Derecho comercial: Breve estudio sobre esta rama del Derecho (página 2)
Enviado por Fernando Jes�s Torres Manrique
Los antecedentes del Derecho deben ser estudiados en cada fuente del Derecho, por ejemplo en el caso de la jurisprudencia, debe estudiarse esto en los fallos firmes de anteriores procesos, los cuales son obligatorios para toda clase de procesos posteriores, en tal sentido, es claro que si no tomamos en cuenta esto es claro que podríamos ser inducidos al error, por ello, debemos, consultar todos los temas relacionados, pero sólo en lo referido a la jurisprudencia, en tal sentido dejando a un lado las jurisprudencias, por lo tanto, en el caso que todo camine en esta forma, es claro que debemos tomar al toro por las astas, en tal sentido, sino observamos con detenimiento podemos ser inducidos a erros, por lo cual, el nivel de profundidad de los estudios debe ser muy altos, para que de esta manera.
Por ejemplo en el Derecho del deporte, una parte de éste se ubica en el Derecho comercial, por ejemplo cuando se trata de deportistas profesionales, lo cual servirá para conocer los alcances del deporte como empresa, o con un enfoque empresarial, en tal sentido, debemos estudiarlo al mismo, no sólo desde el punto de vista del Derecho comercial, sino también desde el punto de vista del Derecho empresarial, o Derecho de los negocios, o Derecho de la empresa, es decir, con este enfoque se deja de ladeo la afirmación por la cual se ubica el Derecho del deporte en el deporte administrativo, en tal sentido, siempre se debe tener en cuenta el método funcionalista y sólo en forma muy limitada el método dogmático.
Las ramas mas importantes del Derecho comercial son el Derecho societario y el Derecho cambiario, posteriormente aparecieron o hicieron su aparecieron el Derecho concursal (al menos en su versión original, a la cual se le conocía como Derecho de quiebras) y el Derecho bursáti, es decir, inicialmente sólo existieron algunas ramas del Derecho comercial, para posteriormente aparecer el Derecho bancario, contractual, Derecho de defensa de la libre competencia, Derecho de defensa de la libre competencia. Es decir, .los principales antecedentes son algunas ramas del Derecho o disciplinas jurídicas, por lo cual es claro que se debe investigar los antecedentes de estas ramas del Derecho para poder conocer los antecedentes del Derecho comercial o Derecho mercantil.
En todo caso es oportuno o resulta oportuno dejar constancia que el Derecho comercial es exactamente igual que el Derecho mercantil, lo cual debe ser tomado muy en cuenta para estudiar los antecedentes, y si no se tiene en cuenta este detalle es claro que se puede incurrir en error, todo lo cual debe ser conocido por los investigadores jurídicos, por lo tanto, estos dos términos jurídicos son sinónimos, lo cual quiere decir que significan lo mismo o tienen el mismo significado, en tal sentido, es claro que esta área del conocimiento para poder estudiar o investigar con detenimiento este tema, como es por cierto este tema, en tal sentido llegamos a la conclusión que para investigar se requiere ciertos conocimientos de Derecho comparado, los cuales sólo son conocidos por los comparatistas,
Es decir, el Derecho comercial es una rama muy conocida por ello merece estudiar sus antecedentes, los cuiales deben ser materia de estudio, no sólo por los abogados, sino también por los historiadores, en tal sentido resulta claro que el Derecho comercial o rama del Derecho estudiada debe ser estudiada cuando estudiamos la misma, sin embargo es poco estudiada, todo lo cual debe ser estudiado por parte de los tratadistias, y en este orden de ideas sólo podemos llegar a la conclusión que si un abogado no conoce los mismos, no puede aspirar a ser considerado como jurisconsulto o jurista, ya que a lo mucho puede ser considerado como legisla, el cual es una persona versada en leyes, para lo cual no se necesita estudiar en una universidad 6 años, sino que batarían meses, e incluso no necesitaría estudios, sino sólo experiencia, con lo cual no se puede obtener el título profesional de abogado, por lo cual se debe tener mucho cuidado, ya que sería tan absurdo, como pensar que una persona podría sin estudios realizar una operación al corazón, ya que para ello se requiere estudios