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El Conflicto y los MARC’s

Enviado por Zully huaman espinoza


  1. Introducción
  2. El conflicto
  3. Los Marcs
  4. Bibliografía

Introducción

Los conflictos son hechos inevitables e importantes en la vida, aún cuando sea dentro de un aspecto familiar en nuestra existencia. El conflicto tiene formas, procesos y resultados contradictorios, de ahí que su estudio motiva a diversos grupos de psicólogos, sociólogos, economistas, docentes, etc.

Desde el punto de vista histórico, pensadores clásicos como Plutón y Aristóteles, concebían el conflicto como una amenaza para el éxito del estado, esta misión conduce a la creencia de que el conflicto debe mantenerse a niveles bajos o debe ser eliminado.

En el siguiente trabajo tratare principalmente de mirar el conflicto desde un punto de vista moderno el cual tiene su base en la teoría de que lo conflictos ayudan a mejorar y a desarrollar las relaciones y las situaciones que en este se encuentran, por tanto se tratan de lograr los siguientes objetivos:

– Dar diferentes definiciones de conflicto.

– Agrupar los conflictos por su tipo y contenido.

– Dar algunas recomendaciones de cómo tratar los conflictos.

– Algunos métodos para la solución de los conflictos.

Y la relación que existe entre el conflicto y los MARCS, una relación que en el transcurso del siguiente trabajo nos podremos dar cuenta que son inseparables.

CAPÍTULO I

El conflicto

  • El Conflicto

Se puede definir el Conflicto como la Colisión de intereses, opiniones o criterios opuestos, divergencia grave, controversia enconada, complicaciones y luchas. (Por ejemplo, conflicto internacional).

El Conflicto, entonces, es como un proceso que comienza cuando una parte percibe que otra parte la ha afectado en forma negativa.

El conflicto es una lucha, batalla, la cual ha evolucionado para incluir eventos que son menos violentos en el plano físico para incorporar términos sicológicos, como son fuentes de desacuerdos de intereses, ideas, etc.

Colisión u oposición de intereses, derechos, pretensiones, etc. Lo más recio de un combate. Fig. Angustia interior. Fig. Apuro, situación desgraciada y de difícil salida.

Barrera que se interpone entre el estado actual y el deseado; lucha sobre valores, poder, recursos que culminan cuando se ha obtenido lo deseado y neutralizado o eliminado una de las partes.

  • Teoria general del Conflicto

Etimología del conflicto:

Viene de la voz latina "conflictos" que deriva del verbo "confluyere" (combatir, luchar, pelear, etc.)

Esta define al Conflicto como:

Circunstancia en la cual dos o más personas perciben tener intereses mutuamente incompatibles, ya sea total o parcial contrapuestos y excluyentes, generando un contexto confrontativo de permanente oposición.

Naturaleza del conflicto:

Es de naturaleza humana, cuyos puntos en controversia para cada persona son distintos, ya que el ser humano es conflictivo.

Valor positivo del conflicto:

El conflicto debe ser visto como un desafío, como un proceso en la cual se alcanza nuevas posiciones para lograr las necesidades y objetivos.

  • Estrategias para enfrentar el Conflicto

  • Separar a las personas del conflicto: Lo esencial es tratar a las personas como tales y a los problema según su mérito. Se separa la relación de las personas, de lo sustancial, enfrentando directamente el problema.

  • Concentrarse en intereses y no en posiciones:

  • Intereses: Constituye la esencia del conflicto (deseos, inquietudes, emociones, etc.). Es lo que quieren las partes. Responde a la pregunta ¿por qué lo dice?

  • Posiciones: Constituye los requerimientos, exigencias, demandas. Responde a la pregunta ¿qué dice?

  • Idear soluciones de mutuo beneficio (que todos ganen): Es idear las soluciones que satisfagan las necesidades y ambiciones de las partes involucradas; para ello debe ampliar las opciones en vez de buscar una sola respuesta, buscar beneficios mutuos.

