Resumen ejecutivo
La ley de hidrocarburos garantiza que los recursos renovables no serán malgastados por las personas dueñas de empresas que los extraigan de los suelos ecuatorianos.
Además de que dejara muy en claro que las extracciones de petróleo por ejemplo se realizaran mediantes contratos directamente con el estado, ya que de esa forma se garantizara que al momento de su explotación no se esté atentando contra la naturaleza como a continuación lo describe la propia ley:
El Estado explorará y explotará los yacimientos señalados en el artículo anterior, en forma directa a través de PETROECUADOR la que podrá hacerlo por sí misma o celebrando contratos de asociación, de participación, de prestación de servicios para exploración y explotación de hidrocarburos o mediante otras formas contractuales de delegación vigentes en la legislación ecuatoriana. También podrá constituir compañías de economía mixta con empresas nacionales y extranjeras de reconocida competencia legalmente establecidas en el país.
Son contratos de exploración y explotación de campos marginales aquellos celebrados por el Estado por intermedio de PETROECUADOR, mediante los cuales se delega a la contratista con sujeción al numeral primero del artículo 46 (actual 247) de la Constitución Política de la República, la facultad de exploración y explotación adicional en los campos de producción marginal actualmente explotados por PETROPRODUCCIÓN, realizando todas las inversiones requeridas para la exploración y explotación adicional.
AÑO – 2010
TUTOR
ARTURO CLERI
LEY– CONGRESO – HIDROCARBUROS
Abstract
The hydrocarbons law ensures that renewable resources are not wasted by those business owners that extracted from Ecuadorean soil. Besides that will make it clear that the extraction of oil for example be made by direct contracts with the state, because that ensures that at the time of its operation is not attacking nature and then describes itself law: The State will explore and exploit the fields mentioned in the previous article, directly through PETROECUADOR which you can do by itself or entering into contracts of association, participation, delivery of services to exploration and exploitation of hydrocarbons or other forms existing contractual delegation under Ecuadorian law. It may also be mixed finance companies and foreign companies of recognized competence in the country legally established. They are contracts for exploration and exploitation of marginal fields those held by the State through Petroecuador, through which delegates to the contractor subject to paragraph one of Article 46 (now 247) of the Constitution of the Republic, the power additional exploration and production fields currently operated by Petroproduccion marginal doing all the investment required for exploration and further exploitation.
AÑO – 2010
TUTOR
ARTURO CLERI
LAW-CONGRESS – OIL
Introducción
El petróleo es el principal producto de exportación de este país andino que, con los ingresos por sus ventas, financia alrededor del 25 por ciento del Presupuesto General del Estado.Por la importancia de este documento y la necesidad de definir una política energética coherente con los intereses nacionales, en la perspectiva de usar estos recursos en un proyecto de desarrollo integral de la economía del país, resulta sumamente necesario realizar un análisis, sobre la propuesta del gobierno y las diferentes organizaciones sociales.
Por la amplitud y complejidad de la Nueva Ley, es necesario identificar los elementos centrales de esta propuesta, para analizarlos. Consideramos que los puntos fundamentales del proyecto son los siguientes:
1.- Propiedad de los hidrocarburos
2.- Fortalecimiento de YPFB
3.- Contratos
4.- Regalías y participaciones
5.- Impuesto Complementario a los Hidrocarburos
6.- Exportación e industrialización
NUEVA LEY DE HIDROCARBUROS
Uno de los objetivos centrales de esta Nueva ley, es el de recuperar la soberanía y la propiedad de los hidrocarburos.
Como conocemos, el traspaso de la propiedad de los hidrocarburos a las empresas petroleras se hizo mediante los Contratos de Riesgo Compartido, es bajo este modelo que las empresas tienen propiedad sobre los hidrocarburos y el derecho de fijar las condiciones de comercialización. El Estado al no tener propiedad sobre estos recursos, esta imposibilitado de intervenir en este proceso.
La Nueva Ley Crea cuatro tipos de contratos, respecto a los hidrocarburos: Contratos de Desarrollo Compartido (CDC), Contratos de Producción Compartida (CPC), Contratos de Operación (CO) y Contratos de Asociación (CA) además de ratificar la vigencia de los Contratos de Riesgo Compartido (CRC) firmados hasta la fecha.
Marco conceptual
Tomado de Nortecastilla.Es
05 26/2010
Ley de hidrocarburos en Ecuador entrará en vigor por decreto presidencial
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