- Introducción
- Requisitos para registrar una patente
- Costos por dar de alta una patente 3
- Lo que es patentable
- Publicación de la solicitud de patente
- Ventajas de patentar 5
- Desventajas de patentar 6
- Conclusión
- Bibliografía
- Anexos
Introducción
Las patentes son muy importantes, ya que en la actualidad se ha presentado demasiados casos de plagio y piratería; patentando nuestras invenciones aseguramos que eso no nos suceda en un futuro.
PATENTES
¿QUÉ SON LAS PATENTES?
Una patente es un conjunto de derechos exclusivos concedidos por un Estado a un inventor o a su cesionario, por un período limitado de tiempo a cambio de la divulgación de una invención.
Requisitos para registrar una patente
Novedad: Se considera nuevo, todo aquello que no se encuentre en el estado de la técnica, es decir, en el conjunto de conocimientos técnicos que se han hecho públicos mediante una descripción oral o escrita.
Actividad Inventiva: Es el proceso creativo cuyos resultados no se deduzcan del estado de la técnica en forma evidente para un técnico en la materia.
Aplicación Industrial: Es la posibilidad de ser producido o utilizado en cualquier rama de la actividad económica.
PROCESO DE REGISTRO DE UNA PATENTE
PASO 1: PAGO DE LA TARIFA
Para realizar el pago, se deberá de presentar el Formato Electrónico para Pago de Servicios (FEPS) y línea de captura, los cuales se podrán generar siguiendo las instrucciones que se indican en el portal "PASE":
PASO 2: SOLICITUD INICIAL.
Pagará la tarifa por concepto de presentación de la solicitud inicial y la prioridad, en caso de reclamarla.
PASO 3: EXPEDICIÓN DE TÍTULO, DE PATENTE O DE REGISTRO
Al recibir por escrito el oficio de procedencia de otorgamiento de derechos (CITA A PAGO), el solicitante deberá cumplir con los requisitos de pago por expedición de título, anualidades y, en su caso, presentación de figuras dentro de los plazos inicial y adicional previstos en los Arts. 57 y 58 de la Ley de la Propiedad Industrial. En caso de incumplimiento se considerará el abandono de la solicitud.
1. www.economia.gob.mx
2. www.impi.gob.mx
PASO 4: PRESENTACION DE LA SOLICITUD DE REGISTRO DE PATENTES
Toda presentación de una solicitud de registro debe contener ciertos lineamientos, los cuales es esencial que el interesado las conozca; dichas partes son:
PARTES DE LA SOLICITUD
DESCRIPCION
La función más importante de la descripción consiste en divulgar la invención, es decir, deberá hacerse en forma suficientemente completa y clara para cumplir con dos propósitos: que sea posible evaluar la invención y como lo establece el artículo 47 de la Ley de la Propiedad Industrial
REIVINDICACIONES
Las reivindicaciones son las características técnicas esenciales de una invención, para las cuales se reclama la protección legal mediante la solicitud de patente o modelo de utilidad. En el caso de una patente concedida, las reivindicaciones aprobadas determinan el alcance de la protección legal otorgada.
RESUMEN DE LA INVENCIÓN
El resumen de un documento de patente o modelo de utilidad es un enunciado breve y conciso de su desarrollo técnico. Deberá ser una herramienta útil y eficiente en la búsqueda de información en un campo particular de la técnica y no excederá de 200 palabras. Podrá contener fórmulas químicas, matemáticas y tablas y deberá estar dirigido hacia la novedad en el campo al que pertenece la invención.
DIBUJOS
Los dibujos cumplen con el mismo objetivo de la descripción, tanto para la divulgación de la invención como para la interpretación de las reivindicaciones. Un dibujo es la expresión gráfica que ayuda a describir y comprender mejor una invención.
REQUISITOS DE LAS HOJAS DE LA PRESENTACION
Las hojas que contengan la descripción, las reivindicaciones, el resumen y los dibujos deberán ordenarse y numerarse consecutivamente y cumplir los siguientes requisitos:
1) Utilizar papel blanco tipo Bond de 36 Kg.
