- El Principio de los Códigos de Justicia
- El Beneficio de las Leyes de Dios
- Los Magistrados como Siervos de Dios
Cuando uno llega al palacio de justicia, se puede encontrar con una figura de mujer hecha de piedra, de bronce u otro material con una venda en los ojos, lo cual indica la imparcialidad que debe existir en los magistrados cuando están frente a una causa. En una de sus manos la estatua empuña una espada, queriendo con esto destacarse la reciedumbre de su carácter frente al que comete actos de maldad. En la otra mano sostiene una balanza, ésta, sin duda alguna se refiere al equilibrio que debe existir en un juicio justo, al hecho de que todos sean pesados en la dimensión correcta de acuerdo al delito cometido. Cuando uno piensa en todo este simbolismo puede tener esperanza en la justicia de los hombres, pero tristemente no siempre se cumplen estos iconos. En la práctica, se violan frecuentemente estos principios ideales que se encuentran representados de alguna manera en la fuente autoritativa por excelencia, en materia de jurisprudencia, que es la Biblia.
En el presente artículo veremos cómo Dios ha manifestado al hombre a través del tiempo los códigos que han de regirle para conducirle a una vida nueva en relación con su Creador y con su prójimo; consideraremos como las leyes de Dios al hombre han sido dadas para provecho del mismo hombre y, finalmente plantearemos la responsabilidad y privilegio que representa el ser un siervo de Dios en la aplicación de la justicia en la tierra, apoyados básicamente en Romanos 13: 1-7.
El Principio de los Códigos de Justicia
Como se sabe, Hamurabbi, sexto rey de la primera dinastía de Babilonia, promulgó un famoso código de leyes grabado en ambos lados de un pilar de piedra que data aproximadamente del 1723 antes de Cristo, siendo esta la inscripción babilónica más extensa que se halla encontrado. El Código de Hamurabbi es muy parecido al código de Moisés, con la diferencia notable de que el código bíblico reconoce únicamente a Jehová como Dios de Israel.
Podemos darnos cuenta de algo muy especial, y es que en la ley mosaica podemos encontrar misericordia y protección para los pobres y desafortunados, mientras que en la ley de Hamurabbi había protección para los ricos y un interés centrado en ellos. !Cómo se parece al mundo de hoy!
La existencia de este y otros códigos de leyes tan antiguos supone la existencia de normas y disposiciones legales, mucho antes de que se tuvieran nociones de la Palabra revelada a Moisés. Esto concuerda perfectamente con las palabras del apóstol Pablo en Romanos 2: 14, 15: "Porque cuando los gentiles que no tienen la ley hacen por naturaleza lo que es de la ley, éstos, aunque no tengan ley, son ley para sí mismos, mostrando la obra de la ley escrita en sus corazones, dando testimonio su conciencia, y acusándoles o defendiéndoles sus razonamientos". Ya Dios había mostrado de alguna manera al hombre, mucho antes de darle de forma concreta y terminante su Palabra, instrucciones concernientes a su debido comportamiento.
Cuando Moisés recibe de Dios los 10 mandamientos en el Sinaí, es muy probable que ya existiera una manifestación oral tradicional de estos principios, que fueron expresados definitivamente como un código divino. En principio, este código fue dado al nuevo pueblo que debía ser santo, y en sentido general luego este Decálogo vino a ser la base de sustentación de los más elementales principios de ética universales.
Hay expresiones en esta ley como "acuérdate", en relación con la disposición del día de reposo, que presupone una práctica ya antigua, antes del encuentro de Moisés con Jehová en el Sinaí. Es notorio además la práctica del diezmo en la vida de Abraham, mucho antes de que se tuviera noticia de un código específico como las tablas de la ley y las demás leyes dadas por Dios a Moisés.
Esto nos lleva a deducir que lo que Dios hizo fue recopilar en un tomo conciso los fundamentos esenciales de principios legales, que sirvieran como patrón o constitución, si se quiere, a la nueva nación hebrea, y al mundo por extensión; principios estos que ya eran practicados. Dios no ha dejado nunca al hombre desprovisto del conocimiento de su perfecta voluntad. Desde Adán, a quien Dios le marcó los límites de su estancia en el Edén, mostrándole claramente sus deberes y privilegios, así como las consecuencias de sus infracciones, el hombre ha tenido pleno conocimiento de que vive en un mundo regido por leyes universales que le atañen directamente, por causa de su ineludible relación con su Creador, sus semejantes y toda la creación misma.
A la descendencia de Noé (Sem, Cam y Jafet) tocó la tarea de dar continuidad a los principios de justicia establecidos por Dios, que se mantenían vigentes, sin duda, después del diluvio universal. Pero sabemos de la decadencia de la raza humana al paso del tiempo, y de la necesidad de intervención de Dios en el escenario humano para sujetar al hombre a sus designios, y encausar la historia hacia sus planes determinados, tal como nos lo relata el libro de Génesis en su capítulo 11, nos referimos a la Torre de Babel.
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