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Aclimatación de Derecho (página 2)


Partes: 1, 2

En tal sentido, los costos de transacción se dividen en diferentes costos, los cuales son materia de estudio por diferentes autores, sobre todo de economía como costes y no como costos.

El derecho es muy amplio, por ello, la época de los sabios ya concluyó y en este orden de ideas es claro que nadie lo sabe todo, lo cual ocurre también en el derecho.

Antes se hablaba de Aristóteles, Platón y Sócrates, sin embargo, en estos tiempos ya no existe autores ni personas que puedan estar ubicados en una ubicación similar en la sociedad, sea cual fuere su tipo, sino que existen una serie de profesiones, dentro de éstas existe especialidades, lo cual es bastante conocido por parte de los abogados, por ejemplo podemos estudiar el derecho civil, penal, procesal, administrativo, laboral, informático, de Internet y las tics, del deporte, registral, notarial, tributario, aduanero, entre otras tantas. Es decir, el derecho también es muy amplio y ni siquiera los jurisconsultos lo conocen todo el derecho, lo cual es ignorado por la mayoría de autores y con mayor frecuencia por parte de los abogados que no son autores de publicaciones jurídicas.

Un tema importante en el derecho es que la aclimatación no sólo debe ocurrir en la capital de la república de los diferentes países, sino en todo el territorio nacional de los indicados, lo cual trae como consecuencia que en los citados o dicho de otra forma en los referidos debe evitarse la centralización o dicho de otra forma incentivarse la descentralización, pero como repetimos no sólo en el derecho peruano, sino en todos los países en general, es decir, en todos los continentes.

La aclimatación no sólo debe ser materia de estudio en el derecho, sino también en otras áreas del conocimiento, como es el caso de la sociología, política y economía, entre otras tantas, por ejemplo en la medicina, puede crearse otros hospitales en todos y cada uno de los departamentos del estado peruano, con lo cual el servicio de salud, será el mas adecuado, además debe brindarse las facilidades a la creación y funcionamiento de las ongs, pero no sólo en el derecho peruano, sino en todo el mundo.

Importancia del tema

La aclimatación resulta importante en el estudio del derecho, por lo tanto, dedicaremos al mismo unas breves líeas, lo cual permitirá comprender el primero.

Si un abogado conoce este tema es claro que podrá explayarse a efecto poder explicar con palabras sencillas el referido.

En sentido contrario si un abogado no conoce este tema es evidente que no podrá comprender temas importantes dentro del derecho.

Son ejemplos de aclimatación del derecho los siguientes:

  • 1) De derecho interno a derecho externo.

  • 2) De derecho externo a derecho interno.

  • 3) De derecho interno a derecho interno.

  • 4) De derecho externo a derecho externo.

  • 5) De derecho nacional.

  • 6) De derecho externo.

Es decir, son temas muy importantes en el estudio del derecho, lo que amerita ser estudiado en la presente sede.

Existen muchos abogados que no conocen el tema materia de estudio, como es por cierto la aclimatación del derecho, el cual puede ser dentro del derecho comparado y fuera del mismo.

Este tema permite determinar que el derecho comparado resulta ser un proceso complejo, el cual es conocido por pocos abogados al menos en el derecho peruano. Sin embargo, este tipo de temas es claro que son harto conocidos en algunos lugares del derecho extranjero.

De los supuestos mencionados sólo estudiaremos los cuatro primeros, lo cual permite comprender que el tema materia de estudio como es por cierto la aclimatación, no sólo es importante o dicho de otra forma no sólo es materia de aplicación al derecho comparado, sino que es materia de aplicación a todas las disciplinas jurídicas.

Supuestos de aclimatación dentro del Derecho comparado

Los supuestos de aclimatación dentro del derecho comparado, son importantes, por ello, los estudiamos, los cuales son los que a continuación estudiamos, y de esta forma es claro que deben ser materia de estudio por parte de los tratadistas.

En tal sentido, sin mas preámbulos procedemos a enumerar los supuestos de aclimatación que existen dentro del derecho comparado.

  • 1) De derecho interno a derecho externo.

  • 2) De derecho externo a derecho interno.

  • 3) De derecho interno a derecho interno.

  • 4) De derecho externo a derecho externo.

Estos supuestos no sólo son materia de aplicación o estudio al derecho peruano, sino a todos los sistemas jurídicos y en consecuencia a todas las familias jurídicas.

