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Tipología documental en la Corona de Castilla, siglos XII-XV (página 2)

Enviado por Josep Bernis


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Es constante, o con muy raras excepciones la presencia del anuncio de validación, indicando que el sello utilizado es el de plomo. En la fecha se aporta lugar, día, mes y año según los usos acostumbrados. Como validación, aparece exclusivamente la del funcionario de cancillería que recibió el encargo del rey. A continuación, en la parte más baja del diploma puede aparecer una serie de firmas que responden a la intervención de los distintos funcionarios de la cancillería (escribano, registrador, sellador, etc.).

El segundo tipo (intitulativo) se inicia por la intitulación del monarca, con la expresión completa de sus dominios, seguida de la dirección y una fórmula de saludo. El texto, iniciado por una notificación concreta, referida al destinatario del documento (sepades o bien sabedes) continúa con un expositivo y el dispositivo, que en este caso no es de concesión, sino de mandato: por que vos mandamos, concluyendo con cláusulas de sanción conminatorias encaminadas a reforzar el cumplimiento de lo ordenado en el dispositivo.

Las fórmulas con que se cierra el tenor documental –anuncio de validación, fecha y suscripciones- siguen el mismo esquema que en la carta plomada notificativa.

Uno de los usos más frecuentes de este tipo de carta plomada intitulativa en el siglo XV y posteriormente en el XVI es para emitir las sentencias y ejecutorias de los pleitos juzgados en las Reales Chancillerías, documentos que van dirigidos no al triunfador en el litigio, sino a las autoridades encargadas de su ejecución.

2.1.3. Cartas abiertas

También las Partidas nos proporcionan un punto de arranque para el estudio de este tipo documental. Sienta las bases de la carta abierta o carta emitida en pergamino y sellada con sello pendiente de cera, y de las cartas de merced y mandatos-reales provisiones, emitidas en papel y selladas con cera al dorso mediante el sello de placa.

Las cartas abiertas, denominación que se les da en su misma época, presentan la misma duplicidad de formularios que existía en el caso de las cartas plomadas: notificativas e intitulativas, con la misma justificación, empleándose las primeras para la concesión, en este caso de mercedes de menor importancia que las contenidas en las cartas plomadas, y las segundas para ordenar el cumplimiento de las primeras.

Como rasgos distintivos entre cartas plomadas y cartas abiertas, aparte de la diferencia del tipo de sello y ya que por su fragilidad y por otro cúmulo de circunstancias éste puede haberse perdido, debemos destacar en primer lugar el anuncio de validación que en las cartas abiertas es: et desto les mandé dar esta mi carta abierta, sellada con mi sello colgado de cera, o meramente con mi sello colgado.

También es sugerente el número de orificios en la plica, uno por lo general en las cartas abiertas ya que, al ser menos pesado, el sello de cera necesita menor sujeción.

Por último es también elemento diferenciador la escritura, que en el caso de las cartas abiertas es la gótica minúscula cursiva, denominada letra de "albalaes".

2.2. Documentos emitidos en papel

El papel, denominado en sus primeros momentos "pergamino de paño" había comenzado a utilizarse como materia sustentante para la emisión de documentos por la cancillería real castellana en tiempos de Fernando III. Su utilización va aumentando en intensidad a lo largo del tiempo, de tal manera que en el siglo XV es muchísimo más frecuente su uso que el del pergamino. Por otra parte, su fragilidad nos hace pensar que los ejemplares llegados hasta nosotros no son más que una escasa muestra de los documentos emitidos.

El papel utilizado, muy basto al principio, en el cual pueden apreciarse os hilos de las fibras empleadas en su fabricación, se va perfeccionando en el siglo XV, añadiendo como dato importante la marca de fábrica, la filigrana.

La escritura utilizada en todos los documentos de la cancillería castellana emitidos en papel corresponde a la gama de escrituras góticas cursivas que se producen en esta zona geográfica concreta a lo largo de los siglos XIII al XV: minúscula gótica cursiva o letra de "albalaes" para los documentos del siglo XIII y primera mitad del XIV; precortesana para la segunda mitad de este siglo y cortesana a lo largo de todo el siglo XV.

En cuanto a los tipos documentales, podemos establecer los siguientes.

2.2.1. Carta de merced

Recibe esta denominación el documento emitido por la cancillería real castellana en papel, sellado con el sello mayor placado, mediante el cual los monarcas castellanos efectúan concesiones de mercedes.

Normalmente se utiliza este tipo documental para nombramientos de funcionarios de la corona y para concesiones de tierras, juros en dinero, exenciones, etc.

En este segundo caso –de concesiones- por lo general la carta de merced es un paso previo a la emisión del documento definitivo, carta plomada o privilegio rodado. Esta doble emisión –carta de merced y carta plomada o privilegio rodado- viene justificada por la condición no itinerante de la cancillería y, por el contrario, itinerante de la corte.

