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Derecho Comercial

Enviado por guillermobogado


    Indice1. Agencia 2. Concesión 3. Distribución

    1. Agencia

    Concepto Es el contrato por el cual una de las partes (proponente) le encomienda a la otra (agente de comercio) la tarea de promover contratos y generar clientela.

    Partes Proponente: empresa que es quien encomienda el trabajo. Agente de comercio: salvo pacto en contrario de representación, actúa como simple intermediador. Principales características:

    1. Es comerciante,
    2. Estabilidad en la relación con el proponente (contrato de duración),
    3. Autonomía, no es un subordinado del proponente, realiza la actividad encomendada con autonomía,
    4. Generalmente se le atribuye una zona y en esa zona, la exclusividad,
    5. Puede estar provisto o no de representación, puede celebrar directamente el contrato en nombre de su proponente. Si no actuará como simple intermediador entre el proponente y el cliente,
    6. Retribución: puede consistir en una cantidad fija, en una comisión por contrato que haya concertado, o en una combinación de ambas.

    Obligaciones Del proponente:

    1. Perfeccionar el contrato gestionado por el agente.
    2. Pagar las comisiones.
    3. Indemnizar por rescisión intempestiva de contrato por parte del proponente.

    Del agente:

    1. Actuar siempre en interés del proponente.
    2. Informar al proponente sobre la situación del mercado.
    3. No atender dentro de la misma zona a otra empresa competidora.
    4. Rendir cuenta de las operaciones.

    2. Concesión

    Modalidades: Concesión para la venta Concesión para la prestación de servicios. El concesionario actúa a nombre y por cuenta propia frente a 3ros. Debe adquirir la propiedad de los productos para la concesión. Concesión para la venta: es el contrato por el cual un fabricante (concedente) delega en una persona o empresa (concesionario) la facultad de vender sus productos con exclusividad en una zona determinada.

    Ventajas:

    • Para el concedente: logra colocar sus productos en el mercado.
    • Para el concesionario: obtiene la diferencia entre lo que pagó el producto y el precio al que lo vende además comercializa un producto ya conocido en el mercado lo cual le facilita mucho la venta.

    Derechos y obligaciones: Derechos del concedente:

    1. puede rescindir la concesión cuando quiera,
    2. Impone un reglamento que regula las relaciones concedente-concesionario y concesionario-clientela y puede modificarlo cuando desee. Este reglamento, generalmente va anexado al contrato y es una especie de contrato de adhesión que contiene obligaciones del concesionario referentes a las características del local, la forma de atención al público, los horarios de atención, las ventas mínimas, las atenciones post-venta, service, etc.

    Obligaciones del concedente:

    1. suministrar al concesionario las unidades y repuestos que necesite,
    2. Respetar la exclusividad, no otorgar otra concesión en la misma zona.

    Obligaciones del concesionario:

    1. servicio de venta, y de mantenimiento o reparación de los bienes de esa marca aunque no hayan sido vendidos por él,
    2. informar a la concedente sobre la evolución del mercado,
    3. respetar la exclusividad, vender únicamente productos de esa marca,
    4. tener un local adecuado,
    5. cumplir un horario mínimo,
    6. realizar publicidad,
    7. Cumplir con límites mínimos de venta.

    Concesión para la prestación de servicios: Es el contrato por el cual una institución (concedente) delega en una persona o empresa (concesionario) la facultad de explotar un servicio determinado dentro del establecimiento.

    • Actúa en nombre y cuenta propia frente a 3ros.
    • Se obliga mediante una retribución a disponer de su organización empresaria para comercializar mercaderías provistas por el concedente y prestar los servicios y proveer los repuestos y accesorios según haya sido convenido.

    3. Distribución

    Concepto Es el contrato por medio del cual una de las partes (distribuidor) se obliga adquirir de la otra (distribuido, fabricante o productor), mercaderías que éste fabrica, para colocarlas masivamente por cuenta y riesgo propios, a cambio de un descuento sobre el precio de las mercaderías (margen de reventa) y también ventajas para abonarlas (plazos, financiación, etc.)

    Ventajas Al fabricante o distribuido le conviene, porque así sus productos pueden llegar a lugares lejanos, sin tener que montar un local allí.

    Objeto Las cosas en general de consumo.

    Partes Distribuidor: adquiere los bienes del fabricante para colocarlos en el mercado en nombre propio. Distribuido: productor, fabricante, mayorista, importador que produce, fabrica los bienes que le provee al distribuidor y fija su precio de reventa.

    Caracteres:

    1. Oneroso
    2. Bilateral
    3. Atípico e innominado
    4. No formal
    5. Consensual
    6. Conmutativo
    7. Tracto sucesivo
    8. Comercial
    9. Intuitus personae
    10. De colaboración

    Funcionamiento:

    • El distribuidor obtiene los bienes con descuento sobre el precio de lista, y facilidades de pago.
    • Se pacta:
    1. Una zona de exclusividad para evitar que se mezclen los distribuidores
    2. Que los distribuidores, no vendan, distribuyan o fabriquen mercadería en competencia
    3. Que el distribuido no venda o distribuya la misma mercadería que distribuye el distribuidor, en su zona de exclusividad.

    Admiten pacto en contrario.

    • El distribuidor actúa en nombre propio y tiene autonomía e independencia con respecto al distribuido.
    • La relación entre partes es como el contrato de suministro.
    • El plazo del contrato puede estar determinado o no.
    • La ganancia del distribuidor la hace él. Si no vendió la mercadería no puede devolverla, debe pagarla igualmente (corre ese riesgo). Soporta los daños o pérdida de la mercadería y la falta de pago de los clientes.
    • Los derechos del distribuido son fijar el precio de venta de la mercadería y cobrarle al distribuidor por la que dio, y del distribuidor es el de quedarse con la utilidad de la reventa.

    Obligaciones del distribuido:

    1. Cumplir con el contrato de buena fe y no rescindirlo intempestivamente.
    2. Proveer la mercadería en tiempo y forma oportuna. Las mercaderías deben estar en un óptimo estado.
    3. Si se pactó exclusividad, no puede hacer negocios en la zona exclusiva, de la misma mercadería objeto del contrato.
    4. Cumplir con las cláusulas de publicidad pactadas en el contrato, si las hubiere.

    Obligaciones del distribuidor:

    1. Cumplir con el contrato de buena fe y no rescindirlo intempestivamente.
    2. Si se pactó, colocar la mercadería en forma exclusiva.
    3. Cumplir con la cantidad de compras mínimas pactadas en el contrato.
    4. Vender al precio que fijó el distribuido.
    5. distribuir en la zona delimitada.
    6. Pagarle al distribuido por la mercadería.

    Normativa Aplicable: Lo pactado por las partes, normas análogas y los principios generales del derecho.

    agencia

    distribución

    El agente es un intermediario

    Actúa en nombre propio.

    distribución

    concesión

    Objeto: mercadería común de consumo

    Objeto: mercadería de mayor tecnología

    No da garantía

    Otorga garanti Service post-venta.

     

     

     

     

    Autor:

    Guillermo Bogado