Son ejemplos del primero, del derecho peruano al derecho español, o del derecho peruano al derecho boliviano, entre otros tantos.

Por otro lado son ejemplos del segundo del derecho español al derecho al derecho peruano, o del derecho alemán al derecho peruano y boliviano, entre otros tantos supuestos.

También podemos citar algunos ejemplos del tercero del derecho societario peruano al derecho civil peruano, o del derecho procesal civil peruano al derecho procesal civil peruano, o del derecho registral peruano a todas las otras disciplinas jurídicas del derecho peruano, entre otros tantos supuestos.

Otros ejemplos del cuarto tipo o clase o variedad son del derecho alemán al derecho italiano, o del derecho argentino al derecho chileno, o del derecho francés al derecho estadounidense, entre otros tantos tipos o variedades.

Cada uno de estos supuestos debe comprobarse si son o no aplicables a tres casos como son los siguientes:

  • 1) Dentro de la misma familia jurídica.

  • 2) De una familia jurídica a otra.

  • 3) En otra familia jurídica.

En consecuencia un desarrollo mas amplio de este tema es el siguiente:

  • 1) De derecho interno a derecho externo.

  • a. Dentro de la misma familia jurídica.

Un ejemplo de este supuesto es del derecho peruano al derecho boliviano.

  • b. De una familia jurídica a otra.

Un ejemplo de este supuesto es del derecho peruano al derecho inglés.

  • c. En otra familia jurídica.

Un ejemplo de este supuesto es del derecho estadounidense al derecho inglés.

  • 2) De derecho externo a derecho interno.

  • a. Dentro de la misma familia jurídica.

Un ejemplo de este supuesto es del derecho argentino al derecho peruano.

  • b. De una familia jurídica a otra.

Un ejemplo de este supuesto es de la familia jurídica del common law a la familia jurídica romano germánica.

  • 3) De derecho interno a derecho interno.

  • a. Dentro de la misma familia jurídica.

Un ejemplo de este supuesto es del derecho societario peruano al derecho cambiario peruano.

  • 4) De derecho externo a derecho externo.

  • a. Dentro de la misma familia jurídica.

Un ejemplo de este supuesto es del derecho alemán al derecho francés.

  • b. De una familia jurídica a otra.

Un ejemplo de este supuesto es de la familia jurídica romano germánica a la familia jurídica del common law.

  • c. En otra familia jurídica.

Un ejemplo de este supuesto es del derecho inglés al sistema jurídico estadounidense.

Cada uno de estos numerales tiene tres divisiones o tipos o variedades, lo cual trae como consecuencia que la gama de posibilidades se incrementa en forma sorprendente, lo que permite tener mucho campo de estudio de la institución materia de estudio como es por cierto la aclimatación dentro del derecho comparado.

No queremos extendernos en desarrollos amplios del tema materia de estudio, sino tan sólo enumerarlos, a efecto de brindar enfoques panorámicos, lo cual permita tener un conocimiento mas pormenorizado del tema estudiado el mencionado.

Además debemos tener presente que todo lo mencionado puede ocurrir en cada una de las fuentes del derecho dentro de la misma fuente del derecho, o en distintas fuentes del derecho. En el primer caso de puede ser ley a ley, de costumbre a costumbre, de doctrina a doctrina, de jurisprudencia a jurisprudencia, entre otros tantos supuestos. En el segundo caso puede ser de ley a jurisprudencia, o de jurisprudencia a ley, o de costumbre a jurisprudencia, o de principios generales del derecho a principios específicos de una rama del derecho, entre otros tantos supuestos.

Estudio por parte de los académicos

La aclimatación puede ser materia de estudio por parte de los académicos, por ejemplo en la cátedra o en la redacción de un tratado de derecho civil, o de derecho penal peruano o extranjero. Siendo un ejemplo del primero en dictar una clase o dicho de otra forma al momento de hacer pedagogía jurídica.

ESTUDIO POR PARTE DE LOS ABOGADOS LITIGANTES

Este tema puede ser materia de estudio por parte de los abogados litigantes, lo cual puede demostrarse o aplicarse en un escrito, medio impugnatorio, informe oral, audiencia, demanda, contestación, excepción, denuncia civil, extromisión, inclusión.

ESTUDIO POR PARTE DE LOS QUE DECIDEN O RESUELVEN

Los que deciden o resuelven también pueden aplicar este tema, por ejemplo para redactar resoluciones, las cuales dentro del derecho judicial, puede limitarse a autos, decretos y sentencias.

