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Solicitud de licencia ambiental

Enviado por llago


    1. Resumen
    2. Desarrollo
    3. Conclusiones
    4. Bibliografía

    RESUMEN

    El bienestar económico y, por tanto, el progreso social, depende de la utilización de los recursos naturales. Los productos que resultan de la elaboración y transformación de estos recursos generan contaminación y residuos. La política de tramitación de licencias ambientales para proyectos de inversión es relativamente nueva en nuestro país, no obstante a ello, algunas entidades han venido trabajando consecuentemente con la legislación, lo que ha permitido profundizar en la metodología, alcanzando cierto grado de profesionalidad. En este documento se muestra de forma general una interpretación práctica de la legislación, explicando cada uno de los puntos que actualmente el Centro de Gestión e Inspección Ambiental valora en las Solicitudes de Licencias Ambientales. En el mismo se detallan los pasos y las actividades que son necesarios para la elaboración del documento, demostrando la necesidad de contar con un Sistema de Monitoreo que brinde la información necesaria del estado ambiental, así como de la participación conjunta de diferentes especialistas en este trabajo.

    INTRODUCCIÓN

    La creación del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente (CITMA) en Abril de 1994, significó el inicio de una nueva etapa cualitativa en el trabajo medioambiental del país. Para el logro de sus fines este ministerio asume una nueva estructura institucional, crea mecanismos de trabajo como el procedimiento de Solicitud de Licencia Ambiental, el cual se instrumentó mediante la Resolución N°. 168 de 1995 "Reglamento para la realización y aprobación de las evaluaciones de impacto ambiental y el otorgamiento de las licencias ambientales".

    En julio de 1997, la Ley 81 de Medio Ambiente ratifica en su Capítulo IV, que la Solicitud de Licencia Ambiental es parte del proceso de Evaluación de Impacto Ambiental. Corresponde al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, autorizar, previo la realización de la Evaluación de Impacto Ambiental, cuando proceda, mediante la expedición de la Licencia Ambiental correspondiente, la realización de proyectos de obras o actividades susceptibles de afectar el medio ambiente.

    La legislación nacional prescribe que las obras, instalaciones o actividades que se inicien sin contar con Licencia Ambiental o no cumpla con las exigencias del dictamen, podrán ser suspendidas de inmediato por el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, sin prejuicio de exigir la responsabilidad que corresponda en cada caso.

    DESARROLLO

    La Industria Cubana del Níquel tiene como política definir, evaluar y controlar responsablemente los riesgos medio ambientales en todas sus actividades y para ello implementa un proceso continuo de mejoras para asegurar el logro de las metas de esta política. Cada proyecto que implique una nueva obra o actividad, procesos de remodelación que comprenda cambio en la tecnología, ampliación o explotación de nuevos yacimientos de minerales, le corresponde la elaboración y tramitación de la Solicitud de Licencia Ambiental.

    Este documento que se elabora antes de comenzar a ejecutar el proyecto, puede ser elaborado por la entidad titular de la obra o por una entidad independiente que en su defecto es recomendable que sea la diseñadora del proyecto. Lo anterior está en dependencia de experiencia y posibilidades que se posea para elaborar y cumplir con los requerimientos que exige la metodología general.

    La metodología incluye 16 puntos que deben ser elaborados, suministrando de forma detallada la información que se solicita, incluyendo el sistema de monitoreo y las medidas que se tomarán para evitar o disminuir al mínimo los efectos negativos o realzar los positivos según proceda.

    En el documento el primer punto a llenar corresponde al nombre del proyecto, el cual debe ser corto y concreto pero que a su vez sea abarcador y representativo de la obra en cuestión. Coincidirá con el titulo del dictamen de Microlocalización que la Dirección Provincial de Planificación Física emitió al proyecto en cuestión, esto evitará dificultades en la tramitación de la solicitud y posterior evaluación por el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente; en su defecto por el Centro de Gestión e Inspección Ambiental (CGIA) que es el asignado para determinar al respecto.

    En el siguiente punto se identifica la empresa mediante el nombre de la entidad, en este acápite se precisa detallar la dirección de ubicación de la empresa, incluyendo los teléfonos y faxes principales, correo electrónico, en caso de tener una dirección postal, incluirla también.

