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Documentos relacionados con el Comercio Exterior

Enviado por wendys23


    1. Registro de Exportadores
    2. Licencia de Exportación
    3. Clasificación Arancelaria
    4. Certificado de Origen
    5. Certificado Sanitario
    6. Certificado Fitosanitario
    7. Permiso Zoosanitario
    8. Incentivos a las Exportaciones
    9. Ejemplos de Incentivos

    Registro de Exportadores.

    Los Importadores, Exportadores, Auxiliares del Comercio Exterior y del Servicio Aduanero que soliciten su inscripción ante la Dirección General de Aduanas, tendrán como número identificatorio ante la misma su Clave Única de Identificación Tributaria. Dicha clave será el único número que los identificará para efectuar cualquier trámite a realizarse ante la Dirección General de Aduanas.

    Licencia de Exportación.

    Este documento deberá diligenciarse si la mercancía a exportar está sometida a restricción.

    Clasificación Arancelaria.

    Método lógico y sistemático que de acuerdo a normas y principios establecidos en la nomenclatura del arancel de aduanas, permiten identificar a través de un código numérico y su correspondiente descripción, todas las mercancías susceptibles de Comercio Internacional, a fin de determinar el correspondiente tributo y las respectivas formalidades y requisitos a que están sometidas, en atención al origen de las mismas.

    ¿Qué es "Clasificar"? "Clasificar" es lo que hacemos cuando se determina el código que corresponde a su mercancía en el Arancel Aduanero Común de la Unión Europea. Este código está formado por grupos de números será parados, cuatro-dos-dos (ejemplo: 8529.90.81) y dos dígitos más si es a nivel Taric.

    ¿Por qué es importante la clasificación ? Si usted clasifica correctamente:

    * No pagará más que el importe exacto de los derechos arancelarios y del IVA.

    * Permitirá la buena gestión de las restituciones a la exportación de productos agrícolas, siempre que todas las otras condiciones que debe cumplir dicha operación sean satisfechas.

    * Contribuirá a la exactitud de las estadísticas de los comercios de importación y de exportación.

    * Comprobará si necesita una licencia o permiso para la importación o la exportación.

    Si usted clasifica incorrectamente:

    * Puede tener que pagar el importe de los derechos arancelarios y del IVA, más un interés de demora, como resultado de haber aplicado, en los 3 años anteriores, un porcentaje distinto del que le correspondía .

    * Puede acarrearle la imposición de una sanción.

    * Sus mercancías pueden quedar retenidas en la Aduana o incluso pueden tener que ser reexpedidas a otro lugar o ser abandonadas.

    ¿Quién es el responsable legal de la clasificación de las mercancías? El responsable legal de que la clasificación de sus mercancías sea correcta es usted como importador o exportador, aun cuando utilice a un agente de aduanas como representante suyo ante la aduana.

    ¿Qué necesito saber para clasificar mis mercancías? Necesitará conocer aquellos datos que tienen relevancia para la clasificación en la nomenclatura combinada. Al ser tan amplio el campo que abarca esta nomenclatura se utilizan no uno sino varios criterios para clasificar, así :

    * La clasificación de los productos naturales, se ajusta a los reinos de la naturaleza (animal, vegetal o mineral) y a su grado de elaboración (ejemplo: secado, deshidratación, congelación, calcinación);

    * La clasificación de los demás productos se hace atendiendo a: La materia constitutiva o composición (ejemplo: plástico, caucho, algodón, hierro, vidrio) y su grado de elaboración, para aquellas mercancías en las que la materia tenga comercialmente relevancia.

    Los productos terminados se clasifican teniendo en cuenta, además de su materia:

    * Su función (ejemplo: tornillos de hierro o de acero, calzado con la suela de cuero, falda de lana).

    * O como manufacturas de una materia (ejemplo: las perchas de madera como "las demás manufacturas de madera", las escaleras de hierro como "las demás manufacturas de hierro").

    La función, uso o destino, para aquellas otras en que la supeditación a la materia desaparece (artículos complejos), ejemplo: vehículos, máquinas de escribir, relojes, aparatos de alumbrado, electrodomésticos, motores.

