Descargar

Empleo de la fuerza y el arma de fuego


  1. Empleo de la fuerza por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. Facultad y obligación
  2. Principios fundamentales para el uso de la fuerza y de armas de fuego
  3. El uso de la fuerza y el derecho a la vida
  4. Uso progresivo de la fuerza por la policía
  5. Modelo de uso progresivo de la fuerza
  6. Principios esenciales para el uso de la fuerza
  7. Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley
  8. Análisis
  9. Conclusiones
  10. Recomendaciones
  11. Bibliografía

MARCO NORMATIVO – TEORICO

Empleo de la fuerza por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. Facultad y obligación

Aplicar de la ley, es el arte de comprender la letra y el espíritu de la ley, así como las circunstancias específicas del problema particular que ha de resolverse. Las palabras claves de la aplicación de la ley tienen que ser negociación, mediación, persuasión y resolución de conflictos. Se requiere priorizar la comunicación, con miras a lograr objetivos legítimos de aplicación de la ley, pero dichos objetivos no pueden lograrse siempre mediante la comunicación, cuando ésta falla, básicamente quedan, dos opciones: primero, la situación se queda como está, y no se logra el objetivo de aplicación de la ley, o el funcionario encargado de hacer cumplir la ley concernido decide recurrir a la fuerza para lograr el resultado previsto.

Los Estados confieren a sus estamentos encargados de hacer cumplir la ley la facultad legal para emplear la fuerza cuando sea necesario a fin de alcanzar objetivos legítimos de aplicación de la ley. Pero no sólo autorizan a sus instituciones a recurrir a la fuerza; si no que algunos les obligan incluso a emplearla. Esto significa que, según la legislación interna, un funcionario encargado de hacer cumplir la ley tiene el deber de emplear la fuerza en las situaciones en que no pueda lograrse de otro modo el resultado previsto.

Así también, los Estados al conferir a sus funcionarios encargados de hacer cumplir la ley la facultad legal para emplear la fuerza y armas de fuego, no niegan su obligación de proteger el derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de las personas, así como el reconocimiento de los reglamentos y prácticas relativos a la contratación, la selección, la formación y la capacitación de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley; debe considerarse que la calidad de la aplicación de la ley depende, en gran medida, de la calidad de los recursos humanos disponibles, cuando se dispone de buenas herramientas puede considerarse que la mitad de un trabajo está hecho, sin embargo, las aptitudes de la persona que emplea esas herramientas determinan la calidad del producto final.

Principios fundamentales para el uso de la fuerza y de armas de fuego

La policía para el uso de la fuerza se basa en los siguientes principios:

  • 1. Legalidad

  • 2. Necesidad

  • 3. Proporcionalidad y

  • 4. Ética.

Principios que exigen, que la policía use la fuerza y armas de fuego cuando lo ampare la legislación nacional, cuando sea estrictamente necesario para la aplicación de la ley y el mantenimiento del orden público, solo en la medida que lo requieran, los fines legítimos estatuidos por ley y sujetándose a normas muy estrictas de disciplina en el desempeño de sus funciones en que se reconozcan tanto la importancia como las exigencias particulares de las tareas que está llamada a desempeñar.

Estos principios están consagrados en el Artículo 3 del Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la Ley, que literalmente dice: "Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley podrá usar la fuerza sólo cuando sea estrictamente necesario y en la medida que lo requiera el desempeño de sus tareas".

El uso de la fuerza y el derecho a la vida

La facultad de recurrir a la fuerza puede afectar el derecho más fundamental de todos: el derecho a la vida; el uso de la fuerza por la policía que constituya una violación del derecho a la vida, es el fracaso más claro de uno de los propósitos primordiales de la labor policial: el de mantener la seguridad y la integridad física de sus conciudadanos. Según las circunstancias, también puede ser una infracción gravísima del derecho penal peruano y del derecho internacional.

El derecho a la vida está protegido por el derecho internacional consuetudinario así como por el artículo 3 de la declaración Universal de Derechos Humanos, que dice lo siguiente: " Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona".

