Sociedades Off Shore, Paraísos fiscales, Evasión Impositiva, Lavado de Dinero
Resumen
Sociedades y Estado en puja por ser más eficaces en la recaudación tributaria y la evasión o elusión de las mismas, no nos dan los mejores ejemplos en un mundo globalmente comprometido con el desarrollo económico de los pueblos y, por sobre todas las cosas, la responsabilidad que les compete.
Sociedades "Off Shore"
Para explicar el por qué los empresarios deciden colocar sus excedentes y reinvertir su capital en paraísos fiscales; en primer lugar haremos una breve revisión del rol del Estado como ente recaudador y administrador del bien público. Entendido este como los ingresos que el Estado tiene que administrar para cumplir con el rol asignado en democracia por los ciudadanos mediante su Carta Magna o así también llamada Constitución.
Asumiendo un criterio lo más objetivo posible, comenzaremos señalando que el Estado tiene ingresos, que en su mayoría lo representan los impuestos, es decir aquellos montos dinerarios que el ciudadano o entidad debe abonar indefectiblemente al Estado de lo contrario se tomara de su patrimonio o sueldo para cobrársele. Y si consideramos los gastos del Estado, estos contemplan no solo aquellos en los que incurre para cumplir con su rol, es decir educación, salud, seguridad etc. . sino también estamos señalando el gasto administrativo que conlleva el manejo de personal tanto administrativo como de los políticos propiamente dichos.
Nadie en su sano juicio pretendería acceder a un cargo público sino pensara en obtener un beneficio extraordinario que significa no solo acceder a un sueldo no despreciable sino también a la posibilidad de contar con un presupuesto.
El Estado gasta más de lo que recauda. Se endeuda hacia delante. El presupuesto, que significa una apreciación de los futuros e inciertos ingresos contra los gastos reales o ciertos; también implica una evaluación de los gastos de los años anteriores.
El político de turno accede al manejo de un presupuesto dado; el cual considera el gasto del año anterior; si decidiera ahorrar y no gastar todo el presupuesto, el mismo se reduciría y nadie esta dispuesto a perder parte de una cuenta abierta al gasto. De cualquier manera el Estado se endeuda hacia delante. El estado fija un presupuesto, estima el ingreso y si le sobra parte del mismo no reparte con los contribuyentes, sino que reparte hacia los administradores, los políticos. Estos a su vez reparten a los contribuyentes de modo que su accionar sea realmente visto y aceptado como un hecho real de buena administración porque debe asegurarse su continuidad en el poder; puesto que como él existen otros tantos que van a querer acceder a ese lugar de privilegio.
Como se dijo anteriormente el Estado, gasta más de lo que recauda, se endeuda hacia delante; el Estado tiene gastos de administración.
El Estado por medio de sus administradores, los políticos, intenta una difusión en el espacio1 que le permita evitar el efecto de la repentina clarividencia del contribuyente, que descubre asombrado que da más de lo que recibe a cambio. Dicho espacio lo representan aquellos contribuyentes a los que se grava con mayor intensidad. Llámese Impuesto al que gana más o Impuesto a los ricos; estos impuestos satisfacen la conciencia del contribuyente individual pero aísla irremediablemente al empresario que ve aumentar desmesuradamente sus cargas y costes y lo impulsa a la busqueda de soluciones alternativas representadas muchas veces por la evasión fiscal e impositiva propiamente dicha o directamente la elusión; y lo hoy por hoy, conocido como recurso de refugiarse en el extranjero en los llamados paraísos fiscales.
Aún así sería demasiado optimista pensar que gravando a los ricos se resolvería el problema del gasto del Estado puesto que las empresas que si paguen o resuelvan su situación de pérdida permanente frente al ente recaudador no son tantas ni tan poderosas como para que se puedan cubrir el gasto público. Con este método de recaudación se llegará concretamente a sumir el prevaleciente en Estados Unidos de America durante el gobierno de Ronald Reagan asesorado por los pensamientos del profesor Arthur Laffer; quién sugirió que existe un punto o pico más alto de un tipo impositivo determinado el cual a partir de allí debe dejar de subir y comenzar su descenso de modo de poder llegar al final de su ciclo de vida útil con su misión cumplida, recaudar lo más posible, sin perjudicar demasiado a quienes va dirigido.
Para paliar entonces la brecha entre ingreso presunto y gasto real el Estado utiliza la difusión en el tiempo2, esto es, se endeuda. El Estado intenta presentar esa deuda como una virtud, afirmando que da lugar a un gasto que genera resultados positivos al aumentar la productividad3 o estimular la coyuntura4, ambas teorías probadas como agrandamiento del Estado y mayor participación del mismo en la economía propiamente dicha como empresario y no ya como ente recaudador y administrador simplemente sino como un empresario más con injerencias sobre la oferta y demanda de bienes y servicios.
En cuanto al tema central a tratar diremos que el Estado no favorece con su participación activa en la economía nacional al mantenimiento de, tanto las producciones locales, cuya inversión es reducida como así tampoco a las inversiones de capital extranjero, cuya búsqueda se torna estéril ante la oferta de beneficios de parte de los otros Estados que también ansían atraer capitales del exterior.
Por lo que no nos queda otra cosa que analizar en profundidad el rol del Estado frente a sus leyes y reglamentaciones que en un todo impedirían el proceso de industrialización que necesita un País para realizarse y cubrir así sus necesidades como así también el evitar las evasiones fiscales e impositivas y la posterior huída de capitales tanto propios como ajenos a otras jurisdicciones más aventajadas en cuanto a su reglamentación.
Sociedades
Según reza el Capítulo I, en las Disposiciones Generales, Sección I, De la Existencia de la Sociedad Comercial, en el artículo número 1 de la ley 195505 (Ley de Sociedades Comerciales de la República Argentina), el concepto y la tipicidad, será lo que a continuación se transcribe:
"Habrá sociedad comercial cuando dos o más personas en forma organizada, conforme a uno de los tipos previstos en esta ley, se obliguen a realizar aportes para aplicarlos a la producción o intercambio de bienes o servicios participando de los beneficios y soportando las pérdidas".
De lo expresado tomaremos para este breve análisis lo concerniente al tipo de sociedad, para poder llegar así a adentrarnos en profundidad más adelante al tema que nos convoca y que son las sociedades "off-shore".
Retomando el concepto diremos que las sociedades encarnan per sé una persona jurídica al reconocerlas por ley como tales y otorgarles tanto derechos como obligaciones6.
Incluiremos en detalle la mención al articulado de referencia de modo de evitar el distraer la atención hacia la terminística legista.
So pena de resultar redundante recordaremos la previsión de la ley que implica no sólo atenerse a ella en calidad de parte sino a la hora del recurso como justificación de su actuación en su letra y forma.
Ahondaremos en primera instancia en la sujeción que hacen las sociedades a las disposiciones fijadas por ésta, no como meras recomendaciones sino como obligación7.
Ahora bien, como la ley indica existen sociedades las cuales no tienen la atención directa de las formas requeridas y sin embargo consta en actas que a la hora de la prueba se considerará cualquier medio8. No obstante, si optaren por regularizar su situación también están previstos los mecanismos a seguir.
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