..-Este texto es un fragmento de la constitucion de 1869 (SXIX).
Antecedentes históricos: El siglo XIX comienza en España con un hecho muy importante: la revolucion del 2 de Mayo de 1808. En ese momento reinaba en España Carlos IV, aunque estaba retenido en Bayona por Napoleón; los madrileños, indignados ante el hecho de ver como Napoleon se estaba llevando a toda la familia real a Francia, se levantan en armas contra los ejércitos franceses. Como consecuencia de este levantamiento se produjeron los fusilamientos de la madrugada del 2 de Mayo de 1808. A finales de Mayo, José Bonaparte (hermano de Napoleón) estaba de camino hacia España para ser coronado como Jose I. Mientras tanto, en España se creaban las Juntas Regionales, las cuales asumieron las tareas de gobierno y se propusieron crear una constitución. También proclamaron rey a Fernando VII y actuaban en su nombre. Las revueltas contra los franceses comenzaron a dar su fruto y muchos generales como Dupond tuvieron que retirarse. Asi, Napoleon tuvo que venir a España y derrotó a todos los ejércitos hasta Madrid. Allí volvió a coronar a José I y se marchó. Mientras tanto, en Cádiz se habían reunido las Juntas Regionales y al mando de Floridablanca se creo la Junta Suprema Central. Alli se comenzó a elaborar una constitución, que vió la luz en 1812; era muy avanzada para su época y sus principales ideas eran: la defensa de la soberanía nacional y la división de poderes: las cortes tendrian el poder legislativo. El poder ejecutivo estaría en manos del monarca, y el poder judicial correspondería a los tribunales de justicia. De carácter católico: la Religion oficial de España sería la católica, aunque se abole el santo oficio (la Inquisición). Las elecciones: los votantes deberían ser varones mayores de 25 años, pero sólo podian ser elegidos diputados aquellas personas que tuvisen una cierta renta. La abolicion de los señoríos: con esto desapareció el concepto de vasallo y los campesinos tuvieron menos carga de impuestos.
El 4 de Mayo de 1814 Fernando VII rehusa a jurar la constitución de Cádiz y promulga el Decreto de Valencia, que impone el absolutismo. Durante el reinado de Fernando VII los liberales fueron perseguidos y condenados, aunque al final de su reinado el rey se arrimó a los liberales moderados, llegando incluso a perseguir a los absolutistas. Del reinado de Fernando VII tambien hay que destacar la pérdida de todas las colonias americanas menos Cuba y Puerto Rico.
En 1833 muere Fernando VII y sube al trono su jija Isabel, que fue coronada como Isabel II. Los primeros años de su reinado fueron de carácter moderado y la figura más destacada será la de Narvaez, que impedirá la entrada de ideas democráticas a España. La politica dictatorial de Narvaez provocó el descontento entre la población, y las masas populares, lideradas por O´Donell, Serrano y Espartelo se pronunciaron en Vicálvaro. Tras esto comenzó un nuevo régimen politico de caracter progresista, que durará solamente dos años, ya que se acrecentó la pobreza y la situación del pais fué a peor. Tras un corto periodo de gobierno de Narvez se formó la Unión Liberal, la cual gobernó del 1858 hasta el 63. La figura más destacada de esta unión será O´Donell; su gobierno fue eficaz, pero tras varios fracasos en contiendas internacionales los progresistas reclamaron una mayor participación del pueblo en el gobierno. Al caer la Unión Liberal gobernaron los moderados, pero esto no contentó a nadie. Se precipitó así la unión de los progresistas, demócratas y republicanos, y en Septiembre de 1868 comenzó una revuelta, llamada "La Gloriosa", que provocó la huida de la reina. Tras la revuelta se formó un gobiero y se elaboró una constitución, la de 1869 Tras un periodo de incertidumbre la corona fue ofrecida a Amadeo de Saboya, que fue coronado cómo Amadeo I.