La carta de merced desplazó por completo del campo documental castellano-leonés a la carta abierta notificativa, ya que era de emisión mucho más fácil que ésta y de material menos costoso.

La estructura diplomática de la carta de merced es muy sencilla y permanece casi invariable a lo largo de su existencia, prolongada a la Edad Moderna.

Iniciada por la intitulación completa del monarca continúa inmediatamente con el expositivo que incluye el destinatario de la merced: por fazer bien e merçed a vos…, pudiendo completarse con los motivos próximos al hecho –servicios prestados, etc.-; el dispositivo expresa el hecho de la concesión: dovos e fágovos merçed o tengo por bien e es mi merçed y el objeto de la misma.

Concluye el texto con una cláusula inyuntiva, ordenando a las autoridades competentes en el caso a ayudar al cumplimiento de lo dispuesto bajo serias amenazas.

El documento concluye con la fecha completa –tópica y crónica-, la suscripción autógrafa del rey y la del oficial de cancillería o del secretario del monarca que expresa la recepción del mandato real para la redacción el documento.

2.2.2 Real Provisión

Del mismo modo que la carta de merced es la sustituta de la carta abierta notificativa, la real provisión sustituirá a la carta abierta intitulativa, con la que convivió aproximadamente durante un siglo en su forma primitiva a la que en Diplomática se ha dado en denominar mandato.

Este tipo documental –mandato/real provisión- fue el medio normal utilizado por los monarcas de la Baja Edad Media castellana para transmitir órdenes a sus propios funcionarios o a los organismos de gobierno dependientes de la corona.

Su estructura diplomática es totalmente paralela a la de las cartas plomadas y cartas abiertas intitulativas, o sea, iniciada por la intitulación completa del monarca, seguida de la dirección y el saludo.

El texto, introducido por la notificación, cuyo modo de expresión varía y nos indica si es la primera vez que el monarca se dirige al destinatario sobre este tema (sepades o fazémosvos saber), o si ya lo ha hecho anteriormente (bien sabedes).

El expositivo es la fórmula, dentro del tenor documental de la real provisión, que mayor número de variantes nos puede ofrecer y aparece siempre en forma de mandato: por que vos mando, atenuado con un ruego en caso de que la persona a quien se dirija sea de alta categoría, muy especialmente eclesiásticos.

Respecto a las cláusulas, mientras que en el mandato sólo habrían lugar las de sanción conminatorias apoyadas por la penal de pérdida de merced real, de multa o de pérdida de oficios, se considera real provisión a la que presenta la denominada cláusula de emplazamiento, por la que se da lugar a reclamar en un plazo determinado ante el rey y cláusula de cumplimiento por la que se ordena al escribano público que dé testimonio del cumplimiento de la disposición.

En cuanto a las fórmulas de cierre, la fecha se expresa en los primeros momentos introducida por la expresión fecha para luego hacerse clásica dada, seguida de los elementos topográficos y cronológicos.

Las suscripciones pertenecen al funcionario que recibe el mandato del rey además de las rúbricas del visador y del registrador. En los siglos XIV y XV es muy frecuente la del monarca, bajo la fórmula yo/nos el rey.

2.2.3. Albalá

Es documento de breve redacción, utilizado en la cancillería real castellana de la Baja Edad Media en usos similares a las cartas de merced y reales provisiones, tipos de los que viene a ser como una emisión menos solemne. Dentro de los albalaes debemos distinguir dos subtipos diferentes: albalá de merced y albalá de provisión.

La estructura diplomática de ambos es paralela a la carta de merced y a la real provisión respectivamente, de las que se diferencia básicamente en dos de sus formas protocolarias: la intitulación, que aparece reducida al título (yo/nos el rey) al que en contados casos se añade la expresión de dominio reducida a los dos reinos básicos de Castilla y León; y la fecha, en la que casi es obligada la ausencia del elemento topográfico y varía el elemento introductor que es, en la mayoría de los casos, fecho.

2.2.4. Misiva

Como documento ya con estructura consolidada lo encontramos a partir del reinado de Enrique II y su uso perdura hasta el reinado de los Reyes Católicos.

Las misivas fueron empleadas tanto para solventar negocios de carácter oficial como para tratar asuntos personales del monarca.

Es el único tipo documental cuyo sellado se efectúa usualmente por medio del sello secreto y la aposición del mismo, haciendo que la placa suelde entre sí los bordes de la hoja de papel. Se realiza de modo que para leer el contenido de la misiva haya que romper el sello, con lo cual queda perfectamente custodiado el contenido de la misma, ya que cualquier manipulación con objeto de leerla provocaría la rotura del sello.