ESTUDIO POR PARTE DE LOS LEGISLADORES

Los legisladores también pueden estudiar este tema.

Por lo tanto, debemos precisar que los congresistas no son los únicos legisladores, sino que existen otros, por ejemplo dentro de los otros poderes del estado, pero refiriéndonos a poderes del estado constitucionalizados, ya que además de éstos existen otros, los cuales estudiaremos en otra sede mas específica al tema materia de estudio.

ESTUDIO POR PARTE DE LOS JURISCONSULTOS

Los jurisconsultos son los juristas con mayor jerarquía, lo que trae como consecuencia que redactan y publican tratados, no sólo sobre una rama del derecho, sino sobre varias, lo que les brinda un enfoque mas amplio del tema materia de estudio, en tal sentido corresponde estudiar este tema respecto de los indicados, lo cual nos permita conocer mas el tema materia de estudio como es por cierto la aclimatación en el derecho comparado.

Los jurisconsultos son los que mas dominan este tema, el cual es un tema importante dentro del derecho comparado. Por lo tanto, a efecto de redactarse un informe jurídico sobre la aclimatación en el derecho comparado sobre determinada fuente del derecho, es evidente que debe estudiarse o adelantarse a los hechos, lo cual traerá como consecuencia que se puede prever el futuro y de esta manera no se hagan experimentos en el mercado, no sólo peruano, sino también extranjero.

La aclimatación a veces da resultado y otras no

Este tema resulta ser muy importante en el estudio del derecho comparado, porque las leyes pueden ser aplicadas o no, incluso algunas oportunidades requieren ser reglamentadas, lo cual no ocurre en algunos casos, y en todo caso existen control difuso y control concentrado, lo que es conocido por todos, por lo tanto, nos relevamos de mayores comentarios, y en todo caso lo dejamos pendiente a efecto de ser desarrollado en otra sede mas amplia pero de derecho constitucional y no de derecho comparado.

La aclimatación a veces da resultado y otras no, por lo tanto, la recepción, transplante, exportación e importación no deben ser experimentos, sino que las mismas deben ser estudiadas por jurisconsultos, lo que traerá como consecuencia que el estudio del derecho comparado será mas adecuado, lo que es adecuado para todos.

Es decir, resulta inadecuado que todas las recepciones dan resultado, sino que a veces da resultado o brinda resultados favorables, lo cual no ocurre siempre.

Los positivistas consideran que la aclimatación siempre es positiva en el derecho positivo, sin embargo, esta posición resulta incorrecta, ya que los hombres y sobre todo los abogados sobre todo no son máquinas a las cuales no se las puede controlar como si fueran máquinas.

Los profesionales que son positivistas es claro que debemos definirlos en esta sede, por lo tanto, tendremos mayor conocimiento sobre el tema materia de estudio. Los segundos de los indicados es claro que son los que consideran a la ley como algo que no puede criticarse en ningún caso, es decir, la consideran como un dogma de fe.

Como hombres de derecho debemos rechazar a los positivistas, los cuales utilizan frases como éstas: "es ley y ya no se puede hacer nada", "la ley es dura pero es la ley", entre otras tantas.

Es decir, a veces la recepción brinda sus frutos o tiene acogida por parte de la comunidad jurídica, pero esto no ocurre siempre.

También es necesario tener en cuenta que la aclimatación puede ser materia de estudio en todos los supuestos de incorporación o de posibilidades de la misma. Lo que trae como consecuencia que el campo de estudio de esta institución jurídica sea mas amplia de lo que pareciera y en tal sentido, debemos dedicarle muchos estudios, lo cual permitirá un estudio mas adecuado del tema materia de estudio.

 

 

 

 

 

 

Autor:

Fernando Jesús Torres Manrique

Ex Registrador Público Titular.

Ex Juez Titular Decano.

Ex Jefe Titular de Registros Públicos.

Autor de diversas publicaciones jurídicas, dentro de las cuales destacan algunas sobre el derecho comparado.

Maestría en Derecho Civil y Comercial en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.

Estudios parciales de Doctorado en Derecho en la misma casa de estudios.

Autor del libro "Derecho Comparado y Sistemas Jurídicos" (publicado) y del "Tratado de Derecho Comparado" (disponible para ser consultado en la biblioteca de la Unidad de Post Grado en Derecho de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos – Lima – Perú).

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