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Política Criminal (página 2)


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Sintetizando vale citar a Irvin Waller, el ex Director General de Centro Internacional de Prevención de la Criminalidad de Montreal, Canadá, quien definió con precisión lo que hemos querido reseñar:

  "Duro con el delito, pero también, duro con sus causas"

   Todo nos lleva a afirmar que instaurar una Política Criminal Integral  constituye la agenda y el desafío de la primera década del siglo XXI.-

Comisión de Seguridad y Abuso en las Prisiones, co.presidida por el ex Procurador General de los Estados Unidos de América y el ex Presidente del Tribunal Federal de Apelaciones e integrada por un ex Director del F.B.I, el Director del Departamento de Correcciones de Iowa, miembros del Senado, autoridades universitarias, etc.-

que es Defensa Social desde el punto de vista criminológico, los pros y contras de cada postura y justificación del porqué .-Defensa Social: también denominada "política criminal humanista.-

Se entiende por defensa, a todo aquello que sirve para obstaculizar la acción de un adversario y a toda aquella protección adoptada frente a un daño o a un peligro. Ampliando el concepto al conjunto de la sociedad bajo la óptica criminológica, sería toda acción ejecutada en forma individual o conjunta, para escudar a un pueblo de cualquier agresión delictiva.-

Filippo Gramatica

Fue el fundador de la escuela de Defensa Social, que considera a la personalidad del delincuente y su grado de antisociabilidad, como el eje central de su teoría.-

Propugnaba la reparación del daño producido a la víctima, daba responsabilidad por intencionalidad al autor -aún con prescindencia de la consecuencia producida, la abolición de la culpa, la preterintencionalidad y la responsabilidad objetiva, como así también de la pena de muerte y el término mínimo de las penas.-

Enrique Ferri sostenía que la conservación y la defensa son reacciones primarias e instintivas de todo ser en procura de su subsistencia. En su "sociología criminal" sostenía que "la forma individual y la forma colectiva de la defensa han coexistido siempre y coexisten todavía, aunque, en su oposición, predomine la una o la otra.-

De esta manera asociaba su postura, donde la responsabilidad moral es sustituida por la responsabilidad social.-

Así no se imputa al hecho delictivo como un acto de libre voluntad, sino como un acto de comportamiento individual, lo que justifica la reacción jurídica por parte de la sociedad contra quien cometió el delito, no como retribución ética a través de la pena, sino como medio de defensa social. A la pena también le adhiere, todo el sistema prevencional bajo la denominación de "sustitutivos penales", entendiendo que ésta no actúa de modo exclusivamente represivo segregando al delincuente y disuadiéndolo para otros casos o como medio de disuasión para otros, sino con un carácter curativo y reeducativo. Por ello, el tiempo de la misma no debe ser acorde al daño ocasionado por el accionar antijurídico, sino a las necesidades que imponga el tratamiento del sujeto para su mejoría y reeducación.-

La nueva posición dogmática de la defensa social sostiene como principios fundamentales, la necesidad de la interrelación multidisciplinaria de la criminología, el derecho penal y la política criminal para enfrentar al delito y a sus causales de producción; es humanista con el delincuente, esforzándose en su recuperación y en la asistencia social del reeducado, actuando en forma solidaria bajos férreos conceptos de legalidad y libertad, considerando la personalidad peligrosa del delincuente o potencial delincuencial, su tratamiento y resocialización. En resumen se basa en la prevención, protección y reintegración social. Es indudable, que la política criminal y la defensa social, dependerán de los escenarios donde se apliquen. Las distintas culturas, costumbres, tradiciones, formas y estatus de vida, ideologías y las dinámicas evolutivas temporales, no pueden estandarizarse, sino que deben ser estatuidas para cada caso y para

Cada época y lugar, es decir son mudables y deben ser acomodados a las distintas circunstancias históricas, sociales, culturales y temporales.-

* Zonas con diferentes tipos de concentración criminal

* Nacimiento de nuevas subculturas criminales

* Desorganizaciones institucionales y comunitarias

* Violencia por frustraciones ante expectativas insatisfechas.-

Tieghi antes de exponer su teoría holística criminal, aclara que los criminales se agrupan formando subculturas y que cuanto mayor es la desorganización socio jurídica y conductual, habrá mayor índice de criminalidad. Sin pretender dar una explicación de la fenomenología delictiva, poniendo orden en la metodología científico-empírica de la conducta social desviada, sostiene que "más allá de la existencia de los diferentes niveles de interpretación y explicación (neurofisiológico, psicológico, etc.), las convergencias conductológicas permiten hoy articular los datos recogidos en todos los campos de la investigación, sea para el desenvolvimiento de la teoría no diferencial, interdisciplinaria y holística del comportamiento humano (normal o patológico, social o delictivo), sea para la prevención o profilaxis, la reducción de la tasa criminal operante o el tratamiento del delincuente".-

Principales postulados o principios que sostienen la teoría de la necesidad de una defensa social:

Principio de Legitimidad: el Estado como custodio del bien común, está legitimado para reprimir la criminalidad a través de las instancias oficiales de control social (legislación, policía, magistrados, instituciones penitenciarias) interpretando la reacción de la sociedad o de la gran mayoría de ella, que reprueba y condena los comportamientos desviados individuales, reafirmando los valores y normas sociales.

