en efectivo por $ 41.776.000 en 05 de Diciembre de 20X1, para pagarlo a final de ese mismo mes. Hacer los asientos contables correspondientes.
Solución:
Supongamos que el asiento de cierre de las operaciones del periodo de la empresa había sido:
Los asientos correspondientes son:
Es muy importante hacer el análisis del estado final de los derechos sociales en el patrimonio de la empresa Sigo al Comodín S.A., para fijar el valor intrínseco de las acciones:
La Prima en Colocación de Acciones
La Prima por colocación de acciones es un superávit de capital y no puede repartirse como dividendo. Con la capitalización de la Prima por emisión de acciones se entiende cumplida la obligación de mantenerla como no distribuible. La capitalización de la prima en colocación de acciones es un ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional tanto para la sociedad como para los accionistas, sin embargo, este efecto es susceptible de perderse si se produce una descapitalización por retiro de capital o por la recompra de acciones propias durante el siguiente año inmediato.
Ejercicio: A mediados del tercer año de funcionamiento, la compañía Sigo al Comodín S.A., emitió 2000 acciones a $ 121.016 cada una. Antes de esta emisión, había en vigencia 4.508 acciones cada una con un valor nominal de $ 108.000. Los asientos serán los siguientes:
El nuevo estado final de los derechos sociales en el patrimonio de la empresa Sigo al Comodín S.A., queda de la siguiente manera:
Ejercicio: La compañía Sigo al Comodín S.A., sobre la base de las utilidades del ejercicio, declaró un dividendo en acciones del 25% de las acciones en vigencia en 25 de Diciembre de 20X2, con un valor de mercado de $ 112.000 cada una y que supuestamente tal declaratoria no producirá efecto alguno sobre los precios del mercado.
Solución:
N° de Acciones en vigencia: 6508 25% de acciones en vigencia: 6508 x 25% = 1627
Dividendos en acciones por distribuir: 1627 x 112.000 = 182.224.000
Los asientos para registrar los dividendos en acciones usando el precio del mercado, son:
Todo accionista puede guardar una de las dos siguientes expectativas: recibir un flujo constante de efectivo u obtener un retorno por su capital invertido. Sin embargo, "más allá del momento del pago de unos dividendos en efectivo o en acciones, un accionista puede obtener más ganancias siempre y cuando se mantenga en alza el valor de mercado de las acciones".
Acciones Propias Readquiridas
En Colombia, según el Artículo 88 del Decreto 2649 de 1993 o Estatuto Contable, para la readquisición de acciones debe haber sido creada una reserva o fondo patrimonial equivalente por lo menos al costo de los aportes propios readquiridos.
Conforme al concepto de la Superintendencia de Sociedades Oficio 220-55277 de 18 de Noviembre de 2002, estas acciones deben contabilizarse en la cuenta 330516 "Acciones propias readquiridas" al costo, sin valorizaciones o desvalorizaciones debido a que estas acciones no se pueden considerar como inversión.
El D.2649 establece que la readquisición se debe registrar por su costo y su presentación se debe hacer en el balance, dentro del patrimonio, como factor de resta de la cuenta330515 "Reserva para readquisición de acciones".
Contablemente, la diferencia entre el precio de recolocación de los aportes readquiridos y su costo, cuando el primero sea mayor, se debe registrar como "Prima en colocación de acciones". En el caso de que el precio de venta resultare inferior al costo, deberá afectarse la Reserva para la readquisición de acciones, por la diferencia.
Ejercicio: La compañía Sigo al Comodín S.A., durante su tercer año de existencia obtuvo utilidades por $ 121.417.910 y según mandato de la Asamblea General anterior, luego de la reserva pasiva del 33% para impuesto a la renta y el 10% a la reserva legal obligatoria, declara dividendos en efectivo a razón de $ 4.000 por cada acción vigente y crea una reserva para readquisición de 420 acciones por $ 47.040.000. A la fecha de la Asamblea General en 30 de Marzo la compañía había vendido las acciones propias readquiridas por la suma de $ 49.140.000. Hacer los asientos correspondientes.
