La acción de habeas corpus y de amparo desde la perspectiva de la normativa constitucional en Republica Dominicana
Enviado por Ing.+Lic. Yunior Andrés Castillo S.
CONCEPTUALIZACIÓN DEL PROBLEMA La privación de libertad de la persona durante la prolongación del proceso penal debe tener un carácter puramente excepcional y no obligatorio, constituyendo un principio jurídico que debe ser salvaguardado por los tribunales porque es una clave fundamental para un juicio equitativo e imparcial para beneficio de todos los actores del sistema procesal. El Código Procesal Penal mantiene el principio constitucional de la excepcionalidad de la prisión preventiva. Según este principio toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad individual por lo que no puede ser privado de ella sin una decisión judicial previa, motivada y dictada por un tribunal competente.
En algunos casos la Ley permite que la policía nacional pueda practicar el arresto de un sospechoso sin autorización previa del Juez de la Instrucción. Esto sucede cuando la persona es sorprendida al momento de cometer la infracción o posterior a ella, es decir, el flagrante delito. Además, puede ser arrestada cuando presente objetos o rastros que hagan presumir, razonablemente, que el mismo acaba de participar en un hecho. La autoridad policial que realice el arresto, según las disposiciones del artículo 224 del Código Procesal Penal, debe ponerla a la orden del Ministerio Público, entiéndase el Procurador Fiscal, dentro del plazo de 24 horas contadas a partir de la materialización del mismo, pues el indicado funcionario es el encargado de realizar todas las investigaciones de la etapa preparatoria.
El hábeas corpus busca tutelar dos Derechos Fundamentales, la Libertad Individual relativa a su desplazamiento propio y, por tanto, a no ser objeto de detenciones arbitrarias y el derecho a la Integridad Personal que implica no recibir daños en su persona, como lesiones, tortura o muerte. En ese sentido, tiene como objetivo el reponer las cosas al estado anterior a la privación, perturbación o amenaza de dichos derechos, por lo cual tiene un carácter sumario (urgente), en tanto se autoriza desde que aparece posible una violación eventual a éstos para evitar que el atropello se torne irreparable. El amparo como figura jurídica constituye una novedad en la Constitución dominicana, siendo un motivo para justificar la reforma proclamada el 26 de enero del año 2010. Es la acción que puede interponer cualquier persona física o jurídica ante un tribunal del orden judicial, mediante la cual reclama que se le proteja un derecho fundamental plasmado en la Carta Magna o en un Tratado de Derechos Humanos ratificado por el país.
Estas acciones deben ser conocidas por los ciudadanos ya que les permite ejercer sus derechos fundamentales. En el caso de Hábeas Corpus puede hacer uso de ella para cesar el arresto ilegal de parte del Ministerio Público, mientras que el amparo lo pueden utilizar para reclamar un derecho fundamental de carácter civil o económico, como el derecho de propiedad de una cosa ilegalmente incautada. De persistir la situación planteada es decir la violación a las disposiciones del artículo 224 del Código Procesal Penal provocará que los tribunales penales mantengan la protección a un derecho fundamental plasmado en la Carta Magna o en un Tratado de Derechos Humanos ratificado por el país. Por lo antes expuesto, es preciso realizar una investigación a fin de determinar las verdaderas causas generadoras del problema lo que impulsa a los investigadores a plantear las siguientes interrogantes del problema a investigar.
¿Cuál es Comparación de la Acción de Habeas Corpus y la Acción de Amparo, ambas figuras desde la perspectiva de la normativa actual, Período 2014? FORMULACIÓN DEL PROBLEMA SISTEMATIZACIÓN DEL PROBLEMA ¿Qué son las acciones de Hábeas Corpus y de Amparo consagrados en la Constitución y las leyes vigentes? ¿En cuáles casos pueden ejercerse las acciones de Hábeas Corpus o de Amparo? ¿En qué medida se viola el derecho a la libertad y los demás derechos consagradas en la Constitución Dominicana y en las leyes procesales vigentes, los cuales dan origen a las acciones de Hábeas Corpus y Amparo en los Tribunales Penales de la Jurisdicción de Santiago? ¿Cuántos casos de estas figuras constitucionales han sido ejercidos en el período Enero-Junio del año 2014?
OBJETIVO GENERAL Comparar la Acción de Hábeas Corpus y la Acción de Amparo, analizando ambas figuras desde la perspectiva de la normativa actual, Período 2014.
OBJETIVOS ESPECIFICOS Describir el alcance que tiene el principio del estatuto de libertad en el derecho procesal penal de la República Dominicana. Identificar las características que tiene el hábeas corpus en la legislación dominicana. Analizar los casos puede aplicarse la acción de amparo. Determinar cuál es el tribunal competente para conocer las acciones de hábeas corpus.
JUSTIFICACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN El principio del estatuto de libertad contemplado en el artículo 15 de la ley 76-02 ha sido de gran trascendencia para la aplicación del derecho procesal penal, pues parte de la premisa general de que los seres humanos nacen libres y deben permanecer como tales hasta que no exista una decisión judicial dictada por un tribunal competente y debidamente motivada que ordene su arresto por tiempo específico. Así la privación de libertad en contra de un ciudadano tiene un carácter excepcional y debe ser impuesta en proporción al daño social que se pretende resarcir.
