El idealismo platónico versus el realismo aristotélico (página 2)
Enviado por Yunior Andrés Castillo S.
Que la oligarquía sea el gobierno de pocos y la democracia el de muchos puede depender solamente del hecho de que generalmente los ricos en toda sociedad son menos que los pobres; pero lo que distingue una forma de gobierno de otra no es el número, sino la condición social de quienes gobiernan.
La politia es una mezcla de oligarquía y democracia. Esta combinación es un régimen en el que la unión de los ricos y pobres debería remediar la mayor causa de tensión en toda sociedad, que es precisamente la lucha entre quien no tiene y quien tiene. Es el régimen que debería asegurar mejor que cualquier otro la "paz social".
Aristóteles se preocupa de la manera en que se mezclan los dos regímenes para producir un tercero mejor que ambos:
Se concilian disposiciones que serían incompatibles: mientras en las oligarquías se establece una pena para los ricos que no participan en las actividades públicas y no hay un premio para los pobres si toman parte en ellas, al contrario en las democracias no se concede ningún premio a los pobres que intervienen en los asuntos políticos y no se fija ninguna pena a los ricos que no participan. Como dice Aristóteles, la conciliación podría consistir en algo intermedio y común, por ejemplo, establecer una ley que estipule una pena para los ricos que no participen y un premio para los pobres que sí lo hagan.
Se toma el "medio" entre los ordenamientos extremos de los dos regímenes.
Se admite lo bueno de los dos sistemas legislativos.
El ideal que inspira este régimen de la "mezcla" es el de la "mediación", que es la ambición de toda la ética aristotélica.
La razón fundamental por la que las ciudades mejor gobernadas son aquellas en las que predomina la clase media es la mayor estabilidad.
Uno de los criterios fundamentales con base en los cuales se acostumbra distinguir el buen gobierno del malo es si éste es y en qué medida "estable".
La Justicia
Para Aristóteles, las virtudes son hábitos, disposiciones duraderas, que nos permiten actuar en la vida eligiendo el término medio con relación a nosotros mismos ("término medio", quiere decir que Aristóteles representó siempre la virtud como término medio –mesotés- de dos vicios, uno por exceso y otro por defecto)
Distinguimos 2 grupos de virtudes:
1- Virtudes morales (o virtudes éticas)
2- Virtudes intelectuales (o virtudes dianoéticas). Para encontrar el término medio entre esos dos extremos por exceso y por defecto utilizamos la prudencia, que puede entenderse como el saber práctico o el buen juicio. Aristóteles destaca esta virtud, junto con la justicia, por encima de las demás.
La justicia constituye para Aristóteles un elemento fundamental en las relaciones interhumanas. Distingue 2 conceptos de justicia:
1- Justicia general o legal, que consiste en el cumplimiento de las leyes.
2- Justicia particular, que consiste en dar a cada uno lo suyo. Dentro de esta justicia particular distinguimos a su vez la justicia aritmética (cumplimiento de los contratos que existen entre los hombres) y justicia geométrica (otorgar a cada uno según los métodos propios).
El hombre no puede realizarse más que en la vida social, esto es, en la ciudad, y la participación en el bien de todos es para el hombre condición indispensable para su vivir bien. De ahí el deseo de los hombres de participar en una vida en común, en la que se de un orden emanado de la justicia. privado de la justicia, el hombre no tiene en común con sus semejantes más que el nombre: sin los beneficios de la justicia y de la ley es el más miserable y peor de todos los seres, en tanto que realizada es el mejor de todos y el más feliz. En consecuencia, la regla en lo justo y la justicia es algo político, puesto que está asegurada por la ley de la ciudad.
