Las polémicas dentro del pensamiento jurídico cubano a principios del siglo XX
Enviado por MSC. Paul Sarmiento Blanco
- Introducción
- Cambios estructurales en la oligarquía cubano-española en las dos primeras décadas
- Hacia una definición del plattismo jurídico
- Sánchez de Bustamante y el debate jurídico en torno a la reciprocidad en 1903
- Definición y fundamentos filosóficos del nacionalismo jurídico cubano
- La polémica jurídica senatorial de 1906: controversias acerca de un Convenio Anglo-Cubano
- La Sociedad Cubana de Derecho Internacional. Punto de reflexión de la cultura jurídica cubana
- Conclusiones
- Bibliografía
Título original: Las polémicas dentro del pensamiento jurídico cubano a principios del siglo XX: expresión del debate nacionalismo-plattismo
Resumen:
La historia de las ideas en Cuba tiene una deuda histórico-cultural con respecto al impacto del pensamiento jurídico cubano en las relaciones neocoloniales durante las dos primeras décadas republicanas. Al igual que ocurre con otros campos del pensamiento cubano el derecho se reduce, y en un caso muy particular se simplifica a elementos políticos-institucionales que se han convertido en cuestiones tradicionales, por ejemplo sólo se estudia la Constitución de 1901desde la perspectiva normativista, como paradigma del modelo norteamericano, pero la historiografía no dirige su investigación a las aristas polémicas del pensamiento jurídico en la elaboración y discusión de esta importante ley reguladora del modelo neocolonial cubano a partir de 1902. Lo planteado hasta aquí nos permite deducir que no se ha realizado un estudio del pensamiento jurídico cubano que admita al derecho como resultado de un nivel de teorización de la cultura cubana. Partiendo de lo anteriormente planteado, el objetivo de la investigación es: Realizar un estudio del pensamiento jurídico cubano en las dos primeras décadas republicanas determinando su impacto en la formación y evolución de las relaciones neocoloniales. En el mismo se analizan las definiciones del plattismo jurídico y el nacionalismo jurídico, además que se vierten ideas sobre diferentes momentos de las polémicas jurídicas nacionales en las dos primeras décadas republicanas.
Introducción:
La historiografía cubana dentro de sus escasos estudios de pensamiento social tiene una deuda con respecto al impacto del pensamiento jurídico cubano en las relaciones neocoloniales durante las dos primeras décadas republicanas. Al igual que ocurre con otros campos del pensamiento cubano el derecho se reduce, y en un caso muy particular se simplifica a elementos políticos-institucionales que se han convertido en cuestiones tradicionales, por ejemplo sólo se estudia la Constitución de 1901 como modelo de Ley Fundamental que rige los principios de la República burguesa, pero la historiografía no dirige su investigación a las aristas polémicas del pensamiento jurídico en la elaboración y discusión de esta importante ley reguladora del modelo neocolonial cubano a partir de 1902. Lo planteado hasta aquí nos permite deducir que no se ha realizado un estudio del pensamiento jurídico cubano que admita al derecho como resultado de un nivel de teorización de la cultura cubana. En los estudios de Derecho a nivel de pensamiento podemos citar la obra de Fernández Bulté Filosofía del Derecho en la cual se hace un pormenorizado bosquejo de las diferentes corrientes ideológicas del pensamiento jurídico universal desde la antigüedad. El esfuerzo del profesor Bulté es didáctico y aporta una nueva comprensión a la incorporación de la Filosofía del Derecho como asignatura dentro del plan de estudio de la carrera de Derecho en las universidades cubanas. El propio Bulté en el Prologo a su obra plantea textualmente: "…he creído inexcusablemente esta Introducción para dejar sentados dos particulares a saber: que el texto y el curso pretende en su esencia, brindar los tramos y las proyecciones principales del devenir más significativo de la Filosofía del Derecho… el segundo particular es que analizaremos este decursar desde la óptica del método marxista con una visión y enfoque inicialmente comprometida y partidista" [i] No obstante el logro de Bulté es singular, resume el decursar del pensar jusfilosófico y nos abre el camino para trazar pautas esenciales en cuanto a la formación y evolución del pensar jurídico en Cuba a partir de la influencia que ejercen en el país determinadas corrientes y escuelas jurídicas a fines del siglo XIX y principios del XX.
También del propio investigador consideramos la monumental obra Historia del Estado y el Derecho en Cuba. La misma ofrece un bosquejo panorámico de la historia de las instituciones jurídicas y políticas que surgen en Cuba desde la época colonial hasta la Revolución, aquí se analiza detalladamente la evolución de las instituciones, el origen constitucional de nuestra nación, pero no se brinda una valoración del pensamiento jurídico cubano, ni siquiera se esboza su trayectoria, ni sus tendencias.
En la historiografía cubana de tendencia liberal positivista en la primera mitad del siglo XX no encontramos estudios sistemáticos sobre pensamiento jurídico. Ni los historiadores ni los propios pensadores constitucionalistas cubanos en ese periodo plantean un estudio del tema. Si revisamos la colosal obra de Ramiro Guerra Historia de la Nación Cubana encontramos una valoración positivista del origen de algunas instituciones jurídicas, un breve análisis de cruciales momentos constitucionales que marcaron la estructuración jurídica del país. Pero Guerra no incluye un análisis valorativo del pensamiento jurídico cubano en los albores del siglo XX, ni de las fuentes filosóficas que lo sustenta, mas bien el autor nos ofrece su valoración de las tendencias políticas que matizan las asambleas constituyentes del periodo investigado.
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