Las misivas de carácter oficial presentan la siguiente estructura: intitulación expresada con la fórmula abreviada que vimos en los albalaes; salutación, bajo la fórmula envío saludar o envió mucho saludar a vos, seguida de la dirección tras la que aparece la fórmula de aprecio típica de las misivas, que en su forma más escueta se expresa commo aquel de quien fío.

El texto se inicia mediante la notificación y continúa por un expositivo de amplitud variable, da paso al dispositivo, que reviste en la mayoría de los casos el carácter de mandato; este mandato atenúa su rigor al cerrarse el texto con una nueva frase de cumplido del tipo en lo qual me faredes servicio.

El modo de expresión de la fecha es muy característico; el elemento introductor varía –fecha, dada, escripta,- y tras él aparece el elemento topográfico; de los datos cronológicos son constantes el día y el mes, faltando el año en las primeras misivas siempre para aparecer a partir del reinado de Juan II, aunque expresado exclusivamente en décadas.

Como cierre, la suscripción del monarca, autógrafa, y la del secretario u oficial de cancillería receptor de la orden del monarca.

2.2.5. Real Cédula

Es, de los tipos documentales emitidos por la cancillería castellana bajomedieval, el de más tardía aparición, ya que lo hace en el reinado de Juan II; pero es asimismo el de más larga vida ya que, apenas sin variaciones, llegará casi hasta nuestros días.

Tras él La distribución sobre el papel del tenor documental la hace fácilmente reconocible ya que, frente a los demás tipos documentales emitidos sobre este material, es el único que destaca en posición central sobre el cuerpo de la escritura la intitulación, que por otra parte es la más breve de las hasta ahora analizadas, limitándose al título: El rey.

El resto del tenor documental, redactado ya en un bloque homogéneo, se inicia por la dirección, expresada en vocativo, por lo cual no va precedida de preposición alguna; tras ella el expositivo, precedido o no de notificación, que puede presentar las dos facetas características de petición o de acto de gobierno.

El dispositivo reviste siempre carácter de mandato y sólo aparece tras él cláusula de sanción conminatoria si se desprende su necesidad del contenido del dispositivo.

Elementos característicos de la real cédula son, aparte de la intitulación, la fecha, cuyo elemento introductor es escuetamente la preposición de, seguida del dato topográfico y el cronológico que, en las reales cédulas más antiguas expresa días y año en cifra y el último sólo por sus décadas. Más tarde las cifras aparecerán desarrolladas verbalmente y el año se expresará en su totalidad.

Es también característica la forma de suscripción del secretario que acompaña a la rúbrica del monarca; aparece ocupando el ángulo inferior derecho del papel y aporta, tras la expresión del mandato real: por mandato del rey, el nombre del secretario escuetamente, sin declarar su categoría de tal.

Bibliografía

  • ARRIBAS ARRANZ, Filemón: Estudios sobre Diplomática Castellana de los siglos XV y XVI, Universidad de Valladolid, Valladolid, 1959.

  • ARRIBAS ARRANZ, Filemón: Los registros de Cancillería de Castilla, Boletín de la Real Academia de la Historia, tomo CLXII Enero-Marzo de 1968, págs. 143-162 (1ª parte) y tomo CLXIII Julio-Septiembre de 1968, págs. 171-200 (2ª parte).

  • FLORIANO CUMBREÑO, Antonio C.: Curso general de Paleografía y Diplomática españolas, Universidad de Oviedo. Secretariado de Publicaciones, Oviedo, 1946.

  • HEREDIA HERRERA, Antonia: Archivística general: teoría y práctica. 5ª edición. Servicio de publicaciones de la Diputación de Sevilla, Sevilla, 1991.

  • MARÍN MARTÍNEZ, Tomás: Paleografía y diplomática. Unidades Didácticas, UNED, Madrid, 2003

  • MARTÍN POSTIGO, Mª de la Soterraña: La Cancillería castellana de los Reyes Católicos, Universidad de Valladolid. Secretariado de Publicaciones, Valladolid, 1959

  • PUÑAL FERNÁNDEZ, Tomás: Tipología documental de la Edad Media en Lecciones de Archivística General y Documentación del Patrimonio Histórico, LORENZO CADARSO, Pedro Luis y VIVAS MORENO, Agustín, directores, Colección Manuales de Apoyo a la Docencia Universitaria, Universidad de Extremadura y Editorial @becedario, 2004.

  • RIESCO TERRERO, Ángel: Introducción a la Paleografía y la Diplomática general, Editorial Síntesis, Madrid, 2000

  • SANZ FUENTES, Mª Josefa: Tipología Documental de la Baja Edad Media Castellana. Documentación Real en Archivística. Estudios Básicos, Publicaciones de la Excma. Diputación de Sevilla, 2ª edición, Sevilla, 1983.

  • TAMAYO, Alberto: Archivística, diplomática y sigilografía, Editorial Cátedra, Madrid, 1996

 

 

Autor:

Josep Bernis

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