La Constitución de 1869: Como ya hemos visto, la constitución de 1869 surge a raiz de la revolución de 1868, en la que participan militares como Prim y Serrano o civiles como Pi Margal y Castelar. Esta revolución surge ante el descontento general por la situación politica española, y es posible gracias a la unión de progresistas demócratas y republicanos, pero también contribuyeron causas como la crisis económica tras la guerra de secesión de Estados Unidos. Esta constitución será la última de caracter progresista y liberal en mucho tiempo, y se acerca mucho a la de 1812. Lo más destacado es el sufragio universal masculino, muy distinto a aquel sufragio de clases que sólo favorecía a la burguesía rica (Art 40, que refleja éste cambio ya que ya no son sólo aquellas personas que superan unas ciertas rentas las que pueden llegar a ser elegidas diputado).
Con respecto a la anterior constitución (la de 1845) observamos como ahora el poder vuelve a residir en la nación (Art 33) y cómo hay separación de poderes (Art 34), aunque el monarca sigue conservando algunos. En esta constitución apreciamos una politica mucho más centralizadora. No es la primera vez que se lleva a cabo algo así. Ya hemos visto como éste tipo de politica centralizadora ocasionó grandes problemas: las Guerras carlistas y la independencia de las colonias americanas. Este siglo fué muy ajetreado para España, ya que se fueron alternando los gobiernos conservadores y los progresistas y se producían radicales cambios de gobierno en un muy corto periodo de tiempo. Asi, de la constitución de 1845, de carácter conservador, que no reconoce la separación de poderes, se pasa a la de 1869, muy cercana a la de 1812 de carácter progresista, con reconocimento de la separación de poderes.
En sus primeros párrafos, recalca el deseo de afianzar la justicia, la libertad y la seguridad. Se me ocurre comparar este deseo con el que expresa el lema de la Revolución Francesa: igualdad, libertad y fraternidad. Parece que la fraternidad y la igualdad no casaban muy bien en un país donde la monarquía seguía siendo muy poderosa como institución; de hecho, después de una turbulenta historia en el siglo XX, España ha vuelto a ser una monarquía.
Por otra parte, habla exclusivamente de la Nación, y no se refiere a las diferentes regiones que la componen, lo que refuerza las tendencias centralistas que trajeron los Borbones a España, que a su vez exacerba los nacionalismos. A pesar de afirmar que la soberanía reside en la Nación, es una constitución que no renuncia a la monarquía y que le da al Rey potestad para promulgar y sancionar las leyes.
Art. 32.– Dice que es la nación la que tiene la soberanía y de ella emanan todos lo poderes. Esta idea de la soberanía en manos de la nación no es en absoluto nueva, ya estaba presente en la constitución de 1812, pero no fue muy estable, ya que era demasiado radical y los moderados no podían consentir esto y se cambiaba en unas y otras constituciones (ver cuadro 2)
Art. 33.- LA forma de Gobierno es la monarquía. Aqui vemos como a pesar de hacer reformas profundas en el pensamiento politico y dar el poder al pueblo, los liberales progresistas no se atreven a suprimir la monarquía, siendo España una pais católico y muy tradicional.
Art. 34.- Aqui se ve patente la separación de poderes, ya que la potestad de hacer leyes reside en las Cortes, que estaban formadas por gente del pueblo, pero sigue muy presente el poder del rey al poder éste sancionar las leyes.
Art. 40.- Remarca la importancia de que el poder lo tiene la nación, ya que los senadores y dipiutados representan y defienden a toda la nación y no sólo a una minoría rica o noble.
Art. 66.- Este artículo es muy importante, ya que antes de proclamarse este sufragio universal masculino sólo votaba una minoría burguesa adinerada y los diputados eran parte de este pequeño círculo, con lo que se representaban asi mismos. Ahora, al votar todos los hombres mayores de edad, podían salir elegidos otro tipo de diputados. Podemos decir que este artículo supone un importante paso hacia la democracia; sólo faltaba el voto de las mujeres, cosa impensable para aquella época.
Autor:
EXotIC