Primera parte: Introducción y teoría de la Ley Penal
Enviado por Dr. Guillermo Eduardo Germán Hassel
- Sistema Penal y control social. Concepto y formas
- El Derecho penal. Concepto, caracteres y funciones
- Derecho penal subjetivo. La potestad punitiva del Estado
- Derecho penal objetivo. Derecho penal sustancial, procesal y penitenciario
- La pena. Concepto. Teorías
- El estudio científico del fenómeno penal: la dogmática penal, la política criminal y la criminología
Unidad 1
El Derecho penal. Conceptos fundamentales
1. SISTEMA PENAL Y CONTROL SOCIAL. CONCEPTO Y FORMAS.
El delito como "construcción" y como "realidad". Lo común entre conductas como entregar cheque sin fondo y matar a una persona es que ambas están previstas en la ley penal, conforme al cual sus autores pueden ser privados de la libertad en una cárcel.
El "delito" sociológicamente no existe si prescindimos de la solución institucional común. En la realidad social existen conductas, acciones, comportamientos, que importan conflictos que se resuelven de un modo común institucionalizado pero que aisladamente tienen significados sociales diferentes.
Esas conductas que generan conflictos son soluciones institucionales idénticas, las instituciones operan de un modo diferente: en la inmensa mayoría de los casos la solución común institucional no tiene lugar.
Si cada ciudadano practicase un somero examen de conciencia, comprobaría que varias veces en su vida infringió las normas penales.
En el panorama general del mundo la máxima cantidad de daño causado al mayor número de personas no proviene de quienes son destacados y señalizados como "criminales" o "delincuentes", sino por agencias de los Estados, en guerra o fuera de ella.
Llama también la atención que en la gran mayoría de los casos, quienes son señalados como "delincuentes", pertenecen a los sectores sociales de menores recursos. Casi todas las cárceles del mundo están pobladas de pebres. Hay un proceso de selección de las personas a las que califican como "delincuentes".
Acciones inmorales y conflictivas hay muchas: tener relaciones sexuales con una prostituta y no pagarle el precio convenido; no pagarle el salario al empleado; no pagar la cuenta de la luz; etc.. En el primer caso no se puede buscar ninguna solución por vía institucional (Art. 953 Cod. Civ.); en el segundo la solución debe procurarse mediante una demanda laboral y en el tercero el proveedor procede unilateralmente a interrumpir el suministro. No todas las acciones inmorales o indeseables y conflictivas abren la posibilidad de una solución penal.
Las diferentes soluciones son: punitiva, reparatoria, terapéutica y conciliatoria.
La solución punitiva reconoce dos variables: la eliminatoria y la retributiva.
Acciones conflictivas de diferente gravedad y significado social se resuelven por vía punitiva institucionalizada, no todos sufren esa solución, únicamente una minoría infinita de ellos, y casi siempre selecciona a los más pobres; otras acciones conflictivas se resuelven por otras vías institucionalizadas y otras carecen de solución; la solución punitiva es una alternativa que excluye la posibilidad de las formas de resolver conflictos. Las acciones que abren la posibilidad de solución penal de mayor gravedad, son cometidas por los mismos Estados que institucionalizan tales soluciones.
En estas condiciones, "el delito" es una construcción destinada a cumplir cierta función sobre algunas personas y respecto de otras y no una realidad social individualizable.
Concepto y formas de control social. El hombre aparece en sociedad interactuando con otros, en cuyo contexto los conflictos entre grupos se resuelven en forma tal que, si bien siempre es dinámica, logra una cierta estabilización configurando la estructura de poder de una sociedad, que en parte es institucionalizada en parte difusa.
Toda sociedad presenta una estructura de poder, con grupos que dominan, y grupos dominados, con sectores más o menos alejados a centro de decisión. Conforme a esta estructura, se "controla" la conducta de los hombres, control que no sólo se ejerce sobre los grupos más alejados del centro del poder, sino también sobre los grupos más cercanos al mismo, se les impele controlar su propia conducta para no debilitarse.
Esto implica que en toda sociedad hay centralización y marginación del poder, tejiéndose una maraña de múltiples formas de "control social". Esto significa que el ámbito del control social es amplísimo y su configuración no siempre es evidente.
Cualquier institución social tiene una parte de control social que es inherente a su esencia, puede ser instrumentada mucho más allá de esa esencia.
El control social se vale desde medios más o menos "difusos" y encubiertos hasta específicos y explícitos, como es el sistema penal. La enorme extensión y complejidad del fenómeno del control social demuestra que una sociedad es más o menos autoritaria o democrática, según se oriente en uno y otro sentido la totalidad del fenómeno y no únicamente la parte del control social institucionalizado o explícito.
Para valorar el control social debe observarse la letra de la ley penal, la estructura familiar, la educación, la medicina y otros aspectos.
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