universitarios, y además en el Derecho peruano, se requiere postular, y al parecer en algunos otros estados, no se requiere dicha postulación, por lo cual podemos afirmar que, el conocimiento se divide en profesiones, las cuales son impartidas por las universidades, institutos y ceos, en tal sentido, llegamos a la conclusión que sólo un ignorante podría afirmar que se puede conocer el.Derecho sin estudiar 6 años en una universidad una carrera profesional, por ello esperamos, que la ignorancia debe desaparecer en el mundo, sin embargo, se ha advertido que incluso algunos abogados consideran que los abogados con maestría no son preparados y que son mas preparados los abogados sin maestría, lo cual hace preocupar porque implicaría mas o menos afirmar que los abogados conocen menos que los que han estudiado hasta primer grado de primaria, en tal sentido, para poder publicar se requiere mucho cuidado, lo cual se ha advertido porque estas afirmaciones sólo las han hecho en forma verbal, pero no en forma o por medio de fuentes escritas, las cuales sirven para divulgar el conocimiento, incluso en algunos casos han llegado al extremo de ser autoridades, y no comprenden que el Derecho se aprende en las universidades, y en todo caso que presenten su proyecto de ley, para que desaparezcan las universidades, lo cual nos provoca un poco de sonrisa,.
Los antecedentes del Derecho comercial, no sólo son leyes, sino que existen en todas las fuentes del Derecho, siendo estas últimas sólo una fuente del Derecho, por lo tanto, es claro que podemos llegar a la conclusión que el Derecho comercial resulta ser muy complejo de estudiar, sobre todo en sus antecedentes, y por ello debemos distinguir estos últimos son los antecedentes legislativos, siendo estos últimos, una parte de los primeros, en tal sentido, es claro que debemos llegar a la conclusión, que los antecedentes no sólo son normas legales, Derecho positivo legislación, en tal sentido, estos últimos son conocidos por algunos legistas, pero no es todo el Derecho, ni tampoco todos los antecedentes, por lo tanto, debemos analizar si en el Derecho peruano existen carreras técnicas de Derecho, como podrían ser profesional técnico en Derecho o profesional técnico en abogacía, lo cual nos coloca en un tema muy complejo y hasta donde alcanza nuestro conocimiento, no se han dictado estos programas en el Derecho mundial, pero al parecer la Pontificia Universidad Católica del Perú, hace poco, ha organizado un programa de este tipo, sin embargo, ha pasado desapercibido, lo cual nos preocupa, en todo caso es el único programa que ha organizado el Perú, en tal sentido, podemos llegar a la conclusión que el Derecho evoluciona todos los días, por lo tanto, estos pueden ser considerados como antecedentes de la realidad social.
Este tema de los antecedentes es muy complejo, por lo tanto, en el caso que no se estudie los mismos, es claro que debemos llegar a la conclusión que no se puede conocer ninguna rama del Derecho o disciplina jurídica sino se conocen y dominan sus antecedentes, los cuales no sólo son legislación derogada o abrogada, en tal sentido es claro que podemos concluir que debemos llegar a estudiar otras etapas de la realidad social del Derecho comercial, en tal sentido es claro que podemos llegar a la conclusión que en el Derecho estudiado dentro del Derecho peruano no se estudian los antecedentes, lo cual nos preocupa, por lo cual es claro que debemos estudiar no sólo legislación sino también otras fuentes del Derecho, pero de tiempos anteriores, por lo cual a dichas realidades sociales se les conoce como antecedentes, en tal sentido es claro que debemos llegar a la conclusión que el Derecho no es exactamente igual en todas sus etapas, por ello, debemos pensar en profundizar los estudios en Derecho comercial o mercantil, no sólo en el Derecho actual, sino en todos sus antecedentes, en tal sentido es claro que debemos llegar a la conclusión que no es conveniente que el Derecho es sólo el Derecho actual, sino que también comprende los antecedentes, que por cierto debemos precisar que no sólo son legales o normativos, en tal sentido, podemos afirmar que en el Derecho peruano existen muy pocos, realmente pocos o repito muy pocos expertos y abogados que dominen el Derecho mercantil o comercial.
