- Introducción
- Objetivos
- Justificacion
- Limitaciones del estudio
- Planteamiento del problema
- Hipotesis
- Aspectos teóricos de la tributación
- El crédito fiscal
- La extinción del crédito fiscal
- Bibliografia
- Glosario
En la actualidad nuestro país ha tenido que enfrentarse a una muy difícil realidad; una realidad en la cual las crisis económicas, sociales y políticas aunadas a la determinante tarea por el rescate de nuestra economía; se han visto reflejadas en una cambiante y rigurosa política económica a seguir, todo esto ha convertido al proceso de fiscalización en una práctica cuya realización es día a día una tarea cada vez mas compleja, además de ser respaldada por un proceso coercitivo por parte de la autoridad tributaria. Ante esto se ha hecho necesario que el Contador Público tenga que afrontar la responsabilidad de especializarse en el análisis de la Legislación Tributaria vigente; una legislación que hoy en día ha sido duramente criticada por sus fuertes imposiciones, constantes modificaciones y duras sanciones legales a quienes las eviten o infrinjan; por eso hoy en día el Contador Público tiene la responsabilidad y necesidad de conocer en forma muy objetiva y detallada cada uno de los fundamentos que generan los Créditos Fiscales siendo éstos el principal elemento en la relación Jurídico-Tributaria. La facultad del Estado para exigir a sus ciudadanos el tributo se establece en el articulo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: "Son obligaciones de los mexicanos el contribuir para los gastos públicos del Estado, Federación y Municipio en que se resida de manera proporcional y equitativa." En la Legislación Tributaria se menciona de nuevo este lineamiento preciso que da por establecido el principio de legalidad y la relación Estado-Contribuyente. Disposiciones Generales del Titulo I, artículo 1º del Código Fiscal de la Federación: "Las Personas Físicas y Morales están obligadas a contribuir para los gastos públicos conforme a las leyes fiscales respectivas." El artículo 4º del mismo código hace mención del Crédito Fiscal: "Son Créditos Fiscales los que tengan derecho a percibir el Estado o sus organismos descentralizados que provengan de contribuciones, aprovechamientos o sus respectivos accesorios." Entonces, de esta manera, vemos que el Crédito Fiscal es el medio esencial por el cual los contribuyentes otorgan al mismo Estado la contribución correspondiente que se causa desde el momento en que éste caiga dentro las situaciones jurídicas o previstas por las leyes fiscales respectivas vigentes. El Derecho Fiscal no solamente regula la obligación del contribuyente que consiste en el deber de entregar una cantidad de dinero al Estado en virtud de haber causado un tributo, sino además la facultad de exigir coercitivamente el mencionado tributo en caso de la falta del pago oportuno.
El apego a la ley se marca como de aplicación estricta, ante esto el artículo 5to. del Código Fiscal de la Federación (CFF) menciona:
"Las disposiciones fiscales que establezcan cargas a los particulares y las que señalan excepciones a las mismas, así como las que fijan las infracciones y sanciones, son de aplicación estricta. Se considera que establecen cargas a los particulares las normas que se refieren al sujeto, objeto, base, tasa o tarifa." Mediante este artículo observamos la importancia de apegarse estrictamente a los términos que la ley nos indica en cuanto a la determinación de un crédito fiscal. Es importante reconocer la labor del Contador Público como asesores fiscales, aplicando mediante su trabajo profesional el conocimiento y aplicación debida de los mecanismos, bases, formas, etc, en la determinación de los créditos fiscales que permitan lograr una relación estable y veraz entre el contribuyentes y el fisco.
Como se mencionó anteriormente, las contribuciones se causan conforme se realizan las situaciones jurídicas o de hecho previstas en las leyes fiscales vigentes durante el lapso en que ocurren, el artículo 6º del Código Fiscal de la Federación (CFF) marca esta causal, además este mismo artículo establece las fechas o plazos de presentación de los pagos y los comprobantes autorizados para cubrir dichas contribuciones; todas estas disposiciones son de carácter general y como indica el artículo 5º anteriormente mencionado son de aplicación estricta; así que, interpretar, apegarse y cumplir con ellas harán que la relación Jurídica-Tributaria sea veraz y exenta de cargas por sanciones fiscales o jurídicas que puedan resultar de una mala aplicación o interpretación de la ley.
Por todo lo anteriormente planteado recalco de nuevo la muy importante tarea y responsabilidad como profesionales en la materia de conocer las bases y formalidades precisas que den origen a los Créditos Fiscales.
Es importante reconocer la aplicación del Contador Público al respecto de los mecanismos, bases, formas, entre otros, para la determinación de los Créditos Fiscales, pero tomando en cuenta que su aportación como profesional será mayor si cumple correctamente con todo los requisitos de forma a los que está obligado, y que su responsabilidad y participación dentro de la defensa fiscal por Créditos Fiscales será llevada hasta el recurso de revocación; en caso de juicio de nulidad o amparo, el Licenciado en Derecho será indiscutiblemente el que deberá continuar con el proceso.
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