Con esta investigación, los autores tienen como meta principal contribuir al conocimiento de todos los actores del sistema de justicia penal (jueces, fiscales, policías) de la normativa procesal penal reguladora de la libertad personal de los ciudadanos, así como el alcance que tiene este principio jurídico, con el objeto de afianzar el respeto de esas garantías. La garantía al principio sobre el estatuto de la libertad, tiende a que el estado de derecho en el país se fortalezca, llene de credibilidad y esperanza a todos y cada uno de los dominicanos. Hay que agregar que el artículo 17 del pacto internacional de los derechos civiles y políticos de 1966, reconoce la facultad de la persona de protegerse contra los actos que se relacionen con injerencia arbitrarias a su vida privada, familia, domicilio, honra, entre otros. En adición viene en defensa de las personas que sean vulneradas en sus derechos fundamentales.
Esta tesis se desarrolla en el tiempo y espacio de los límites de la República Dominicana, en el Periodo 2014, y a la Comparación de la Acción de Habeas Corpus y la Acción de Amparo, ambas figuras desde la perspectiva de la normativa actual, Período 2014. ALCANCE Y LÍMITES
METODOLOGIA
CAPITULO III CAPITULO I CAPITULO IV METODOLOGIA LA INTRODUCCION MARCO TEORICO INTERPRETACION DE LOS RESULTADOS CAPITULO V TABLAS Y GRAFICOS ESTRUCTURA DE LA INVESTIGACION CAPITULO II
RESULTADOS DE LA INVESTIGACIÓN A MODO CONCLUSIÓN
Con Relación al Objetivo Específico Núm. 01 Describir el alcance que tiene el principio del estatuto de libertad en el derecho procesal penal de la República Dominicana: ? ¿Los Derechos Fundamentales inherentes a la personas son frecuentemente violados o conculcados?.
Con Relación al Objetivo Específico Núm. 02 Identificar las características que tiene el Habeas Corpus en la Legislación Dominicana: ¿La Acción de Habeas Corpus es incoada por un ciudadano ante los Tribunales de la Jurisdicción Penal del Distrito Judicial de Santiago, por prisión ilegal o por amenaza de arresto?
Con Relación al Objetivo Específico Núm. 03 Analizar los casos puede aplicarse la Acción de Amparo: ¿La Acción de Amparo eventualmente es ejercida por ciudadanos a los cuales se le ha vulnerado un derecho tales como derecho de propiedad, derecho a la defensa y la igualdad entre las partes, derecho a la libertad de tránsito, y por el retiro de fichas judiciales?
Con Relación al Objetivo Específico Núm. 04 Esta Tabla número 5 Determinar cuál es el tribunal competente para conocer las acciones de hábeas corpus y de amparo: ¿La Acción de Habeas Corpus y la Acción de Amparo, analizadas ambas figuras desde la perspectiva de la normativa actual, son solicitadas ante los Tribunales penales, por violación a un derecho fundamental consagrado en la Constitución y en las Leyes?.
CONCLUCIÓNES
Partiendo del Objetivo General de esta investigación que buscó Comparar la Acción de Hábeas Corpus y la Acción de Amparo, analizando ambas figuras desde la perspectiva de la normativa actual, Período 2011: ¿La Acción de Habeas Corpus y la Acción de Amparo, analizadas ambas figuras desde la perspectiva de la normativa actual, son solicitadas ante los Tribunales penales, por violación a un derecho fundamental consagrado en la Constitución y en las Leyes?
RECOMENDACIONES
Tomando en consideración las conclusiones del presente estudio, sus autoras recomiendan lo siguiente: A los jueces. La protección de los derechos fundamentales se debe a una consideración de la Constitución nacional como un documento que no sólo es la carta fundacional de un Estado sino también como norma jurídica suprema que debe ser aplicada por los Jueces, por lo tanto, éstos deben emitir sus decisiones con objetividad, en razón de que las personas ejercen estas acciones ante los tribunales en busca de soluciones satisfactorias al habérsele afectado un derecho. A la Fiscalía y sus representantes. La eficacia de la aplicación de las normas estatuidas en la Constitución depende del grado de consciencia del rol de los actores de los órganos públicos para asegurar la protección de los derechos y libertades fundamentales de la persona. Por tanto, los órganos y autoridades públicas deben respectar dichas de normas supremas del ordenamiento jurídico y ejercer con éxito el papel que desempeña.
A los abogados. Como actores del sistema judicial, para ejercer estas acciones y poder defender los derechos de su representado, deben tener manejo y dominio del procedimiento para ambos casos, esto así, porque en ocasiones instrumentan de manera indebida la acción, de lo que resulta que sean declaradas inadmisibles por no cumplir con los preceptos que establece la ley. De igual manera, que aquellos casos que no procedan los mismos, no ejercerlas, porque con ello lo que hacen es que crear descontento en sus representados, ante el apoderamiento de un caso que el Tribunal declare inadmisible. A los estudiantes de la carrera de derecho. El estudio y análisis de las acciones de Habeas Corpus y de Amparo, como figuras jurídicas constitucionales las cuales son ejercidas diariamente en los tribunales no solo penales, sino también en otras jurisdicciones, por todo ciudadano que busca que se le proteja un derecho, resulta de interés para todo estudiante de la carrera de derecho, lo que les exhortamos para futuras investigaciones profundizar en el estudio de aspectos vinculados a las mismas por la importancia que revisten en el ordenamiento jurídico nacional.