2) Ser legibles de tal manera que puedan reproducirse por fotografía, procedimientos electrónicos, offset o microfilme.
3) Ser de formato rectangular de 21.5 x 28 cm. (tamaño carta).
4) Utilizarse sólo por un lado y en sentido vertical.
5) Tener los siguientes márgenes en blanco: mínimo de 2 cm. en el superior, en el inferior y en el derecho y de 2.5 cm en el izquierdo. Máximo de 4 cm. en el superior e izquierdo y de 3 cm. en el derecho y el inferior.
6) Las hojas que contengan los dibujos deberán presentarse sin marco y tendrán una superficie utilizable que no excederá de 17.5 x 24.5 cm.
7) La descripción, las reivindicaciones y el resumen deberán ordenarse y numerarse consecutivamente, con números arábigos colocados en el centro de la parte superior o inferior de las hojas, sin invadir los márgenes especificados. Después del resumen, se incluirán los dibujos, pudiendo numerar por separado las hojas.
8) No presentar arrugas, rasgaduras o enmendaduras.
9) Estar razonablemente exentas de borraduras y no contener correcciones, tachaduras, o interlineaciones.
La escritura de los textos de la descripción, las reivindicaciones y el resumen deberá:
1) Ser mecanografiada o impresa.
2) Hacerse con un espacio entre líneas de 1 1/2 o doble espacio y numerar al margen izquierdo, por lo menos de 5 en 5 los renglones de cada hoja.
3) Hacerse con caracteres cuyas mayúsculas no sean inferiores a 0.21 cm de alto y de color negro e indeleble.
PASO 5:
Una vez presentada la solicitud se procede a la realización del examen de forma para verificar que los documentos e información necesarios según la Ley de la Propiedad Industrial estén debidamente integrados en el expediente de la solicitud de patente (artículo 50 de la Ley de la Propiedad Industrial). Después de la publicación en el caso de las patentes, se procede a la realización del examen de fondo, el cual permite constatar que la invención sea patentable, siendo nueva, resultando de una actividad inventiva y aplicable en la industria o en el comercio. Si la solicitud reúne los requisitos de patentabilidad establecidos en la Ley de la Propiedad Industrial, se notifica al solicitante para que proceda a efectuar el pago de la tarifa por expedición del título y las cinco primeras anualidades, en su caso.
Para un trámite fluido, es importante que se entregue la documentación completa y correcta de la Solicitud de Patente y Registro de Modelos de Utilidad tomando en cuenta que el IMPI tiene un plazo de hasta 3 meses para emitir una primera respuesta que corresponde al Examen de Forma de la solicitud; un plazo de hasta 18 meses para efectos de publicación en la gaceta de solicitudes de patentes que hayan acreditado el Examen de Forma, contados a partir de la fecha de presentación o en su caso, de la fecha de prioridad reconocida.