  • Insistir que los criterios sean objetivos: Buscar acuerdos que además de satisfacer a las partes, deben ser viables; ayudar a las partes a la búsqueda de la mejor solución; explorar el MAAN (mejor alternativa de acuerdo negociado).

  • Gestiones de Solución de Conflictos

  • Confrontativa: "hay un ganador y un perdedor"

  • Colaboradora: "Ambos ganan"

  • Evasiva: "Renuncia(n) a resolver el conflicto"

  • Gestión por el resultado:

  • Autotutela: "Por legítima defensa" (no útil en la Conciliación)

  • Autocompositiva: "La solución depende de las partes"

  • Heterocompositiva: "La solución depende de un tercero"

  • Gestión por las personas que intervienenMediación

Mecanismo en el cual interviene un tercero que ayuda a las partes para arribar a una solución pero sin proponer fórmulas de solución. El papel del tercero, es mejorar la comunicación entre las partes para que estas precisen con claridad el conflicto, descubran sus intereses y generen opciones para hacer realizable un acuerdo satisfactorio.

El mediador es una personal neutral que no tiene interés personal en el resultado por lo que la suspicacia y la desconfianza se reduce al mínimo.

Gestión:

Ventajas de la mediación:

Entre las ventajas de la mediación que son muy parecidas a las que brinda la conciliación, tenemos: Permite a las partes inmersas hallar de manera directa la solución que aún no ha podido materializarse; el costo que es mucho menos que si se recurre al poder judicial,

Formas:

  • Empresarial: Se utiliza para solucionar problemas de productividad y de cooperación entre los empleados.

  • Del personal: Por un especialista en personal, que naturalmente está adscrito al departamento de relaciones industriales.

  • Marital: Forma separada de la mediación, ya que para intervenir en un caso como estos se necesita de una capacitación especializada.

  • Amical: El mediador es un amigo de dos o más personas que tienen un conflicto.

  • Comunitaria: Miembros de una comunidad sirven de mediadores entre otros miembros.

  • Paternal: Cuando existe un conflicto entre los padres o progenitores y el hijo(s).

1.4.2 La Conciliación

Es un medio alternativo y extrajudicial que evita que las partes tengan como única opción el proceso judicial, brindándoles la ventaja de encontrar una solución en forma rápida, eficaz y económica.

Es un proceso de negociación asistida por un tercero denominado Conciliador, que ayuda a que las partes encuentren una solución consensual que satisfaga sus intereses; teniéndose en cuenta que la solución final siempre será de las mismas partes.

Es un acto jurídico por medio del cual las partes buscan solucionar sus conflictos, con la ayuda de un tercero que da fórmulas o propuestas conciliatorias, dentro de una audiencia de conciliación, cuyos acuerdos será reflejado en una acta de conciliación.

Situación Jurídica:

Es una institución que se encuentra vigente facultativamente, hasta que el Ministerio de Justicia lo haga obligatorio progresivamente considerando el número de Centros de Conciliación y conciliadores acreditados, a partir del cual será una etapa previa obligatoria antes de iniciar un proceso judicial.

A partir del 02 de Noviembre del 2000, es obligatorio en los distritos conciliatorios de las provincias de Trujillo y Arequipa, así como en el distrito judicial del Cono Norte de Lima (plan piloto)

Asimismo, a partir del 01 de Marzo del 2001, es obligatorio en Lima y Callao.

Naturaleza Jurídica:

Es una institución jurídica con legalidad más no con legitimidad (no reconocido por todos) y no es una institución jurídica social (no conocido por todos).

  • Negociacion

La palabra Negociación proviene del latín "negotiatio" que significa acción y efecto de negociar.

Es un proceso encaminado a resolver problemas en la cual dos o más personas examinan voluntariamente sus discrepancias e intentan alcanzar una decisión conjunta sobre los que les afecta a ambos.