Principio del bien y del mal: el concepto del bien está dado por la sociedad como un conjunto de personas organizadas, en tanto que el daño que produce el delito a través de la disfuncional o negativa figura del delincuente, representan al mal que debe ser combatido.

Principio de culpabilidad: el delito, por ser una conducta reprobable y contraria a los valores y a las normas de la sociedad, debe ser refutado como culpable.

Principio del fin o de la prevención: la pena tiene una doble función, la de una justa retribución y la de prevención. De esta manera no sólo aporta una contra motivación educadora, sino también la función de resociabilizar a los autores de delitos.

Principio de igualdad: la concreta violación a las leyes penales por una minoría desviada, debe provocar igual reacción penal para todos los delincuentes.

Principio del interés social: el delito además de ser un hecho natural, representa una ofensa al bien común de todos los ciudadanos y debe ser protegido por los códigos penales.-

El primer ministro norteamericano Lionel Jospin indica como causales de responsabilidad individual y excusa sociológica, una censura neta y definitiva entre las circunstancias (sociales) y el acto (criminal), las causas y las consecuencias, la sociología (que explica) y el derecho (que regula y sanciona). Dicho autor insiste que:

"Prevenir y sancionar son los dos polos de la acción que llevamos adelante. Esos problemas están vinculados a graves fenómenos de urbanismo mal manejado, de desestructuración familiar, de miseria social, pero también de falta de integración de una parte de la juventud que reside en las ciudades. Sin embargo, éstos no constituyen una excusa para comportamientos individuales delictivos. No hay que confundir la sociología y el derecho. Cada uno sigue siendo responsable de sus actos.-

Lionel Jospin dice que "es absolutamente evidente que lo esencial de nuestro problema de criminalidad fue causado por una filosofía social que concibe al hombre, ante todo, como un producto de su medio ambiente material. Esta misma filosofía de izquierda que aspiraba al advenimiento de una era de prosperidad y virtud gracias a unos gastos públicos masivos, ve a los criminales como productos desdichados de malas condiciones socioeconómicas o del

hecho de haber nacido en un grupo desfavorecido. Cuando se comete un crimen, la que está en falta es la sociedad y no el individuo, dice esa filosofía.-

Desimoni y Fitenco en "el nuevo hombre delincuente" refiriéndose a las consideraciones de Jospin, dicen "más allá que compartimos sus opiniones parcialmente porqué no las entendemos

Absolutamente objetivas, ocurriendo lo propio con las de sus oponentes, ya que garantismo y mano dura serían como hermanos gemelos nacidos de una misma ineficiencia, es que nos hemos inclinado al esquema canadiense en el cual la educación y el desarrollo son la prioridad básica de un estado que se precie de ser moderno en lo político, en tanto y en cuanto en lo social ellos

Harían un mejor manejo de las culturas y subculturas que tienen las personas que habitan su territorio.-

El problema del Orden Social: continuando con sus opiniones, Desimoni y Fitenco dicen: "Atinente al problema del "orden social" (The problem of order) reiteramos que los canadienses tienen mejor resuelto el problema, al entender que una sociedad debe trabajar permanentemente sobre la familia –núcleo básico de una sociedad- y la educación de las personas para evitar la carencia que produce la ausencia de una debida formación. El combate contra la delincuencia no debería entenderse como una batalla contra los delincuentes–esa es una consecuencia no querida de una falencia social- sino como una lucha sistemática y conciente en contra de las causas que producen un medio social carenciado y agresivo es un fuerte generador de violencia.-

El profesor Ross Hastings (Director del Departamento de Criminología de la Universidad de Ottawa) denomina "The informal control of the comunity" en tanto que políticas adecuadas en lo social y en lo económico son constitutivas del "formal control by the welfare net" finalmente cuando dichos dispositivos fracasan debe actuar inexorablemente el "formal control of the Justice System" (abarcativo de los esquemas de las fuerzas de seguridad y el poder judicial). Cuando el esquema de contención ("the formal control") debe actuar sobre un porcentaje del segmento social superior al 7 / 9 % debería entenderse que lo que se encuentra en crisis es

El esquema general del estado y no los individuos en particular". Obsérvese en el siguiente cuadro, la esquematización del ínter actuación de los distintos factores.

edu.red

 

 

 

 

 

Autor:

Mónica B. Vivas Marquez

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