El administrador público no está sujeto, por lo menos en la administración de los organismos centrales del Gobierno, a la presentación de Estados de Ganancias y Pérdidas sin que ello signifique que están exceptuados del control fiscal. En cambio, al administrador privado le interesa conocer exactamente sus ganancias y pérdidas y, por lo tanto, esto significa la presentación periódica de los respectivos estados financieros.
Principios teóricos que orientan las diferencias entre la Administración Pública y Privada
Según Sir Josiah C. Stamp, los cuatro principios que sirven para orientar las diferencias entre la administración pública y privada son: Uniformidad, control financiero, responsabilidad ministerial, y retorno marginal, los cuales se detallan a continuación:
Principio de Uniformidad: En este principio se sustenta que "El juicio de los empleados gubernamentales que están en contacto con el público es muy limitado, pues la administración pública no puede hacer discriminaciones de ninguna especie entre personas. Cualquier juicio que emita, tiene que ser ejercido con una distinción entre cosas, pero sin distinción de clases sociales". Por el contrario la administración privada puede prestar o dejar de prestar determinados servicios a un individuo, grupo o clase social. Este principio es aplicable principalmente a la administración pública debido a que está regulada mayoritariamente, por leyes y disposiciones comunes y uniformes.
Principio de Control Financiero: El control financiero es ejercido sobre la actividad del Estado a través de los organismos contralores, u oficinas de control presupuestario. Los organismos contralores son de carácter externo y se identifican en que los ingresos y los ítems de los gastos fiscales son controlados por los representantes del pueblo, mediante el órgano legislativo. En este sentido, los miembros del poder legislativo están al margen del personal administrativo. En la administración privada, por el contrario, las finanzas no las controla ninguna agencia externa.
Principio de la Responsabilidad Ministerial: Es en la aplicación de este principio donde difiere la administración pública de la privada. Se sabe que la administración pública rinde cuentas a sus jefes políticos y, a través de ellos, al público, ya que el gobierno es fundamentalmente responsable ante el pueblo. Sus actuaciones están constantemente expuestas a la publicidad y la crítica. Cualquier asunto puede convertirse en una situación explosiva para la opinión pública. En este sentido, la administración del Gobierno es de adaptación continua y permanente a las exigencias del pueblo, con mayor apego que la privada.
Principio de Retorno Marginal: Este es de importancia capital en los negocios, pero está totalmente ausente en el sector público. El hombre de negocios emprende cualquier aventura que le ofrezca la posibilidad de alguna utilidad, por muy pequeña que ésta sea. Muchos estadistas han señalado que el aspecto de la utilidad constituye una enorme diferencia entre la administración de empresas y la pública; ésta última, en un Estado democrático, se fundamenta en el principio del servicio público. A pesar de que es corriente la aparición de consignas como "servir a los clientes", en la administración de empresas, el hecho es que el mundo de los negocios pone sus propios intereses por encima de los de la comunidad, cosa que no cabría concebir dentro de la administración pública.
La finalidad del Estado y su rama ejecutiva no debe medirse por la maximización de sus ingresos o minimización de sus gastos, sino por la calidad e intensidad con que realice los propósitos públicos. Es una equivocación la de juzgar la administración pública en términos de sus ganancias y pérdidas, con el empeño de que no gaste mucho, no incurra en deudas y mantenga el presupuesto adecuadamente equilibrado. La eficiencia del gobierno debe juzgarse en relación a cómo contribuye a la satisfacción de las necesidades y los ideales de la población.
Referencias
Universidad Nacional Abierta (UNA). Módulo de Administración Pública. Venezuela
Reseña Biográfica de la Autora:
ROSANNA DEL VALLE SILVA FERNANDEZ, , venezolana, nacida en San Felipe – Estado Yaracuy. Maestrante en Educación Abierta y a Distancia (UNA), Especialista en Gerencia Educacional (UPEL – IMPM), Practitioner en Programación Neurolinguística (Instituto Español de Programación Neurolinguística), con Diplomados en Gerencia Social, Gerencia Pública, Tecnología de la Información y Comunicación (ANUV – UNITEC), Capacitación Docente (UNEFA – UNA), Licenciada en Administración de Empresas Mención: Gerencia (UFT) y Técnico Superior Universitario en Administración Mención: Gerencia de Empresas (IUTY). Desde el año 2005, labora en la UNEFA Núcleo Yaracuy como Profesor Instructor a Dedicación Exclusiva. Es investigadora de las líneas: Gerencia Educacional – Tecnología de la información y Comunicación, adscritas al Núcleo de Investigación Educativa "Orangel Loyo Colmenarez" de la UPEL – IMPM, Núcleo Yaracuy. Tutora de Trabajos de Grado. Ponente y asistente permanente a eventos nacionales e internacionales en el área educativa y gerencial. Facilitadora de cursos de extensión universitaria en el área de evaluación, planificación educativa, metodología de la investigación, estrategias de aprendizaje; así como también en el ámbito gerencial y organizacional (Coaching, PNL, Inteligencia emocional, cooperativismo, liderazgo, formulación de proyectos, entre otros). Es integrante de la Red Docente Kipus para América Latina y el Caribe (UNESCO), la Red Nacional Docente de Informática y Telemática (RENADIT).
Rosanna Silva Fernández
2009
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