El antecedente legislativo inmediato de la mayor parte del Derecho comercial peruano, es el código de comercial peruano de 1902, pero en su texto original, ya que el mismo ha sido materia de abundantes modificaciones legislativas, lo cual, ha provocado que pocos mercantilistas o comercialistas conozcan o dominen su articulado vigente, en tal sentido es claro que debemos consultar con libros actuales, y también para estudiar los antecedentes legislativos, es decir, no sólo se debe consultar libros actuales, sino también libros de otras épocas para tener un panorama claro del tema.
Los antecedentes del Derecho comercial existen en todas y cada una de las fuentes, de cada una de las ramas del Derecho, en tal sentido llegamos a la conclusión que estos temas son poco conocidos, incluso entre los abogados, e incluso por los estudiantes de Derecho, los cuales por cierto no son sólo los jurisconsultos, sino además los verdaderos abogados, ya que cuando se deja de estudiar se deja de ser abogado, se convierte uno cada día menos abogado, según lo ha sostenido COUTURE, el cual es un procesalista bastante conocido de fama internacional, en tal caso es claro que podemos afirmar que esta afirmación la debemos aplicar en todas las ramas del Derecho y temas jurídicos, por ello sostenemos que el Derecho comercial lo debemos estudiar también en lo referido a sus antecedentes y en este orden de ideas es claro que podemos afirmar que el Derecho comercial también tiene antecedentes, los cuales por cierto no son sólo legales o legislativos para poder concluir que el Derecho comercial es bastante amplio y en todo caso es claro que no existió en el Derecho romano, egipcio y griego, por ello es claro que debemos concluir que el Derecho comercial no existió en dichos períodos, lo cual debe ser materia de estudio por parte de los tratadistas y esto hace notar que esta rama del Derecho es muy importante, porque nos hace estudiar gran parte del Derecho y en todo caso el Derecho comercial forma parte del Derecho empresarial, por ello es claro que debemos concluir que si no estudiamos el primero es claro que dejamos de estudiar gran parte del Derecho mundial, por lo tanto, todo abogado debe conocer esta rama del Derecho, que como dijimos forma parte o se ubica en el Derecho empresarial, en tal sentido es claro que podemos afirmar que en tiempos actuales el Derecho empresarial es mas conocidos que la otra rama del Derecho mencionada, por lo cual debemos sostener que si un abogado no comprende que el Derecho comercial es de mucha importancia, por lo tanto es claro que podemos concluir que el Derecho se aprende constantemente o diariamente, por ello es claro que somos del criterio que debemos ser cuidadosos en estos temas.
Antecedentes del Derecho empresarial
El principal antecedente del Derecho empresarial es el Derecho comercial o Derecho mercantil, por lo tanto, es claro que podemos sostener que sólo podemos estudiar el Derecho empresarial si estudiamos el Derecho comercial o mercantil, en tal sentido llegamos a estudiar estos temas, y en todo caso si no conocemos estos detalles podemos afirmar que el Derecho tiene su antecedentes y en este caso debemos dejar constancia que tiene antecedentes, por lo cual esperamos que debemos estudiar estos temas, y en todo caso llegamos a la conclusión que estos temas han sido poco tratados, por tanto, si no estudiamos estos temas es claro que podemos arribar a conclusiones erróneas, sin embargo, estos temas se deben estudiar con mucho cuidado.
Es decir, el principal antecedente del Derecho empresarial es el Derecho comercial, sin embargo, estos temas son pocos conocidos y estudiados, por lo tanto, es claro que podemos llegar a sostener esta afirmación, en tal sentido, para conocer los antecedentes del Derecho empresarial, debemos conocer primero los antecedentes del Derecho comercial, y en todo caso estas dos ramas del Derecho no constituyen exactamente lo mismo, por lo tanto, debemos diferenciarlas, en tal sentido, el Derecho comercial forma parte del Derecho empresarial, lo cual aparentemente es conocido por todos, pero no es sostenido por todos, sino sólo por algunos abogados, por lo tanto, podemos afirmar que el Derecho comercial es menos amplio que el Derecho empresarial.