Puede dar por resultado una transacción sin la ayuda de un tercero; es la concertación de voluntades de las partes.

Proceso Cíclico:

Implica el cambio repetitivo de información entre las partes, su evaluación y los resultantes ajustes de expectativas y preferencias.

Objeto:

La negociación es una institución que persigue establecer una relación más deseable para ambas partes a través del intercambio, trueque y compromiso de derechos, sean éstos legales, económicos o psicológicos; siendo sus objetivos más importantes:

  • Lograr un orden de relaciones donde antes no existían.

  • Modificar un conjunto de relaciones existentes por otras más convenientes para una de las partes o para ambas.

Gestión:

  • Por el resultado; es colaboradora, porque "ambas partes ganan".

  • Por las personas que intervienen; es autocompositiva, porque la solución "depende de las partes".

Formas:

  • Directa: La solución depende de las partes sin facilitamiento de un tercero.

  • Conciliador > Propone formas de solución

  • Mediador > No propone formas de solución.

  • Asistida: Facilitado por un tercero.

Tipos:

  • Consesional: Relacionado a la confrontación, ya que vence el que tiene más poder. La parte que no logra satisfacer sus intereses tiene que elegir entre la aceptación de las condiciones impuestas por el "vencedor" o correr el riesgo de ser totalmente "eliminado".

  • Basado en intereses: Que tiene la ventaja de llegar a resultados de mutuo beneficio y eventualmente mejora la relación entre las partes.

  • Basado en posiciones: Tiende a obtener resultados que desperdician recursos y beneficios mutuos para las partes.

  • Arbijatre

Método de resolver extrajudicialmente controversias en virtud del cual las partes acuerdan (convenio arbitral) someter la solución de determinados conflictos que hayan surgido o puedan surgir entre ellos respecto de una determinada relación jurídica, a la decisión (laudo arbitral) de uno o varios terceros (árbitros) ajeno(s) a las partes y no integrado en un órgano judicial estatal. El arbitraje puede ser voluntario (las partes acuerdan libremente someterse al arbitraje) u obligatorio (las partes están obligadas por el imperio de las normas legales en determinadas circunstancias).

Sistema de solución de conflictos en que la voluntad de las partes, se somete a la voluntad de un tercero.

Con este mecanismo, un tercero denominado árbitro, tiene facultades propias de un juzgador; en tal sentido, puede actuar y valorar las pruebas que les permita arribar a una decisión final.

Gestión:

  • Por el resultado; es confrontativa, porque "hay un ganador y un perdedor".

  • Por las personas que intervienen; es heterocompositiva, porque la solución "depende de un tercero".

Formas de arbitraje según el ámbito a desarrollarse:

  • Nacional: La partes domicilian en el Perú; sede en Perú y cumplimiento en el Perú.

  • Internacional: Una o ambas partes pueden domiciliar en el Perú; sede en el Perú y su cumplimiento dentro o fuera del Perú.

  • Extranjero: Pueden o no vivir en el Perú; sede fuera del Perú y su cumplimiento dentro o fuera del Perú.

Tipos de Arbitraje :

  • De Hecho o de "facto": Cuando los interesados no están de acuerdo en la forma y manera como se produjeron los hechos.

  • De Derecho o de "iuris": Cundo las partes no están de acuerdo a la ley o norma que debe aplicarse para resolver su conflicto.

  • Institucional: Cuando las partes se someten a los estatutos y reglamentos de un centro de arbitraje privado.

  • Ad Hoc: Cuando las partes eligen unos árbitros escogidos libremente.

Clases de árbitros: (Art. 3 y 25 cc)

  • De Derecho: Cuando los árbitros son abogados, quienes resolverán la cuestión controvertida con arreglo al derecho aplicable.

  • De Conciencia: Los árbitros no son abogados; son personas naturales mayores de edad, que no tiene incompatibilidad para actuar como árbitros, encontrándose en pleno ejercicio de sus derechos civiles; resolviendo conforme a sus conocimientos y leal saber y entender.

