En lo que se refiere al análisis propuesto por el profesor, es importante señalar que, que el estudio en sí, permitirá contextualizar el tema de los valores desde diferentes perspectivas. De manera que, en primer lugar, es relevante, considerar lo expresado por González (2010: 1), quien manifiesta que "indagar sobre el concepto de valor, significa indagar sobre la clave y conocer la verdad sobre la ética, la vida y la existencia".
Así pues, de lo anterior se puede inferir, que conociendo el concepto de valor, es posible, entender una multiplicidad temática, la cual, aborda desde lo meramente ético, pasando por los avatares de la vida misma, hasta llegar a la búsqueda del entendimiento de la existencia del ser.
En líneas generales, se puede indicar, que existe una cierta ambigüedad temática, lo que hace que abordaje analítico de tema sea muy interesante.
Ahora bien, quisiera considerar el criterio, que sobre el Valor, tiene Cabanellas (2006: 984), quien expresa "que el vocablo posee múltiples significados, nucleables en dos especies".
En este sentido, el autor manifiesta, que dentro de la primera especie de acepciones, se encuentran, la utilidad de las cosas como valor; así como, la aptitud para satisfacer las necesidades y procurar placeres; la cantidad de una cosa que lleva a dar por ella, o pedir para llegar a cederla; el coste, el precio, el rédito y/o el fruto como valores.
Por otra parte, en una segunda especie de acepciones, se encuentran, los denominados por el autor los sentidos metafóricos, dentro de los cuales, se puede hallan, la significación, la trascendencia, la importancia; así como, poseer grandes dotes intelectuales; el merito como valor; y la fuerza, el arrojo, la eficacia, la osadía, como valores.
De lo anterior, se puede deducir el término valor, ha englobado una cantidad de acepciones, las cuales, le permiten ser utilizado desde diferentes puntos de vista, en el lenguaje comunicacional de los seres humanos.
En lo que respecta, a las diferentes propuestas que existen en la web, una de las más interesantes, es la que ofrece Wikipedia (2010: s/p), quien indica que "Para la axiología, una disciplina de la filosofía, el valor además permite ponderar el valor ético o estético de las cosas, por lo que es una cualidad especial que hace que las cosas sean estimadas en sentido positivo o negativo". Además, manifiesta que los valores representan una cualidad `sui generis´ de un objeto.
De tal manera se puede observar que desde está concepción, los valores son agregados a las características físicas, tangibles del objeto, lo cual, permite inferir, que los mismos, son atribuidos al objeto por un individuo o un determinado grupo social, con lo cual, consecuentemente modifica dicha atribución- su comportamiento y actitudes en relación a dicho objeto.
Así pues, se puede elucubrar que, el valor es un elemento que es inherente, a las concepciones que desde la perspectiva social, son concomitantes, a lo que un determinado individuo concibe como valor. En este sentido, es de resaltar lo expuesto en Wikipedia (ob cit: s/p), lo cual, entiende:
que la existencia de un valor es el resultado de la interpretación que hace el sujeto de la utilidad, deseo, importancia, interés, belleza del objeto. Es decir, la valía del objeto es en cierta medida, atribuida por el sujeto, en acuerdo a sus propios criterios e interpretación, producto de un aprendizaje, de una experiencia, la existencia de un ideal, e incluso de la noción de un orden natural que trasciende al sujeto.
En ese mismo orden de ideas, se puede manifestar, que en el campo de lo estrictamente jurídico, los valores jurídicos, se encuentran intrínsecamente relacionados, con lo valores en general. Por lo cual, es importante indicar que el derecho, siempre se dirige a realizar ciertos valores.
De tal, manera, el Derecho es inseparable de los planteamientos axiológicos. Así pues, se puede observar, que toda norma jurídica encierra un valor, por lo cual, el sistema jurídico, en pleno, se orienta a la obtención de ciertas metas, que lo seres humanos, perciben como deseables. De tal forma, es percibible, que los valores jurídicos, son aquellos valores, que inexorable e indefectiblemente, están relacionados con el derecho.
Ahora bien, es relevante indicar, que según Sheller (s/f) citado en Luna (2009), existen diferentes tipos de valores. No obstante, en lo que respecta al tema a desarrollar en la investigación, es pertinente señalar que, la justicia representa uno de los valores jurídicos fundamentales.
De tal manera, la justicia, ha sido conceptuada de diferentes formas, dentro de las cuales, se encuentra la de Ulpiano, la cual, expresa que la justicia consiste en dar a cada uno lo suyo.
Aunado a lo anterior, es posible observar, que desde la tradición liberal y social, se plantea que la justicia, es en esencia, dar a cada uno las condiciones para vivir en libertad y en igualdad.
En este mismo sentido, se puede inferir que la justicia, como valor jurídico, puede conceptuarse, con significados que en apariencia son muy diferentes, pero que en esencia, tienen acepciones que son semejantes, las cuales, son derivaciones de lo que se conoce como la ética jurídica.