Uso progresivo de la fuerza por la policía

Para aplicar el uso de la fuerza, la policía debe realizar una labor ética y lícita, la misma que está basada en los siguientes principios fundamentales:

  • El respeto y el cumplimiento de la ley

  • El respeto de la dignidad de la persona humana

  • El respeto y la protección de los derechos humanos

El uso progresivo de la fuerza por parte de la policía, es la selección adecuada de opciones de fuerza en respuesta al nivel de sumisión del ciudadano sospechoso, en una secuencia lógica y legal de causa y efecto. Consiste pues en la evaluación de tres situaciones:

  • 1. Sumisión del sospechoso:

  • a. Cooperativo

  • b. Resistente pasivo

  • c. Resistente activo

  • d. Agresivo no letal

  • e. Agresivo letal

  • a. Presencia física

  • b. Uso de medios no violentos (contacto visual, verbalización, negociación, mediación, etc.)

  • c. Control físico

  • d. Uso defensivo de armas no letales (uso de vara, agua, gases lacrimógenos, etc.)

  • e. Fuerza letal (uso de armas de fuego)

Modelo de uso progresivo de la fuerza

El modelo de uso progresivo de la fuerza es un recurso visual, destinado a auxiliar en la conceptuación, planeamiento, entrenamiento y en la comunicación de los criterios sobre el uso de la fuerza utilizado por la organización policial y sus agentes, refuerza la comprensión del policía sobre las relaciones de causa y efecto entre él y el sospechoso;

actúa de forma preventiva aumentando la confianza y competencia del policía; servirá para orientar a los policías en su día a día operacional, dándoles un parámetro más perceptivo sobre cuando, dónde, cómo y por qué hacer el uso de la fuerza.

Principios esenciales para el uso de la fuerza

La doctrina considera los siguientes principios esenciales para el uso de la fuerza y de armas de fuego:

  • 1. El uso de la fuerza:

  • En primer lugar debe recurrirse a medios no violentos.

  • Se utilizará la fuerza sólo cuando sea estrictamente necesario.

  • Se utilizará la fuerza sólo para fines lícitos de aplicación de la ley.

  • No se admitirán excepciones ni excusas para los usos ilegítimos de la fuerza.

  • El uso de la fuerza será siempre proporcional a los objetivos lícitos.

  • La fuerza se utilizará siempre con moderación.

  • Se reducirán al mínimo los daños y las lesiones.

  • Se dispondrá de una gama de medios que permitirá un uso diferenciado de la fuerza.

  • Todos los agentes de policía recibirán adiestramiento en el uso de los distintos medios para el uso diferenciado de la fuerza.

  • Todos los agentes de policía recibirán adiestramiento e el uso de medios no violentos.

  • Todos los incidentes de uso de la fuerza o de armas de fuego se notificarán a los funcionarios superiores quienes los examinará.

  • Los funcionarios superiores asumirán la debida responsabilidad cuando tengan conocimiento o deberían haberlo tenido, de que los funcionarios a sus órdenes, recurren al uso ilícito de la fuerza o de armas de fuego y no adoptan todas las medidas correctivas a su disposición.

  • Los funcionarios que se nieguen a obedecer una orden ilícita de uso de la fuerza o de armas de fuego, no serán objeto de ninguna sanción penal o disciplinaria.

  • No podrá alegarse obediencia de órdenes superiores para eludir responsabilidades en caso de uso ilícito de la fuerza o de armas de fuego.

3. Circunstancias admisibles para el uso de armas de fuego:

  • Las armas de fuego se utilizarán únicamente en circunstancias extremas.

  • Las armas de fuego se utilizarán sólo en defensa propia o en defensa de otros, en caso de amenaza inminente de muerte o de lesiones graves.

  • Para evitar un delito particularmente grave que entrañe un serio peligro para la vida.

  • Para detener o impedir la fuga de una persona que plantea ese peligro y que se opone a los esfuerzos por eliminar ese peligro.

