Es imprescindible garantizar de forma eficaz el ingreso efectivo a poder del Estado de las deudas tributarias generadas por los diferentes contribuyentes, evitando que una vez detectado y regularizado, el fraude pueda quedar sin el cobro.
Estas medidas están dirigidas a prevenir la no emisión de facturas o notas fiscales por parte de todo el universo de contribuyentes alcanzados por la Ley en su conjunto, cuya prevención constituye un punto delicado por ser de especial gravedad.
En primera instancia, se trata de erradicar las tramas organizadas de defraudación en el Impuesto al Valor Agregado y el Impuesto a las Transacciones. A este efecto se establece un nuevo supuesto de responsabilidad subsidiaria para quien adquiera mercancías en forma ilegal en las que se ha procedido el impago del impuesto en una fase anterior.
Esta es una medida ya adoptada en varios países donde ha demostrado su eficacia con un carácter especialmente preventivo al desincentivar la adquisición de mercancías ilegales, adquiridas a unos precios incluso por debajo del costo. La adquisición ilegal de productos provoca graves distorsiones en los mercados, especialmente en los precios de aquel sector económico popular más conocido como "La Cancha".
Volviendo al ejemplo citado anteriormente, en los mercados informales ubicados en las diferentes ciudades del país, existe una cantidad impresionante de comerciantes de productos electrónicos, de los cuales muchos de ellos ni siquiera se encuentran inscritos en el Servicio de Impuestos Nacionales, y la otra parte que sí está inscrita, no tiene la voluntad de emitir las facturas respectivas por las ventas de productos, esto es un claro ejemplo de defraudación que existe en nuestro país hoy en día.
Prácticamente el mercado informal se identifica por la falta de intercambio de información tributaria, es por ese motivo que se requiere a la brevedad posible combatir, de manera eficaz y eficiente, las operaciones clandestinas que se realizan día a día entre los comerciantes infractores y los compradores que incentivan estos hechos ilícitos al permitir que los mismos no cumplan con sus obligaciones tributarias.
Claramente, los diferentes contribuyentes formales se tornan cada vez más precarios, debido al monstruo informal que ataca todos los días; lo contrario pasa con la informalidad, que se reproduce a nivel familiar y generacional.
Bolivia debe centrarse en la necesidad de recaudar impuestos dentro de la razonabilidad y bajo criterios de justicia basados en la Constitución Política del Estado, y por ende en la equidad y en la igualdad.
Para esto, es imprescindible que el Estado exponga en qué gasta el dinero que tributan los contribuyentes, del mismo modo que es fundamental mejorar la asignación de recursos para volver más eficiente la economía boliviana.
Por su parte, el Gobierno debe considerar la defraudación tributaria al momento de analizar modificaciones a la legislación tributaria, como por ejemplo establecer normas las cuales permitan incentivar a los compradores de bienes o servicios a exigir la respectiva factura, y a los contribuyentes, otras facilidades que los induzcan a no cometer actos desleales a nuestra nación. La discusión tributaria en Bolivia ha puesto de manifiesto que el cumplimiento tributario es un tema fundamental en el análisis de cualquier reforma fiscal, y para el desarrollo y progreso económico de cada país.
Finalmente, es importante continuar revisando el sistema impositivo de la Ley N° 843, sus Decretos reglamentarios y otras disposiciones tributarias vigentes, a fin de mejorar y actualizar el Sistema Tributario Boliviano, eliminando distorsiones que éste produce en el mercado, también es necesario otorgarle al mismo, un papel más dinámico en la economía, redistribuir los ingresos con una visión de mayor equidad y solidaridad de manera que se convierta en una estructura más transparente, simple, flexible y justa.
Más aún, si consideramos que los tributos están conceptuados como una de las fuentes principales de los recursos para el Estado, debiendo buscarse de esta manera un crecimiento significativo de la presión tributaria de acuerdo a la capacidad de cada contribuyente.
Autor:
Mgr. Lic. Aud. Iván Erick Llanos Mendieta
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