Solución:
Supongamos que el asiento de cierre de las operaciones del periodo de la empresa había sido:
El nuevo estado final de los derechos sociales en el patrimonio de la empresa Sigo al Comodín S.A., queda de la siguiente manera:
Los asientos correspondientes a la compra venta de acciones son:
El nuevo estado final de los derechos sociales en el patrimonio de la empresa Sigo al Comodín S.A., queda de la siguiente manera:
El valor comercial de un bien no puede diferir notoriamente del precio comercial promedio, para bienes de la misma especie, en la fecha de enajenación. Según el Artículo 90 del Estatuto Tributario, teniendo en cuenta la naturaleza, condiciones y estado de los activos de la misma especie y calidad, habrá una diferencia notoria de valoración cuando el precio asignado se aparte en más de veinticinco por ciento (25%) del precio comercial promedio vigente.
Existen diferentes regulaciones sobre costo fiscal e ingresos no constitutivos de renta. Desde el punto de vista fiscal, es importante distinguir el valor de las utilidades de las cuales disponga la sociedad para la compra, pues pueden provenir de utilidades que no serian gravables si se repartieran entre los accionistas. Para el accionista que vende las acciones a la sociedad que las recompra con utilidades, la diferencia en el precio de readquisición y el costo fiscal arroja utilidad gravable (para personas naturales, si las acciones tienen más de dos años es ganancia ocasional). Fiscalmente, no se acepta perdida en la enajenación de acciones (Parra, 2007). Será pues necesario, conocer el costo fiscal de las acciones y el tiempo de posesión de ellas, debido al beneficio fiscal que opera en cada caso.
El método del costo para el registro de inversiones accionarias especulativas
El método del costo para la valuación y el registro de inversiones, se utiliza cuando la empresa adquirente o tenedora no posee influencia significativa (es decir, cuando controla menos del 20% del patrimonio de la empresa adquirida o emisora) y, más bien, el inversionista comprador pretende especular en el mercado para obtener beneficios inmediatos.
El método del costo consiste en registrar esta inversión temporal en acciones a su valor de adquisición más los gastos incurridos al momento de la compra y registrar los dividendos de las utilidades posteriores a la adquisición como un ingreso cuando se cobren o se abonen en cuenta.
En Colombia, se entiende por inversiones negociables los títulos valores y demás documentos de fácil enajenación sobre los que el inversionista tiene el serio propósito de realizar el derecho económico que incorporen o documenten (como el de volver a venderlas), en un lapso no inferior a tres años calendarios.
El valor de adquisición de acciones ordinarias hace referencia a los recursos entregados a cambio de la inversión, cuya contraparte son los derechos sociales recibidos por la compradora o tenedora que hacen parte del patrimonio de la vendedora o emisora. Estas inversiones en acciones o cuotas de interés social, con derecho a voto en otras empresas pueden ser presentadas separadamente en los estados financieros del inversionista o, pueden ser consolidadas en un solo estado financiero, aplicando en ambos casos, uno de entre dos métodos: el método del costo o el método de participación patrimonial.
Caso 1: Compra de acciones a igual valor al de libros
Ejercicio: Para ilustrar el método de costo, supongamos a) que el 2 de Enero de 20X1, la compañía Molinares S.A. adquirió 650 acciones de valor nominal de $ 50.000 por acción de la compañía Solivanes S.A. b) El 30 de Marzo de 20X1 Solivanes S.A., perteneciente al Sector Comercial, con base en las utilidades de 20X0, pagó los restantes dividendos por $ 10.000.000 En al año 20X0 había distribuido utilidades por $ 30.000.000.
