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El Derecho a la libertad personal


Partes: 1, 2

    1. El derecho a la libertad personal
    2. La detención arbitraria e ilegal.
    3. Toda persona detenida debe ser informada de las razones de su detención
    4. La legalidad de la detención y el plazo razonable de su duración
    5. La detención por deudas

    Análisis de las normas consagradas en los Convenios Internacionales y su relación con la Constitución ecuatoriana del 2008

    "Sólo hay una estación, la estación del dolor. Es como si hasta el sol y la luna nos hubieran quitado. Afuera el día podrá ser azul y oro, pero la luz que se filtra por el grueso vidrio del ventanuco enrejado que tenemos encima es gris y miserable. En la celda siempre es atardecer, como en el corazón es siempre medianoche. Y en la esfera del pensamiento, no menos que en la esfera del tiempo, ya no hay movimiento".

    Oscar Wilde

    "De profundis"

    Escrito desde su celda en la cárcel de Reading

    Brevis Introductio

    Derecho y arte, al di lá, de lo que los utilitaristas sostengan, mantienen, desde tiempos inmemoriales, una relación simbiótica. De allí, que los profesores de las diversas Facultades de Jurisprudencia, harían bien en advertir a sus estudiantes que es muy poco probable convertirse en jurista de consulta, sin haber caído en uno de los más adictivos placeres humanos: La lectura, base indispensable para cualquier tipo de investigación y descubrimiento del conocimiento.

    Aquel que no haya leído por ejemplo el Ulises de James Joyce, o ignore a Stendhal, Mussil, Marcel Proust, Albert Camus, Ernesto Sábato o Franz Kafka, tendrá dificultades andragógicas serias en el descubrimiento mismo de la complejidad de la ciencia del Derecho. Precisamente por ello, antes de entrar a analizar el tema central de este estudio, considero pertinente referirme a una obra de arte, pues la literatura es una de sus más puras expresiones, que retrata lo que significa la violación de uno de los principales derechos humanos: mantenerse libre en tanto no sea responsable de una acción punible.

    En "El Proceso", Franz Kafka, con el magistral puntillismo descriptivo que lo hizo célebre, nos cuenta el drama de "Josef K", un empleado de un banco que es detenido y procesado, intempestivamente, sin que se le expliquen las razones que justifiquen su aprehensión. El protagonista buscó un abogado, intentó informarse acerca del estado de su proceso y se encontró con las jerarquías vergonzosas tan propias de la Función Judicial. Jueces prepotentes, que se autodivinizan, leyes contradictorias y la dignidad humana por los suelos. Es que la dignidad humana, generalmente, dentro de los juzgados y tribunales constituye la menos importante de las gradas que a diario pisan, ciertos funcionarios, sin advertir el daño que causan. Finalmente, la sentencia se cumple sin que el acusado, ni el lector, se enteren jamás por qué se lo condena. Kafka describe la situación límite: un hombre es acusado sin que se le comunique el por qué y ello desencadena un problema enorme que acaba por obviar el hecho en sí y sumergirse en su propia dinámica. Lo esencial de esta obra, que debería ser, reitero, ineludiblemente analizada, por aquellos que prometen luchar contra la injusticia desde las academias, es que el autor se limita a exponer lo que le va ocurriendo al protagonista pero jamás se detiene a exponer cómo se siente y la angustia que experimenta.

    Esta novela, lamentablemente no es el resultado de la genialidad de un artista. Las personas privadas de su libertad siguen cumpliendo penas sin saber qué delito han cometido. Deben esperar meses y hasta años para que sus juzgamientos se inicien apenas. Su encierro en condiciones de hacinamiento, insalubridad, denuncias de explotación sexual y otras contrarias a las exigencias mínimas de la dignidad humana constituyen una burla a los derechos humanos. Y si esto sucede en Ecuador, Perú, El Salvador o Haití, los países del primer mundo no se quedan atrás. Guantánamo y Abu Graib constituyen campos de concentración mucho más caligulescos que San Juan de Lurigancho, Canto Grande o el García Moreno.

    Es que el status judicial del ser humano que se encuentra detenido en forma preventiva se agrava no sólo por el hecho de tener que demostrar en la praxis su no culpabilidad (la presunción de inocencia es un principio rector del debido proceso que se viola palmariamente por parte de jueces y fiscales) sino por el desprestigio que de ésta se deriva, por la grave tensión e intranquilidad familiar que causa no sólo al detenido sino a sus familiares y por el inevitable impacto psicológico que produce a la víctima de tal aberración. El extraordinario juez de la Corte Interamericana Antônio Augusto Cançado Trindade, nos remonta a un ejemplo claro al respecto cuando nos dice que pocos testimonios de los padecimientos resultantes de la detención arbitraria han sido tan elocuentemente narrados como las célebres Cartas de la Cárcel (1926-1936) de Antonio Gramsci:

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