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Regulación estatal de los Monopolios naturales


Partes: 1, 2

    1. Definiciones
    2. Regulación
    3. Conclusiones y recomendaciones
    4. Bibliografía

    Introducción

    La regulación de los monopolios naturales ha sido siempre un tema discutido desde los inicios de la economía política. Los servicios de agua potable, saneamiento y energía son considerados indispensables para la vida en cualquier país moderno del mundo. Es su importancia en el nivel y calidad de vida que estos confieren a sus habitantes que hacen que la regulación de los mismos haya sido parte de las discusiones teóricas de la ciencia económica. Es claro que después de las privatizaciones que han tenido lugar en Argentina y en el resto del mundo, el Estado pasa de ser un Estado productor para convertirse en un Estado regulador.

    Definiciones

    Como primera medida es importante definir algunos conceptos que se utilizan repetidamente a lo largo de este trabajo.

    Según la OCDE (1995) se utiliza el término "regulación" como los "instrumentos jurídicos por medio de los cuales las instituciones públicas, a todos los niveles, imponen obligaciones o restricciones al sector privado". En un sentido más amplio, este concepto es definido por Mitnick (1989) como " la restricción intencional de la elección de la actividad de un sujeto y proviene de una entidad que no es parte directa ni esta involucrada en dicha actividad."

    Siguiendo con la topología de la OCDE (1997) se pueden distinguir tres grandes tipos de intervenciones de los poderes públicos:

    • Regulación Económica: Se trata de restricciones impuestas a la empresa regulada en materia de precios, cantidades, servicios y barreras a la entrada, salida o movilidad. Por lo general se busca el mejoramiento de la eficiencia de los mercados aumentando así el bienestar común.
    • Regulación Social: Comprende la protección del medio ambiente, seguridad e higiene en el trabajo, derecho de los trabajadores y derechos de los compradores con relación a comportamientos fraudulentos. Se trata de proteger el bienestar y los derechos de la sociedad en su conjunto.
    • Regulación Administrativas: Comprende formalidades administrativas gracias a las cuales los poderes públicos obtienen información e intervienen en las decisiones económicas.

    Estos tres tipos de intervenciones no tienen un carácter excluyente, pero con el objetivo de simplificar la tarea nos referiremos especialmente a las actividades de naturaleza económica. Por otro lado, se reconoce que las regulaciones sociales acertadas son una fuente de bienestar muy importante, pero, debido a las dificultades de medición no se las incluye implícitamente en este trabajo.

    La política antitrust o como se la suele llamar "laissez faire positivo", parte de la idea que se debe estimular la competencia en las industrias para que se impongan precios socialmente deseables (cercanos al CMa). Un claro ejemplo de la tendencia de este tipo de políticas en la Argentina es la privatización de empresas públicas de carácter monopólico y la promulgación de la ley 25.156 (Defensa de la Competencia) sancionada el 25 de Agosto de 1999. Dicha ley intenta impedir la formación de empresas de tal magnitud que puedan convertirse en monopolios e implementar tácticas que lleven a un poder de mercado creciente.

    Sin embargo, hay otras industrias caracterizadas como monopolios naturales en donde la competencia no seria deseable. Esta afirmación se apoya en la existencia de cuantiosos costos fijos, a veces de carácter irrecuperables, y economías de escalas importantes que llevan a que el costo medio disminuya a medida que aumente el output. Son también llamadas "economías de redes" y bajo estas condiciones es preferible que una empresa abastezca todo el mercado limitando la competencia a la que se enfrenta la firma. En general, se considera que un monopolista explota al consumidor restringiendo la oferta para fijar un precio superior y así apropiarse de parte del excedente del consumidor. Por estas razones, esta situación demanda una regulación que modere y proteja a los ciudadanos de una explotación monopolística o simplemente de situaciones que limiten el bienestar común (Ej. medio ambiente, calidad del servicio, salud, seguridad, etc).

    Regulación

    En este trabajo se estudiaran cuatro modelos diferentes para la regulación de empresas consideradas monopolios naturales. Como se estableció anteriormente, en este tipo de industrias no son beneficiosas políticas destinadas al fomento de la competencia. El costo medio mínimo de producción aparece a un nivel de producción suficiente para abastecer todo el mercado a un precio que cubre el costo medio total. Esto hace contraproducente la presencia de más de una firma. Con motivos de simplificación se estudiarán firmas que producen solo un producto en el mercado.

    Se analizarán los distintos modelos sobre la base de la defensa del interés general (maximización del excedente del consumidor y del productor), la calidad del servicio y las distorsiones económicas causadas por las subvenciones y la capitalización excesiva entre otros aspectos.

    Partes: 1, 2
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