Solución: Es muy importante hacer el análisis de los derechos sociales en el patrimonio de la empresa Solivanes S.A., mediante la distribución de los derechos patrimoniales, para conocer la base de la negociación:
Obviamente, la negociación se hace al valor intrínseco de la acción, esto es:
650 acciones x 100.000 $/acción = $ 65.000.000
El porcentaje de participación negociado se determina, en este caso, dividiendo el capital social adquirido entre el capital social total de la empresa vendedora:
(650 acciones x 50.000 $/acción) / (1000 acciones x 50.000 $/acción)
= $ 32.500.000 / $ 50.000.000
= 0,65 o sea, el sesenta y cinco por ciento (65%)
En consecuencia, la compradora se convierte en casa matriz o controlante y la vendedora es ahora una subordinada. El asiento correspondiente es:
El asiento de compra de las acciones es:
Si al inicio del año se decretan dividendos con base en la utilidad del año anterior por $ 10.000.000, el comprador habría de recibir el 65% de esta distribución. Este asiento vendría a representar una especie de reintegro de parte del costo de la inversión o una disminución de su participación por los dividendos recibidos sobre utilidades obtenidas antes de la compra:
En consecuencia su participación disminuye así:
($ 6.500.000) /(50.000$/acción) = 130 acciones, por lo que ahora solo tiene:
650 – 130 = 520 acciones
Y su participación se ha convertido en:
(520 acciones x 50.000 $/acción) / (1000 acciones x 50.000 $/acción)
= $ 26.000.000 / $ 50.000.000
= 0,52 o sea, el cincuenta y dos por ciento (52%)
Atendiendo todo lo dicho, los derechos sociales de la nueva casa matriz o controlante quedarán así:
Caso 2: Compra de acciones a mayor valor al de libros
Supongamos que en el ejercicio anterior, al valor de las 1000 acciones se le agrega un sobrecosto de $ 20.000.000, sobre los que Molinares S.A. adquiere el mismo 52% de los derechos sociales de Solivanes S.A., entonces, el nuevo valor de las acciones y su asiento correspondiente, serán:
Valor nominal: 520 acciones x 50.000 $/acción = 26.000.000
Sobreprecio: 520 acciones x 20.000 $/acción = 10.400.000
Valor comercial de las acciones = 36.400.000
Crédito Mercantil
Entre los elementos intangibles de una empresa, se reconocen sus marcas, sus posibilidades de generación de flujos de caja y su Good Will, su buen nombre o crédito mercantil. El crédito mercantil consiste en la reputación de que gozan algunas empresas, lo cual les permite tener ciertas ventajas comerciales sobre sus competidores, en términos financieros se entiende como el valor actual de las futuras actividades en exceso de las ganancias o sea mayores utilidades respecto del promedio de establecimientos de la misma clase, no sólo por el buen trato a los clientes, sino por otros factores intangibles como ubicación, entregas oportunas, servicios, calidad y garantía de los productos. La valoración de ese excedente de productividad de un negocio frente a negocios similares, se funda en el exceso de rendimiento y tiempo probable de subsistencia, sin que se asigne valor alguno en su contabilidad a menos que se haya realizado un desembolso para adquirirlo. Existen tres clases de crédito mercantil, a saber:
Crédito Mercantil Formado o Estimado, el cual proviene de la construcción de la empresa a través del desarrollo de su objeto social a través del tiempo. El costo de este intangible realizado a través de erogaciones sucesivas que se han cargado directamente a los resultados o mediante su activación como cargos diferidos y luego amortizados. En este caso no se estaría amortizando el crédito mercantil sino el cargo diferido. En efecto, la Superintendencia de Valores mediante la Circular Externa No. 004 de marzo 9 de 2005, instruyó acerca del "crédito mercantil formado" entendido como el activo intangible que corresponde a la estimación de futuras ganancias en exceso de lo normal, o a la apreciación de la valoración anticipada de la potencialidad del negocio, sin que sea procedente su registro en los estados financieros, puesto que la determinación del costo o valor de registro de un hecho económico debe estar ligado a erogaciones claramente identificables, lo que no ocurre en esta clase de bien, sin que quiera decir que no exista, sólo que no está sujeto a reconocimiento contable, posición reiterada por el Consejo Técnico de la Contaduría. Y agrega, que el "Good Will" se va formando a través de la vida de la sociedad y se refleja por la confianza y credibilidad de los consumidores hacia los bienes o servicios producidos por ella, y no siempre se adquiere por medio de una determinada negociación, por lo que para determinar su valor y por ende ser apreciado en dinero, es necesario que se realice una transacción sobre el mismo. Según Art. 74 del Decreto 624 de 