  • En todos los casos, solo cuando las medidas menos extremas resulten insuficientes.

  • El uso intencionado de la fuerza y de armas de fuego con fines letales se permitirá solo cuando sea estrictamente inevitable a fin de proteger una vida humana.

  • El funcionario debe identificarse como agente de policía.

  • Advertir claramente de su intención de usar armas de fuego.

  • Dar tiempo suficiente para que se tenga en cuenta la advertencia.

  • No será necesario si la demora pudiera dar lugar a la muerte o a heridas graves en el agente u otras personas.

  • Resulta evidentemente inútil o inadecuado de las circunstancias del caso.

  • 5. Después del uso de armas de fuego.

  • Se prestará asistencia médica a todas las personas heridas

  • Se informará a los familiares o a los amigos de los afectados.

  • Se permitirá la investigación del incidente cuando se solicite o exija.

  • Se efectuará un informe completo y detallado del incidente

  • Todos los agentes de policía recibirán adiestramiento en el uso de

medios no violentos.

Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley

El Código de Conducta tiene como objetivo establecer normas para las prácticas de la aplicación de la ley respetuosa de las disposiciones de los derechos humanos y las libertades fundamentales. Mediante una serie de directrices de elevada calidad ética y jurídica, se intenta condicionar las actitudes y el comportamiento prácticos de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. En el Código se reconoce que no basta el conocimiento de los derechos humanos para comprender lo que realmente significa mantenerlos y defenderlos. La experiencia y la percepción públicas de la calidad de los derechos y las libertades fundamentales se forjan mediante los contactos con los funcionarios del Estado, como los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. Por este motivo, la formación de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley en materia de derechos humanos no puede entenderse separadamente de su aplicación práctica en la realidad cotidiana de la aplicación de la ley.

En el artículo 3 del Código de Conducta se dispone que: "Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley podrán usar la fuerza sólo cuando sea estrictamente necesario y en la medida que lo requiera el desempeño de sus tareas" ; esta disposición pone de relieve que el uso de la fuerza por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley debe ser excepcional y nunca exceder el nivel razonablemente necesario para lograr objetivos legítimos de la aplicación de la ley. A este respecto, el uso de armas de fuego debe considerarse una medida extrema.

En el artículo 5 se impone una prohibición absoluta de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes. Se estipula que ningún funcionario encargado de hacer cumplir la ley podrá invocar la orden de un superior o circunstancias especiales como justificación de tales actos.

En el artículo 8 se dispone que: "Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley respetarán la ley y el presente Código. También harán cuanto esté a su alcance por impedir toda violación de ellos y por oponerse rigurosamente a tal violación".

En el Código de Conducta, también se insta a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley a actuar en caso de violaciones del Código:

"Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley que tengan motivos para creer que se ha producido o va a producirse una violación del presente Código informarán de la cuestión a sus superiores y, si fuere necesario, a cualquier otra autoridad u organismo apropiado que tenga atribuciones de control o correctivas".

El articulado mencionado buscan sensibilizar a los organismos encargados de hacer cumplir la ley y a sus funcionarios a las importantes responsabilidades que el Estado les ha conferido. Como instrumento de la autoridad estatal, gozan de amplias atribuciones y, dado el carácter de sus deberes, pueden encontrarse en situaciones de eventual corrupción.

El primer paso para combatir eficazmente esos riesgos ocultos es sacarlos a la luz, debatirlos y examinarlos detenidamente, y someterlos al examen interno y externo de los organismos encargados de hacer cumplir la ley. Estas cuestiones suscitan notables expectativas por lo que se refiere a las normas éticas que han de observar dichos organismos. A este respecto, es fundamental el aporte positivo de cada funcionario. El comportamiento de cada funcionario encargado de hacer cumplir la ley influye mucho en la imagen y la percepción del conjunto de la institución. Un funcionario corrupto puede hacer que se considere corrupta a toda la institución, ya que la actuación de ese funcionario tenderá a percibirse como una actuación de la institución.