    Además deberá conocer su forma de presentación ante la aduana (desmontado o sin montar todavía, a granel, envasado al vacío, en envases directos para su venta sin reacondicionar, en surtidos, con elementos de montaje y mantenimiento, con accesorios, etc.) puesto que esta circunstancia determina en algunos casos la clasificación.

    ¿Cuál es el procedimiento para clasificar mis mercancías? Hay seis Reglas Generales para la interpretación de la Nomenclatura (RGI) que establecen los principios que rigen la clasificación arancelaria.

    Las reglas se encuentran recogidas en las Disposiciones Preliminares del Arancel y más detalladamente en las Notas explicativas del SA y en las Notas explicativas de la NC.

    La mayoría de sus mercancías las clasificará utilizando solamente las Reglas 1, 5 y 6.

    Si estima que las Reglas 2, 3 o 4 son de aplicación, le aconsejamos que recurra a nosotros puesto que en esos casos se aplican principios de clasificación más complejos.

    ¿Dónde pueden ayudarme a clasificar mis mercancías? En la Oficina de Aduanas más cercana a su domicilio le orientaran para que usted determine cuál puede ser la clasificación correcta.

    También puede dirigirse al servicio de información general del Departamento de Aduanas e II.EE de la AEAT, donde serán atendidas las consultas que realicen por escrito.

    Si necesita una respuesta que le garantice la clasificación de sus mercancías, puede dirigirse a la Subdirección General de Gestión Aduanera del Departamento de Aduanas e II.EE de la AEAT y solicitar por escrito información arancelaria vinculante (IAV).

    Certificado de Origen.

    Es un formato oficial mediante el cual el exportador de un bien o una autoridad certifica que el bien es originario del país o de la región por haber cumplido con las reglas de origen establecidas. Este documento se exige en el país de destino con objeto de determinar el origen de las mercancías.

    Organismos Competentes:

    * Ministerio de la Producción y el Comercio.

    * Dirección General de Comercio Exterior.

    * Dirección de Administración del Comercio Exterior.

    Certificado Sanitario.

    Es un documento que certifica el estado sanitario de mercancías objeto del intercambio comercial, destinadas al consumo y uso humano, tales como: alimentos, bebidas, medicinas, cosméticos, perfumes, etc.; y debe ser expedido por la autoridad sanitaria competente del país de origen. Corresponde al exportador (vendedor) hacer los trámites respectivos, y remitir el certificado al importador (comprador). Generalmente, el exportador lo envía junto con la factura comercial y los documentos de embarque.

    Certificado Fitosanitario.

    Es un documento de presentación obligatoria para exportar mercancías de origen vegetal.

    Organismos Competentes:

    * Ministerio de Agricultura y Tierras.

    * Servicio Autónomo de Sanidad Agropecuaria (SASA).

    * División de Cuarentena Vegetal.

    Permiso Zoosanitario.

    Es un documento de presentación obligatoria para exportar mercancías de origen animal (vivos, productos y subproductos). El mismo es exigido igualmente en el país de destino.

    Organismos Competentes:

    * Ministerio de Agricultura y Tierras.

    * División de Cuarentena Animal.

    * Oficinas Regionales del SASA.

    Incentivos a las Exportaciones.

    Los incentivos a las Exportaciones buscan las condiciones de competencia equilibradas; donde sus proyectos en curso atienden aspectos sustanciales como la armonización de regímenes aduaneros, medidas correctivas y estudian el impacto de otras modalidades de incentivos a las exportaciones (cambiario, financiero, otras).

    Con el fin de incentivar las exportaciones y ayudar al exportador se encuentran una serie de entidades dispuestas a colaborar con los procesos de exportación.

    El Gobierno Nacional, con el ánimo de fomentar y diversificar las exportaciones, ha diseñado una serie de mecanismos que contribuyen al apoyo de los exportadores venezolanos:

    1- Zona de Libre Comercio: Es el régimen jurídico, que otorga ventajas a los asociados, entre las cuales permitirles la exportación de su producción, les reconoce autonomía tarifaria frente a terceros países. (Asociación Europea de Libre comercio – EFTA).