Otros antecedentes del Derecho empresarial son sus diversas ramas, todo lo cual debe ser materia de estudio por parte de los tratadistas, lo que si bien es cierto resulta obvio, pero claro está que no ha sido escrito por ninguna persona, lo cual debe ser materia de estudio por parte de los tratadistas, es decir, estos temas también debe ser materia de estudio por parte de los tratadistas.
El Derecho comercial es el principal antecedente del Derecho empresarial, lo cual deb ge ser materia de estudio por parte de los tratadistas.
Es decir, los antecedentes del Derecho empresarial son bastante amplios, lo cual debe ser materia de estudio por parte de los tratadistas, en tal sentido si un abogado no está acostumbrado a investigar temas amplios, es claro que no podrá investigar este tema, por ello, esperamos que este tema sea materia de investigación por parte de los investigadores.
En tal sentido, si un abogado es conocedor de estos temas es claro que podrá estudiar con bastante facilidad los indicados, por ello, es evidente que deberá profundizar sus estudios.
El Derecho empresarial es mas amplio que el Derecho comercial o Derecho mercantil, lo cual debe ser materia de estudio por parte de los tratadistas, no sólo nacionales sino también extranjeros.
El Derecho comercial es una rama, parte o área del Derecho empresarial, lo cual debe ser materia de estudio por parte de los tratadistas, en tal sentido para un conocimiento mas amplio debe tenerse en cuenta este detalle, lo cual hace que tengamos mayor conocimiento sobre el tema en mención, por ello, sostenemos esta posición, en tal sentido, podemos concluir que para conocer el Derecho empresarial debemos conocer previamente o estudiar previamente el Derecho comercial o mercantil, lo cual debe ser materia de estudio por parte de los tratadistas.
Es decir, para estudiar los antecedentes del Derecho empresarial debemos conocer y estudiar el Derecho comercial o mercantil lo cual debe ser materia de estudio por parte de los tratadistas, en tal sentido, podemos concluir que el estudio de los antecedentes del Derecho empresarial debe partir por estudiar los antecedentes del Derecho comercial o mercantil, sin embargo, este tema no ha sido trabajado, en todo caso no constituyen exactamente lo mismo, por ello es claro que debemos distinguir a efecto de poder concluir que el Derecho empresarial es mas amplio que el Derecho comercial o mercantil.
Definición de Derecho comercial
El Derecho comercial es la rama del Derecho privado que regula y estudia los títulos valores, sociedades, concursos, quiebra, bolsa de valores, telecomunicaciones, defensa del consumidor, indecopi, entre otros, por lo cual es claro que debemos llegar a la conclusión que es una rama del Derecho bastante amplia, la cual es poco estudiada en el Derecho peruano, en tal sentido, sirve esta oportunidad para dejar constancia de este hecho y en este orden de ideas es claro que podemos concluir que el Derecho comercial es bastante amplio, en tal sentido es poco estudiado en su conjunto, lo cual debe ser tomado en cuenta por parte de los tratadistas.
AMPLITUD DEL DERECHO COMERCIAL
Es decir, el Derecho comercial es bastante amplio y abarca a los siguientes temas:
1) Sociedades.
2) Títulos valores.
3) Concursos.
4) Quiebras.
5) Bursátil.
6) Telecomunicaciones.
7) Defensa del. Consumidor.
8) Indecopi,
9) Entre otros.
En tal sentido, es claro que para conocer el Derecho comercial se debe dominar todos los temas indicados, en tal sentido, para comprender estos temas resulta evidente que para consultar estos temas resulta notorio que podremos salir adelante, en tal sentido podremos evitar enfoques parcializados, en tal sentido es evidente que debemos tener enfoques globales del tema o rama del Derecho materia de estudio.
Es decir, el Derecho comercial es muy amplio, lo cual es necesario dejar constancia para una mejor comprensión del tema estudiado, como es por cierto el Derecho comercial, en tal sentido para aprovechar al máximo el presente trabajo es claro que debemos estar a la altura del tema estudiado, y en este orden de ideas es urgente consultar trabajos recientes al igual que anteriores para que de esta manera se pueda coincidir con planteamientos anteriores.