El soberano bien, que es el fin de la ciudad, sólo se ha de conseguir por la efectividad de la justicia. que es la más importante de todas la virtudes, pues en ella están como contenidas todas las demás. La justicia tiene como objeto el derecho en todos sus aspectos (positivo o consuetudinario; privado o público, que es la emanación de algo que está en la naturaleza, de algo eterno e inmutable, en otras palabras, de un derecho natural. Este derecho es propio de los hombres libres que son los únicos que tienen razón propia y que son verdaderamente dueños de sí mismos; pero no se aplica a los que por naturaleza, como el esclavo, dependen del poder ajeno y no poseen razón ni voluntad autónomas.
Para que se conciba la justicia los hombres no deben tener ni más ni menos que lo que les corresponde, porque la justicia es como un medio entre dos extremos. Este medio implica una igualdad entre dos personas que se traduce en una proporción entre lo que se da y lo que se recibe. Esta proporción en unos casos importa una igualdad aritmética (justicia conmutativa), pero en otros casos la proporción no se hace teniendo en cuenta solamente el valor o los méritos de las personas. Según ésta, que es la justicia distributiva, es injusto hacer un reparto en partes iguales entre dos personas desiguales o no retribuir igualmente a dos hombres que tienen igual mérito. Este tipo de justicia hace prevalecer sobre la igualdad la equidad, que es una forma superior de justicia, pues permite corregir y suavizar la justicia legal, evitando así los abusos de la ley, que al tener en cuenta lo general no contempla a veces los casos particulares.
Para que se pueda llegar a la equidad, forma superior de la justicia, es necesaria la amistad (sentimiento de benevolencia) y del bien obrar que anima a los seres reflexivos en sus relaciones sociales. Ella se encuentra en los hombres sublimada por la reflexión, y ha de presidir las relaciones entre los hombres.
El hombre no puede desarrollar las virtudes ni la felicidad si no es en sociedad, por 2 razones:
1. Sin la sociedad no sobreviviría, ya que, en principio, carecería de los bienes fundamentales.
2. Sin las leyes sociales nunca alcanzaría las virtudes.
El desarrollo político que Platón planteó de una forma utópica se basaba en un gobierno ideal, en el que quedaba reflejada la estructura misma del alma. Aristóteles no imita esta formar de pensamiento teórico para después intentar aplicarlo en la práctica, sino que sigue un procedimiento deductivo:
1. Realiza un estudio y análisis de las Constituciones existentes.
2. Deduce la Constitución más perfecta y aplicable a la práctica.
Papel que le asigna a las leyes.
Es Estado ideal es para Aristóteles el Estado legal. Para él las leyes son indispensables, aún en la monarquía – que teóricamente sería la mejor forma de gobierno -, para que el monarca también quede sometido a ellas.
Los ciudadanos.
Los ciudadanos son para Aristóteles los que según las leyes de cada polis tienen el derecho de intervenir en los negocios público y de desempeñar alguna magistratura. La ciudadanía, por tanto, no es algo sobre lo que se puede generalizar, sino que debe resolverse empíricamente de acuerdo con las circunstancias existentes en cada polis.
Las funciones del gobierno
Puede encontrarse en Aristóteles un antecedente remoto de la doctrina de la división de poderes, tal como luego vendría a ser planteada y desarrollada por Locke y Montesquieu. Distingue una serie de funciones necesarias para la mayor eficacia del gobierno, estas funciones son:
Estas funciones atienden al mejor gobierno, pero no tienen sin embargo vinculación (como lo ha de tener en la doctrina moderna) con la necesidad de defender la libertad individual.
Bibliografía
Emilio Guido. Derecho Político e Historia de las ideas políticas.
Norberto Bobbio. La teoría de las formas de gobierno en la historia del pensamiento político.
Paolo Lamanna. Historia de la filosofía.
Enviado por:
Ing.+Lic. Yunior Andrés Castillo S.
"A LA CULTURA DEL SECRETO, SI A LA LIBERTAD DE INFORMACION"®
Santiago de los Caballeros,
República Dominicana,
2014.
"DIOS, JUAN PABLO DUARTE Y JUAN BOSCH – POR SIEMPRE"®
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