    2- Unión Aduanera: En este régimen, se eliminan los gravámenes y otros obstáculos o limitaciones al comercio exterior entre los países que forman la unión, y se aplica una tarifa uniforme frente a los países que constituyen parte integrante del sistema.

    3- Mercado Común: Constituye la forma más completa de integración. A la coordinación de la unión aduanera, se agrega la coincidencia, tales como: inversiones, producción, salarios, moneda común, que permiten la libre circulación de mercancías, servicios y capitales. (Mercado Común Europeo).

    4- Puertos Libres: Es el área determinada, segregada del territorio aduanero nacional y separado de éste por medio de barreras naturales o artificiales, en el cual se permita que mercancías no excluidas especialmente, puedan ser introducidas sin pago de derechos aduaneros ni otros gravámenes internos, Las mercancías no causarán el pago de impuestos de importación pero sí la tasa aduanal.

    5- Zonas Francas: Cualquier zona dentro del territorio nacional, con el objeto de desarrollar el proceso de industrialización de bienes y de prestación de servicios a mercados externos de manera subsidiaria al mercado interno. El territorio declarado Zona Franca goza de un régimen de libertades en el campo aduanero, cambiario, de comercio exterior, de inversión capitales y excepciones tributarias, exceptuando de régimen laboral.

    6- Sociedades de Comercialización Internacional: Son un instrumento de promoción y apoyo a las exportaciones a través del cual las empresas que tengan por objeto principal efectuar operaciones de comercio exterior y particularmente, orientar sus actividades hacia la promoción y comercialización de productos colombianos en los mercados externos, reciben beneficios como la exención del IVA y de la Retención en la Fuente.

    7- Banco de Comercio Exterior (BANCOEX): Su misión consiste en impulsar el crecimiento de las empresas venezolanas, (principalmente pequeñas y medianas) e incrementar su participación en los mercados globales, ofreciendo soluciones integrales que fortalezcan su competitividad y fomenten la inversión, a través del acceso al financiamiento y a otros servicios promocionales. Sus Accionistas son: el Banco de Desarrollo Económico y Social (BANDES) y el Ministerio de Finanzas (MF).

    Ejemplos de Incentivos Regionales:

    * Colombia, Ley 218/95: exención del 100 % del impuesto a la renta y complementarios a las nuevas inversiones en las zonas del Cauca y Huila afectadas por un fenómeno natural.

    * Bolivia, Ley Oruro/Potosí: exoneración de los impuestos para las inversiones en los departamentos altiplánicos que presentan el mayor índice de pobreza en Bolivia.

    * Venezuela, Decreto 1.866: exoneración del pago del impuesto al valor agregado, a las nuevas inversiones en el desarrollo del sistema vial puente mixto (carretero-ferroviario) sobre el Río Orinoco, sus accesos y enlaces viales de conexión con regiones cercanas (Anzoategui).

    * Ley de Impuesto a la Renta (Perú): exoneración del impuesto.

    Ejemplos de Incentivos Sectoriales:

    * Colombia, Ley 218/95: exención del 100 % del impuesto a la renta y complementarios a las nuevas inversiones en las zonas del Cauca y Huila afectadas por un fenómeno natural.

    * Bolivia, Ley Oruro/Potosí: exoneración de los impuestos para las inversiones en los departamentos altiplánicos que presentan el mayor índice de pobreza en Bolivia.

    * Venezuela, Decreto 1.866: exoneración del pago del impuesto al valor agregado, a las nuevas inversiones en el desarrollo del sistema vial puente mixto (carretero-ferroviario) sobre el río Orinoco, sus accesos y enlaces viales de conexión con regiones cercanas (Anzoátegui).

    * Ley de Impuesto a la Renta (Perú): exoneración del impuesto a la renta y del impuesto general a las ventas para desarrollar la Amazonía.

    Bibliografías

    – RIVAS, Haylee. Tramitación Aduanera.

    HR Aduanas. Venezuela. 2.002

    www.seniat.gov.ve

    www.secomex.com

    www.aeat.es

    Por:

    Wendy Naranjo Rendón

    Estudiante V Semestre Comercio Exterior.

    Instituto Universitario Tecnológico "Juan Pablo Pérez Alfonso"

    IUTEPAL. Extensión Puerto La Cruz – Venezuela.