Por todo lo cual podemos afirmar que el Derecho comercial es bastante amplio y en este orden de ideas afirmamos que para su estudio y dominio hace falta además de investigación, una maestría, en una prestigiosa universidad, con ello nos acercaremos hacia el conocimiento, el cual como sabemos es de dos clases que son: conocimiento científico y conocimiento no científico o conocimiento vulgar, es decir, existen diversos tipos de conocimiento, los cuales son conocidos también como niveles de conocimiento y en todo caso es claro que el conocimiento al cual debemos aspirar es al conocimiento científico o comprobable, pero en todas las ramas del Derecho comercial.
Es decir, el Derecho comercial o mercantil es muy importante, lo cual causa mucha alegría, porque existe mucha información por conocer, en tal sentido si un abogado no conoce estos temas es claro que puede ser inducido a error, en tal sentido si no somos capaces de comprender la importancia del Derecho comercial es claro que no pensamos como abogados sino como legistas especialistas en esta rama del Derecho o disciplina jurídica, lo cual se encuentra en contra de nuestras ambiciones, en tal sentido es claro que debemos respetar el Derecho comercial, pero en todo caso esta rama del Derecho es bastante amplia, lo cual es materia de estudio por parte de los tratadistas, en tal sentido es claro que si un abogado no comprende la amplitud del Derecho comercial es claro y evidente que no puede comprender el Derecho comercial o mercantil, por ello antes de hacer afirmaciones en el Derecho es claro que no debemos sentirnos presionados por el deseo de descubrir un nuevo concepto o término jurídico, es decir, si bien es cierto un término jurídico es o resulta importante, pero también es cierto que merece mucho cuidado, ya que estos conocimientos no deben ser difundidos sin una adecuada revisión, por ello esperamos que todos comprendan su real importancia.
El Derecho comercial o mercantil es muy importante y amplio, por ello es claro que podemos pronunciarnos sobre el contenido o amplitud del Derecho comercial o mercantil, sin los cuales no seremos capaces de brindar conocimientos científicos, lo cual debe ser materia de estudio por parte de los tratadistas y esto no es saludable en estos términos jurídicos. El Derecho comercial es muy amplio, ya que abarca a muchas ramas del Derecho, entre las cuales destaca el Derecho societario y el Derecho cartular o cambiaria, y éstos dos últimos términos no constituyen exactamente lo mismo, sino que amerita un estudio mas pormenorizado, en tal caso es claro que el Derecho es bastante amplio y esto ocurre también en el Derecho comercial o mercantil, por ello debemos precisar que abarca o comprende a muchas ramas del Derecho y en este orden de ideas es claro que no es sinónimo de una parte pequeña del Derecho, sino que es muy amplio, por ello espero que todos comprendamos que el Derecho es muy difícil que pueda ser comprendido, por ello si no estudiamos con cuidado esta rama del Derecho o disciplina jurídica, es claro que corremos el riesgo de hacer afirmaciones sin el debido sustento, fundamento o argumento (sin embargo, es claro que en el Derecho no todas las decisiones se fundamentan, e incluso en estos tiempos algunas autoridades y/o funcionarios han ejercido abusivamente su Derecho, lo cual ha traído como consecuencia que algunas resoluciones sean injustas e incluso estando publicadas porque la fundamentación al parecer sólo ha servido para fundamentar decisiones o resoluciones, ya que algunos autores las diferencian, en tal sentido, amerita pensar en la solución legal o jurídica para llegar a determinar lo que debemos proponer en esta sede, no sólo como reforma legislativa, sino en un ámbito exclusivamente doctrinario.
Es decir, el Derecho comercial es una rama del Derecho muy conocida, y a su vez amplia, por ello, es claro que podemos comprender su naturaleza de amplia, por todo ello somos del criterio que debemos estudiar esta rama del Derecho o disciplina jurídica para poder hacer afirnaciones sobre la misma.
Fuentes del Derecho
Las fuentes del Derecho son los elementos o partes del Derecho, los cuales son los que importan al momento de estudiar Derecho.