Costos por dar de alta una patente 3
| PATENTES |
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| Conforme al Título Segundo de la Ley |
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Artículo | Concepto | Tarifa | ||||||
1 | Por los servicios que presta el Instituto en materia de patentes, se pagarán las siguientes tarifas: |
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1a | Por la presentación de solicitudes de patente, así como por los servicios a que se refiere el artículo 38 de la Ley; | $7,172.92 | ||||||
1 b | Por la entrada a la fase nacional de una solicitud de patente conforme al Capítulo I del Tratado de Cooperación en materia de Patentes; | $5,711.14 | ||||||
1 c | Por la entrada a la fase nacional de una solicitud de patente conforme al Capítulo II del Tratado de Cooperación en materia de Patentes; | $3,737.75 | ||||||
1 d | Por publicación anticipada de la solicitud de patente; | $1,084.72 | ||||||
1 e | Por la expedición del título de patente, y | $2,911.88 | ||||||
1 f | Por el cambio de texto o dibujos de una patente concedida para corregir errores imputables al solicitante, así como para limitar la extensión de las reivindicaciones, por cada vez que se solicite. | $765.77 | ||||||
2 | Por cada anualidad de conservación de los derechos que confiere una patente, se pagarán las siguientes tarifas: |
| ||||||
2a | De la primera a la quinta, por cada una; | $1,055.18 | ||||||
2 b | De la sexta a la décima, por cada una, y | $1,282.78 | ||||||
2 c | A partir de la décimo primera, por cada una. | $1,517.47 | ||||||
3 | Por el estudio de una solicitud de licencia obligatoria o de modificación de sus condiciones. | $2,864.85 | ||||||
4 | Por el estudio de la solicitud de rehabilitación de una patente caduca por falta de pago oportuno de la anualidad correspondiente. | $2,422.16 | ||||||
5 | Por la transformación de una solicitud de patente a una de registro de modelo de utilidad o de diseño industrial, o viceversa. | $2,668.71 | ||||||
6 | Por la reconsideración interpuesta en contra de una denegación de patente. | $2,665.54 |
VIGENCIA DEL DERECHO
Una patente otorga a su titular el derecho exclusivo de explotación por un período de 20 años y de 10 para los registros de modelos de utilidad, a cambio de que se le dé a conocer a la sociedad estos conocimientos.
Lo que es patentable
Artículo 46. Serán patentables la invenciones que sean nuevas, resultado de una actividad inventiva y susceptible de aplicación industrial, en los términos de esta Ley EXCEPTO: Los procesos esencialmente biológicos para la reproducción y propagación de plantas y animales. El material biológico y genético tal como se encuentran en la naturaleza. Las razas animales. El cuerpo humano y las partes vivas que lo componen y las variedades vegetales.
La Ley de la Propiedad Industrial especifica las invenciones que como tales no son patentables.
Las variedades vegetales se protegen a través de la Ley Federal de Variedades Vegetales.
Cuando se solicite una patente después de hacerlo en otros países se podrá reconocer como
fecha de prioridad la de presentación en aquel que lo fue primero, siempre que se presente en México dentro de los plazos que determinen los Tratados Internacionales o, en su defecto, dentro de los doce meses siguientes a la solicitud de patente en el país de origen.
RELATIVO A: ARTÍCULO FRACCIÓN CONTENIDO NOTAS
Artículo 40. Para reconocer la prioridad a que se refiere el artículo anterior se deberán satisfacer los requisitos siguientes:
Que al solicitar la patente se reclame la prioridad y se haga constar el país de origen y la fecha de presentación de la solicitud en ese país.
Que la solicitud presentada en México no pretenda el otorgamiento de derechos adicionales a los que se deriven de la solicitud presentada en el extranjero.
Si se pretendieren derechos adicionales a los que se deriven de la solicitud presentada en el extranjero considerada en s u conjunto, la prioridad deberá ser sólo parcial y referida esta solicitud. Respecto de las reivindicaciones que pretendieren derechos adicionales, se podrá solicitar un nuevo reconocimiento de prioridad, y que dentro de los tres meses siguientes a la presentación de la solicitud, se cumplan los requisitos que señalen los Tratados Internacionales, esta Ley y su Reglamento.
Publicación de la solicitud de patente
ARTÍCULO 52. La publicación de la solicitud se hará lo antes posible después de 18 meses a partir de la fecha de presentación, o antes a petición del interesado. Las solicitudes de modelos de utilidad no se publican, sin embargo, eso no las exime del examen de forma. Para la publicación anticipada deberá cubrirse el pago de la tarifa correspondiente y tener el examen de forma satisfecho.
EXAMEN DE FORMA
ARTÍCULO 50. Presentada la solicitud, el Instituto realizará un examen de forma de la documentación y podrá requerir que se precise o aclare en lo que considere necesario, o se subsanen sus omisiones. De no cumplir el solicitante con dicho requerimiento en un plazo de dos meses, se considerará abandonada la solicitud.
El interesado tendrá un plazo adicional de dos meses para cumplir los requisitos a que se refieren los artículos 44, 50, 55 y 57 de la Ley de la Propiedad Industrial, sin que exista de por medio solicitud y comprobando el pago de la tarifa que corresponda al mes en que se dé cumplimiento.