    Nombre del representante, en este punto es recomendable relacionar las personas identificadas y responsabilizadas con el proyecto. En una empresa el máximo responsable de todo cuanto ocurre en ella es el Director de la misma por lo que debe encabezar el listado de responsables, seguido por el administrativo jefe del jefe del proyecto, el cual con independencia de la estructura empresarial, puede ser el Subdirector de Modernización, Inversiones ó de Desarrollo y por ultimo el técnico encargado del proyecto ( administrador ó jefe del proyecto como se denomine).

    Este ultimo, no por ultimo en la relación deja de ser importante, por que en la práctica es la persona clave, el encargado de desarrollar y ejecutar el proyecto por que es el responsable que el mismo se elabore teniendo en cuenta los preceptos medio ambientales y con ayuda de los técnicos de medio ambiente de la entidad aseguran que durante la ejecución de la Inversión se cumpla con el dictamen del CGIA.

    En esta relación, es necesario a cada uno de los representantes identificarlos con los nombres y apellidos, nacionalidad, domicilio, teléfono y Fax del área de trabajo que permita su ubicación rápida en caso que sea necesario.

    En el caso que la solicitud la tramita una entidad independiente, el listado se duplica porque deben aparecer la Empresa tramitante ó proyectista.

    Este procedimiento permite alcanzar un alto grado de responsabilidad y compromiso de los solicitantes con el proyecto y todo lo que se plasma en este documento viabiliza al CGIA cualquier tipo de aclaración sobre el proyecto.

    Macrolocalización, definición de la provincia, ciudad o territorio en el que se localiza físicamente el proyecto.

    Microlocalización, determina el lugar preciso de ubicación del proyecto que produzca cambio de uso o de intensidad de modificaciones y ampliaciones de cualquier tipo. Este punto incluye plano de ubicación del proyecto a escala adecuada, debidamente acotadas y referidas a elementos físicos e identificados al sistema cartográfico nacional. Es importante que las coordenadas Lamber de los vértices del polígono del área de ubicación del proyecto coincidan totalmente con las que aparecen en el dictamen de planificación física.

    Aspectos generales del medio natural y socioeconómico del área donde se pretende desarrollar la obra o actividad. Generalmente los proyectos que se ejecutan en la Unión del Níquel están enclavados dentro del perímetro de las industrias, cuyas áreas están afectadas por las acciones del proceso productivo de un modo u otro, en dependencia del impacto que provoca la tecnología, por lo que suele existir un deterioro del medio natural. No se excluye la posibilidad de ejecución de inversiones en nuevas áreas, ejemplo, la explotación de nuevos yacimientos. En todos los casos es necesario realizar una descripción detallada del área, haciendo hincapié en el estado de la flora, fauna, el suelo, las aguas y el aire, etc.

    Hay que describir cuantitativa y cualitativamente las principales especies de animales y plantas, detallar las principales características del suelo, se identifican las corrientes de agua y su estado físico-químico, la calidad del aire, profundizando en aquellos elementos que pudieran verse deteriorados con la nueva obra.

    Se prestará atención a la situación socioeconómica, haciendo una descripción de los asentamientos poblacionales más cercanos y que pudieran recibir el impacto del proyecto, prestar atención a los factores que influyan en la salud, la educación y el modo de vida de la población.

    Todos los aspectos analizados deben ser descriptos con profundidad y constituirá el resultado de la recopilación de información histórica, de resultados de investigaciones practicadas con anterioridad por otras instituciones y el resultado de la propia labor investigativa y de monitoreo. La evaluación de este punto, así como de otros que se describirán más adelante constituyen un Estudio de Línea Base, a partir de las cuales se juzgará cualquier impacto que produzca la inversión. Es recomendable anexar fotos representativas del medio descrito.

    Descripción de la obra o proyecto, con independencia de quien elabore y tramita la solicitud, este es un punto que debe desarrollar completamente el encargado del diseño tecnológico, pues se debe describir de forma concisa pero explícita en qué consiste el proyecto, incluyendo la elección del sitio para la obra, la construcción o ejecución y puesta en marcha del proyecto.

    En la descripción hay que detallar el proceso tecnológico, volúmenes y características de las materias primas, productos que se generen y principalmente los efluentes. En este punto es recomendable adjuntar croquis, esquemas que grafiquen el proceso.