1989, el Good Will se contabilizaba debitando "Good Will- Avalúo Oficial" y acreditando la cuenta Superávit – Good Will – Avalúo Oficial". Esto mismo en la legislación actual vigente (D2649 de 1993) corresponde al activo intangible 1605 Crédito Mercantil y a la contracuenta 3205 Crédito Mercantil, soportados mediante avalúo técnico. Cabe manifestar aquí que en nuestro derecho mercantil no existe propiamente un método específico consagrado para evaluar el Good Will. Valga también decir que sólo en el estimado se afectaría la cuenta de patrimonio, pero en ningún caso se puede llevar como un mayor valor de capital. Así las cosas, al enajenarse el buen crédito de los establecimientos comerciales y su potencialidad de producir un margen de utilidad superior a negocios similares, lo que verdaderamente es objeto de negociación es el Good Will o crédito mercantil, que a la luz de las directrices contables no debe aparecer registrado en la contabilidad, toda vez que este se reconoce contable y fiscalmente en el momento en que es adquirido o comprado. El precepto del artículo 75 de la Ley 223 de 1995 (ET), reza: "Artículo 75. Costo de los Bienes Incorporales Formados. El costo de los bienes incorporales formados por el contribuyente, concernientes a la propiedad industrial y a la literaria, artística y científica, tales como patentes de invención, marcas, Good-Will, derechos de autor u otros intangibles, se presume constituido por el cincuenta por ciento (50%) del valor de la enajenación". En esta norma transcrita el legislador tributario contempló para los bienes incorporales formados, entre ellos, el Good Will u otros intangibles, un costo presunto constituido por el cincuenta por ciento (50%) del valor de la enajenación. En otras palabras, el costo de un intangible formado por el contribuyente para efectos fiscales, se presume conformado por la mitad (50%) del precio de venta.
Crédito Mercantil Comprado o Adquirido, que proviene de un tercero que lo formó o que también lo adquirió. Tiene un costo directo asociado a su adquisición, en consecuencia, es un activo amortizable. Ahora bien, los activos intangibles adquiridos, demuestran en el momento en que son objetos de transacción (venta), su valor patrimonial mediante el costo de adquisición menos las amortizaciones (Art. 74 y 279 del E.T) mientras que los estudios de mercadeo y financieros con los que los compradores tratan de comprobar la capacidad de generar utilidades y flujo de efectivo en años posteriores logran construir otro "Good Will" o "crédito mercantil" capaz de soportar otra clase de sobreestimación del patrimonio. De ahí que el crédito mercantil sólo es objeto de registro en la contabilidad de la empresa si procede de una adquisición, en donde se contabiliza como un mayor valor del costo o como intangible, es decir, siempre que no se trate de un crédito mercantil generado internamente en el ente social.
Crédito Mercantil generado en la Compra de Acciones o Participaciones, el cual es una modalidad de crédito mercantil adquirido que resulta de la diferencia entre el precio de adquisición de acciones o participaciones por encima de su valor contable o intrínseco. En algunas legislaciones se reconoce este crédito mercantil solo por encima de su valor de mercado. En Colombia es amortizable durante el tiempo de su recuperación, el cual no puede exceder de veinte años. También existe el criterio de cargar al costo de la inversión la totalidad del desembolso sin reparar las diferencias con los valores contables o de mercado, para luego ajustar sus valores vía valorizaciones o provisiones, bajo la consideración de la intención: si se trata de una inversión necesaria para los fines del negocio o porque no es un intangible susceptible de demérito.
Caso 3: Compra de acciones a menor valor al de libros
Supongamos que en el ejercicio anterior, el valor de las acciones experimenta una desvalorización de $ 10.000.000, sobre los que Molinares S.A. adquiere el 52%. Ahora, dado que en la regulación contable colombiana no se reconoce el crédito mercantil negativo, el nuevo valor de las acciones y su asiento correspondiente, serán:
Valor nominal: 520 acciones x 50.000 $/acción = 26.000.000
Desvalorización: 520 acciones x 10.000 $/acción = (5.200.000)
Valor comercial de las acciones = 20.800.000
Bibliografía
HARIED A., IMDIEKE L., SMITH R.. (1985) Advanced accounting. New York:Wiley.
MARTINEZ A. (2011). Consolidación de estados financieros. México: McGraw Hill.
MINHACIENDA. Decreto 2649 de 1993. Reglamento General de la Contabilidad.
PARRA A. (2008). Planeación tributaria y Organización empresarial. Bogotá: Legis
WARREN C., REEVE J., FESS P..(2000) Contabilidad Financiera, 7a Ed. México: International Thompson Editor.
Autor:
Samuel Leónidas Pérez Grau