Asimismo, es de destacar, que según González (ob cit: 3), existen otros valores jurídicos, dentro los cuales, se encuentran "la justicia, la seguridad, la paz, el orden, etc.".
De lo que se infiere, que los valores jurídicos, indicados anteriormente son extrapolables a otros aspectos de la vida del ser humano.
De la misma manera, es importante señalar, que según Massini (s/f), justicia como valor, consiste en aquella formalidad de la conducta que la conforma un derecho pleno y concreto, con las notas que la constituyen en su modo de ser propio, la cual, puede ser subjetiva y objetiva. No obstante, según el autor el valor específico, es la justicia, la cual, se entiende como la formalidad que perfecciona analógicamente a todas las realidades jurídicas.
En cuanto a la seguridad jurídica, es posible traer a colación lo expuesto por Milla, J. (s/f: 238) citado en Ortiz (1996: 90) quien señala que, la seguridad jurídica se define como "la situación peculiar del individuo como sujeto activo y pasivo de relaciones sociales cuando estas relaciones se hallan previstas por un estatuto objetivo, conocido y generalmente observado".
De lo anterior, es deducible que la seguridad jurídica, viene a representar uno de los valores jurídicos, más importantes para la existencia del estado de derecho, en una determinada sociedad.
Ahora bien, es importante, exponer mi criterio, sobre los diferentes valores jurídicos. Así pues, en primera instancia, se puede traer a consideración, la justicia, que no es otra cosa, que la aplicación del derecho, de forma abstracta, con equidad y respeto por los actores del hecho jurídico, es decir, los sujetos de derecho. No obstante, puedo indicar, que existen otras conceptuaciones más complejas del término justicia, las cuales, atienden a la época, y consecuentemente a los autores que las hayan postulado dichas teorías.
En cuanto, a la seguridad como valor jurídico, se puede indicar, que viene a estar representada por la protección y confianza, que el mismo Derecho, provee a las personas, para que estas hagan valer los derechos y respondan ante sus deberes, en un determinado ordenamiento jurídico.
En consecuencia, donde hay seguridad jurídica, el derecho genera confianza a las personas, puesto que, la seguridad jurídica es algo más que un valor, jurídico, debido a que, es en esencia, un medio del Derecho.
En lo que se refiere a la paz, como valor jurídico, es posible indicar, que la misma consiste, en el valor, que permite a las personas, como sujetos de derecho, dilucidar sus problemas, dentro de un marco jurídico, en el cual, cada sujeto puede exponer sus argumentos jurídicos, sin tener que utilizar, acciones que vayan más allá, de las que la armonía humana permite, para vivir en sociedad. Es decir, que la paz, como valor jurídico, debe propender la conciliación y la armonía, cuando se estén desarrollando determinados procesos jurídicos.
En última, instancia el orden, como valor jurídico, permite a las personas, saber que existe un ordenamiento jurídico positivo, el cual, está constituido, por una serie de normas jurídicas, las cuales, son completamente abstractas, lo que, consecuentemente garantiza, que cada una de dichas normas, puedan ser aplicadas, sin condicionamientos jurídicos ni sociales de ninguna clase.
Referencias bibliográficas.
Cabanellas, G. (2006). Diccionario de Ciencias Jurídicas. Editorial Heliasta. Buenos Aires. Argentina.
González, J. (2010). Los valores, sesión 19. Tema 10. Axiología jurídica, unidad 3. Filosofía del Derecho. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la ULA. Mérida. Venezuela. Disponible en: http://moodle2.ula.ve/mod/resource/view.php?inpopup=true&id=64973. [17 – 04 -2010].
Luna, M. (2009). Ensayo de lo valores fundamentales de ética. Instituto Tecnológico de la Laguna. Disponible en: http://marleenn23.blogspot.com/2009/03/ensayo-de-los-valores-fundamentales-de.html. [17 – 04 -2010].
Massini, C. (s/f). De la problemática del valor a los valores jurídicos. Universidad de Mendoza. Disponible en: http://cablemodem.fibertel.com.ar/sta/xxvii/files/Martes/MASSINI_02.pdf [17 – 04 -2010].
Ortiz, R. (1996). Introducción a una teoría de los valores jurídicos. Revista de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Nº 101. Universidad Central de Venezuela. Disponible en: http://www.ulpiano.org.ve/revistas/bases/artic/texto/RDUCV/101/rucv_1996_101_73-139.pdf [17 – 04 -2010].
Wikipedia. (2010). Valor (Axiología). Disponible en: http://es.wikipedia.org/wiki/Valor_(axiolog%C3%ADa). [17 – 04 -2010].
Autor:
Urbina Pimentel, Alexis José.
Abogado
Cátedra: Filosofía del Derecho.
Profesor: Javier González Reinoza.
Universidad de los Andes
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Filosofía del Derecho
Mérida, abril de 2010.