Las personas que se encuentren dentro de los supuestos a que se refiere el párrafo anterior deberán pagar únicamente el 50% de los montos fijados, acompañando además del comprobante de pago, cualquiera de los siguientes documentos:
I.- Copia simple de la cédula de micro industria expedida por la Secretaría de Economía.
II.- Copia simple de la declaración anual de Impuestos Sobre la Renta del ejercicio fiscal inmediato anterior a aquel en que se efectúe el pago de la tarifa correspondiente, en la que conste que se encuentra en alguno de los supuestos antes mencionados.
III.- Un escrito que contenga su declaración, o la de su representante legal, bajo protesta de decir verdad, que se encuentra en alguno de los supuestos citados.
Para que proceda la inscripción de la transmisión de derechos a un tercero que no se ubique en alguno de los supuestos previstos en esta disposición, éste deberá cubrir el 50% restante de las cuotas de la tarifa vigente no cubierta inicialmente por el cedente.
Asimismo, a partir de dicha transmisión, el cesionario deberá cubrir las cuotas por la conservación de su derecho en los términos previstos en la Segunda Disposición General de la Tarifa.
Ventajas de patentar 5
Impedir que terceros paralicen tu producto. La presentación de una patente evita que otros puedan obtener a su vez otra patente posterior sobre una solución equivalente, con lo que se impide que en el [1]futuro alguien pueda reclamar e impedir al primer inventor el uso de su solución, independientemente de que la patente se le conceda o no.
Herramienta de marketing. El tener una patente prestigia el producto, a su comercializador, a su fabricante y a los inventores. Leyendas como "Patent pending" "producto patentado", son reconocidas por los consumidores como señal de calidad y exclusividad.
Efecto disuasorio. Anunciar que un producto está patentado genera en la competencia una reacción de precaución. Muchos competidores al ver que está patentado descartarán esa línea de producto. Otros indagarán para localizar la patente y a la vista de la misma analizarán las posibilidades de buscar una alternativa.Hay que tener en cuenta que la duración mínima del trámite de una patente es dos años, y se puede alargar hasta los 4 ó 5 en el caso de la Patente Europea por lo que durante este tiempo nadie tendrá la seguridad de si la patente se va a conceder y si, por lo tanto, puede copiar esa solución o no, siendo generalmente tiempo suficiente para introducir un producto en el mercado y crear una marca que lo posicione preferentemente respecto al resto de competidores, aunque la patente finalmente no se conceda.
Otorgar licencias. La patente como activo que es, se puede licenciar a terceros y es la vía para conseguir que un producto llegue allá donde nuestra empresa no es capaz de llevarlo. La patente es una herramienta básica para transmitir un conocimiento y regularlo, ya que en ella se condensa bien desarrollado lo principal de una solución dejando claro qué pertenece a ella y qué no.
Desventajas de patentar 6
En su contra la patente presenta una desventaja aparte de la propia implícita de que la misma se vaya a publicar. Esta desventaja es que implica una inversión, y aunque a nivel nacional es controlada, si la pretensión es de una extensión internacional los costes son elevados. No obstante cada vez más la Administración dispone de subvenciones para ayudar a los empresarios en la extensión de sus patentes, entendiendo esta actividad fundamental para el desarrollo de la economía de un país.
Conclusión
En base a lo investigado y aprendido por este trabajo, puedo decir que el proceso de registro de una patente es muy sencillo, la papelería que se solicita al interesado es muy simple; el único inconveniente que se puede presentar es que es un poco costoso; pero vale la pena pagar una suma de dinero a cambio de que nuestra invención esté segura.
De igual manera debemos cuidar nuestro derecho y renovar cada vez que sea necesario, para poder seguir gozando de nuestro seguro de patente.
