- Presentación
- Introducción
- El análisis sobre el tema de la expropiación
- Expropiaciones y concesiones para otros fines Artículo 45
- El Art. 248 de la Codificación de la Ley Orgánica de Régimen Municipal
- La Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública
- ¿Cuándo se inicia el proceso expropiatorio?
- Antecedentes para la Expropiación
- Como se debe impugnar un acto administrativo
- Tecnología y prácticas empleadas
- Denuncias graves contra el inda y la lentitud de la burocracia administrativa, cómplice por su ineficiencia
- Conclusiones
- La Biblia
- Bibliografía consultada
Presentación
El presente trabajo lo realizamos con el ánimo de contribuir con el Derecho Agrario y por que el INDA ha tenido su trayectoria histórica dentro del Ecuador, pero de un tiempo acá, ha ido desmejorando su imagen, donde se ve que han perdido el Norte sus directivos, suena con bastante fuerza que debe desaparecer para crear un nueve ente que se encargue de recuperar su verdadero objetivo.
La misma que estará reforzada con ciertos articulados jurídicos donde no salgan perjudicados los dueños de los predios expropiados y que se pague el justo precio y los que reciben el predio no puedan destinarla para a otros fines que no sea la de producir la tierra para el Buen vivir.
Por eso es necesario encuadrar normas y preceptos jurídicos que estén acordes con la realidad actual, la misma que se enriquecerá doctrinariamente, ya que de los errores y fallas se ha ganado experiencia y que se puede rescatar su verdadero fin social para lo que fue creada…
Introducción
Este trabajo tiene por objetivo ahondar en la figura jurídica de la Expropiación, con el fin mediato de satisfacer la investigación designada en la asignatura; y con la intención inmediata de que sea útil para los que decidan acercarse a dicha cuestión.
El fin de la expropiación no es la mera privación de la cosa o derecho en que ésta consiste, sino el destino posterior a que tras la privación expropiatoria ha de afectarse el bien que se expropia.
En este sentido, la expropiación es un instrumento y no un fin en sí misma, pues está siempre en función de una transformación, ya sea física (por ejemplo se expropia un inmueble para hacer una autopista) o jurídica (se nacionaliza una empresa privada) del bien expropiado. Visto esto, advierto que el presente más que poner rumbo por las enrevesadas polémicas teóricas al respecto, ha preferido las soluciones prácticas por considerarlas -en esta materia– más valiosa; así como, con la magna tarea de atrapar en los estrechos marcos de este trabajo una buena cantidad de información, he preferido sintetizar, asumiéndolo lo que a mi criterio es más conveniente. "Toda la riqueza del país, en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad, está subordinada al interés general.
La facultad legítima de gozar y disponer de una cosa, con exclusión del arbitrio ajeno, y de reclamar su devolución si se encuentra en poder ajeno en forma contraria a derecho.
Nuestra Constitución consagra de forma genérica el derecho de propiedad y establece los principios generales del tema objeto de estudio.
El análisis sobre el tema de la expropiación
Y de los preceptos con ella relacionados, nos lleva a comprender cada uno de los elementos que integran este acto jurídico, en particular cuando el Estado tiene la obligación de cumplir por razones de satisfacción de una necesidad de la colectividad. Originalmente, el poder del dominio eminente se asumía que surgía de la ley natural como un poder inherente de la soberanía.
Los gobiernos más comúnmente usan el poder del dominio eminente cuando la adquisición de bienes inmuebles necesarios para completar un proyecto público como por ejemplo una carretera, y el propietario de la propiedad requerida es reticente a negociar el precio de su venta.
EXPROPIACIÓN
Es la privación de la propiedad, por causa de utilidad pública o interés social, a cambio de una indemnización previa.
Es importante el estudio de la expropiación ya que constituye una de las potestades que utiliza el Estado para el cumplimiento de sus fines.
Diferencia expropiación y confiscación
La expropiación se diferencia de otras figuras jurídicas como la confiscación que esta prohibida, en cambio la expropiación está contemplada en la Constitución de la República del Ecuador y en otras leyes, lo que permite su efectiva aplicación, previo el cumplimiento de formalidades legales.
ETIMOLOGÍA En la ley de Desarrollo Agrario consta la Expropiación que es considerado un límite del derecho de propiedad de la tierra rustica, se deriva del verbo expropiar y este a su vez de los términos latinos
Ex – que significa fuera
Propio que significa propio en castellano,
Es decir en sentido etimológico expropiación, significa fuera lo propio sacar un bien de la propiedad privada.
En lo jurídico expropiación fue creado en Francia en el S.XVII, como antónimo del vocablo "apropiación" de ahí paso a la lengua española.
1.2 DEFINICIÓN
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