Análisis

  • 1. Los abusos y los excesos en el uso de la fuerza por parte de la policía puede tener como efecto hacer imposible una labor ya de por sí difícil; por lo que debemos observar las normas internacionales en materia del uso de la fuerza y de armas de fuego por motivos éticos y legales, pero además también existen consideraciones prácticas y políticas, así como además esos abusos y excesos menoscaban uno de los objetivos primordiales de la labor policial: "El mantenimiento de la paz y la estabilidad social". Se han producido incidentes en los que el uso excesivo de la fuerza por la policía ha originado desórdenes públicos de tal escala y ferocidad que los organismos encargados de hacer cumplir la ley han quedado temporalmente incapacitados para mantener el orden público, proteger la seguridad de la población. Debe de considerarse que ante un hecho de uso indebido de la fuerza, los medios de comunicación le dan una publicidad inmensa lo que implica que la población ya no quiera apoyar a la Policía

  • 2. Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley están legalmente autorizados para recurrir al uso de la fuerza y de armas de fuego; en determinadas ocasiones, esa autoridad se formula incluso como una obligación de emplearlas si se han agotado otros medios ara lograr la tarea encomendada

  • 3. Se debe sensibilizar a todo efectivo policial sobre el uso de la fuerza y de las armas de fuego, desde su instrucción en las escuelas de formación, incidiendo en los fundamentos legales, como en el Código de Conducta para los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, así como en los aspectos éticos morales para el cumplimiento de su misión.

  • 4. El policía cuando emplea la fuerza y las armas de fuego en forma irracional, es decir sin tener en cuenta los principios elementales, su accionar se torna violento y está incurriendo en la ilegalidad.

Conclusiones

  • 1. La labor policial es comúnmente difícil, por lo que los abusos y los excesos en el uso de la fuerza, la imposibilitan mucho más; debiéndose observar las normas en materia del uso de la fuerza y de armas de fuego por motivos éticos y legales, siendo uno de los objetivos primordiales de la labor policial: "El mantenimiento de la paz y la estabilidad social". Debe de considerarse que ante un hecho de uso indebido de la fuerza, los medios de comunicación le dan una publicidad inmensa lo que implica que la población ya no quiera apoyar a la Policía

  • 2. Sólo debe emplearse la fuerza y las armas de fuego, cuando como funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, han agotado otros medios para lograr la tarea encomendada, muy a pesar de que están legalmente autorizados para recurrir a su uso en determinadas ocasiones.

  • 3. Sensibilizando a todo efectivo policial sobre el uso de la fuerza y de las armas de fuego, desde su instrucción en las escuelas de formación, incidiendo en los fundamentos legales, como en el Código de Conducta para los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, así como en los aspectos éticos morales para el cumplimiento de su misión, se logrará que en el cumplimiento de su misión no se involucren en conductas ilegales, ni menos aún que acarreen consecuencias penales.

Recomendaciones

  • 1. El irrestricto respeto a los Derechos Humanos , debe ser la primordial orientación de los actos de nuestra profesión deben, es decir una adecuada y óptima atención al público, en general, el respeto a los integrantes de la sociedad; es preciso señalar que todo miembro policial debe cultivar ese don natural que se llama respeto a la dignidad humana, lo cual implica la necesidad de eliminar las brusquedades, así como también los comportamientos, actitudes y conductas inadecuadas que pueden infringir en los derechos de la ciudadanía

  • 2. Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, como es el caso de los miembros de la Policía Nacional, deben de recibir una capacitación profesional continua respecto al empleo de la fuerza y de armas de fuego.

Bibliografía

  • CÓDIGO DE CONDUCTA PARA FUNCIONARIOS ENCARGADOS DE HACER CUMPLIR LA LEY

  • PRINCIPIOS BÁSICOS SOBRE EL EMPLEO DE LA FUERZA Y DE ARMAS DE FUEGO POR LOS FUNCIONARIOS ENCARGADOS DE HACER CUMPLIR LA LEY

 

 

Autor:

Santiago Ramon Salazar Navarro