Bibliografía
Patentes
http://www.impi.gob.mx/wb/IMPI, SECCIÓN PATENTES, GUIA DE USUARIO
Formato de patentes
http://www.impi.gob.mx/wb/IMPI, FORMATO DE REGISTRO DE PATENTES
Costos
http://www.impi.gob.mx/wb/IMPI, TABLA DE COSTOS POR PATENTES
GUIA DE USUARIO DE PATENTES, INSTITUTO FEDERAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL, FORMATO PDF.
TEMAS:
Patentes
Definición
Requisitos de patentar
Registro de patente
Presentación de la solicitud
Partes de la solicitud
Hojas de presentación
Reglamento
Ventajas y desventajas de patentar
www. publicaris.com, ARTÍCULO "LAS PATENTES", SECCIÓN VENTAJAS Y DESVENTAJAS.
Anexos
7.
Consideraciones generales para su llenado: |
– Este formato es de distribución gratuita. Se autoriza su libre reproducción, siempre y cuando éste no sea alterado y sea presentado impreso su anverso (Página 1) y reverso (Página 2) en una sola hoja de papel blanco y en tamaño oficio. – Debe llenarse en idioma español, preferentemente a máquina. No obstante, podrá presentarse con letra de molde, siempre que la solicitud sea legible. La información de la solicitud debe ser requisitada toda por el mismo medio, sin tachaduras ni enmendaduras. – El formato de solicitud por duplicado, debidamente requisitado y firmado en todos sus ejemplares, así como sus documentos anexos, deben presentarse en la Coordinación Departamental de Recepción y Control de Documentos de la Dirección Divisional de Patentes del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, con domicilio en Arenal # 550, Pueblo Santa María Tepepan, Delegación Xochimilco, C.P. 16020, México, D.F., con horario de atención de 8:45 a 16:00 horas de lunes a viernes o en la ventanilla de las Oficinas Regionales del IMPI o las Delegaciones o Subdelegaciones Federales de la Secretaría de Economía. – También podrá remitirse la solicitud por correo, servicios de mensajería u otros equivalentes o, en su caso, presentarse por transmisión telefónica facsimilar, en los términos previstos en el artículo 5o. del Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial. – Los documentos anexos redactados en idioma distinto al español deberán acompañarse de la traducción correspondiente. – Los documentos anexos provenientes del extranjero, cuando proceda, deberán acompañarse de la legalización o, en su caso, apostilla correspondiente. |
– En el formato de solicitud marque con una X en el recuadro la solicitud que desea presentar. |
– En caso de Registro de Diseño Industrial señale además si se trata de un modelo o un dibujo. |
– La denominación o título debe ser connotativa de la invención. |
– Si la invención fue divulgada dentro de los doce meses previos a la fecha de presentación de la solicitud, indique la fecha de divulgación y anexe la información comprobatoria que marca el Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial. |
– En la solicitud de invención que sea divisional de una solicitud previamente presentada, deberá proporcionar el número de expediente, la figura jurídica y la fecha de presentación de dicha solicitud. |
– El derecho de reclamar la prioridad sólo tiene lugar si la presente solicitud ha sido previamente presentada en algún país miembro del Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial. Proporcionar los siguientes datos: |
– País donde se presentó por primera vez la solicitud, fecha y número asignado a la solicitud en dicho país. |
– En el listado de documentos que se anexan mencione el total de hojas que comprende cada documento y al final el total de hojas |
Trámite al que corresponde la forma: Solicitud de Patente, Registro de Diseño Industrial y Registro de Modelo de Utilidad. |
Número de Registro Federal de Trámites y Servicios: IMPI-03-001, IMPI-03-002, IMPI-03-003. |
Fecha de autorización de la forma por parte de la Dirección General Adjunta de Propiedad Industrial del IMPI: 2-XII-2011. |
Fecha de autorización de la forma por parte de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria: 8-XII-2011. |