    Manto de la inversión. Todo proyecto que se ejecute debe ser medioambientalmente viable, esto implica que se deben tomar todas las medidas necesarias para que no provoque impactos negativos y esto en muchos de los casos requiere de un gasto, este gasto nunca debe considerarse adicional, sino, como parte inherente del proyecto. El monto de un proyecto incluye los gastos de la tecnología, más los gastos para mitigar el impacto ambiental.

    La tramitación de las Solicitudes de Licencias Ambientales con el CITMA requiere primeramente el pago de una cuota mínima de inscripción, luego el otorgamiento requiere el pago adicional de un 0.05% del valor de la inversión para el caso de que no se requiera Estudio de Impacto Ambiental, en el caso que sea necesario un Estudio de Impacto Ambiental la tarifa oscila entre 0.5 y 1%. Este pago se hará al CITMA y aunque no se incluirá dentro del monto de la inversión debe, ser considerado por el inversionista porque debe contar con la solvencia económica necesaria para hacer esta erogación monetaria. Además puede producirse el pago por un Estudio de Impacto Ambiental, a una entidad especializada y registrada en el CITMA en caso que sea condicionado, este costo estará en dependencia del alcance del proyecto.

    Caracterización del estado de la calidad atmosférica y el uso del suelo y del agua. Este punto también constituye parte del Estudio de Línea Base y en el debe profundizarse en estas variables ambientales. Para el desarrollo de este punto es importante contar con un sistema de monitoreo de la calidad de las aguas superficiales y subterráneas, calidad del aire y el estado de los residuales de la industria o del área en cuestión, pues este punto es el reflejo de los resultados del sistema de monitoreo. En caso de no contar con el mismo se precisa hacer mediciones para conocer la calidad del aire, la dirección y velocidad del viento, temperatura, humedad, etc. análisis físico-químico de los efluentes líquidos que existan en el área del proyecto, análisis físico-químico de las aguas superficiales y si es posible de las aguas subterráneas.

    Determinación sobre el consumo de agua y el volumen y disposición de los residuales sólidos, líquidos y gaseosos. En el desarrollo de este acápite deben ser copartícipes el diseñador de la tecnología del proyecto, el técnico de medio ambiente y el tramitante de la solicitud. Se debe detallar los volúmenes, características y fuentes del agua a utilizar.

    Se reflejará cada uno de los residuales sólidos, líquidos y gaseosos que se generarán, tanto desde la etapa de movimiento de tierra, construcción y fundamentalmente durante la operación. De ellos hay que detallar volúmenes y características, haciendo énfasis en parámetros, tales como DBO5, DQO, pH, metales pesados, sólidos contenidos, también la existencia de organismos patógenos, nutrientes, hidrocarburos, etc. en los efluentes líquidos, mientras que para los efluentes gaseosos la concentración de NOx, SOx, NH3, CO, H2S y partículas según corresponda. Para los residuos sólidos una caracterización general, se prestará especial atención si se genera o utiliza productos químicos tóxicos o algún desecho peligroso.

    Identificación y descripción de los impactos que se prevé ocasionar. Independientemente de la magnitud de la obra, con la profundidad con que se haga este punto, depende que el dictamen del CGIA sea condicionado o no a una Evaluación de Impacto Ambiental. Para esto partiendo del resultado del monitoreo ambiental, de las condiciones in situ, de la caracterización de los efluentes y de la situación socioeconómica, se precisa realizar un Estudio de Impacto Ambiental en cada uno de las componentes ambientales (microclima, aire, agua, suelos, ruido, relieve, vegetación, flora, fauna, paisaje, viales y socioeconómico), de todas las acciones o actividades que se desarrollen en las fases del proyecto (instalación, operación y abandono).

    Medidas de prevención y mitigación para los impactos ambientales negativos. En concordancia con los resultados del punto anterior es necesario diseñar el Plan de Acciones Ambientales para esta actividad en consonancia con el Sistema de Gestión de la Entidad, en el cual deben aparecer las medidas que se toman para prever, apalear o eliminar los efectos de los impactos ambientales. Se hará énfasis en la gestión de los residuales, si se prevé sistemas de depuración, se debe señalar su eficiencia. En caso de que los químicos-tóxicos y desechos peligrosos se hará énfasis en las operaciones de almacenamiento, transportación, manipulación y/o gestión. Todo lo anterior debe estar en consonancia con las Normas Cubanas de Medio Ambiente y las regulaciones internacionales.

