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La huelga en México

Enviado por ediliaramirez


Partes: 1, 2, 3

    1. Historia de la huelga
    2. Antecedentes
    3. La huelga de Cananea
    4. La huelga textil y Rio Blanco
    5. La huelga de 1916
    6. Periodo Cardenista
    7. El periodo Avilacamachista
    8. Periodo Alemanista
    9. Periodo Ruizcontinista
    10. El presidente Adolfo López Mateos
    11. Periodo Diazordista
    12. Periodo del presidente Echeverria
    13. Periodo del presidente López Portillo
    14. Periodo del presidente De la Madrid
    15. Periodo del presidente Carlos Salinas de Gortari
    16. La huelga en otros lugares del mundo
    17. Artículo 123 constitucional
    18. Conclusiones
    19. Bibliografía

    INTRODUCCIÓN

    Es sobradamente conocido el estado imperante en nuestro país que originó el estallido social conocido como la Revolución Mexicana.

    Las condiciones de trabajo eran verdaderamente terribles: largas y agotadoras jornadas, de 14 horas o más, a cambio de un salario miserable que por lo mismo hacía necesario el que mujeres y menores pasaran a engrosar la fuerza de trabajo, desde luego en peor situación que el hombre adulto en franca lucha contra éste por los puestos a desempeñar, ya que, como es de comprenderse fácilmente, el afán de lucro de los empresarios los llevaba a emplear la mano de obra más barata y menos exigente; además carecían absolutamente de prestaciones por riesgo o enfermedad del propio trabajador; ausencia de medidas de higiene y seguridad en los centros de labores; no se tenía derecho al descanso semanal remunerado; el salario, de por sí poco, no se paga siempre en efectivo, sino que existían las tiendas de raya en las que se proporcionaba al trabajador mercancías cuyo precio de descontaba de su paga, etc.

    Contra tal estado de cosas reaccionó el Constituyente de Querétaro y produjo lo que se conoce como la Primera Declaración de Derechos Sociales, al regular, en el artículo 27 Constitucional, la propiedad territorial, y en el 123 las relaciones entre capital y trabajo, estableciendo un sistema tutelar de los trabajadores.

    Así, actualmente se reconoce el derecho de los trabajadores a asociarse en defensa de sus intereses, ya que el trabajador aislado no puede luchar contra el patrón, necesita de la unión de sus iguales para igualar fuerzas, a efecto de conseguir mejores condiciones de vida. Así la asociación profesional constituye una garantía a favor de los trabajadores.

    Se reconoció también a los trabajadores el derecho de huelga, bajo las condiciones que la propia Constitución y la Ley Federal del Trabajo señalan.

    La huelga es el derecho de suspender las labores en la empresa por la mayoría de los trabajadores con objeto de lograr el equilibrio entre el capital y el trabajo. Durante ellas las relaciones individuales de trabajo y los derechos y obligaciones que son su consecuencia no se terminan, sino que quedan en suspenso.

    Así, en el presente trabajo se analizarán los antecedentes históricos de la huelga en México y sus primeras manifestaciones en Europa, sin pasar por alto a las históricas huelgas de Cananea y Río Blanco que sucedieron en la república durante la dictadura de Porfirio Díaz.

    También se dará en vistazo general a la evolución histórica y jurídica de esta figura en nuestro país, desde el presidente Lázaro Cárdenas hasta llegar a Carlos Salinas de Gortari.

    También se analizará a la huelga en el mundo y la evolución del artículo 123 Constitucional y de la Ley Federal del Trabajo, en lo que a la huelga se refiere.

    HISTORIA DE LA HUELGA

    En su concepción original entendida como la cesación eventual del trabajo con objeto de colapsar el proceso productivo y procurar someter el interés del patrón, al profesional de los trabajadores, la huelga se juzga en un principio, como un acto reprobable y proscrito de violencia. En 1303 el rey Eduardo I de Inglaterra prohibió las huelgas. Lo mismo aconteció en Francia y en Alemania en el siglo XVI. En 1539 una huelga de impostores en Lyon se prolongó por tanto tiempo, que dio margen a que Francisco I expidiera un edicto severo, el 28 de diciembre de 1541, prohibiendo cualquier suspensión brusca del trabajo.

    La primera prohibición de la huelga se dio en Francia con la ley Le Chapelier en 1791, que fue completada en el año 1810 con los artículos 410 a 414 del Código Penal.

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