CAPÍTULO II

Los Marcs

2. DEFINICION

Los Marcs son todos los medios por los cuales se pretende dar solución a intereses contrapuestos.

Los Mecanismos Alternativos de Resolución de Conflicto (M.A.R.C) son procesos solucionadores de conflictos por si mismo o por medio de terceros, ejecutados fuera del ámbito judicial.Los Mecanismos Alternos de Resolución de Conflictos son medios para resolver conflictos interpersonales o grupales.

Constituyen una segunda vía independiente, equivalente y paralela al poder judicial, orientados a la solución privada de los conflictos.

PRINCIPALES MARC"s

Los principales procesos alternativos al proceso judicial, en nuestro medio, son cuatro:

a. La Negociación o Transacción.

b. La Mediación

c. La Conciliación

d. El Arbitraje

2.1 Los Marcs como una nueva forma de enfrentar los conflictos

En el siglo XXI surge un conflicto entre dos esferas contrapuestas de intereses, tiene que agotarse previamente el uso de los M.A.R.C., que operan como filtros para recién poder recurrir al poder judicial.

Primero habría que acudir a la negociación entre las partes, sino se obtiene logros se llama a un tercero para que funga de mediador y si tampoco funciona, a un conciliador y si tampoco sirve a un arbitro u otro M.A.R.C apropiado, como instancia final se usa el proceso judicial, constituyendo este la última ratio. Esta nueva forma de afrontar un conflicto debería de enseñársele a toda la sociedad , desde la familia, escuela, universidad Antes que concluye el siglo XX se produjeron grandes cambios en todo el planeta en lo económico, político y social, uno de estos cambios fue instauración de los Mecanismos Alternativos de Resolución de Conflictos como una nueva herramienta para resolver conflictos jurídicos. La implantación de los Mecanismos Alternativos de Resolución de Conflictos se debió a la crisis de la justicia y a cambios paradigmáticos.

2.2 Los Conflictos que resuelve

Los M.A.R.C se utilizan para resolver cierta categoría de conflictos:: patrimoniales, empresariales, de los consumidores, laborales, de los intereses difusos, de la familia, de vecindad, y de coexistencialidad, con excepción de aquellos de mayor trascendencia social que se canaliza en el poder judicial. Con los M.A.R.C no se buscaba suplantar o abolir al proceso judicial, sino que la sociedad peruana tenga más vías a las cuales recurrir para solucionar ciertos conflictos de intereses.

2.3 Características de los MARC"S

  • Posibilitan la solución de conflictos, al margen del poder judicial.

  • Evitan que algunos conflictos jurídicos no se puedan resolverse entre partes, sean llevados al poder judicial; disminuyendo así la carga de trabajo de los jueces.

  • Propician una Cultura de Paz, entendida como aquella forma de vida de un grupo humano organizado que tiene por fin la creación de condiciones plenas de desarrollo integral del ser humano.

  • Mejoran el acceso a la justicia, brindando nuevas alternativas para encontrar la solución más rápida, justa y efectiva a los conflictos.

  • Fortalecen la democracia o la participación ciudadana, como vía adecuada para solucionar determinadas controversias.

Bibliografía

  • ALZAMORA VALDEZ, MARIO. DERECHO PROCESAL CIVIL. TEORÍA GENERAL DEL

PROCESO EDDILI.. PERÚ.

  • CARNELUTTI FRANCISCO. SISTEMA DE DERECHO PROCESAL CIVIL..

  • CODIGO CIVIL PERUANO

  • ROQUE J. CAIVANO. NEGOCIACIÓN, CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE. MECANISMOS

ALTERNATIVOS PARA LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

 

 

Autor:

Blanca Huamán Espinoza

SEXTO ciclo

Derecho de Conciliación y Mediación

UNIVERSIDAD NORBERT WIENER

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIA POLÍTICA

Junio del 2013