    Previsiones posteriores al cierre definitivo de la obra o proyecto. Las obras tiene una vida limitada y en un corto o largo período de tiempo la actividad deberá ser clausurada y el inversionista debe prever de antemano las medidas necesarias para que después del cierre no se produzcan impactos negativos al medio y en caso que existan (cierre de una mina por ejemplo) minizarlas. El plan de acciones debe prever la gestión de los desechos que se produzcan con el cierre, el plan de rehabilitación del área o si se prevé el cambio de uso de la instalación, etc.

    Previsiones para el caso de accidentes y contingencias. Se debe realizar una evaluación de los riesgos que entraña la obra en cuestión y sus consecuencias medioambientales, elaborándose un conjunto de medidas para evitar accidentes y el plan de contingencia para los casos de accidentes. Es importante la colaboración de los técnicos de Seguridad Industrial para prever las acciones para proteger al hombre.

    Solicita se le exceptúe de Estudio de Impacto Ambiental. Independientemente de que la legislación cubana prevee los casos en que es obligatoria la Estudio de Impacto Ambiental, para los otros casos el CGIA se reserva el derecho de exigir un Estudio de Impacto Ambiental de acuerdo al resultado del análisis hecho en el Estudio de Impacto realizado por el solicitante anteriormente. No obstante este tiene el derecho de solicitar que se le exima de este procedimiento valorando los riesgos para la salud del proyecto, efectos adversos sobre los recursos naturales y el ecosistema, alteración paisajística o de monumentos, etc.

    Especifique cuales de los datos presentados en el proyecto usted considera que no deben ser del dominio público. El solicitante tiene el derecho que la información presentada sea protegida por su carácter confidencial. En caso que el titular del proyecto estime que determinados datos, informaciones y/o diseños aportados deben mantenerse secretos, deberá señalarlo y el CGIA tomará las medidas necesarias.

    CONCLUSIONES

    1. La práctica nos permite afirmar que la elaboración de la documentación necesaria comprendida en una solicitud se necesita entre 30 y 45 días y está en dependencia de la experiencia práctica, la existencia de sistemas de monitoreo ambiental en el área de ubicación del proyecto y de posesión de un equipamiento capaz de realizar las mediciones in situ de las condiciones ambientales.
    2. Antes de la presentación al CGIA de la solicitud todas las partes que laboraron en la confección del documento tienen que estar completamente de acuerdo con lo plasmado en el mismo, al tiempo que responden por la veracidad y consecuencias que se deriven de la falsedad, ocultamiento de información o modificación posterior de lo presentado. Esto es muy importante cuando un tercero es el encargado de solicitud, en este caso el tramitante debe asegurarse por escrito que el titular obra está de acuerdo con el documento a presentar.
    3. El documento de Solicitud de Licencia Ambiental constituye un compromiso legal del titular, por lo que en su elaboración se responde por la veracidad del trabajo, durante la ejecución del proyecto hay que ajustarse a lo previsto en la solicitud y cumplimentar con las condicionales del dictamen del CGIA.
    4. Para la elaboración del documento se debe contar con una serie de recursos y medios que en determinados momentos no cuenta el titular de la obra por lo que la opción de contratar los servicios de una entidad independiente para su confección es lógica, más cuando esta coincide con la encargada del diseño del proyecto.

    BIBLIOGRAFÍA.

    1. La Legislación Ambiental y las Actividades de Inspección, Monitoreo y Control en la Esfera Medio Ambiental. Folleto Agencia de Medio Ambiente. Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente. La Habana. 1996.
    2. Lago Lázaro. Elaboración y Tramitación de Solicitud de Licencia Ambiental, CEPRONIQUEL, Septiembre 1999.
    3. Moyano Estrada, Eduardo. Medio Ambiente e Investigación Social. Pág. 3. Revista Medio Ambiente. N°. 25. Invierno 1996. ISSN. 1130-5622.
    4. Seminario "Explotación Minera y Medio Ambiente" Ministerio de Minería de Chile – Unión Geóloga Minera de Cuba. La Habana, 23 al 27 de Septiembre de 1996.

    Lázaro Lago Pérez

    Empresa de Ingeniería y Proyectos del Níquel

    Cuba