El código de comercio peruano de 1902, el cual se encuentra vigente en parte enumera las fuentes del Derecho, sin embargo, debemos dejar constancia que no enumera todas las fuentes del Derecho sino sólo algunas, por lo tanto, debemos estudiar esta norma, en tal sentido, concluimos en el sentido que una norma no puede forzar a todo el Derecho, sino sólo a una fuente del Derecho, co9mo es por cierto la ley, o normas legales o Derecho positivo, entre las cuales podemos citar a la constitución, leyes, decretos legislativos, resoluciones supremas, decretos leyes, resoluciones ministeriales, entre otras normas.
Es decir, el Derecho positivo o legislación o normas legales no pueden establecer fuentes del Derecho, ya que ésto está reservado para la doctrina, y dentro de ésta, la doctrina jurisprudencia, la cual avanza mas rápido y esto no sólo ocurre en el Derecho peruano, sino también en el Derecho extranjero, lo cual debe servir para hacer estudios de Derecho comparado, es decir, no sólo de legislación extranjera, por ello es claro que podemos concluir que el Derecho comparado puede servir de guía en el Derecho peruano, a efecto de determinar las tendencias en el Derecho comparado, lo cual es de mucha utilidad para determinar las ventajas y desventajas de establecer en el Derecho legislado, ciertos beneficios, en tal sentido podemos afirmar que si un autor revisa las fuentes del Derecho en diferentes países, es claro que tiene una óptica mas amplia, por ello, podemos afirmar que debemos tener el debido cuidado para hacer enfoques correctos o adecuados.
Si el Derecho positivo establece cuales son las fuentes del Derecho o del Derecho comercial es claro que se estaría extralimitando, como ocurre realmente en el Derecho peruano, por ello, es claro que debemos tener en cuenta la experiencia peruana y extranjera, las cuales unidas conforman el Derecho mundial, por lo cual, podemos afirmar que debemos tener mas entusiasmo para conocer cada día nuevos conocimientos, en tal sentido, así como cada día aparecen nuevos conocimientos es claro que igualmente aparecen cada día nuevas fuentes del Derecho.
Nuevas ramas del Derecho comercial
El Derecho comercial ha crecido en los últimos años, por ello, es claro que han aparecido nuevas ramas del Derecho o disciplinas jurídicas, que se incluyen en el mismo, por ello, es claro que las principales nuevas ramas del Derecho indicado, son:
1) Derecho bursátil.
2) Derecho concursal.
3) Derechjo de comunicaciones.
4) Derecho de telecomunicaciones.
5) Derecho de marcas.
6) Derecho de propiedad industrial.
7) Derecho de patentes.
8) Derecho de autor.
9) Derecho de defensa de la labre competencia.
10) Derecho de defensa del consumidor.
11) Derecho de contratos comerciales.
Entre otras, por ello, es claro que puede ser materia de estudio estas ramas del Derecho comercial, entre otras, por ello, es claro que debemos en nuestros estudios de Derecho comercial, incluir muchos estudios, por lo cual somos del criterio que el conocimiento se ha expandido tanto que una sola persona no puede tenerlo todo en su integridad, en tal sentido es claro que debemos estudiar mas de nuestro escaso tiempo para así poder conocer mejor estas ramas del Derecho, conocidas también como disciplinas jurídicas.
Conclusiones
El Derecho comercial es muy importante, no sólo en el Derecho peruano, sino también en el Derecho extranjero, todo lo cual debe ser materia de estudio por parte de los tratadistas y en todo caso, sino se estudia detenidamente estos temas es claro que estamos condenados al fracaso. En tal sentido para dominar mas estas ramas del Derecho debemos estudiarlas para que de esta forma podamos tener mayor domino de las mismas. Es decir, existen dos formas de aprender el Derecho comercial que son la práctica y la dogmática.
Autor:
Fernando Jesús Torres Manrique
Ex Juez Titular Decano. Ex Registrador Público Titular. Maestría en Derecho Civil y Comercial en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y Doctorando en Derecho en la misma Universidad. Estudios parciales de Maestría en Derecho de la Empresa. Estudios de "Estrategias de Negociación" en la Universidad del Pacífico. Autor de publicaciones jurídicas.
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