Fundamento jurídico-administrativo: |
Ley de la Propiedad Industrial. Arts. 38-47, 50, 52, 53 54, 55,-61 (D.O.F. 27-VI-91, reformas D.O.F. 2-VIII-94, 25-X-96, 26-XII-97,17-V-99, 26-I-04, 16-VI-05, 25-I-06, 06-V-09, 06-I-10, 18-VI-10 y 28-VI-10). |
Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial. Arts. 5-8, 16, 24-39, 43, 45 y 46 (D.O.F. 23-XI-94, reformas D.O.F. 10-IX-02, 19-IX-03 y 10-VI-11). |
Acuerdo que establece las reglas para la presentación de solicitudes ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. Arts. 3-10 y 34 (D.O.F. 14-XII-94, reformas D.O.F. 22-III-99, 14-XII-00, 20-VI-03, 11-VII-03, 18-III-10 y 2-IV-10). |
Acuerdo por el que se da a conocer la tarifa por los servicios que presta el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. Arts. 1 inciso a); 9, inciso a) y demás aplicables ((D.O.F. 23-VIII-95, reformas D.O.F. 28-XII-95, 10-XII-96, 2-V-97, 4-V-98, 23-II-99, 11-X-00, 17-X-01, 13-XI-01, 24-XII-01, 27-II-02, 14-III-02, 14-XI-02, 04-II-03, 8-X-03, 27-X-04, 23-III-05, 13-IX-07, 1-VI-09, 10-VIII-09, 24-VIII-09, 1-X-10 y 10-V-11). Acuerdo por el que se da a conocer la lista de instituciones reconocidas por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial para el depósito de material genético (D.O.F. 30-V-97). Acuerdo por el que se establecen reglas y criterios para la resolución de diversos trámites ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. Art. 4-18 (D.O.F. 9-VIII-04). Acuerdo por el que se dan a conocer los horarios de trabajo del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. Art.1. (D.O.F. 31-III-99, reforma D.O.F. 20-I-11). |
Documentos anexos: |
Solicitud de Patente y Registro de Modelo de Utilidad |
– Comprobante de pago de la tarifa correspondiente (original y copia) |
– Descripción, reivindicación, resumen y dibujo (duplicado) |
– Solicitud de Registro de Diseño Industrial |
– Comprobante de pago de la tarifa (original y copia) |
– Descripción, reivindicación y dibujo o fotografía (duplicado) |
– Documentos adicionales que deberán presentarse en su caso: |
– Constancia de depósito de material biológico |
– Acreditación de personalidad del apoderado, en su caso (original) |
– Acreditación del poderdante en el caso de persona moral, señalando el instrumento donde obran dichas facultades y acta constitutiva (original) |
– Documento donde se acredita el carácter del causahabiente o de cesión de derechos (original) |
– Documento comprobatorio de divulgación previa, en su caso (original y copia) |
– Documento de prioridad y su traducción, en su caso (copia certificada expedida por la oficina extranjera) |
– Escrito solicitando el descuento del 50%, cuando corresponda (original) |
Criterios de resolución del trámite |
-Presentar toda la documentación requerida y pagos de la tarifa conforme a la legislación nacional y convenios internacionales de los que México forma parte. |
-Será suficiente el cumplir con los requisitos formales al momento de presentar su solicitud. |
Tiempo de respuesta: |
El plazo máximo de primera respuesta es de 3 meses. No aplica la positiva ni la negativa ficta. |
Número telefónico para quejas: | |
Órgano Interno de Control en el IMPI 5624-04-12 ó 13 (directo) 5624-04-00 (conmutador) Extensiones: 11028 y 11234. Fax: 56-24-04-35 Correo electrónico: [email protected] | Para cualquier aclaración, duda y/o comentario con respecto a este trámite, sírvase llamar al Sistema de Atención Telefónica a la Ciudadanía-SACTEL a los teléfonos: 20002000 en el D.F. y área metropolitana, del interior de la República sin costo para el usuario al 01-800-11205-84 o desde Estados Unidos y Canadá al 1-800-475-23-93. |
Número telefónico del responsable del trámite para consultas: 53 34 07 00 extensiones 10098 y 10026. |
Página 2 de 2 | IMPI-00-009 |
Autor:
Valeria Isabel Guerrero Mejía
[1] -6 Artículo “Las Patentes”, www. publicaris.com, Sección Ventajas y Desventajas.